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Publicada porJosefina Cuenca Bustamante Modificado hace 7 años
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NORMATIVIDAD NACIONAL Y METROPOLITANA
I DIPLOMADO Administración y Gestión de Residencias Geriátricas y Gerontológicas Módulo I – Tema 2 NORMATIVIDAD NACIONAL Y METROPOLITANA
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LEY N° 28803: LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
Publicada el 21 de julio de 2006 en el Diario Oficial El Peruano Ley – Art. 1º: Objeto Garantizar que las PAM ejerzan los derechos que les han sido reconocidos en la Constitución Política del Perú y los Tratados Internacionales vigentes.
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Ley – Art. 6º: Órgano Rector
La Dirección de Personas Adultas Mayores, órgano de línea del Vice Ministerio de la Mujer es el órgano encargado de promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y Proyectos sobre las personas adultas mayores. Asimismo, establece los requisitos mínimos para el funcionamiento de las casas de reposo u otros locales análogos destinados a brindar atención a personas adultas mayores.
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Decreto Supremo 009-2010-MIMDES Requisitos Mínimos para el Funcionamiento de los CARPAM
ARTICULO 1°.- OBJETO 1.1 Establecer los requisitos mínimos para el funcionamiento de las casas de reposo u otros locales análogos destinados a brindar atención a las PAM, conforme a lo previsto en el Artículo 6° de la Ley N° 1.2 En lo sucesivo, a los establecimientos a los que se alude se les denominará Centros de Atención Residencial o Centros Residenciales, indistintamente.
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GLOSARIO Centro Residencial Gerontológico: para PAMs capaces de realizar actividades básicas e instrumentales de la vida diaria. Centro Residencial Geriátrico: para PAMs frágiles o con patología crónica física y/o mental, por lo que requieren de apoyo permanente de terceras personas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
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Ámbito de aplicación. El presente Decreto Supremo se aplica a los CARPAM, públicos y privados, a nivel nacional. Tipos de CARPAM Centros Residenciales Gerontológicos Centros Residenciales Geriátricos
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ARTICULO 1°.- MODIFICATORIA DEL ROF
Ordenanza MML Que aprueba la modificatoria del Reglamento de Organización y Funciones de la MML ARTICULO 1°.- MODIFICATORIA DEL ROF Apruébese la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Ordenanza N° 812 y modificatorias, e incorpórese en el Artículo 116° las funciones transferidas a la Municipalidad Metropolitana por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
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Evaluar y otorgar la Autorización Metropolitana a los Centros de Atención Residencial de Personas Adultas Mayores de la Provincia de Lima e inscribirlas en el Registro de Centros de Atención Residencial de Personas Adultas Mayores. Supervisar periódicamente a los Centros de Atención Residencial de Personas Adultas Mayores ubicados en la Provincia de Lima La Subgerencia de Bienestar Social de la Gerencia de Desarrollo Social, es el órgano responsable de la ejecución de estas funciones.
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Actualmente la MML es la institución que entrega la Autorización Metropolitana de Funcionamiento a los Centros Residenciales públicos y privados de Lima, previo cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8°, 9°, 10° y 11° del Decreto Supremo N° MIMDES, relacionados con los servicios, ambientes, infraestructura y recursos humanos del Centro Residencial, así como la presentación de los siguientes documentos: Reglamento Interno Plan de Trabajo Estados Financieros
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Para especificar más los requisitos, la MML solicita los siguientes documentos para tramitar la Autorización Metropolitana de Funcionamiento: Oficio dirigido al Alcalde de Lima, con atención a la Gerencia de Desarrollo Social. Reglamento Interno del Centro Residencial, formulado de acuerdo al D.S MIMDES, Art. 13°. Plan de Trabajo del Centro Residencial, formulado de acuerdo al D.S MIMDES, Art. 13°.
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Estados Financieros Persona natural: Ficha RUC, donde figure con el nombre comercial, por ejemplo “Residencia Geriátrica XXX”, en el RUC debe figurar la dirección del Centro, y que se mencione algo parecido a actividades relacionadas con el hospedaje o la salud. Empresa: Agregar ficha de Registros Públicos.
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Copia del contrato de arrendamiento del inmueble, si es vivienda propia, copia del título o autovaluo. Balance contable, firmado por un CPC. Curriculum Vitae del Médico, copia del título y copia de cursos relacionados con temas de adultos mayores.
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¡Gracias!
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