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EJERCICIO DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS LEY 80 DE 1993 ART. 32, NUMERAL 2, LEY 1150 DE 2007 Y DECRETO-LEY 019 DE 2003,

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1 EJERCICIO DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS LEY 80 DE 1993 ART. 32, NUMERAL 2, LEY 1150 DE 2007 Y DECRETO-LEY 019 DE 2003, LEY 1474 de 2011, ARTs. 82 y ss, DECRETO 1510 DE 2013 WILLINGTON GIL ALZATE ABOGADO U.DE.A. ESPECIALISTA EN DERECHO ADMINISTRATIVO U.P.B. MAGISTER EN DERECHO U.DE.A. ASESOR Y CONSULTOR CONTRATACIÓN ESTATAL

2 EN MATERIA CONTRACTUAL:
CAMPO DE APLICACIÓN EN MATERIA CONTRACTUAL: Artículo 32 de la ley 80 de 1993, numeral 2°, artículo 2 numeral 3° de la ley 1150, artículo 82 y ss de la Ley 1474 de 2011 y la Ley 842 de 2003 artículo 2. Controles necesarios para ejecución de proyectos de inversión como: Estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos; Asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión; La interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos.

3 ALGUNOS CONCEPTOS ASESORÍA: Consejo de Estado (sentencia del 2 de febrero de 2004) estimó que asesoría significa "brindar consejos o dictámenes por parte de un letrado, experto o asesor, con el fin que su destinatario pueda acogerlo o ilustrarse con su opinión, implicando necesariamente la transmisión de dichos conocimientos, y no tan solo recibir la ayuda o colaboración para resolver el asunto de su interés o conocer la opinión del experto”. ESTUDIOS: Actividad que realiza una persona natural o jurídica experta y calificada, para obtener como producto documentos de tipo técnico que constituyen el desarrollo de una iniciativa o la base para la ejecución de un proyecto.

4 ALGUNOS CONCEPTOS SEGUIMIENTO: Consejo de Estado (sentencia del 2 de febrero de 2004) «ejercicio continuo y periódico de una actividad especializada por parte de un experto sobre otro tipo de actividad sujeta a un control ”. CONTROL: Actividad que realiza una persona natural o jurídica experta y calificada, para propender por el logro del resultado final acorde a unas directrices predeterminadas de tipo técnico que constituyen el desarrollo de una iniciativa o la base para la ejecución de un proyecto. VIGILANCIA: Poder de control sobre una conducta o actividad, de la que se espera un resultado acorde con unas exigencias previas de orden legal o técnico y de obligatorio cumplimiento.

5 LA INTERVENTORÍA ES UNA ESPECIE DEL GÉNERO CONSULTORÍA
ART. 32, NUMERAL 2 LEY 80 DE 1993. «Contrato de Consultoría. (…) Son contratos de consultoría los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría……»

6 ¿QUE ES LA SUPERVISIÓN? SUPERVISIÓN: Actividad de seguimiento, control y vigilancia que realiza un funcionario público que se designa en virtud de una relación laboral reglamentaria o contractual, con el fin de garantizar además de la legalidad del contrato, la supervisión técnica, administrativa, contable, legal y financiera de la ejecución del mismo.

7 ¿QUE ES LA INTERVENTORÍA?
INTERVENTORÍA: Actividad de seguimiento, control y vigilancia que realiza una persona natural o jurídica de manera contractual y externa a la entidad respectiva, con el fin de garantizar además de la legalidad del contrato, la supervisión técnica, No obstante y en caso de ser necesario la interventorÍa se podrá contratar para las actividades propias de la SUPERVISIÓN.

8 CONDICIONES DESIGNACIÓN INTERVENTORÍA/SUPERVISIÓN
CADA OBJETO CONTRACTUAL DEFINE LOS CRITERIOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, LEGALES, CONTABLES Y FINANCIEROS PARA SU EJERCICIO DECRETO 1510/013, ART 22 Y SS

9 MODALIDADES CONTRATACIÓN Y/O DESIGNACIÓN INTERVENTORÍAS
Concurso de Méritos. Contrato de Consultoría de la mínima cuantía de la entidad. (LEY 1474 DE 2011, ART. 94.) Contratos de Prestación de Servicios Profesionales sólo para apoyar actividades de supervisión.

10 MODALIDADES CONTRATACIÓN Y/O DESIGNACIÓN SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍAS
Designación por escrito: Oficio o carta; Acta de Inicio; Contrato; Acto Motivado (Resolución o Decreto).

11 ETAPAS PARTICIPACIÓN EJERCICIO DE SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA
MANUALES DE INTERVENTORÍA ETAPA PREPARATORIA FUNCIONARIOS DESIGNADOS ETAPA PRECONTRACTUAL FUNCIONARIOS DESIGNADOS Ambas etapas comprenden elaboración y ajuste de especificaciones esencialmente técnicas COMITÉ EVALUADOR

12 CINCO TEMAS FUNDAMENTALES EJERCICIO DE SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA
MANUAL DE INTERVENTORÍA Ejecución de actividades. Manejo de recursos y autorizaciones Manejo del personal Seguimiento técnico, contable, financiero y administrativo del contrato (interventoría). Art. 4 num. 1, 5, 8 y 9; Art. 5 num. 1, 2 y 3; Art. 25 num. 4 y 16 de la Ley 80/93 Acta suspensión. Acta de reanudación Acta u oficio justificación de ambas Actas autorizaciones UN ASPECTO JURÍDICO/LEGAL

13 ETAPAS PARTICIPACIÓN EJERCICIO DE SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA
Designación de funcionario; Interventor contratado externamente; MANUALES DE INTERVENTORÍA ETAPA DE INICIO EJECUCIÓN DEL CONTRATO Organización carpeta precontractual-contractual; Verificación Registro Presupuestal; Estudio y aprobación plan de manejo anticipos; ¿CONTROL AL PAGO ANTICIPADO? Constitución Fiducia y/o cuenta a parte cuando se trata de anticipo; Verificación de permisos, licencias y demás autorizaciones; Suscripción acta de inicio.

14 ETAPAS PARTICIPACIÓN EJERCICIO DE SUPERVISIÓN/INTERVENTORÍA
ACTAS GENERADAS DURANTE EL DESARROLLO DEL PLAZO ETAPA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO MANUALES DE INTERVENTORÍA Acta de inicio; Acta aprobación cronogramas de trabajo; Acta de seguimiento y control; Bitácora en obra o consultoría; Actas de vecindad; Actas de pago; Actas cambio de obra o actividad; Acta de informes parciales; Acta de informe final; Acta de recibo con o sin observaciones.

15 NATURALEZA Y EFECTOS JURIDICOS ACTOS DE INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN
ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS DE ELLOS NO GENERA ACTOS ADMINISTRATIVOS; ACTAS, INFORMES Y OFICIOS, SON ACTOS JURIDICOS PARA EFECTOS PROBATORIOS; PARTICULAR QUE PRODUCE ESTA CLASE DE ACTOS AL EJERCER UNA POTESTAD, GENERA EN LA ADMINISTRACIÓN CONFIANZA LEGITIMA Y POR LO TANTO, ADQUIERE LA CALIDAD DE SERVIDOR PÚBLICO PARA EFECTOS DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. SENTENCIA C-037/03

16 GARANTIA DEL DEBIDO PROCESO-REGIMEN SANCIONATORIO Y DE MULTAS
Interventores y supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual….. LEY 1474/013, ARTS 84 Y SS

17 GARANTIA DEL DEBIDO PROCESO-REGIMEN SANCIONATORIO Y DE MULTAS
Informes como insumo probatorio para imponer, multas sanciones o declaratorias de incumplimiento; Insumo probatorio para aplicar clausulas excepcionales –el caso de la caducidad-. LEY 1474/013, ARTS 86 Y SS

18 GARANTIA DEL DEBIDO PROCESO-REGIMEN SANCIONATORIO Y DE MULTAS
DOCUMENTOS PRECONTRACTUALES; PACTA SUN SERVANDA; PRINCIPIOS DE BUENA FE-CONFIANZA LEGITIMA. LIMITES FUNCIONES SEGUIMIENTO CONTROL Y VIGILANCIA

19 ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Constitución de garantías y aprobación; Registro presupuestal y PAC; Impuesto de guerra en obra pública (Leyes 1421 y 1430 de 2010); Habilitación FIDUCIA y/o cuenta conjunta Acta de inicio del contrato MANUALES DE INTERVENTORÍA Acta Aprobación cronogramas de trabajo del contrato Flujogramas de tiempos por actividades del contrato; Utilización equipo técnico y humano; Verificación de resultados

20 Acta de seguimiento y control
ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Informes parciales de avance del contrato; Informes parciales de verificación administrativa del contrato; Informes parciales de autorizaciones de pagos y demás movimientos financieros del contrato; Acta de seguimiento y control MANUALES DE INTERVENTORÍA Actas Aprobación cronogramas de trabajo del contrato Flujogramas de tiempos por actividades del contrato; Utilización equipo técnico y humano

21 Bitácora obra o consultoría
ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Informes y constancias de a diario en avance del contrato; Verificación cumplimiento total o parcial del contrato; Certificación de actas de vecindad en caso de proceder –contrato obra-; Bitácora obra o consultoría MANUALES DE INTERVENTORÍA Aprobación previa de satisfacción parcial de actividades o cantidades de obra; Verificación de paz y salvos con impuestos, retenciones, sistema seguridad social integral, amortizaciones y pagos de salarios y prestaciones Actas de pago del contrato

22 Actas cambio de obra o actividad
ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Cambio de item sin desbordar valor contrato; Cambio de una especificación por otra de similar valor; Concepto de obra extra y adicional en caso de aumento del valor del contrato; Actas cambio de obra o actividad MANUALES DE INTERVENTORÍA Si dichas actas alteran valor del contrato Actividad u obra extra; Actividad u obra adicional; NINGUNO DE LOS DOS PUEDE PASAR MAS DEL 50% SMLMV. Art 40 Ley 80/93 Otro sí para adición; Contrato adicional

23 ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Aprobación previa de resultados parciales esperados según cronogramas fijados; Verificación cumplimiento parcial de aspectos técnicos-financieros y administrativos del contrato; Requerimientos necesarios o recomendaciones para dar cumplimiento al contrato; Puede haber lugar a la suspensión del plazo del contrato Actas de informe parcial del contrato MANUALES DE INTERVENTORÍA

24 ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Aprobación previa de resultados finales esperados según cronogramas fijados; Verificación cumplimiento total de aspectos técnicos-financieros y administrativos del contrato; Fijación de evidencias sobre cumplimiento del contrato Actas de informe final MANUALES DE INTERVENTORÍA Determinan el punto definitivo del plazo del contrato y el punto de inicio de la etapa de liquidación del mismo; Debe ser suscrita por interventor y contratista Actas de recibo con o sin observaciones

25 ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Presumen el cumplimiento del objeto y alcances del contrato; Determinan de manera parcial el no reconocimiento pecuniario o de ajustes a las prestaciones u obligaciones del contrato; Actualización de garantías Actas de recibo sin observaciones MANUALES DE INTERVENTORÍA Determinan si hay lugar a ajustes, revisiones, reintegros y reconocimientos durante la etapa de liquidación del contrato; Desequilibrios económicos del contratista; Pueden generar las salvedades para el contratista; Surgimiento de arbitramentos; Actualización de garantías Actas de recibo con observaciones

26 En dos años en forma bilateral o unilateral. LEY 1150 DE 2007
ETAPA POST CONTRACTUAL OFICINA ASESORA JURIDICA El jefe oficina asesora Jurídica Aprueba la actualización de la garantía mediante documento pertinente ACTA DE APROBACIÓN Y ACTUALIZACIÓN. ART. 118 y ss DCTO 1510 Plazo inicial de 4 meses para liquidar puede fijarlo el pliego de condiciones. En dos meses en forma unilateral. En dos años en forma bilateral o unilateral. LEY 1150 DE 2007 DEPEN. DELEGADA Comienza etapa de liquidación del contrato Acta que suscriben las partes y la interventoría. Artículos 60 y 61 de la Ley 80/93, modificada por Ley 1150/07

27 CONSEJO DE ESTADO. SECC 3. MARZO 12 DE 2012. RADICADO:22826
ETAPA POST CONTRACTUAL Ser firmada por las partes; Identificar el contrato, las partes, sucesores, cesionarios si los hay; el objeto y su alcance; Determinar el precio, su pago, amortización, modificación, oportunidades y las sumas pendientes de cancelar; Señalar las actas pendientes de pago, la forma como se utilizó el anticipo y lo facturado por el contratista; Establecer el plazo de ejecución, las modificaciones, prórrogas, adiciones, suspensiones y reanudaciones; Y Dejar constancia de cualquier inconformidad o salvedad del contratista. DEPENDENCIA DELEGADA REQUISITOS ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO PARA SUS PLENOS EFECTOS JURIDICOS Acta que suscriben las partes y excepcionalmente la interventoría. Artículos 60 y 61 de la Ley 80/93 y Ley 1150/07 CONSEJO DE ESTADO. SECC 3. MARZO 12 DE RADICADO:22826

28 ETAPA POST CONTRACTUAL
Verificación cumplimiento Reintegrar recursos a la entidad o pago al contratista Estudio de la causal que lo genere y prueba para su reconocimiento Puntos concretos de no acuerdo bilateral y por lo tanto, liquidación unilateral Ajustes y revisiones Reintegros y reconocimientos Desequilibrios económicos del contratista Las salvedades del contratista; Actividades a desarrollar durante la liquidación del contrato

29 ETAPA POST LIQUIDACIÓN CONTRATO
DEPENDENCIA DELEGADA Se pública en SECOP o portal. Ejercicio de control de calidad y estabilidad de la obra mediante acta respectiva. Art. 4 num. 1, 2, 4 y 6 de la Ley 80 OFICINA ASESORA JURIDICA Requerir contratistas Por intermedio de Oficina Asesora Jurídica hacer efectiva la póliza de seriedad y calidad estudios o estabilidad de la obra Art. 4 num. 2 de la Ley 80 La Oficina Asesora jurídica y la respectiva dependencia verifican la vigencia de pólizas por el mecanismo establecido en la entidad

30 NATURALEZA Y EFECTOS JURIDICOS ACTOS DE INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN
ACTIVIDAD DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA ES FUNCIÓN PÚBLICA; POR IMPLICAR EL CONTRATO ESTATAL LA INVERSIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS, LA LABOR DE INTERVENTORÍA IMPLICA EL EJERCICIO DE POTESTADES PÚBLICAS; PARTICULAR QUE EJERCE ESTA ACTIVIDAD, ADQUIERE LA CALIDAD DE SERVIDOR PARA EFECTOS DISCIPLINARIOS Y FISCALES. SENTENCIA C-037/03 LEY 80/93 ART , Y LEY 14734/011 ART 84 ACTIVIDAD DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA ES FUNCIÓN PÚBLICA; PARTICULAR QUE EJERCE ESTA ACTIVIDAD, ADQUIERE LA CALIDAD DE SERVIDOR PARA EFECTOS CIVILES Y PENALES;

31 RESPONSABILIDADES SUPERVISORES/INTERVENTORES
DEPENDENCIA DELEGADA Sentencia Consejo de Estado Expediente Consejero Ponente Carlos Ramírez Arcila 6 de Diciembre de 1990: “Esta Sala en diferentes oportunidades se ha referido a los interventores en contratos con la administración como a representantes o delegados de la entidad administrativa contratante y está de acuerdo con el Ministerio Público en que el Tribunal al pronunciarse sobre los exámenes de laboratorio no estaba juzgando actuaciones de un tercero sino actuaciones de un servidor público…..

32 Sentencia C-037 de 2003 Corte Constitucional:
RESPONSABILIDADES INTERVENTORES Sentencia C-037 de 2003 Corte Constitucional: “Dicha función de control, que las normas contractuales asignan a los servidores públicos, pero que excepcionalmente en virtud del contrato de interventoría puede ser ejercida por un particular, implica en realidad el ejercicio de una función pública.   Téngase en cuenta que el interventor,  como encargado de vigilar la buena marcha del contrato,  podrá exigir al contratista la información que estime necesaria; “….”  podrá dar órdenes que se consignarán necesariamente por escrito; de su actuación dependerá  que la administración  responsable del contrato de que se trate adopte oportunamente  las medidas  necesarias para mantener  durante su desarrollo  y ejecución  las condiciones técnicas,  económicas y financiaras  que fueron previstas en él,   es decir que  tiene atribuidas  prerrogativas de aquellas que en principio solo corresponden a la Administración, al tiempo que su función se convierte en determinante para el cumplimiento de los fines  de la contratación  estatal.» Ver en este sentido  sentencias: C-280 de 1996, C-563 de 1998 y C-181 de 2002 de la Corte Constitucional. DEPENDENCIA DELEGADA

33 RESPONSABILIDADES INTERVENTORES
Son particulares que cumplen funciones públicas en la celebración, ejecución y liquidación de los contratos; Por hechos u omisiones que les fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades; Estarán sujetos a la responsabilidad que en esa materia señala la ley para los servidores públicos. Ley 80 ARTICULO 56. DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS PARTICULARES QUE INTERVIENEN EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL.

34 RESPONSABILIDADES INTERVENTORES
Ley 734 de 2002 artículo 53; Ley 610 de 2000 artículos 1 y 6; Peculado, concusión, cohecho; Ley 678 de 2001 Daño patrimonial a la entidad Disciplinaria; Fiscal; Penal; Civil o de repetición Ley 80 de 1993 artículos 50-56

35 RESPONSABILIDADES INTERVENTORES
Civil y penalmente por cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato; Por hechos u omisiones imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos Ley 80 ARTICULO 53. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS CONSULTORES, INTERVENTORES Y ASESORES. Civilmente responden por daños patrimoniales frente a terceros y respecto del patrimonio estatal, mediante el ejercicio de acciones civiles Penalmente responden por delitos contra administración pública

36 RESPONSABILIDADES INTERVENTORES
Condenas o conciliaciones derivadas de controversias contractuales; Por hechos u omisiones imputables durante etapa de liquidación que causen daño o perjuicio al patrimonio de la entidad derivados de la ejecución de los contratos. Ley 678 de 2001 ARTICULO 2, parágrafo 1. ACCIÓN DE REPETICIÓN INTERVENTORES. Sentencia C-484 de 2002 Inhabilidades e incompatibilidades; Embargos por medidas cautelares; Destitución del cargo en caso de servidores asignados en dicha función

37 RESPONSABILIDADES INTERVENTORES
Por hechos u omisiones imputables por el no deber de controlar, corregir y denunciar irregularidades en el cumplimiento del contrato durante etapa de ejecución y liquidación que causen daño o perjuicio al patrimonio de la entidad. Por hechos u omisiones imputables durante etapa de ejecución y liquidación que causen daño o perjuicio al patrimonio de la entidad derivados de la ejecución de los contratos. Ley 1474 de 2011 ARTICULO 82, RESPONSABILIDAD DE INTERVENTORES. Sentencia C-484 de 2013 Inhabilidades e incompatibilidades POR CINCO AÑOS-EJECUTORIA ACtO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO; Destitución del cargo en caso de servidores asignados en dicha función

38 ¡MUCHAS GRACIAS!


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