La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Posesión: Tener algo, una cosa, no importa el lugar en el que se tenga, no importa para el fin que se posea, conservarla, venderla, guardarla por orden.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Posesión: Tener algo, una cosa, no importa el lugar en el que se tenga, no importa para el fin que se posea, conservarla, venderla, guardarla por orden."— Transcripción de la presentación:

1 Posesión de armas de fuego de uso exclusivo del ejercito, Armada o fuerza Aérea

2 Posesión: Tener algo, una cosa, no importa el lugar en el que se tenga, no importa para el fin que se posea, conservarla, venderla, guardarla por orden o petición de otra persona o cualquier otro motivo.

3 Definición Legal: Art 83 ter.
Al que sin el permiso correspondiente posea un arma de uso exclusivo del Ejercito, Armada o fuerza Aerea, se le sancionara: I. Con prision de 3 meses a 1 a;o y de 1 a 10 dias multa, cuando se trate de las armas comprendidas en el inciso i) del articulo 11 de esta ley. II.Con prision de 1 a 7 a;os y de 20 a 100 dias multa, cuando se trate de las armas comprendidas en los incisos a) y b) del articulo 11. III. Con prision de 2 a 12 a;os y de 50 a 200 dias multa, cuando se trate de cualquiera de las otra armas del articulo 11.

4 Bienes Jurídicos protegidos:
Elementos del tipo: -Poseer -Armas de fuego -De uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea. -Sin permiso. Bienes Jurídicos protegidos: -La seguridad publica, seguridad nacional. Sujetos: -Sujeto activo común: no calificado, cualquier persona. -Sujeto pasivo: La sociedad. Culpabilidad: -Delito intencional, doloso. Tentativa: -No es configurable la tentativa. Requisito de procedibilidad: -Es delito perseguible por denuncia, de oficio. Resultado. -Poseer un civil, una arma de fuego de uso exclusivo del Ejercito.

5 Posesión de cartuchos en cantidades mayores a las permitidas
Posesión de cartuchos en cantidades mayores a las permitidas. Articulo 83-quater.

6 Que es un cartucho? Es el conjunto de elementos constituidos por casco o capsula, fulminante, detonante o estopín, carga de proyección y proyectil.

7

8 Vaina

9 El articulo 10Bis de la ley establece que la posesión de cartuchos correspondientes a las armas que pueden poseerse o portarse se limitara a las cantidades se;aladas en el articulo 50. Los comerciantes únicamente podrán vender a particulares: -Hasta 500 cartuchos calibre 22 -Hasta 1,000 cartuchos para escopetas o de otros que se carguen con munición, nuevos o recargados. -Hasta 5 Kg de pólvora deportiva para recargar, enlatada o en cu;etes -Hasta 200 cartuchos como máximo, para las otras armas permitidas.

10 Definición legal: Art 83-quater
Definición legal: Art 83-quater. Al que posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas, se le sancionara: I.-Con prisión de 1 a 4 a;os y de 10 a 50 días multa, si son para las armas que están comprendidas en los asticulo 9, 10 y 11.(insisos a,b) II.- Con prisión de 2 a 7 a;os y de 25 a 100 días multa, si son armas que están comprendidas en los restantes inciso del art 11. Elementos del tipo: 1ra hipótesis. -Poseer cartuchos -En cantidades mayores a las permitidas -Para armas comprendidas en los art. 9 y 10 de la LFAFE.

11 Elementos del tipo: 2da hipótesis. -Poseer cartuchos.
-En cualquier cantidad. -Para las armas comprendidas en los incisos (a,b) del articulo 11 de la LFAFE. Bienes jurídicos protegidos: - La seguridad publica, la seguridad nacional y el control de cartuchos. Sujetos: -Sujeto activo común, no calificado, cualquier persona -Sujeto pasivo: La sociedad. Culpabilidad: Delito doloso, intencional. Tentativa: NO configurable. Requisito de procedibilidad: Delito perseguible por denuncia, de oficio. Resultado: Posesión ilegal de cartuchos.


Descargar ppt "Posesión: Tener algo, una cosa, no importa el lugar en el que se tenga, no importa para el fin que se posea, conservarla, venderla, guardarla por orden."

Presentaciones similares


Anuncios Google