Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porMilagros Soriano Gómez Modificado hace 6 años
1
Taller de Capacitación: Sector Textil-Confecciones (Parte II)
Expositor: Augusto Mello Romero
2
ESTADOS UNIDOS Regulación nacional sobre etiquetado de textiles
3
Identificación de productor ó Distribuidor (RN): 16 CFR Part 301.26
EEUU: The Textile Fiber Products Identification Act , The Wool Products Labeling Act and The Fur Products Labeling Act Composición de las fibras: Code of Federal Regulations 16 CFR Part 303 y Part 300 Identificación de productor ó Distribuidor (RN): 16 CFR Part País de origen: 19 CFR 134 Part 134 Cuidado y conservación: 16 CFR Part 423
4
Campo de Aplicación Aplicable a toda clase de prendas de vestir y accesorios confeccionados con materiales textiles y ropa para el hogar. Incluye Banderas y sombrillas. No incluye: gorros ni zapatos. Los requisitos de etiquetado no aplican sino hasta que el producto esté listo para su venta a los consumidores.
5
Regulación sobre Materiales
Los materiales de las etiquetas no deben producir irritaciones (alergias a la piel) o incomodidad y tener una duración igual al artículo textil, que no se afecte con los procesos de lavado y planchado casero o lavado profesional. El caso de prendas como calcetines, medias y similares en donde al fijar la información en forma directa incomodaría al usuario, la etiqueta debe colocarse en el empaque o fajilla en los que se expende el producto. Tamaño mínimo de 4.5 x7 cm . Toda la información debe tener el mismo tipo y tamaño de letra .
6
Fijación de las Etiquetas
En prendas con cuello, la etiqueta que incluye país de origen debe ir siempre en el centro del cuello, en la parte interior, equidistante entre las costuras del hombro.
7
Fijación de las Etiquetas
En prendas sin cuello u otro tipo de productos textiles, la etiqueta debe estar en un lugar visible y fácilmente accesible en el interior o exterior del artículo. El país de origen siempre quedará en la parte mas visible de la etiqueta y no debe cubrirse con otra. El contenido de fibras y nombre fabricante puede colocarse en otra etiqueta fijada por una costura lateral, sin afectar su acceso para el usuario.
8
EEUU: Contenido de Fibras
Etiqueta debe mostrar contenido de fibras en porcentaje según peso de cada fibra, listada en orden descendente . Ejemplo: Las fibras presentes en un porcentaje igual o mayor al 5% del total debe expresarse por su nombre genérico. Ejemplo: 60% Cotton 40% Polyester 90% Cotton 10% Nylon
9
EEUU: Contenido de Fibras
Fibras , aun cuando estén debajo del 5%, y le den una característica especial o funcional al artículo deben ser colocadas en la etiqueta de contenido: Fibras presentes en menor porcentaje al 5 % del total podrán ser designadas como “Otras Fibras”, siempre y cuando no le den alguna característica especial al artículo. 96% Acetate 4% Spandex
10
EEUU: Contenido de Fibras
Si hay más de una fibra presente en porcentajes menores a 5% cada una, podrá agregarse el porcentaje como “otras fibras”, aun cuando en conjunto sobrepasen el 5%. Ejemplo: 82% Cotton 10% Polyamide 8% Other Fibers
11
EEUU: Marcas y contenido de fibras
Puede utilizarse el nombre comercial o la marca registrada de alguna fibra con la autorización del titular siempre y cuando se utilice el nombre genérico de la fibra en caracteres de igual tamaño. Ejemplo: 80% Cotton 20% Lycra®Spandex 100% Tencel®Lyocell
12
EEUU: Contenido de Fibras
Si el artículo ha sido trabajado con desperdicios, lotes diferentes, etc. que sean desconocidos y cuyo origen no puede demostrarse se debe indicar el porcentaje con: …% Fibras Desconocidas.
13
Contenido de Fibras: Tolerancias
Con excepción de la seda natural, la tolerancia para mezclas de fibras es +/-3%. En los casos de productos declarados como de una sola fibra (100%) no hay tolerancia. No es obligatoria la identificación de insumos, forros u ornamentos que no excedan el 5% del total de la masa o el 15% de la superficie del artículo. De exceder ambos porcentajes se debe indicar en la etiqueta. Ejemplo: NOTA: Consultar esto, pues es un poco diferente a lo que aparece en la pag.9 del texto. 100% Cotton Except the decoration
14
(Forro) Lining: 100% Polyester
Contenido de Fibras Si las entretelas y forros son utilizados con propósitos de armado de la prenda no es necesario indicarlo en la etiqueta, salvo que se incorporen con fines de abrigo. Ejemplo: (Tela) Shell: 100% Nylon (Forro) Lining: 100% Polyester Ejemplo, panqueque para armado de prenda, no se indica en etiqueta; en cambio una casaca para esquí que se rellena con lana, plumas, etc, dado q es con fines de abrigo, si se coloca en la etiqueta.
15
INSTRUCCIONES DE CUIDADO CARE LABELING OF TEXTILE WEARING APPAREL AND CERTAIN PIECE GOODS AS AMENDED 16 C.F.R. PART 423 Regulación que está constituida por el uso de símbolos en las etiquetas, lo que reduce la dependencia del idioma para describir los cuidados a ser informados. Basada en la Norma ASTM D (Standard Guide for Care Symbols for Care Instructions on Textile Products). La Norma ASTM emplea la simbología de la Norma ISO 3758: 2005 pero no siempre mantiene la misma interpretación respecto a ella-
16
NOTA: Estos simbolos son obligatorios, no se aceptan de la ISO si es que son diferentes. Los simbolos son idem ISO y ASTM pero la interpretación puede variar.
17
INSTRUCCIONES DE CUIDADO
Incluye señales de advertencia para que la prenda pueda limpiarse sin ser dañada. El seguimiento de las instrucciones busca evitar un daño sustancial al producto. Las etiquetas de cuidado deben permanecer fijos y legibles durante la vida útil del producto.
18
INSTRUCCIONES DE CUIDADO
Debe existir una base razonable para todas las instrucciones de cuidado, incluyendo las advertencias. Esto es, se debe tener pruebas fiables para apoyar las instrucciones de cuidado. Por ejemplo, si se pone “Only Dry clean" debe tenerse pruebas de que el lavado al agua es perjudicial para la prenda.
19
INSTRUCCIONES DE CUIDADO
Los siguientes artículos no necesitan etiquetas permanentes, solo etiquetas temporales en el punto de venta: Productos reversibles y sin bolsillos. Productos que puedan someterse a los más duros procedimientos de limpieza (lavado, secado, etc.). Consultar ultimo parrafo
20
INSTRUCCIONES DE CUIDADO
En conjuntos de dos o más piezas que se vendan como una unidad, sólo es necesaria una etiqueta de cuidado si las instrucciones son las mismas para todas las piezas. La etiqueta debe colocarse a la pieza más importante del conjunto. Si el conjunto de piezas requiere diferentes instrucciones de cuidado o están diseñados para ser vendidos por separado cada elemento debe tener su propia etiqueta de cuidado.
21
INSTRUCCIONES DE CUIDADO
El no proporcionar información sobre el cuidado, las instrucciones y advertencias para la vida útil de una prenda , es una violación a lo dispuesto en la Ley Federal Trade Commission Act. Los infractores están sujetos a medidas coercitivas y sanciones.
22
EEUU: Ejemplos de etiqueta de cuidado
MADE IN COLOMBIA FABRIQUE AU COLOMBIE MADE IN COLOMBIA FABRIQUE AU COLOMBIE
23
EEUU: Etiquetado de prenda de vestir (importada)
Registered Identification Number (EEUU) / CA Number (Canadá) Marca Porcentaje de fibras Instrucciones de cuidado y conservación Talla Origen del producto
24
EEUU: Etiquetado para producto de lana (importado)
Origen del producto Registered Identification Number Talla Marca registrada Instrucciones de cuidado y conservación Definición y Símbolo de “Lana Pura” Porcentaje de fibra
25
EEUU: Etiquetado prenda de vestir con ornamentos (importada)
Marca registrada Talla Porcentaje de fibras (incluye los ornamentos) Origen del producto Registered Identification Number
26
EEUU: otros requisitos técnicos de la CPSC
“Consumer Product Safety Improvement Act – CPSIA”
27
EEUU: Inflamabilidad en Textiles
“Consumer Product Safety Improvement Act – CPSIA”
28
INFLAMABILIDAD Reglamento 16 CFR 1610 …(1)
Norma creada en 1953, tiene modificaciones, señala definiciones y métodos de ensayo, para determinar si el tejido o la prenda es o no altamente inflamable y puede resultar peligroso para los consumidores. También se ha reglamentado específicamente las pijamas o ropa de dormir para niños para las tallas menores a 14 excluyendo las tallas de 9 meses a menos. CFR 1615/1616 (CPSIA -2008) ¿Porqué se excluyen las tallas de 9 meses a menos?
29
DEFINICION DE LOS TIPOS DE TEJIDOS AFECTOS …(2)
Plain surface: Tejido liso o plano, que no tiene superficie levantada o que si la tiene es muy ligera. En este grupo están los tejidos de punto y plano (jersey, rib, tafetán, sargas, etc.) incluye también a los tejidos que son esmerilados, pero muy delicadamente. Requisitos para la clasificación: Cualquier prenda que se queme en un tiempo mayor a 3,5 s, y sea superficie llana, se le otorga la Clase 1 (Inflamabilidad Normal). Si se demora un tiempo menor a 3,5 s y sea superficie llana se le otorga la Clase 3 (quemado rápido e intenso).
30
DEFINICION DE LOS TIPOS DE TEJIDOS AFECTOS …(2)
Raised surface: Superficie levantada. Aquellos tejidos que poseen pilosidades pronunciadas o hilos flotantes. Ejemplos: los tejidos perchados, toallas, franelas, french Terry, etc. La norma obliga a realizar la prueba por ambas caras. Sobre lo segunda viñeta…siendo potestad del cliente solo testear la cara con la superficie levantada, siendo necesario colocar una advertencia para el consumidor.
31
DEFINICION DE LOS TIPOS DE TEJIDOS AFECTOS …(2)
Respecto al tejido levantado la norma indica lo siguiente: Clase 1: si el tiempo de quemado es mayor a 7 s. se indica Inflamabilidad normal. Clase 2: si el tiempo de quemado es de 4-7 s. se indica como Inflamabilidad intermedia. Podría ser usado como prenda de vestir pero depende del cliente. Debe indicar alguna advertencia en la etiqueta. Clase 3: si el tiempo es menor a 4 s. se indica quemado rápido e intenso. No deberá ser usado para prendas de vestir. Para prendas de niños menores a 12 años de edad se requiere Certificado de conformidad de tercera parte a partir de febrero de 2010.
32
Excepciones …(3) En la Sección 37, se indican excepciones para los 2 tipos de tejidos. Excepción 1: si el tejido es liso o llano, cualquier tejido que tenga un peso superior a 2,6 onzas por pulg. cuadrada (88 g/m2) está exento de este reglamento, sin importar el contenido de fibras que tenga. Excepción 2: sin importar la naturaleza del tejido, cualquier tejido fabricado con 100% de las siguientes fibras o mezclas entre ellas (sin importar el peso del tejido): Acrílico, Modacrílico, Olefinas, Nylon, Poliéster y Lana. Si el tejido es mas grueso se demora más en prenderse.
33
EEUU: Contenido de Plomo
“Consumer Product Safety Improvement Act – CPSIA”
34
Contenido de Plomo en prendas textiles. Reglamento H.R. 4040 ….(1)
La CPSIA en cuanto al contenido de plomo en pinturas o coberturas modifica la “Ley de Seguridad de los Productos de Consumo” 16 CFR 1303 del año Esta norma ha sido reglamentada en la normativa H.R. 4040, determinando cantidades mínimas para plomo. 34
35
EVALUACION DE PLOMO 16 CFR 1303
La CPSIA estableció que a partir de agosto de 2009, los productos (lead content) para niños, no deben tener una concentración de plomo mayor a las 300 ppm (Ej. Piezas metálicas en textiles). Asimismo, desde agosto de 2009 el contenido de plomo en pinturas para estampados o recubrimientos en prendas para niños hasta los 12 años (lead in paint), se redujo de 600 ppm a 90 ppm como máximo. Verificar al fecha del 14 agosto 2009
36
Límites permitidos Para determinar el contenido de plomo en pinturas debe aplicarse el método de ensayo: CPSIA Title I Section 101 – EPA 3050B / EPA 3051 /EPA 3052 Test Method for Testing. Las evaluaciones deben realizarse por un laboratorio de tercera parte acreditado por la CPSIA. La certificación de tercera parte del contenido de plomo en prendas de niños menores a 12 años entrará en vigencia a partir del 10 de febrero de 2010. En el caso de prendas de adulto, donde no es necesaria la evaluación, se debe enviar el Certificado de Cumplimiento. 36
37
EVALUACION DE PLOMO 16 CFR 1303
Se evalúa riesgo de contraer alguna enfermedad o envenenamiento con Plomo. Con esta norma se obliga al productor a eliminar el plomo, metal pesado que con su acumulación se crean efectos devastadores en el sistema renal y nervioso lo cual puede afectar en primera instancia a los niños. Los efectos adversos de envenenamiento en niños pueden degenerar en una gran cantidad de desordenes en la salud tales como: hiperactividad, disminución de la habilidad de aprendizaje, ceguera, e incluso la muerte.
38
Límites permitidos Los textiles que sean de fibras naturales tales como algodón, lino, rayón, lyocell, cáñamo, bamboo, alpaca, llama, vicuña, o fibras sintéticas como polyester, nylon, spandex, etc. no necesitan ser evaluadas ya que se ha determinado a través de la estadística de las evaluaciones que los niveles de plomo no exceden las 100 ppm.
39
EEUU: Contenido de Phtalatos
“Consumer Product Safety Improvement Act – CPSIA”
40
EVALUACION DE CONTENIDO DE PHTALATOS CPSIA SEC. 108
Los phtalatos son una clase de químico utilizado en el Cloruro de Polyvinilo (PVC) que mejora la flexibilidad en el caso de los plásticos y en el área de cosméticos es utilizado con un fijador de la fragancia en los perfumes. Los phtalatos son usados en muchos otros artículos para niños pequeños incluyendo los juguetes, mordedores, coberturas de libros plásticos, sin embargo los últimos reportes científicos indican que estos pueden causar un trastorno hormonal y hay evidencia sustancial que esto tiene efectos adversos en la salud.
41
EVALUACION DE CONTENIDO DE PHTALATOS CPSIA SEC. 108
El nuevo límite legal es de 0.1% o menos para cada uno de los 6 phtalatos prohibidos: DEHP di-(2-ethylhexyl phthalate). DBP dibutyl phthalate . BBP benzyl butyl phthalate. DINP diisononyl phthalate. DIDP diisodecyl phthalate. DnOP di-n-octyl phthalate.
42
EVALUACION DE CONTENIDO DE PHTALATOS CPSIA SEC. 108
Todo artículo para niños menores a 3 años deberán estar exentos de DEHP, DBP, DINP, DIDP, DnOP y BBP en concentraciones menores a 0.1% (1000 ppm) a partir del 01 de enero del 2009, sin embargo esta ley ha sido prorrogada hasta el 2010 fecha en la que se deberá obligatoriamente presentar los Certificados de Conformidad en donde se asegure que los artículos están dentro de los límites requeridos.
43
Sharp Points: Bordes Afilados 16 CFR 1500 Part 48 y 49
Obligatorio para prendas de vestir de niños menores a 8 años de edad . Requiere Certificación de Conformidad de tercera parte
44
Desprendimiento de piezas pequeñas -16CFR 1501
Obligatorio para prendas de vestir de niños menores a 3 años. Requiere de Certificación de conformidad de tercera parte a partir de Febrero 2010.
45
EEUU: Productos Restringidos y Prohibidos
46
FORMALDEHIDO Es un compuesto volátil usado comunmente en acabados textiles para mantener las arrugas y evitar o reducir encogimientos. Para niños e infantes el limite permisible es de 20 ppm como máximo y 75 ppm para prendas de adulto que tienen contacto con la piel. Para artículos que no tienen contacto con la piel se acepta hasta 300 ppm.
47
FORMALDEHIDO El formaldehido es un compuesto al que se le atribuye la generación de células cancerígenas. Este es un compuesto irritante para los ojos, nariz, pulmones y hasta puede causar reacciones alérgicas. Para detectar este compuesto se utiliza la norma JIS L1041(Japonesa) y AATCC 112 en donde se simulan ciertas condiciones de almacenamiento acelerado y se evaluará la cantidad de formaldehido.
48
FORMALDEHIDO Si es que se detecta niveles de formaldehido por encima de 75 ppm para prendas que tienen contacto directo con la piel se debe colocar una alerta en la instrucción de cuidado que indique “ Lavar antes de usar” en donde luego de este lavado el nivel de formaldehido debe reducirse.
49
COLORANTES AZO Los colorantes AZO incorporan uno o varios grupos azo (-N=N-) rodeado con compuestos aromáticos. Algunas aminas derivadas de cadenas azo pueden ser potencialmente cancerígenas. Los colorantes con grupos Azo restringidos no deben ser utilizados en artículos textiles o cueros ya que estas van a tener contacto directo y prolongado con la piel- Limite permitido 30 mg/kg
50
COLORANTES AZO Los métodos utilizados para la determinación son:
EN Part 1:2003: Método para determinar ciertas aminas aromáticas derivadas de colorantes azo – Parte I: Detección de ciertos colorantes azo accesibles sin extracción. EN Part 2:2003: Método para determinar ciertas aminas aromáticas derivadas de colorantes azo – Parte II: Detección de ciertos colorantes azo accesibles por extracción de fibras.
51
COLORANTES AZO Colorantes dispersos utilizados para el teñido de fibras de polyester, acetato y nylon que son asociados con alérgicas y creación de células cancerígenas.
52
MERCOSUR Regulación sobre etiquetado de textiles
53
MERCOSUR: Regulación regional
Resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 33/07: Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Etiquetado de Productos Textiles. Alcance: Productos textiles. Incluye a los hilados y tejidos, sea que se destinen al consumidor final o se destinen a la industria de la transformación. Los que presentan al menos 80% de fibras o filamentos textiles. Incluyen revestimientos textiles de cualquier bien. No aplica a productos de una empresa para exportación fuera de MERCOSUR. Definición de fibras textiles en función tanto de su origen (vegetal, animal o mineral) como de su aplicación o aptitud de uso.
54
MERCOSUR: Requisitos etiquetado
El etiquetado, del producto y/o envase, debe contener información en el idioma del país de consumo. Expresada en caracteres legibles en forma, tamaño y color; visibles e indelebles. No se admiten abreviaturas. Puede incluirse información adicional siempre que no desvirtúe la información obligatoria.
55
MERCOSUR: Requisitos etiquetado
En el caso de dos o más productos con la misma composición y que formen una unidad para su venta (Ej. guantes), el rotulado puede ir en solo uno de ellos. El medio o soporte del rotulado debe ser indeleble y de fijación permanente (evitar borrado con el lavado o limpieza regulares). Cada fabricante determinará el medio a utilizar (etiquetas, sellos, calcomanías, timbres, estampado). Se permite el uso de una o varias etiquetas para cumplir el presente reglamento (por un tema de espacio y dimensiones).
56
MERCOSUR: Información requerida en la etiqueta
Etiquetado general: Nombre o razón social o marca registrada en el organismo competente del país de consumo e identificación fiscal del fabricante nacional o del importador, País de origen, Talla o dimensión, según corresponda. Etiquetado de composición: Nombre de fibras o filamentos textiles y su contenido expresado en porcentaje. Etiquetado de cuidado y conservación.
57
MERCOSUR: Etiquetado de composición
Se incluye Anexo de nombres genéricos de fibras o filamentos textiles. Declarar el 100% de la composición de fibras (margen de error: ±3% por cada fibra), sin considerar soportes, ribetes, y partes no intrínsecas del producto. Excepciones: fibras por debajo de 10% pueden declararse como “otra u otras fibras” (no obligatorio el nombre genérico), cuando una fibra alcance un 85% solo ésta puede ser declarada precisando el porcentaje específico o la frase “85% como mínimo”. En productos puros o declarados como 100% de una fibra se admite tolerancia de 2% de otras fibras (por motivos técnicos). En la declaración de Lana Virgen o Lana de Esquila no se permite el empleo de lana recuperada de otros tejidos (segundo uso) y se admite 0,5% de impurezas.
58
MERCOSUR: Etiquetado de composición
La frase: “Composición no determinada” o “Fibras diversas”, es opcional en productos de difícil determinación (fibras de introducción aleatoria en el producto presentan una composición variable. La frase “Residuos textiles” se utiliza si la materia prima es de barrido y demás desperdicios. En productos de 2 o más piezas con composición diferente: indicar composición por separado, salvo que una pieza no supere el 30% del total del producto (aquí la declaración es opcional). No se tendrán en cuenta los forros. Nota: Las piezas que independientemente constituyan forros del producto no están exceptuados de declaración (no aplican los porcentajes señalados).
59
MERCOSUR: Etiquetado de composición
Los hilados, consignarán la información: a) Nombre o razón social o marca, e identificación fiscal; b) País de origen; c) Nombre de los filamentos textiles y su contenido en % en masa; y d) un valor relativo al título. En el caso de tejidos la información a consignar es idem a los hilados en los puntos a), b) y c), además de: d) Tratamiento de cuidado del tejido y e) Las relativas al ancho del tejido. Nota: Las piezas que independientemente constituyan forros del producto no están exceptuados de declaración (no aplican los porcentajes señalados).
60
MERCOSUR: Etiquetado de composición
En el caso de hilados, la información debe consignarse en los conos, tubos, extremos de carretes, etc. de tal forma que resulte visible. En caso de imposibilidad, podrá adherirse al envase o en cintas abrazaderas. En el caso de tejidos la información debe fijarse en el núcleo (cilindros, tableros o similares) o en lateral de la pieza del tejido o en la orilla (en este último caso en toda la extensión de la pieza a intervalos no mayores a 2 m.) Nota: Las piezas que independientemente constituyan forros del producto no están exceptuados de declaración (no aplican los porcentajes señalados).
61
MERCOSUR: Etiquetado de cuidado y conservación
Se aplica la Norma ISO 3758:2005 Opción: A través de texto o solo empleando símbolos con una dimensión mínima de 16 mm2 Productos con bordados o detalles que requieran de un tratamiento particular deben citar tales cuidados en forma separada. En productos con composición textil diferente entre sus partes, puede tratarse el producto como un todo colocando las condiciones de conservación más adecuadas a la integridad del producto.
62
MERCOSUR: Control y Vigilancia
Argentina: Ministerio de Economía y Producción - Secretaría de Comercio Interior. Brasil: Instituto Nacional de Metrologia, Normalização e Qualidade Industrial (INMETRO). Paraguay: Ministerio de Industria y Comercio. Uruguay: Ministerio de Economía y Finanzas-Dirección General de Comercio - Área de Defensa del Consumidor.
63
CONCLUSIONES ECUADOR COLOMBIA PERU UE USA Ident.Tribut. Fabric/Imp. x
Razón Soc. o Marca Reg. País de Origen Talla Composición (*) Instrucciones de uso
64
CONCLUSIONES La regulación de rotulado de los EM de la CAN mantiene similitudes respecto a los requisitos generales de rotulado y los porcentajes a partir de los cuales resulta relevante la declaración de composición, la ubicación del etiquetado y el carácter permanente o de fijación del rotulado exigido. Se requiere infraestructura de evaluación de la conformidad para cumplir con la regulación de seguridad en textiles vigente en los mercados de exportación.
65
CONCLUSIONES Falta un enfoque de cadena productiva. El etiquetado de composición y las certificaciones sobre sustancias peligrosas, inflamabilidad, etc. se exigen básicamente en las confecciones, sin tomar en cuenta a los textiles y demás insumos. La armonización de una regulación andina común, incluyendo márgenes de tolerancia, constituye una herramienta eficaz para superar estas diferencias y facilitar el acceso de los textiles andinos a otros mercados internacionales.
66
¡MUCHAS GRACIAS! Augusto Mello Romero:
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.