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Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.

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Presentación del tema: "Dra. Claudia M Alvarado H. Abg."— Transcripción de la presentación:

1 Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO TRIBUTARIO Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.

2 TEMA 2. ACTIVIDAD ADUANERA.
Tributación Aduanera. Potestad Aduanera. Operaciones Aduaneras. Importación, Exportación 3.1 Zona Primaria 3.2 Transito Aduanero 4. Reconocimiento 5. Abandono y Remate de Mercancías. 6. Arancel. Ilícitos Aduaneros. Ley sobre el Delito de Contrabando. Régimen de liberación y suspensión de gravámenes El sistema aduanero automatizado (SIDUNEA) Ley de Impuesto sobre sucesiones, donación y demás ramos conexo 10.1 Deberes formales y deberes materiales 10.2 Activos y Pasivos 10.3 Activo Neto 11. Estudios de la Ley Especial

3 TRIBUTACIÓN EN ADUANA CONCEPTO DE TRIBUTOS ADUANEROS Son prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado con motivo de la realización de las operaciones aduaneras y por la prestación de servicios públicos inherentes a la actividad aduanera. Servicio Nacional responsable de aplicar la legislación aduanera y de recaudar tasas y los impuestos que sea aplican a la importación o exportación de mercancías, así como de la aplicación de las demás leyes, reglamentos normas legalmente previstas, conexas con las operaciones aduaneras y controlador del tráfico internacional de mercancías.

4 ¿Qué es una aduana? Son los organismos gubernamentales encargados de controlar y gestionar la entrada y salida de mercancías a los respectivos territorios aduaneros Fines de las aduanas 1. – La seguridad del Estado y de la paz de la población 2. – La protección de la moral 3. – La protección industrial 4.– El resguardo de la salud humana, animal y vegetal 5. – La política internacional 6. – Los intereses fiscales 7.- La protección de los derechos de los autores

5 Legislación Aduanera Es el conjunto de leyes que regula o rige la materia aduanera de un país Carlos Azuaje: “Las normas que regulan la actividad aduanera son proposiciones normativas, dado que no enuncia la realidad de unos hechos ni el modo como efectivamente éstos acontecen, sino que determinan un deber ser, es decir, prescribe una cierta conducta como debida”.

6 Potestad Aduanera Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que realicen tráfico internacional, así como las mercancías que contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional.

7 OPERACIONES O REGÍMENES ADUANEROS
Son un conjunto de actividades relacionadas con la circulación, traslado y el movimiento de mercancías, sometidas al control aduanero. Son actos jurídicos dirigidos a superar las restricciones al libre tráfico internacional de bienes, impuestas por el Estado en ejercicio de su poder. Operaciones Principales: Importación Exportación Tránsito

8 IMPORTACIÓN La importación es el acto jurídico mediante el cual mercancías extranjeras adquieren la nacionalidad del país a las cuales van destinadas con carácter definitivo Importación definitiva: en el caso de la legislación Venezolana se entiende por importación definitiva, la introducción de mercancía extranjera destinada a permanecer definitivamente en el territorio nacional, con el pago, exención o exoneración de los tributos aduaneros, y cumpliendo con las formalidades establecidas en la normativa aduanera Importación para transformación o ensamblaje (admisión temporal): modalidad bajo la cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o ensamble, por parte de industrias reconocidas tales como por autoridad competente y autorizadas para tal efecto, con base en la cual su disposición quedara restringida

9 Importación temporal con reexportación en el mismo estado: régimen aduanero que permite introducir en un territorio aduanero, con suspensión de derechos e impuesto a la importación, determinadas mercancías importadas con un fin especifico y que serán reexportadas en un plazo determinado sin haber sufrido otra modificación que la normal depreciación de las mismas como consecuencia de su uso Importación en cumplimiento de garantía: se podrá importar sin el pago de tributos aduaneros, la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior o reemplace otra que haya resultado averiada, defectuosa o impropia para el fin que fue importada

10 MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN Y DECLARACIÓN DE ADUANAS
Es el acto por el cual el consignatario manifiesta a la aduana su voluntad de realizar una operación aduanera el cual permite conocer los elementos relativos a la transacción comercial de las mercancías importadas que puedan tener influencias sobre el valor aduanero correspondiente Declaración DUA La factura comercial definitiva Es el documento emitido por el vendedor

11 7 pasos del Procedimiento de Importación Automatizado (SIDUNEA)
2 Ingreso de las mercancías en los almacenes 1 Llegada del medio de transporte Localización de la mercancía Ingreso y registro del manifiesto de carga en SIDUNEA 3 5 4 Análisis de riesgos selectividad Recepción de documentos y selectividad Preparación de la declaración, solicitud de registro en la aduana e impresión de la declaración única de aduanas (dua) Inspección física y documental de la mercancía + pago de impuestos Revisión documental de la mercancía + pago de impuestos 6 7 Pago de impuestos en el banco Salida de mercancía Salida automática, previo pago de impuestos Verificación pago Cancelación en SIDUNEA Emisión pase de salida

12 Reconocimiento de Mercancías
Reconocimiento Físico y Documental 1.1.- Art. 67 Redirige Canal de Selectividad 1.- Art. 66º Regl. P.L.O.A.R.S.A.A.. Dejará Constancia en el sistema de las Actuaciones Conforme? SI Reconocimiento Documental NO 2.1.- Art. 67º Regl. P.L.O.A.S.A.A. Imprime Boletín de Liquidación 1.2.- Art . 68 Efectúa las modificaciones Correspondientes a la DUA. Notificación Acta al agente de Aduanas APLICACIÓN MULTAS

13 Retiro de las Mercancías
Depósito Aduanero Retiro de las Mercancías 1.- Art. 73º Regl. P.L.O.A.. Satisfecho el pago de todos los derechos, el agente de aduanas se dirigirá a los Almacenes a los fines del retiro de las mercancías. Depósito Aduanero Depósito Aduanero SALIDA Fin del Proceso 2.- Art. 73º Reg. P.L.O.A.R.S.A.A, El responsable del almacén o depósito aduanero emitirá el Pase de salida a través del sistema automatizado 3.- Art. 74º y 75 Regl. P.L.O.A.R.S.A.A. Control de Salida de las mercancías por parte del Resguardo Aduanero.

14 EXPORTACIÓN La exportación es el acto jurídico mediante el cual mercancías nacionales o nacionalizadas abandonan el territorio aduanero con destino a otro territorio aduanero a titulo definitivo. En consecuencia, solo pueden ser sometidas a la operación de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas, entendiendo por nacionalizada, aquellas mercancías que siendo extranjeras fueron sometidas al proceso de nacionalización.

15 Proceso de desaduanamiento de mercancías exportación
Reconocimiento Aduanero Arts. 49 al 52 y 56 loa y 155 rloa) Inspección de resguardo nacional y antidrogas Art.166 rloa Declaración Confrontación (Art. 30 loa, 98 rloa) Se entrega al Agente de Aduana documentación 5 D I A S El agente de aduana realizará la reserva de espacio en el buque o línea aerea Retiro de la Mercancía y entrega al transportista Lugar: Almacenes y patios de la aduana ó privados Art. 157 rloa Declaración de aduana Documento de transporte Otros según el tipo de mercancía Asignación Del embarque a la unidad técnica de reconocimiento

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19 Tránsito Internacional
TRÁNSITO ADUANERO Es el acto jurídico mediante el cual mercancías extranjeras son trasladadas, bajo control aduanero, de una aduana nacional a otra Tránsito Nacional Tránsito Internacional Esta referido al transporte de las mercancías bajo control aduanero desde una aduana de partida hasta una aduana de destino, ubicadas en el mismo país Las mercancías son transportadas bajo control aduanero desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras

20 DOCUMENTOS EXIGIBLES PARA EL TRÁNSITO ADUANERO
Tránsito Nacional: Declaración de Tránsito Factura Comercial Definitiva Original del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda, según sea el caso Los exigibles legalmente según el tipo de mercancía de que se trate Garantía de satisfacción de las autoridades aduaneras cuando se requiera Tránsito Internacional: Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI) Declaración de Exportación (Forma D) La factura comercial definitiva Copia del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda según sea el caso Los exigibles legalmente según el tipo de mercancía de que se trate

21 Operación de Tránsito Aduanero de Mercancías
El agente de aduanas O El operador de transporte Art. 34 loa Presenta la Declaración Transito y confronta la documentación Autorización del transito Gerente aduana Constitución de garantía Art. 120 rloa Solicitud de la liberación de la garantía Llegada de la mercancía a la aduana de destino Art rloa Base legal: decisiones de la comunidad andina 399 y 477 (internacional) Reg. Ley orgánica de aduanas arts. 117 al 128 (nacional)

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24 Características de la Reimportación:
La reimportación es una operación accesoria o derivada de la exportación. Es un retorno al territorio aduanero nacional de las mercancías exportadas a titulo definitivo mediante los tramites de la nacionalización correspondiente y dadas determinadas circunstancias, y dado los términos y condiciones, legalmente establecida son exceptuadas del cumplimiento de los requisitos y obligaciones que rigen para la importación Características de la Reimportación: Para realizar la operación el interesado debe obtener un permiso a través de SENIAT, bajo una serie de recaudos establecidos No causará impuesto siempre y cuando la reimportación de las mercancías se efectúe dentro del plazo de seis (6) meses contados desde la fecha de su exportación

25 SUPUESTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR PARA QUE SE DE LA REIMPORTACIÓN
- Que hayan sido rechazadas por alguna autoridad del país donde fueron exportadas - Que hayan sido rechazadas por el importador extranjero - Que haya salido del país por causas fortuitas o fuerza mayor y siempre que no hayan abandonado la aduana o puerto extranjero hasta el momento de su retorno al país. - Que no se hayan acogido por causa justificada al régimen de exportación temporal - Que existiese falta de pago o de cumplimiento de las cláusulas del contrato por parte del importador - Que haya sobrevenido una fuerza mayor o un caso fortuito durante el viaje que haya impedido su transporte hasta el país de destino

26 REEXPORTACIÓN La reexportación es el retorno al extranjero de mercancías ingresadas legalmente al territorio nacional sin que se haya consumado legalmente su importación Es el régimen u operación aduanera que consiste en la extracción del territorio aduanero nacional, de mercancías extranjeras bajo control y autorización del servicio aduanero Características: Por esta operación no se cancelan impuesto, pero si las tasas y demás derechos. Las reexportaciones deben manifestarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su ingreso a las zonas de almacenamiento. Esta operación se podrá realizar dentro de los treinta (30) días continuos desde la fecha de autorización otorgada por el jefe de la oficina aduanera. Y el plazo se puede prorrogar por el mismo tiempo con previa solicitud. Si la mercancía no es reexportada en el plazo señalado por la ley se considera abandonada legalmente.

27 REEMBARQUE El reembarque es la devolución de mercancías extranjeras, que no fueron nacionalizadas y se encuentran bajo control aduanero al país de origen o procedencia. (SANMIGUEL, E. Diccionario de Derecho Tributario. Valencia 2006) RETORNO El Retorno es el ingreso al país de mercancías faltantes en descarga, dentro de los plazos determinados en la Ley Orgánica de Aduanas Existen dos formas de distinguir al Retorno: a.- Simple: es la llegada al territorio aduanero nacional de bultos que faltaron en la descarga y no estaban a bordo de vehículo de transporte b.- Adelantado: consiste en la llegada por adelantado a territorio aduanero nacional de una porción de mercancías que pertenecen a una importación pero que viene en otro vehículo

28 ENVÍOS URGENTES Mercancías que deben ser desaduanadas rápidamente con prioridad por su naturaleza o urgencia debidamente justificada. Por su Naturaleza: Órganos, sangre y plasma. Materiales Perecederos 2.- Materias perecederas destinadas a la investigación medica y agentes etiológicos 3.- Materias radioactivas 4.- Animales vivos 5.- Artículos perecederos tales como: carne, pescado, leche y productos lácteos, huevos, frutas, margarinas, legumbres y otros alimentos, plantas vivas y flores cortadas 6.- Diarios y periódicos 7.- Noticieros en cintas magnéticas, cintas de magnetoscopio, películas y en otros tipos de registros b.- Por su urgencia debidamente justificada: 1.- Medicamentos y vacunas 2.- Piezas de recambio 3.- Material científico y medico 4.- Material de lucha contra incendio y material de socorro 5.- Material a utilizar para las búsquedas, investigaciones y salvamento 6.- Material cinematográfico y cualquier otro material profesional 7.- Documentos.

29 BULTOS POSTALES Son todas las operaciones aduaneras de importación, exportación y tránsito de mercancías por correo Características: Según los respectivos acuerdos internacionales: - Su límite de peso es de 20 kilos - No deberán exceder de 1,05 metros para una cualquiera de sus dimensiones, ni de 2 metros la suma de la longitud y del contorno mayor, tomado en un sentido distinto al de la longitud. IPOSTEL: la admisión, franqueo, expedición, información y las reclamaciones internacionales en las operaciones de bultos postales. Oficina Aduanera :el recibo, la confrontación, escrutinio, almacenaje, reconocimiento, liquidación, devolución, reexpedición, reembalaje, remate, aviso y entrega a los destinatarios y reclamaciones internacionales.


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