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Documentación Mercantil
Prof. PAUL SOLIS VERA
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Documentación Mercantil
RECIBO POR HONORARIOS Es un documento físico o electrónico que entregan las personas naturales por cada servicio que prestan en forma independiente, por percibir rentas que la ley clasifica como rentas de cuarta categoría. Es obligatorio entregarlo sin interesar el monto, es decir aún en el caso de que el servicio sea gratuito. Desde el 01 de abril del 2017 los trabajadores independientes emitirán sus recibos por honorarios solamente en forma electrónica (RHE). Documentación Mercantil
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OBLIGADOS A EMITIR RECIBO POR HONORARIOS
Los obligados a emitir recibos por honorarios son: Las personas naturales en el ejercicio individual, de cualquier profesión, arte, ciencia, oficio o actividades no incluidas expresamente en la tercera categoría. Ej: Alberto el electricista, Baltazar el gasfitero, Carlos instalador de pisos, Daniela que diseña interiores. Estela que es ingeniera sanitaria, Francisco el arquitecto, Giovana la médico pediatra, Humberto el veterinario, Isabel la odontóloga. Documentación Mercantil
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Retenciones en los recibos por honorarios
Si eres trabajador independiente y emites tus recibos por honorarios a personas, empresas o entidades calificados como agentes de retención, te retendrán el impuesto a la renta por un monto equivalente al 8% del importe total de tu recibo emitido. No hay retención del impuesto cuando los recibos por honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de S/ 1,500 soles. Documentación Mercantil
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Para pensar…. Si emití un Recibo por Honorarios por S/1, y me equivoque en el monto. ¿Puedo anularlo?
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Anulación de un recibo por Honorario
Primera forma, emitiendo una Nota de Crédito Electrónica. Esta forma se usa cuando el error corresponde al importe del recibo. Paso 1: Seleccionar la opción Emisión de Nota de Crédito Electrónica. Paso 2: Ingresar la siguiente información: Serie y número correlativo del Recibo por Honorarios Electrónico que se va a anular. Motivo por el cual se emite la Nota de Crédito Electrónica. Monto ajustado de los honorarios.
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Reversión de un Recibo por Honorarios
Segunda forma, registrando la reversión del Recibo por Honorarios Electrónico. Esta forma se usa cuando el error corresponde a los datos que identifique al usuario a quien prestó el servicio, la descripción del servicio prestado, o el tipo de renta que cobró/percibió.
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Ejemplo: Juan Donayre contador de profesión emite un recibo por honorarios a la empresa El Cisne S.A.C. que pertenece al Régimen General y es agente de retención, por la suma de S/ El Cálculo de la retención se realiza de la siguiente manera: Monto de Pago: S/. 5 000 Retención: 8% Monto a Retener: (400) Monto Total Neto : S/. 4 600 Tal como se advierte del ejemplo, la empresa retendrá a Juan S/. 400, por lo cual Juan recibirá S/ como pago por sus honorarios.
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Ejemplo 2 Una empresa pagará a un trabajador independiente 3 recibos por honorarios en la misma fecha, cada recibo es por el importe de S/ ¿debería retenerle la renta de Cuarta Categoría?
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Suspensión de Retenciones
Tienes derecho a solicitar esta suspensión si proyectas en el año no superar los ingresos por S/ 35,438. Este importe es válido para el ejercicio 2017 y se incluyen en su cómputo los ingresos por rentas de quinta categoría en caso ello ocurra. La solicitud la puedes presentar desde el 1 de enero de cada año y la suspensión tiene vigencia desde el día calendario siguiente del otorgamiento de la constancia de aprobación hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
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Caso práctico Juan Pérez, se dedica a prestar servicios de gasfitería.
El día 20 de Julio emite un recibo por Honorarios por S/1,600 soles. El mismo día Juan Pérez realiza el trámite para obtener la suspensión de retenciones de renta de cuarta categoría ¿ Se le debe efectuar la retención del 8% por el R.H. emitido?
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Pagos a cuenta
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Caso práctico Julio Samamé, se dedica a prestar servicios de carpintería. En el año 2017 recibió los siguientes ingresos: MES IMPORTE ENERO S/3,000 FEBRERO S/5,000 MARZO S/4,500 ABRIL S/6,300 MAYO S/4,200 JUNIO S/1,500 JULIO S/7,800 AGOSTO S/10,500 SETIEMBRE OCTUBRE S/2,950 NOVIEMBRE DICIEMBRE S/4,000 Nos consultan si el señor debe realizar pagos a cuenta del Impuesto a la renta de 4° Categoría y por cuanto le corresponde mensualmente hacerlo
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Caso práctico La empresa Almendra SAC dedicada al rubro de la decoración para eventos, solicita los servicios de la Sra. María Luisa Salinas Cortez, para decorar un salón, la referida empresa nos comenta que la prestación del servicio asciende a S/ nuevos soles, además nos señala que la prestadora del servicio le ha referido que no cuenta con la constancia de autorización de suspensión de las retenciones del impuesto a la renta de cuarta categoría, sin embargo no ha exhibido tal documento a la empresa. Al respecto nos consultan si deben realizar la retención
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