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Ius divinum regiminis ecclesiastici
LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA EN EL LIBRO Ius divinum regiminis ecclesiastici (El derecho divino del gobierno eclesiástico) CAPÍTULO III
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El libro Ius divinum regiminis ecclesiastici (La ley divina para el gobierno de la Iglesia) fue escrito ca por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que conformaban la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster (AW). Su propósito es demostrar que la forma presbiteriana de gobierno de la Iglesia es el único régimen de origen y designio divino. Fue escrito en el contexto de una polémica cordial pero franca contra el congrega-cionalismo, el episcopalianismo y el erastianismo de algunos miembros de la AW. El Cap. 3 versa sobre las maneras en que al-go puede decirse que es por ley o institución divinas, y enlista cinco manera en orden ascendente de importancia. La primera es “la luz de la naturaleza.” La AW (no sólo la mayoría presbite-riana sino todos) sostenía que también en la “ley natural,” la “ley escrita en los corazones” (Rom. 2:14-15), el Señor ha revelado a la humanidad en general algo de Su ley y sabiduría eternas para el orden y gobierno de los estados y de la Iglesia. Reforma Presbiteriana México
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BOSQUEJO GENERAL DE LOS FRAGMENTOS TRANSCRITOS
Una cosa es por ley divina… I. Por la luz de la naturaleza… La luz de la naturaleza puede ser considerada de dos maneras: Como estaba en el hombre antes de la caída Como es ahora tras la caída. Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 1 - I. Por la luz de la naturaleza. Aquello que es evidente mediante, y consonante con la verdadera luz de la natu-raleza, o la razón natural, ha de ser considerado como ley divina en asuntos de religión. Por lo tanto, dos cosas deben discernirse de la Escritura. 1. Lo que significa la verdadera luz de la naturaleza. 2. Cómo puede probarse que las cosas que en religión son evidentes mediante, o consonantes con esta verdadera luz de la naturaleza son por ley divina. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 2 - La luz de la naturaleza puede ser considerada de dos ma-neras. 1. Como estaba en el hombre antes de la caída… 2. Como es ahora tras la caída. La luz de la naturaleza e imagen de Dios no está totalmente abolida y arrasada por la caída; quedan aún algunos restos y fragmentos de ellas, algunos destellos, auroras, y principios comunes de luz, tocantes a la piedad hacia Dios, a la equidad al hombre, y a la sobriedad hacia uno mismo, etc. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 3 - Comparando estos pasajes (Salmo 19; Hechos 14:17, y 17:27-28; Romanos 1:18-21, y 2:12, 14-15; 2 Corintios 5:1) es claro: 1. Que el libro de las creaturas puede (sin las Escrituras, o la revelación divina) hacer conocer al hombre mucho de Dios, su deidad invisible y atribu-tos tanto como para dejarlos sin excusa. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 4 - 2. Que queda tanta luz en las mentes aun de los paganos, como para hacerlos capaces de instrucción mediante la creatura en las cosas invisibles de Dios; sí, y que realmente en al-guna medida conocieron a Dios, y porque no anduvieron conforme a este conocimiento fueron castigados (Rom. 1:18-21, 24-32). Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la iglesia (Cap. 3) - 5 - 3. Que la obra de la ley (aunque no el correcto fundamento, la manera, y el fin de esa obra, que es la bendición del nue-vo pacto (Jer. 31:33; Heb. 8:10) fue escrita en alguna medida en sus corazones. En parte porque hacían por naturaleza sin la ley las cosas contenidas en la ley, siendo así una ley para sí mismos (Rom. 2:14-15); en parte, porque por natura-leza resistieron algunos de esos pecados que fueron prohi-bidos en la ley, y fueron practicados por algunos que tenían la ley (2 Cor. 5:1); y en parte, porque conforme al bien y mal que hicieron, sus conciencias los acusaron o excusaron. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 6 - Ahora bien, la conciencia no acusa o excusa sino conforme a una regla, principio, o ley de Dios (que está por encima de la concien-cia), o al menos que se suponga que es así. Y no tenían ley sino los caracteres imperfec-tos de la misma en sus corazones, que no fueron del todo borradas por la caída. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 7 - Ahora bien, en la medida en que esta luz de la naturaleza después de la caída es un verdadero remanente de la luz de la natu-raleza antes de la caída, lo que sea confor-me con esta luz puede ser contado como de derecho divino en asuntos de religión. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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LA DOCTRINA DE LA LUZ DE LA NATURALEZA
En el libro La ley divina para el gobierno de la Iglesia (Cap. 3) - 8 - Dios mismo es la Fuente y Autor de la verdadera luz de la naturaleza; por lo que algunos no inapro-piadamente la llaman la divina luz de la naturale-za, no sólo porque tiene a Dios por su objeto, sino también porque Dios es su principio; ahora bien, lo que es conforme a la manifestación de Dios necesariamente tiene que ser por ley divina. Escrito (ca. 1646) por “varios ministros de Cristo en la ciudad de Londres,” que constituían la mayoría presbiteriana en la Asamblea de Westminster Reforma Presbiteriana México
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