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Situación de los VMA en los EE.FF.

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Presentación del tema: "Situación de los VMA en los EE.FF."— Transcripción de la presentación:

1 Situación de los VMA en los EE.FF.
Gerencia de Supervisión y Fiscalización – Sunass Octubre 2017

2 Los Estados Financieros son preparados de acuerdo a las disposiciones del Consejo Normativo de Contabilidad CNC, ente normativo contable de las empresas en el Perú y por las disposiciones de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) las que consideran supuestos y criterios contables, de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB).

3 El marco conceptual de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs) establece como objetivo el proporcionar información sobre la entidad, que sea útil a los usuarios para tomar decisiones sobre los recursos a la entidad, así como a otras partes, tales como al regulador.

4 El marco conceptual de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs) establece como una característica cualitativa de la información financiera útil, aquella que sea relevante y se mejora, si es comparable, verificable, oportuna y comprensible.

5 La información financiera relevante es aquella que es capaz de influir en las decisiones tomadas por los usuarios. La información financiera es capaz de influir en las decisiones si tiene valor predictivo, valor confirmatorio o ambos. Asimismo, la información es material o tiene importancia relativa si su omisión o expresión inadecuada puede influir en decisiones que los usuarios adopten. La información financiera debe ser oportuna, para que los responsables de la toma de decisiones dispongan a tiempo de información, de forma que ésta tenga la capacidad de influir en sus decisiones.

6 Los Estados Financieros que presentan las EPS, presentan alta dispersión en el tipo y alcance de información, en cuanto a los ingresos y costos asociados a los procesos de tratamiento de agua potable separado de los costos de alcantarillado

7 Se ha observado que las EPS registran y presentan su información de ingresos y costos bajo distintos conceptos en la contabilidad, que al no ser homogéneos para todas las EPS, limitan el contar con datos más precisos de los ingresos y costos por procesos, así como aquellos asociados a los Valores Máximos Admisibles, se ejemplifica algunos casos

8 La Resolución de Consejo Directivo N° SUNASS-CD, establece la metodología para la determinación de los Pagos Adicionales por Exceso de Concentración respecto de los Valores Máxiimos Admisibles.

9 INGRESOS En consecuencia, los importes facturados a Usuarios No Domésticos (UND) por Exceso de Concentración respecto de los Valores Máximos Admisibles (VMA), son identificables para su contabilización y presentación independiente de otros tipos de ingresos.

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11 COSTOS Los procesos requeridos para prestar el servicio de agua y el servicio de alcantarillado, permiten registrar y clasificar sus costos en forma independiente, así también permitiría identificar los costos asociados al tratamiento de las sustancias contaminantes en aguas residuales o tóxicas reguladas, controladas y fiscalizadas, a fin de evitar el deterioro de las instalaciones infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos, las que están identificadas en el Decreto Supremo N° VIVIENDA.

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13 El Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280 establece en su artículo 43, que es obligación de las empresas prestadoras de servicio de saneamiento, el implementar el sistema de registro de costos e ingresos para fines regulatorios.

14 CONCLUSIONES La información financiera de las EPS presentan los ingresos y gastos bajo conceptos heterogéneos, lo cual reduce el nivel de comparabilidad y utilidad, para los usuarios y el regulador. Existe información relevante como es el caso de los ingresos y costos asociados a los Valores Máximos Admisibles (VMA), que es una información útil para los usuarios y el regulador, pero que no es identificada y revelada.

15 CONCLUSIONES Se requiere para el caso del servicio de alcantarillado, iniciar por homogenizar el registro clasificando los costos a nivel de recolección de aguas residuales, impulsión, conducción y tratamiento. Los conceptos indicados se encuentran normados en el artículo 2do, del título I del Decreto Legislativo N° 1280 que aprueba la Ley Marco de la gestión y prestación de los servicios de saneamiento.

16 CONCLUSIONES Establecer una sub-divisionaria específica para costos por VMA dentro de la divisionaria denominada Costos de Tratamiento de Aguas Residuales. Similar caso en el rubro de ingresos por Alcantarillado. Esta información es de utilidad para la gestión de la EPS, otros usuarios externos y el regulador.

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18 gracias


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