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BIENVENIDOS!!!!!! IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Fundamentos Básicos

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Presentación del tema: "BIENVENIDOS!!!!!! IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Fundamentos Básicos"— Transcripción de la presentación:

1 BIENVENIDOS!!!!!! IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Fundamentos Básicos
CORPORACION UNIVERSITARIA REPUBLICANA DIRECCION DE IMPUESTOS DE BOGOTA - DIB Oficina de Educación Tributaria IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Fundamentos Básicos Febrero DE 2017

2 ICAT QUE ES ? EN QUE CASOS NO SE ESTA OBLIGADO? QUIEN ESTA OBLIGADO?
IMPUESTO NACIONAL IMPUESTO TERRITORIAL ICAT QUE ES ? EN QUE CASOS NO SE ESTA OBLIGADO? QUIEN ESTA OBLIGADO? SOBRE CUANTO SE DEBE PAGAR? COMO SE CALCULA? CUANDO SE DEBE CUMPLIR? DONDE SE PAGA? Elementos Sustanciales del Tributo Hecho Generador Sujeto Activo Sujeto Pasivo Bases Gravable Tarifas Periodo

3 ICA : QUE ES? AUTORIZACIÓN LEGAL HECHO GENERADOR
Ley 97 de 1913 (Genérico) Ley 56 de 1981 Ley 14 de 1983 (Reorganiza y Unifica) DL 1333 de 1986 DL 1421 de 1993 (Cambios Bogotá) Acuerdo 65 de 2002 Decreto 271 de 2002 Ley 1430 de 2010 (Nuevos Sujetos Pasivos) Ley 1559 de 2012 (Base Distribuidores productos impuesto al consumo) Ley 1607 de 2012 HECHO GENERADOR Ejercicio o Realización Directa o Indirecta Actividades Industriales, Comerciales o Servicios, En la jurisdicción municipal. Permanente u Ocasional en inmueble determinado Con o sin Establecimiento de Comercio.

4 ICA : ACTIVIDADES GRAVADAS
INDUSTRIAL Producción, Extracción, Fabricación, manufactura, confección, preparación, reparación, ensamblaje, procesos transformación elementales COMERCIAL Expendio, compra venta, o distribución al por mayor y por menor y las definidas en el Código de Comercio SERVICIOS Tarea labor o trabajo Sin mediar relación laboral Contraprestación en dinero o especie Obligación de hacer Factor material o intelectual

5 ACTIVIDAD PRODUCCIÓN PRIMARIA ACTIVIDAD PRODUCCIÓN PRIMARIA AGRÍCOLA
ICA : ACTIVIDADES NO GRAVADAS Agrícola Ganadera Avícola ACTIVIDAD PRODUCCIÓN PRIMARIA No incluye fabricación productos alimenticios Ni procesos de transformación por elemental que sean ACTIVIDAD PRODUCCIÓN PRIMARIA AGRÍCOLA

6 ICA : ACTIVIDADES NO GRAVADAS
La producción nacional de artículos destinados a la exportación La educación pública, las actividades de beneficencia, culturales y/o deportivas, las actividades desarrolladas por los sindicatos, por las asociaciones de profesionales y gremiales sin ánimo de lucro, por los partidos políticos y los servicios prestados por los hospitales adscritos o vinculados al sistema nacional de salud.

7 ICA : ACTIVIDADES NO GRAVADAS
Las de tránsito de los artículos de cualquier género que atraviesen por el territorio del Distrito Capital, encaminados a un lugar diferente del Distrito. Las actividades de juegos de suerte de y azar. La persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal, en relación con las actividades propias de su objeto social, de conformidad con lo establecido en el artículo 195 del Decreto-Ley 1333 de 1986.

8 ICA : EXENCIONES EXENCIONES
Damnificados actos Terroristas y / o Catástrofes Naturales Tarifa especial editores de libros Personas jurídicas que suscriban contratos con IDRD para mantenimiento de parques Persona Natural víctima de secuestro y desaparición forzada EXENCIONES

9 ICA : OBLIGADOS – SUJETO PASIVO
P/N , P/J , SH. Socio Gestor. Fideicomitentes o Beneficiario. Representante de la forma contractual. SUJETO PASIVO Simplificado (ART.499) Común RÉGIMEN TRIBUTARIO

10 SUJETO PASIVO-RÉGIMEN TRIBUTARIO
Régimen Simplificado Persona Natural 1 Establecimiento de Comercio Minorista Ingresos Brutos Año Anterior inferiores UVT (15), (16) Franquicia, concesión, regalía o explotación de intangibles No Usuario Aduanero u Operaciones de Importación o Exportación. Contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a UVT, (2015) (2016) Inscripción previa al Régimen Común. Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de UVT (2015) (2016)

11 SUJETO PASIVO-RÉGIMEN TRIBUTARIO
REGIMEN SIMPLIFICADO Y COMUN REQUISITOS PARA LA CLASIFICACION OBLIGADOS A DECLARAR ANUAL EN REGIMEN SIMPLIFICADO (ART.499 ETN) REGIMEN SIMPLIFICADO 1 INGRESOS BRUTOS AÑO ANTERIOR < UVT INGRESO ANUAL MAYOR A 80 SMMLV AÑO UVT VALOR SMMLV VALOR 80 SMMLV 2016 29.753 2015 28.279 2014 27.485 2013 26.841 2012 26.049 2011 25.132 2010 24.555 2 CELEBRACION CONTRATOS AÑO ANTERIOR NI EN AÑO EN CURSO MAYOR A UVT 3 MOVIMIENTOS BANCARIOS DURANTE AÑO NO MAYOR A UVT 4 MAXIMO UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO OFICINA, SEDE, LOCAL O NEGOCIO 5 NO REALIZAR ACTIVIDADES BAJO FRANQUICIA CONCESION, REGALIA, EXPLOTACION DE INTANGIBLES 6 NO SER AGENTE ADUANERO

12 REGIMENES - OBLIGACIONES
Obligaciones Régimen Simplificado Inscripción RIT Declaración Anual (Ingresos Superiores (80 SMLMV) $, (2015) (2016) Contabilidad Simplificada Facturas, vales Rete Ica Informar Nit, Pruebas. Obligaciones Régimen Común Declaración Bimestral Libros de Contabilidad Facturación Agente de Retención, Pruebas Nit Correspondencia, pruebas Cambio de Régimen: 3 años consecutivos como simplificado (Acuerdo 65 de 2002)

13 ICA - RIT INSCRIPCIÓN Art 35 Dec Dos meses siguientes al inicio de sus operaciones. DECRETO 3070 DE 1983 IDENTIFICA – UBICA CLASIFICA Obligados ante Registro Mercantil Inscripción y Actualización RIT en Cámara de Comercio No Obligados ante el Registro Mercantil Inscripción y Actualización ante Secretaria de Hacienda

14 ICA - RIT Obligación de Declarar Dirección de Notificación
ACTUALIZACIÓN Art 36 Dec Cese de actividades y demás novedades. Dos meses siguientes a la ocurrencia de la novedad. Obligación de Declarar Hasta cuando se informe el cese de actividades. Dirección de Notificación Notificación de actos administrativos Sanción Inscripción RIT, sin establecmto: Voluntario 1 UVT / De oficio 2 UVT Sanción inscripción, con estabmto: clausura 1 día Sanción no presenta visible: clausura 2 días Por no informar novedad: Voluntario 1 UVT/De oficio 2 UVT Dato incompleto/equivocado: 10 UVT

15 ICA - RIT Obligación de Declarar Dirección de Notificación
ACTUALIZACIÓN Art 36 Dec Cese de actividades y demás novedades. Dos meses siguientes a la ocurrencia de la novedad. Obligación de Declarar Hasta cuando se informe el cese de actividades. Dirección de Notificación Notificación de actos administrativos Sanción Inscripción RIT, sin establecimiento: Voluntario 1 UVT / De oficio 2 UVT Sanción inscripción, con establecimiento: clausura 1 día Sanción no presenta visible: clausura 2 días Por no informar novedad: Voluntario 1 UVT/De oficio 2 UVT Dato incompleto/equivocado: 10 UVT

16 ELEMENTOS - BASE GRAVABLE
SOBRE CUANTO SE DEBE PAGAR?

17 ICA – COMO SE CALCULA – BASES GRAVABLES
DEPURACIÓN GENERAL BASE GRAVABLE Ingresos Brutos Ing. Fuera de Bogotá Devoluc Rebajas y Desctos Exenciones No Sujeciones Exportación Activos Fijos, otros

18 ICAT LIQUIDACION COMO SE CALCULA?

19 ICAT - LIQUIDACION / TARIFAS
Resolución 079 de 2013 ( y siguientes) El contribuyente identificará cada una de sus actividades empresariales con los códigos CIIU que le correspondan. Resolución 219 de 2004 ( y anteriores)

20 ICAT - CODIGOS /TARIFAS
RESOLUCIÓN 079 DE 2013 – CÓDIGOS ACTIVIDAD ECONÓMICA BOGOTÁ

21 Vallas, Avisos, Tableros, Emblemas
AVISOS Y TABLEROS ICAT HECHO GENERADOR Avisos en Vehículos Vía Pública Vallas, Avisos, Tableros, Emblemas Ley 97 de 1913 Ley 84 de 1915 Acuerdo 65 de 2002 Ley 1335 (Lugar Público) Hecho Generador: COLOCACIÓN EN ESPACIO PÚBLICO O VÍA PÚBLICA

22 Sujeto Pasivo Base Gravable Tarifa
AVISOS Y TABLEROS Contribuyentes industria y comercio Sujeto Pasivo Impuesto a Cargo de Industria y Comercio Base Gravable 15% Tarifa

23 ICAT – OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES
CUANDO SE DEBE CUMPLIR

24 ICAT – OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES
Enero Feb marzo 18 Marzo Abril mayo 19 Mayo Junio julio 19 Julio agosto septiembre 19 Septiembre octubre noviembre 18 Noviembre diciembre enero 19 de 2017 Régimen simplificado febrero 20 de 2017 FECHAS DE VENCIMIENTO Vencimiento Régimen Común Vencimiento Régimen Simplificado

25 ICAT – OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES
BOGOTÁ

26 Liquidador Web / Sistema Simplifica para firma digital
Presentación en Bancos:

27 FORMULARIO

28 FORMULARIO

29 RETENCIONES PARA DESCONTAR
Hasta el 100% de IC Aplicación de mayor tarifa por no informar al agente de retención

30 Extemporaneidad Corrección SANCIONES

31 GRANDES CONTRIBUYENTES DE LOS IMPUESTOS DISTRITALES
RESOLUCION DDI de marzo 30 de 2016, clasificó a personas jurídicas y naturales como GRANDES CONTRIBUYENTES. ANTECEDENTES OBJETIVOS IMPLICACIONES

32 GRANDES CONTRIBUYENTES
ANTECEDENTES Y OBJETIVOS Decreto 807/93 (art.562/ETN-1607/2012) Base 2015: ICA, IPU, VEHIC, SOBRETASA, IMPOCONSUMO Calificados EFECTOS E IMPLICACIONES Calificados vs DIAN Beneficios Retenciones de ICA Registro RIT (6meses)

33 GRANDES CONTRIBUYENTES
BENEFICIOS DE LA CLASIFICACION Servicio preferencial, con recurso humano, físico y tecnológico. Correo electrónico exclusiva : Línea telefónica especializada y exclusiva: Ventanilla de atención preferencial sede DIB: AC B 95 primer piso. Manejo herramienta SIMPLIFICA: declaración y pago electrónico, con plazo máximo ultimo día hábil del mes de vencimiento. Actualización RIT de manera automática.

34 NUEVOS AGENTES DE RETENCION
RESOLUCION No. DDI DE JUNIO 28 DE 2016 “Por la cual se designan algunos agentes retenedores de ICA” “….Designar a partir del 1º de enero de a los grandes contribuyentes de los impuestos distritales establecidos por la DIB y a los contribuyentes pertenecientes al régimen común de ICA, como agentes retenedores de ICA …..”

35 RETEICA PERIODO DE TRANSICION
En este momento y hasta el 31 de diciembre de 2016, serán agentes de Retención del Impuesto de Industria y comercio, quienes a la fecha tengan dicha la calidad y seguirán manteniendo las condiciones previstas en las normas que regulan la retención de este tributo y no deben retener al régimen común, según lo establecido en el acuerdo 65 de 2002, en su artículo 7° y su Decreto reglamentario 271 de artículo 3°: AGENTES DE RETENCIÓN: Entidades de Derecho Los grandes contribuyentes, según la DIAN Los que mediante resolución del Director Distrital de Impuestos se designen como agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio. Los intermediarios o terceros que intervengan en ciertas operaciones económicas. Los consorcios y uniones temporales Los contribuyentes del régimen común cuando realicen pagos o abonos en cuenta cuyos beneficiarios sean contribuyentes del régimen simplificado y profesionales independientes clasificados dentro del régimen común

36 NO APLICA RETENCION DE ICA

37 BASES MINIMAS DE RETENCION
SERVICIOS: COMPRAS: 4 UVT = $ 27UVT = $

38 OPERATIVIDAD DEL SISTEMA ACTUAL

39 OPERATIVIDAD DEL SISTEMA 2017
SUJETOS A RETENCION ENTIDADES PUBLICAS GRAN CONTRIBUYENTE DIAN GRAN CONTRIBUYENTE DIB CONSORCIO Y UNION TEMPORALE CONTRIBUY REGIMEN COMUN TRANSPORTAD OR CONTRIBUY. REGIMEN SIMPLIFICADO PROFESIONAL INDEPDTE REG COMUN FIDEICOMITENTE BENEFICIARIO AGENTES DE RETENCION NO SI GRANDES CONTRIBUYENTES CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES CONTRIBUY REGIMEN COMUN TRANSPORTADOR FIDUCIARIAS

40 Gracias por la atención
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá 2017 gracias Gracias por la atención


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