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Publicada porÁlvaro Córdoba del Río Modificado hace 7 años
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REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN CIVIL -RETCC
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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 173-2012-PCM
ANTECEDENTES RESOLUCIÓN SUPREMA N° PCM Contexto: Construcción Civil: Actividad que contribuye al crecimiento económico del país y genera una gran cantidad de puestos de trabajo. Se vienen produciendo una serie de actos delictivos (extorsión para la contratación de trabajadores) que afectan a trabajadores, organizaciones sindicales y empleadores. Finalidad: Contribuir a la paz social, promover la inversión y garantizar la integridad de trabajadores y empleadores. Resolución Suprema N° PCM: Constituye la Comisión Multisectorial encargada de promover medidas de formalización laboral y la eliminación de la violencia en la actividad de la construcción civil. Dicha Comisión estuvo presidida por el representante MTPE. Su objeto fue elaborar un informe sobre la actividad de la Construcción Civil que contenga un diagnóstico y medidas de solución contra la violencia en la contratación de trabajadores.
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ANTECEDENTES Medidas de solución
La Comisión Multisectorial propuso, entre otras, las siguientes medidas: Reorganización de la AAT y de algunos de sus servicios, en especial el del servicio público de empleo y la inspección del trabajo. (Especialidad: Construcción Civil). Creación de registros de trabajadores y de obras de construcción civil, la reestructuración del registro sindical y la creación de aplicativos informáticos que permitan identificar a los destinatarios de las cuotas sindicales. Profesionalizar a los trabajadores en construcción civil con el objeto de empoderarlos y hacerlos menos vulnerables. En esa línea, el MTPE emitió los siguientes dispositivos: Medidas de solución Nº Norma Descripción 1 D.S TR Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC 2 D.S TR Registro de las organizaciones sindicales de trabajadores pertenecientes al sector de construcción civil 3 D.S TR Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC 4 D. L. N° 1187 Decreto Legislativo que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil
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DECRETO LEGISLATIVO N°1187
ANTECEDENTES DECRETO LEGISLATIVO N°1187 Prevenir la violencia y contrarrestar los delitos vinculados a la actividad de construcción civil. Contribuir con la mejora de la seguridad ciudadana y el orden público en dicha actividad. Promover mecanismos que aseguren la integridad física de los empleadores y trabajadores que intervienen en este sector. Velar por el libre ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores de la actividad de construcción civil. Con fecha se promulgó el Decreto Legislativo N°1187, que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, estableciendo entre sus finalidades:
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REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN CIVIL – RETCC
D. S. N° TR R.M. N° TR R.M. N° TR D. LEGISLATIVO N° 1187 R.M. N° TR
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Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil -RETCC
Contar con una base de datos que permita identificar a los trabajadores del sector de construcción civil. Ofrecer a los trabajadores registrados el beneficio de conocer las ofertas de trabajo, así como coadyuvar a la capacitación, especialización y certificación de las competencias laborales. Contar con una fuente de información para las actividades de prevención y control de la Policía Nacional del Perú y el Sistema de Inspección del Trabajo . Objeto del registro
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Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil –RETCC
Ámbito de aplicación La presente norma se aplica a: Los trabajadores que realizan actividades de construcción civil de manera personal, subordinada y remunerada a favor de otra persona natural o jurídica, independientemente de la duración del vínculo. No están comprendidas en la presente norma las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de vivienda. Resulta obligatorio para contratación en obras de construcción civil cuyos costos individuales excedan las 50 UIT, incluyendo a las contratistas y subcontratistas.
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Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil -RETCC
Procedimientos Inscripción en el RETCC. Renovación el registro. Suspensión del registro. Cancelación del registro. Duplicado del registro (tasa). Características Obligatorio, Habilitante, Gratuito y, Aprobación automática * El registro habilita al trabajador a laborar en la actividad de construcción civil a nivel nacional.
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INSCRIPCIÓN EN EL RETCC
Requisitos Certificado o Constancia de Capacitación o Certificación de competencias laborales, emitida por entidades habilitadas para capacitar o certificar las competencias laborales en la actividad de construcción civil. Este requisito no será exigible en la primera inscripción de no contar con dichas capacitaciones. Certificado o Constancia de trabajo, respecto a las obras en las que hubiera laborado dentro del año anterior a la inscripción. De no contar con los certificados de trabajo deberá precisar la identificación de su empleador, el periodo laborado y el puesto u ocupación desempeñado (para ello podrá acompañar otros documentos que permitan identificar el vínculo laboral como boletas de pago). De no contar con experiencia deberá indicarlo mediante declaración jurada, sujeta a fiscalización posterior. No registrar antecedentes penales por delitos específicos enumerados. Fotografía actualizada del solicitante.
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Ficha de inscripción (aplicativo informático)
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ACREDITACIÓN DE LA INSCRIPCION:
La inscripción se acredita mediante carné. Vigencia de 2 años. Los carnés se emiten con un número único de registro correlativo a nivel nacional.
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RENOVACION DEL REGISTRO
Requisitos: Certificados o constancias de haber realizado cursos de capacitación, o certificados de competencias laborales en el sector. Peón: Mínimo 16 horas de capacitación. Otros: Mín. 40 horas. Certificados de trabajo respecto a las obras en las que ha laborado en el período comprendido desde la obtención de última inscripción en el Registro y la solicitud de renovación. No registrar antecedentes penales por delitos específicos enumerados. Fotografía actualizada del trabajador solicitante. Para la renovación del carné todos los requisitos son obligatorios en la renovación. Si el trabajador no acredita haber laborado en construcción durante el periodo de su primera inscripción no podrá renovar el carné. Igualmente deberá acreditar las horas mínimas de capacitación o haber obtenido un certificado de competencias laborales. (R.M. N° TR)
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CANCELACION DEL REGISTRO
CAUSALES: Homicidio calificado (108, 108-A ) Sicariato (108-C del C.P.) Conspiración (108-D del C.P.) Lesiones graves (121 C.P.) Pandillaje pernicioso (148-A del C.P.) Secuestro (152 C.P.) Robo Agravado (189 C.P.) Extorsión (200 C.P.) Usurpación por despojo, modalidad agravada (204 C.P) Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos (279 C.P.) Sustracción o arrebato de armas fuego (279-B) Disturbios (315 C.P.) Asociación Ilícita para delinquir (317 del C.P.) Marcaje o Reglaje (317-A C.P.) Falsificación de documentos (427 C.P.) A solicitud del trabajador. 2. Porque la autoridad competente verifica la falsedad de la información y/o documentación brindada, sin perjuicio de las acciones administrativas y penales que se deriven. 3. Sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada por los delitos de: Es competente para cancelar la inscripción: La Sub Dirección de Registros Generales previa resolución motivada y notificada al trabajador. (R.M. N° TR) 4. Caduca el registro, automático.
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DUPLICADO Y SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
En caso de pérdida del carné, el trabajador deberá presentar una solicitud, con la denuncia policial respectiva y el pago de la respectiva tasa por duplicado del carné. Duplicado La inscripción en el RETCC se suspende cuando el juez penal haya ordenado una medida restrictiva para la realización de trabajo de construcción civil conforme a lo establecido en la norma penal correspondiente. La suspensión procede por el tiempo ordenado por el juez. Suspensión
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REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN CIVIL - RETCC
La implementación del RETCC es progresiva, por lo que las obligaciones que se deriven del RETCC son exigibles a partir de la culminación de su implementación en cada DRTPE o GRTPE. RETCC ÁMBITO NACIONAL ACTÚA DE MANERA DESCONCENTRADA DRTPE o GRTPE
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OTRAS DISPOSICIONES ACCESO A SERVICIOS:
Difusión de la normatividad laboral, Servicio público de empleo, Servicios de capacitación laboral y certificación de competencias laborales, Otros servicios y programas a cargo de la Autoridad Administrativa de Trabajo. La inscripción en el RETCC vincula a los trabajadores con los servicios de:
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OTRAS DISPOSICIONES INFRACCIONES LABORALES:
Se sustituye el numeral del artículo 24 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo precisando que constituye infracción grave: (...) Valerse de los servicios de trabajadores que realizan actividades de construcción civil, que no estén inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC”.
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RETCC: MODALIDAD VIRTUAL
La inscripción en el RETCC podrá ser de manera virtual, previa resolución ministerial que así lo disponga. Para dicha modalidad, las DRTPE deberán acreditar contar con los sistemas y tecnologías de la información que permitan validar los certificados de antecedentes policiales, judiciales y penales, así como con los demás recursos y garantías apropiados para su implementación. Sólo aplicable para Lima Metropolitana y Callao.
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REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN CIVIL-RENOCC
D. S. N° TR R.M. N° TR
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RENOCC - ACCESO La inscripción en el RENOCC se hace a través de un aplicativo informático ubicado en el portal institucional del MTPE.
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Para acceder deberá ingresar su CLAVE SOLl
RENOCC - ACCESO Para acceder deberá ingresar su CLAVE SOLl
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RENOCC – ¿Cómo inscribir las obras?
Las empresas tienen la obligación de: Inscribir las obras y Actualizar trimestralmente
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REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCION CIVIL - RENOCC
Para contratar al trabajador deberá verificarse que éste se encuentre registrado en el RETCC. El aplicativo informático del RENOCC arroja la Constancia de Inscripción respectiva luego de concluir el registro de la obra. No inscribir o actualizar información en el RENOCC: Falta leve Implementado el RETCC en la región, las obligaciones del RENOCC resultan exigibles. 5 d/h sgtes de notificada la licencia de obra.
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GRACIAS
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