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Publicada porana suarez Modificado hace 7 años
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA FORMACIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ALONSO DE OJEDA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN ASIGNATURA : SISTEMA IMPOSITIVO VENEZOLANO Realizado Por : Ana Suarez Nairobin Chirinos Kelly Chirinos Rafael Infante Francis Almera Maria Morlés Raquel Medina Alex Suarez Sarais Rojas Dairobys Alvarez RI0631 IMPUESTO SOBRE PROPAGANDAY PUBLICIDAD COMERCIAL
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Impuesto sobre publicidad y propaganda comercial. SEGÚN LA ORDENANZA SOBRE PUBLICIDAD COMERCIAL EL ARTÍCULO 52
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Naturaleza jurídica del Impuesto sobre Publicidad y Propaganda.. A los efectos de esta ordenanza se entiende por publicidad comercial todo anuncio o mensaje divulgado por cualquier medio destinado a dar a conocer, promover o informar sobre productos, espectáculos, servicios, empresas o establecimientos mercantiles y similares, con el fin de atraer de forma directa o indirecta a consumidores, compradores o usuarios de los mismos. Art. 2
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Características del Impuesto sobre Propaganda y Publicidad Comercial. Propaganda y publicidad comercial. Anunciante. Publicista. Medios. Unidad Publicitaria Conjunto de Medios o Unidades Publicitarias
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Elementos del Impuesto descritos en la ley. Hecho Imponible: Según el Código Orgánico Tributario (2001), en su artículo 36, es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. Jarach (1997), indica que es la situación de hecho. Sujeto Pasivo: Según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en su Artículo 204.
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Elementos adicionales del impuesto a ser descritos en la Ordenanza correspondiente. Hecho Generador. Base Imponible. Alícuota.
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Elementos adicionales del impuesto a ser descritos en la Ordenanza correspondiente. Pago del Impuesto. Exenciones y exoneraciones. Determinación y liquidación del impuesto
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Administración Tributaria Municipal. Establecen algunos lineamientos que deberá acatar la administración tributaria entre las cuales se pueden mencionar las siguientes
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Fiscalización. SEGÚN LA ORDENANZA SOBRE PUBLICIDAD COMERCIAL EL ARTÍCULO 107
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GRACIAS.
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