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Publicada porNatividad Venegas Prado Modificado hace 6 años
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Sistema obligatorio de garantía de calidad SOGC
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DECRETO 1011 DEL 2006
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SOGC El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad tiene como objetivo proveer de servicios de salud a los usuarios individuales y colectivos de manera accesible y equitativa, a través de un nivel profesional óptimo, teniendo en cuenta el balance entre beneficios, riesgos y costos, con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de dichos usuarios.
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Procesos deliberados y sistemáticos Instituciones Requisitos Normas
Este decreto instituye: el sistema obligatorio de garantía de calidad de la atención en salud, compuesto de Mecanismos Procesos deliberados y sistemáticos Instituciones Requisitos Normas
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Decreto1011, aplicación IPS, EPS ENTIDADES ADAPTADAS
EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA ENTIDADES DE SALUD, DIRECCIONES DEPARTAMENTALES, DIRECCIONES DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD. EXCEPCIÓN FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL
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El SOGCS, puede tomarse de manera obligatoria y voluntaria, cuando se pretenda ofrecer la prestación de servicios de salud
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ATENCIÓN DE SALUD. Servicios, actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a toda la población. AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD. Mecanismo activo de evaluación y mejoramiento de la calidad respecto a la atención de salud para con los pacientes.
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CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD
CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD. Son todos los servicios de salud que se ofrece a usuarios individuales y colectivos siendo accesibles e igualitarios, por medio de un excelente nivel profesional, con el fin de tener una total satisfacción de los afiliados. CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNOLÓGICA Y CIENTÍFICA. Constituye recursos básicos tanto de estructura como de procesos los cuales debe cumplir los Prestadores de Servicios de Salud por sus respectivos servicios de cada area.
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EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS. -EAPB- : EPS y EPS-S
PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD. Son todos los que cuentan con infraestructura física adecuada para prestar servicios de salud ( IPS, Profesionales Independientes, Transporte Especial de Pacientes). PROFESIONAL INDEPENDIENTE.Persona natural de una facultad de la Salud (educación superior) con criterios para actuar de manera ética y profesional en la prestación de los servicio de salud para lo cual debe apoyarse con personal de apoyo de formación técnica y auxiliar.
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Características del SOGC
Son toda acción que desarrolle y oriente la mejora continua de resultados en la prestación de servicios de salud, enfocándose en el usuario, teniendo una visión de la comprobación de la existencia de una estructura, documentación de procesos, constituyendo condiciones para lograr resultados y metas propuestas.
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Accesibilidad. Posibilidad que tiene el usuario de acceder a los servicios de salud que garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Oportunidad. Posibilidad que tiene el usuario de adquirir los servicios que requiera, sin que se presenten retrasos que impidan el proceso poniendo en riesgo su vida o su salud.
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Seguridad. Conjunto de mecanismos estructurales, procesos, instrumentos y metodologías basados en estudios , evidencias y experiencias comprobadas científicamente con el fin de reducir el riesgo de ocasionar un evento adverso en el proceso de atención. Pertinencia. Nivel en el cual el usuario accede al servicio que solicita, dando un buen manejo de los recursos. Continuidad. Es el grado en el cual los usuarios reciben las intervenciones requeridas, mediante una secuencia lógica y racional de actividades, basada en el conocimiento científico.
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Componentes del SOGC El Sistema Único de Acreditación.
El Sistema Único de Habilitación. El Sistema de Información para la Calidad. La Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud.
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Decreto 1011-2006 -Asignación de responsabilidades
3. ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD Cumple y hace cumplir como también, brinda asistencia a las IPS. Se encarga de promulgar los conceptos. 4.ENTIDADES MUNICIPALES DE SALUD Audita y retroalimenta con el fin de mantener continuo mejoramiento con los prestadores de servicios de salud y la población no afiliada. 1 .MINISTERIO SALUD Encargado de desarrollar y emitir conceptos técnicos a las entidades que lo necesiten que sean prestadoras de servicios de salud y que el ministerio consideré pertinente. 2.SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Encargada del control, inspección y vigilancia. Define las sanciones pertinentes.
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SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN (OBLIGATORIO)
Normas, procesos, procedimientos por los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de la prestación de los servicios. Teniendo en cuenta : Capacidad técnico administrativa Suficiencia patrimonial y financiera Capacidad tecnológica y científica
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CONDICIONES BÁSICAS DE CAPACIDAD TECNOLÓGICA Y CIENTÍFICA
Condiciones mínimas requeridas en la prestación de los servicios de salud, en las siguientes áreas: Recursos humanos Recursos físicos Dotación Procesos prioritarios asistenciales
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CONDICIONES DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y FINANCIERA.
Capacidad y estabilidad económica de la Organizaciones Prestadoras de Servicios de Salud, facilitando su competitividad y cumplimiento de obligaciones en un plazo mínimo establecido.
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REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.
Base de datos de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud, en la cual se efectúa el registro de los Prestadores de Servicios de Salud que se encuentren habilitados, consolidada por parte del Ministerio de la Protección Social.
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Las Entidades Departamentales y Distritales de Salud son las responsables de verificar el cumplimiento de condiciones a los Prestadores de Servicios de Salud en su área técnico administrativa, patrimonial y financiera, se evaluarán por el análisis de soportes y registros suministrados por la Institución Prestadora de Servicios de Salud. En el área tecnológica y científica verifica según establezcan las Entidades Departamentales y Distritales de Salud el cumplimiento de los estándares de habilitación establecidos por el Ministerio de la Protección Social.
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Prestador se autoevalúa
PROCESO HABILITACIÓN Prestador se autoevalúa Radica formulario de inscripción de prestadores de servicios de salud. Se efectúa inmediatamente el tramite de inscripción prestador ofrece y presta servicios. entidad verifica (soportes y visitas) certificación publica reporte certificación
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VIDEO
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AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD
Los programas de auditoria deberán ser efectivos teniendo en cuenta los estándares de acreditación determinados en el Sistema Único de Habilitación. La auditoria es obligatoria para la Entidades Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, IPSS y las EAPB.
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La auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud implica:
Ejecución de procesos de evaluación, seguimiento y mejoramiento de procesos. La calidad observada y la calidad esperada, estará definida a través de guías y normas técnicas científicas. Se aplica por las organizaciones medidas correctivas con respecto a parámetros previamente establecidos para la mejora continua realizada.
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NIVELES auditoría externa auditoría interna USUARIO autocontrol
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Auditoría Interna. Evaluación sistemática realizada a la institución, por un ente interno. contribuyendo a adquirir una cultura del autocontrol. Auditoria Externa. Evaluación sistemática realizada por un ente externo a la institución. Cuyo objetivo verifica la ejecución de procesos de auditoria interna y autocontrol.
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NIVELES DE OPERACIÓN DE LA AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD.
Autocontrol. Cada Integrante de la Institución planea, ejecuta, verifica y ajusta cada uno de los procesos de los cuales participa para su funcionamiento teniendo en cuenta los estándares de calidad.
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SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN.
Son : Entidades, estándares, actividades de apoyo y de autoevaluación, mejoramiento y evaluación externa, demostrando y comprobando el cumplimiento de los servicios de salud con niveles superiores de calidad por parte de las IPSS, EAPB Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales.
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SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD.
El Ministerio de la Protección Social diseña e implementa un (Sistema de Información para la Calidad) con el fin de incentivar la competitividad por la calidad, permitiendo orientar al usuario en el conocimiento, de sus derechos y deberes de los Prestadores de Servicios de Salud y de las EAPB, pudiendo ser participes en decisiones informadas en la circunstancia de ejercer los derechos que contiene el SGSSS.
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OBJETIVOS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD.
Monitorear. Realizar seguimiento en la calidad de los servicios de salud para que las entidades directivas, de inspección, vigilancia y control realicen el monitoreo y se adopten al SOGCS.
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Orientar. Orienta la conducta de la población para la elección de la Institución Prestadora de Servicios, con base en la calidad. Referenciar. Demuestra la competitivad sobre la calidad de los servicios entre las EAPB y las IPSS. Estimular. Incentiva el objetivo de la calidad teniendo en cuenta experiencias, hechos y datos.
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