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EJECUCIÓN FORZADA
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EJECUCIÓN FORZADA TASACIÓN PUBLICIDAD REMATE PAGO CONVOCATORIA
Artículos 725 – 748 CPC. TASACIÓN CONVOCATORIA PUBLICIDAD REMATE PAGO
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EJECUCIÓN FORZADA TASACIÓN CONVOCATORIA PUBLICIDAD REMATE ADJUDICACIÓN
2 peritos Innecesario si hay tasación convencional. Innecesario si lo embargado es dinero. Plazo para observaciones a la tasación = 3 días. La desaprobación es inimpugnable. CONVOCATORIA Nombra martillero facultado de señalar lugar, día y hora. Lugar para inmueble el Juzgado, para mueble donde está PUBLICIDAD Diario de los avisos judiciales. 3 días para muebles y 6 días para inmuebles. Además avisos en el inmueble y en el Juzgado. Contenido aviso: 1) Partes y terceros legitimados; 2) El bien con descripción y características, 3) afectaciones,… REMATE El postor deposita 10 % del valor.- (Art. 735 CPC) Exonerado el ejecutante y tercero legitimado. Ejecutado no puede ser postor (Art. 735 in fine) Precio base: 2/3 del valor. Juez ordena al adjudicatario deposite el saldo en 3 días. Acta final.- contenido artículo 738 CPC. Depositado el saldo el Juez transfiere la propiedad en auto Incumplimiento de adjudicatario.- (Art. 741 CPC) Segunda convocatoria.- (Art. 742 CPC) menos 15 % ADJUDICACIÓN 742, 10 días para solicitarse. Si no solicita, se dispone nueva tasación y remate (742) Si no se deposita el exceso (3 días de la liquidación) se deja sin efecto la adjudicación (744) PAGO Juez ordena el pago, al efecto ordena al Secretario liquide los intereses, costas y costos en plazo que fije. Si hay observación en 3 días, con su absolución o en rebeldía se resuelve aprobándola o modificándola y requiriendo su pago.
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