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Publicada porDolores Castellanos Blanco Modificado hace 6 años
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DERECHO A UN PROCEDIMIENTO RACIONAL Y JUSTO
EL DEBIDO PROCESO DERECHO A UN PROCEDIMIENTO RACIONAL Y JUSTO Paula Monsalves Manso Abogada Dirección de Educación Santiago
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Una breve distinción previa ….
UN CONFLICTO UNA VULNERACIÓN DE NORMAS REQUIEREN DE PROCEDIMIENTOS DIFERENTES NO SIEMPRE IMPLICA LA INTERVENCIÓN DE TERCEROS IMPLICAN APRENDIZAJES Y HABILIDADES SIMILARES FIN COMÚN: REESTABLECER LA RELACIÓN y REPARACIÓN DE DAÑOS
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DERECHO A UN PROCEDIMIENTO RACIONAL Y JUSTO
El Debido Proceso es una Garantía Constitucional, esto es, un derecho que se encuentra protegido por nuestra Carta Fundamental y que todos y cada uno de los habitantes de la República deben respetar, ninguna autoridad, persona o institución puede vulnerar dicha garantía. En caso que ello ocurra, se contemplan mecanismos para resguardar este derecho, como por ejemplo el Recurso de Protección. Artículo 19 N°3 inciso 5 Constitución Política de la República: “Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos
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¿CÓMO SE HA ENTENDIDO QUE DEBE SER UN PROCESO RACIONAL Y JUSTO?
Exigencias básicas destinadas a dar cabal cumplimiento al principio del debido proceso: la notificación, el emplazamiento, la posibilidad de comparecer, de hacerse oír en el proceso, de aportar todos los medios de prueba de que disponga y, de interponer los recursos que la ley establece, es decir, asegurar una adecuada defensa del inculpado.
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¿CÓMO LO DISTINGUE LA CIUDADANÍA EN GENERAL?
Imparcialidad Presunción de inocencia Trato justo Instancia de apelación
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EL DEBIDO PROCESO EN LOS REGLAMENTOS INTERNOS
Las normas del Debido Proceso deben estar aseguradas en el Reglamento de Convivencia, de tal manera que deben estar claramente especificadas las conductas merecedoras de sanción, las sanciones y los procedimientos en virtud de los cuales estas se aplican. Lo relevante es que las reglas de convivencia deben tener un sentido formativo y, por ello, además las normas deben guardar un sentido de proporcionalidad y gradualidad en la aplicación de las sanciones.
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Ley de Subvenciones, Artículo 6 Letra D Ley General de Educación, Artículo 46 Letra F
Que cuenten con un reglamento interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los padres y apoderados. En dicho reglamento se deberá señalar: las normas de convivencia en el establecimiento, deberán incluir expresamente la prohibición de toda forma de discriminación arbitraria; las sanciones y reconocimientos que origina su infracción o destacado cumplimiento; los procedimientos por los cuales se determinarán las conductas que la ameritan; y las instancias de revisión correspondientes. Este es Nuestro foco
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DEBIDO PROCESO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.
GARANTIAS MÍNIMAS: 1.- PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. (SIEMPRE) 2.- DERECHO A SER ESCUCHADO. (APORTAR TODO TIPO DE PRUEBAS) 3.- RESOLUCIÓN EN UN PLAZO RAZONABLE Y CONOCIDO 4.- DERECHO A APELACIÓN. (INSTANCIA RECURSIVA – optar a recursos diversos) 5.- TRATO JUSTO ¿Cómo lo implementaremos juntos?
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JUSTICIA RESTAURATIVA
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CARACTERISTICAS JUSTICIA RESTAURATIVA
1.- La Justicia Restaurativa interpela a las partes involucradas en una infracción y/o conflicto. 2.- Uno de los objetivos centrales de la Justicia Restaurativa es la reparación del daño por el mal recibido. 3.- Pero no sólo es prioritario procurar la satisfacción de las necesidades de la víctima, sino que también se debe procurar una real cautela de los derechos del ofensor/a. Lo que implica un reconocimiento a sus derechos formales, sus propias necesidades y particularidades, asumiéndolo como un sujeto integral y condiciones para que el ofensor/a asuma su responsabilidad y consecuencias de sus actos. (interés real de resolución y responsabilidad social)
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CARACTERISTICAS JUSTICIA RESTAURATIVA
4.- El fin de la Justicia Restaurativa no es el “castigo”, sino la “reparación”, En la escuela – reestablecer la relación entre las partes 5.- En la Justicia Restaurativa el objetivo central de todo procedimiento habrá de ser el trinomio “víctima-ofensor- comunidad”, en ese orden de prioridad.
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CARACTERISTICAS JUSTICIA RESTAURATIVA
6.- En la Justicia Restaurativa también se le reconoce un rol preponderante a la comunidad, entendida por el entorno próximo de los involucrados. (son hechos contextualizados no aislados) 7.- La Justicia Restaurativa Implica la participación activa de las partes. A través de actos participativos y dialógicos el ofensor reconocerá su responsabilidad, y la víctima verá satisfechas sus expectativas de reparación del daño.
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GRACIAS
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Convocatoria reunión: 19 de mayo Lugar: I. N
Convocatoria reunión: 19 de mayo Lugar: I.N. ( por confirmar) Convocados: CCE + Orientadores + Inspectores Generales + Jefe Técnico Hora: a hrs Campaña de buen trato Subdirección de Desarrollo social Lanzamiento: Parque Quinta Normal el sábado
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