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VI Jornada de Contabilidad
Actualización Profesional
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Proyecto Nº 39 de RT (FACPCE) “Remedición de activos”
Será tratado en JG FACPCE del 1/12 Finalizó el periodo de consulta y observaciones el pasado viernes 17
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Es parte del proceso de difusión del proyecto de resolución técnica 39
Cra. Ana Maria Petti Miembro Titular representante de organizaciones academicas de CENCyA FACPCE
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Recordemos su origen………….
NCPA de reconocimiento y medición: RT 17 y 41; Interpretación 8; RJG 517/16; RJG 527/17 Cierres desde 1/12/17 se aplicarán secciones 3.1 y 2.6 de RT 17 y RT 41 Recordemos su origen………….
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Restricciones para ajustar por inflación
Decreto 1269/02 modificado por Decreto 664/03 Resulta necesario ir por otro camino……………
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“Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial”
Recientemente: Cambio de actitud del gobierno nacional Proyecto de ley vinculante Organismos de contralor aceptaron la propuesta “Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial”
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Y en eso estamos……….. aceptado algunas y rechazando otras…………
CENCyA elaboró propuesta de RT. 17 de marzo : JG aprobó tal propuesta. CENCyA elaboró el Proyecto de RT. 30 de junio : JG aprobó conexiones con organismos antes de tratar el PRT 7 de septiembre : nueva propuesta CENCyA aprobó 15 de septiembre : JG aprobó el proyecto Desde el 18 de septiembre y hasta el pasado 17 de noviembre se fijó el periodo de consulta y observaciones Y en eso estamos……….. aceptado algunas y rechazando otras…………
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Resulta imprescindible recordar
Unidad de medida Criterios de medición
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Resulta imprescindible recordar
Corregir las partidas medidas en una fecha anterior a la de cierre: moneda homogénea Aplicar criterios de medición al cierre basados en valores corrientes
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es diferente a referirnos a los criterios de medición.
Sabemos …… Es sabido hablar de unidad de medida es diferente a referirnos a los criterios de medición.
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Sabemos………….. moneda homogénea valores corrientes
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¿Y entonces?………... Se trata de una propuesta alternativa al ajuste por inflación de los estados contables.
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¿En que consiste? Calcular importes remedidos
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Interrogantes………….
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Respuestas……….. En el texto que estuvo en web hasta el viernes pasado Algunas cuestiones al analizar las observaciones “CENCyA aceptó modificar” Otras será decisión de la JG
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Interrogantes…………. ¿Quiénes aplicarán esta norma? ¿Quiénes no la aplicarán? ¿Cuándo se aplicará? ¿Qué carácter tendrá su aplicación?
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Interrogantes…………. ¿Qué activos deben remedirse? ¿Qué procedimiento / s se aplicarán? ¿Donde se presentará la contrapartida? ¿El destino de la misma cual será?
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¿Quiénes la aplicarán y quienes no podrán hacerlo?
Todos los entes Excepto aquellos que utilicen las NCP de la RT 26
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¿Cuándo se aplicará? 01/12/17 y 30/11/18
Al cierre del ejercicio que finalice entre 01/12/17 y 30/11/18 Ambas inclusive
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¿Carácter de su aplicación?
Por una única vez (norma de excepción) Obligatoria Tema JG optativa
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Activos no monetarios alcanzados
Por orden alfabético Activos bilógicos Activos Intangibles Activos no corrientes… Bienes de cambio Bienes de uso Bienes retirados de servicio Participaciones Permanentes Propiedades de Inversión
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¿Los activos no monetarios indicados o algunos se excluyen?
Podría ser que se excluyan: los ya medidos a valores corrientes aquellos cuya contribución a generar flujos de efectivo sea incierta Tema JG podrían no ser todos
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¿Los activos no monetarios indicados o algunos se excluyen?
No se incluyó pero es regla en las NCPA Bienes totalmente depreciados si aplico factor ($0 x factor = $ 0)
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¿Pasivos no monetarios?
Solo si depende de un activo no monetario y éste se remide.(hoy no está en el texto) Si el activo no monetario fue medido a valor corriente, el pasivo no monetario relacionado también lo fue.
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¿ Que procedimiento se aplicará?
Medir Activos según NCPA vigentes y políticas contables que correspondan Remedir ciertos activos no monetarios alcanzados a valores corrientes o hacerlo mediante la multiplicación del importe en libros por un factor que FACPCE elaborará Comparar con el valor recuperable
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Para la remedición hay…….
Procedimiento preferible Procedimiento alternativo Ante activos no significativos: no remedir es una opción
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Preferible……. Remedir a valor corriente (en base a procedimientos consistentes con lo previsto en NCP)
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Emplear sobre importe en libros factores de corrección
Alternativo……. Emplear sobre importe en libros factores de corrección Cuales serán: JG por resolución los brindará Con posterioridad a las gestiones para “compatibilizar con revalúo contable”. FACPCE propondrá usar en la reglamentación de la ley los mismos factores.
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Para la remedición hay…….
Podrían ser procedimientos de igual nivel o el alternativo solo si el preferible no se obtiene Tema JG factor por opción
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Activos a valores corrientes Nueva magnitud del Patrimonio Neto
…Se «arregla» la magnitud del PN PN»……………………… Activos x factor Activos a valores corrientes Nueva magnitud del Patrimonio Neto
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“Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial”
No se acompaña: con importes corregidos de los componentes del PN Con el resultado del ejercicio corregido
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Mejora la comparabilidad de la información contable
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El importe remedido considerando el valor recuperable
Será el costo atribuido a esa fecha Salvo excepciones ……
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Las excepciones son: Los bienes de uso que el ente viene revaluando y decide continuar haciéndolo Las propiedades de inversión y los activos no corrientes mantenidos para la venta que se miden a VNR y el ente decide continuar haciendolo
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Contrapartida Patrimonio Neto: Saldo o Reserva por Remedición
Será resultados acumulados y en especial resultados diferidos Contrapartida
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Contrapartida Se disminuirá por impuesto a las ganancias o sea por el PID (incluso RT 41 segunda parte)
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No podrá transferirse a resultados no asignados
Contrapartida No podrá transferirse a resultados no asignados
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Resolverá la Junta de Gobierno
Carácter de su aplicación Exclusión de algunos activos no monetarios Procedimientos opcionales a igual nivel o con prioridad uno sobre otro Resolverá la Junta de Gobierno
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Coincidencias y diferencias con el Proyecto de ley -Titulo II art
Coincidencias y diferencias con el Proyecto de ley -Titulo II art. 16 a 19-
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Reserva especial del PN No distribuible
Quienes: sujetos que lleven registraciones contables que permitan confeccionar balances comerciales Frecuencia: única vez Carácter : opcional Cuando: 1° ejercicio que cierre posterior a entrada en vigencia Bienes: según reglamento y NCP Procedimiento: ver revalúo impositivo y reglamento Contrapartida: Reserva especial del PN No distribuible El destino lo fijará el reglamento Factor de corrección
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Profesión: Ley: resolver cuestiones ocurridas en el pasado
Objetivos distintos Profesión: resolver cuestiones ocurridas en el pasado Ley: solución financiera a futuro
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¡MUCHAS GRACIAS! A esperar al 1/12 …………..
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