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Recurso de Apelación interpuesto por CANTV:

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Presentación del tema: "Recurso de Apelación interpuesto por CANTV:"— Transcripción de la presentación:

1 ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES

2 Recurso de Apelación interpuesto por CANTV:
ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES Recurso de Apelación interpuesto por CANTV: Contra sentencia definitiva dictada por el Tribunal Octavo de lo Contencioso administrativo (Declarado parcialmente con lugar). Contra los Actos Administrativos Dictados por El Alcalde del Municipio Autónomo Juan José Mora del Edo. Carabobo: Resolución de reparo por concepto de Patente de Industria y Comercio (Período – 1.993). Resolución de Multa.

3 ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES
Antecedentes La causa se deriva de un procedimiento de fiscalización, sobre actividades económicas ejercidas por CANTV en jurisdicción del municipio autónomo Juan José Mora del Edo. Carabobo. Periodo y 92-93 Fundamentos: Impuestos causados y no liquidados Por incumplimiento de deberes formales ante el Fisco Municipal Recursos ejercidos por la Recurrente: Reconsideración Jerárquico Contencioso Tributario

4 Decisión Judicial Apelada
ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES Decisión Judicial Apelada Motivaciones del A QUO La Recurrente no objetó su condición de Contribuyente (PIC). El A QUO determinó que no existe aplicación retroactiva de la ordenanza que comenzó a regir el 1ro. de Enero de 1.994 Consideró improcedente la sanción de multa impuesta a la contribuyente por no requerir ninguna autorización o licencia para prestar sus servicios.

5 Fundamentos de la apelación de la contribuyente
ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES Fundamentos de la apelación de la contribuyente La Autonomia Tributaria Municipal debe ser ejercida con sujeción a las limitaciones que surgen de la constitución y de la ley, las cuales no pueden ser trasgredidas por el poder local, sin que los actos se encuenten viciados de nulidad (constitución ). La Actividad de Telecomunicaciones era competencia exclusiva del poder nacional. El Municipio incurrió en violación al principio constitucional de irretroactividad de las leyes, al aplicar su ordenanza sobre PIC de fecha , vigente con posterioridad al inicio al ejercicio económico investigado(92-93).

6 Motivaciones de la Sala para Decidir
ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES Motivaciones de la Sala para Decidir La recurrente no objetó su condición de contribuyente, por el contrario lo afirmó y confirmó. La Sala aprecia la aplicación e interpretación de normas constitucionales y de orden público (gravabilidad o no de la actividad de telecomunicaciones por parte del poder municipal). El a quo debió considerar y resolver sobre todas las alegaciones del contribuyente, máxime cuando se trata sobre la interpretación y aplicación de normas constitucionales.

7 Motivaciones de la Sala para Decidir
ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES Motivaciones de la Sala para Decidir La sala observa que resulta injustificable la competencia indebidamente asumida por el Poder Legislativo del Municipio Autónomo Juan José Mora, al pretender gravar los servicios de telefonía prestados por el contribuyente, por considerarlos como una actividad comercial realizada en su jurisdicción, lo cual es competencia exclusiva del poder Nacional. La sala determina violación al principio constitucional de irretroactividad de las leyes por parte del municipio, al aplicar su ordenanza sobre PIC de fecha , vigente a partir del , con posterioridad al inicio del ejercicio económico investigado (92-93)

8 ANALISIS DE SENTENCIA DEL TSJ EN SALA POLITICO ADMINISTRATIVA IMPUESTOS EN TELECOMUNICACIONES
Decisión Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por CANTV, contra el fallo dictado por el Tribunal 8vo. Superior de lo contencioso administrativo, el cual se revoca íntegramente. NULOS los actos administrativos expedidos a cargo de la precitada contribuyente: Resolución y Liquidación de Reparo y Resolución de Multa. CONDENA al pago de las COSTAS al Municipio Autónomo Juan José Mora del Edo. Carabobo.

9 Gracias por su atención . . . Presentado por: Maria Aurora Rodríguez


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