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OHSAS SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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Presentación del tema: "OHSAS SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO"— Transcripción de la presentación:

1 OHSAS 18001 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

2 Objetivo Conocer la Legislación Colombiana en lo referente a Salud en el trabajo y Seguridad Industrial. Realizar correctamente un Panorama de Riesgo de alguna actividad que se desarrolla en la Industria Petrolera. Analizar la Resolución 1401 del 2007 Investigación de Accidentes. Identificar los aspectos mas importantes del RUC.

3 Legislación SYSO LEGISLACIÓN DESCRIPCIÓN RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
Disposiciones sobre vivienda, Higiene y Seguridad Industrial en los Lugares de Trabajo. NTC 1728 de 1982 Equipos de Protección respiratoria contra gases toxicos. RESOLUCIÓN 8321 DE 1983 Normas sobre protección y conservación de la audición. NTC 2037 de 1985 Arneses de seguridad. NTC 2219 de 1986 Guantes aislantes deelectricidad. RESOLUCIÓN 1792 DE 1990 Valores límites permisibles para la exposición al ruido. DECRETO 1281 DE 1994 Se reglamenta las actividades de alto riesgo. RESOLUCIÓN 4059 DE 1995 Reporte de accidentes de trabajo a la ARP. Formato único de enfermedad Profesional. GTC 45 DE 2010 Guía para el diagnostico de condiciones de trabajo o panorama de factores de riesgo. NTC 4114 de 1998 Realización de inspecciones planeadas. DECRETO 1521 DE 1998 Se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo. NTC 4435 de 1998 Presentación de las MSDS para sustancias químicas. NTC 2272 de 1998 Método para la medición real del oido brindada por los protectores auditivo. LEY 769 DE 2002 Código Nacional de Transito.

4 Legislación SYSO LEGISLACIÓN DESCRIPCIÓN DECRETO 1609 DE 2002
Se reglamenta el manejo y transporte terrestre de mercancías peligrosas. DECRETO 2800 DE 2003 Se reglamenta la afiliación de los trabajadores al sistema general de riesgos profesionales. DECRETO 2090 DE 2003 Se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador. RESOLUCIÓN DE 2004 Se reglamenta la expedición de la Licencia de Manejo de materiales Radioactivos. RESOLUCIÓN 1570 DE 2005 Recolección de información para reporte de accidentes de trabajo. RESOLUCIÓN 156 DE 2005 Se adoptan los formatos de informe de accidentes. RESOLUCIÓN 1500 DE 2005 Se reglamenta las categorías de la Licencia de Conducción. RESOLUCIÓN DE 2005 Reglamento de Transporte Seguro de Materiales Radioactivos. (Ministerios de Minas y Energía) RESOLUCIÓN 1555 DE 2005 Se reglamenta el procedimiento para obtener el certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir. RESOLUCIÓN 3800 DE 2005 Se fijan requisitos y procedimientos para el transporte de cargas extra pesada y extra dimensionadas. RESOLUCIÓN DE 2005 Se fijan tarifas a cobrar por servicios de licenciamiento, vigilancia y control de usuarios de material radioactivo.

5 Legislación SYSO LEGISLACIÓN DESCRIPCIÓN RESOLUCIÓN 1401 DE 2007
Se reglamenta la investigación de incidentes. RESOLUCIÓN 1724 DE 2007 Se fijan contenidos mínimos del curso en transito y seguridad vial. OHSAS DE 2007 Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional. RESOLUCIÓN 2646 DE 2008 Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores psicosocial. RESOLUCIÓN 3673 DE 2008 Por el cual se establece el reglamento técnico de trabajo seguro en alturas. GUIA RUC HIDROCARBUROS 2010 Recoge los requerimientos legales en estos campos para orientar a las empresas vinculadas al sector hidrocarburos.

6 RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO I. CAMPO DE APLICACIÓN. CAPÍTULO II. OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS. CAPITULO III. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES. TÍTULO II. DE LOS INMUEBLES DESTINADOS A ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO. CAPÍTULO I. EDIFICIOS Y LOCALES. CAPITULO II. SERVICIOS DE HIGIENE. CAPÍTULO IV. DE LA HIGIENE EN LOS LUGARES DE TRABAJO ORDEN Y LIMPIEZA. CAPÍTULO V. EVACUACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS. CAPITULO VI. DE LOS CAMPAMENTOS DE LOS TRABAJADORES.

7 RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 TÍTULO III. NORMAS GENERALES SOBRE RIESGOS FÍSICOS, QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO. CAPÍTULO I. DE LA TEMPERATURA, HUMEDAD Y CALEFACCIÓN. CAPÍTULO II. DE LA VENTILACIÓN. CAPITULO III. DE LA ILUMINACIÓN. CAPÍTULO IV. DE LOS RUIDOS Y VIBRACIONES. CAPÍTULO V. DE LAS RADIACIONES IONIZANTES. CAPÍTULO VI. RADIACIONES NO IONIZANTES: ULTRAVIOLETAS, INFRARROJAS Y RADIOFRECUENCIA. CAPÍTULO VII. DE LA ELECTRICIDAD, ALTERNA, CONTINUA Y ESTÁTICA. CAPÍTULO VIII.DE LAS CONCENTRACIONES MÁXIMAS PERMISIBLES. CAPÍTULO IX. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. CAPÍTULO X. DE LAS SUBSTANCIAS INFECCIOSAS Y TÓXICAS. CAPÍTULO XI. DE LAS SUBSTANCIAS INFLAMABLES Y EXPLOSIVAS.

8 RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 TITULO LV. DE LA ROPA DE TRABAJO EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN. CAPÍTULO I. DE LA ROPA DE TRABAJO. CAPÍTULO II. DE LOS EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN. TÍTULO V. DE LOS COLORES DE SEGURIDAD. CAPÍTULO I. CÓDIGO DE COLORES. TÍTULO VI. DE LA PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS. CAPÍTULO I. DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS. CAPÍTULO II. DE LA EXTINCIÓN DE INCENDIOS. TÍTULO VII. DE LOS EXPLOSIVOS. CAPÍTULO I. DEL MANEJO DE LOS EXPLOSIVOS. CAPÍTULO II. DEL TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS. CAPÍTULO III. DE LOS LOCALES DESTINADOS A POLVORINES. CAPÍTULO IV. DE LOS BARRENOS Y VOLADURAS.

9 RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 TÍTULO VIII. DE LAS MAQUINASEQUIPOS Y APARATOS EN GENERAL. CAPÍTULO I. DE LAS MAQUINASHERRAMIENTA Y MAQUINAS INDUSTRIALES. CAPÍTULO II. DE LOS EQUIPOS TANQUES Y RECIPIENTES DE ALMACENAMIENTO. CAPÍTULO III. DELAS TUBERÍAS Y CONDUCTOS. TÍTULO IX. DE LAS HERRAMIENTAS EN GENERAL. CAPÍTULO I. DE LAS HERRAMIENTAS DE MANO. CAPÍTULO II. DE LAS HERRAMIENTAS DE FUERZA MOTRIZ. TÍTULO X. DEL MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES. CAPÍTULO I. DEL MANEJO Y TRANSPORTE MANUAL DE MATERIALES. CAPÍTULO II. DEL MANEJO Y TRANSPORTE MECÁNICO DE MATERIALES. TÍTULO XI. DE LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES OPERACIONES Y PROCESOS. CAPÍTULO I. DE LOS GENERADORES DE VAPOR. CAPÍTULO II. DE LOS RECIPIENTES Y TUBERÍAS SOMETIDOS A PRESIÓN. CAPÍTULO III. DE LOS CILINDROS PARA GASES COMPRIMIDOS.

10 RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 CAPÍTULO V. DE LA SOLDADURA ELÉCTRICAAUTÓGENA Y CORTE DE METALES. CAPÍTULO VI. DE LOS TRABAJOS EN AIRE COMPRIMIDO. CAPÍTULO VII. DE LOS TRABAJOS DE PINTURA A PRESIÓN. TÍTULO XII. DE LA CONSTRUCCIÓN. CAPÍTULO I. DE LA DEMOLICIÓN Y REMOCIÓN DE ESCOMBROS. CAPÍTULO II. DE LAS EXCAVACIONES. CAPÍTULO III. DE LOS ANDAMIOS Y ESCALERAS. CAPÍTULO IV. DE LOS TÚNELES Y TRABAJOS SUBTERRÁNEOS. TÍTULO XIII. DEL TRABAJO DE MUJERES Y MENORES. TÍTULO XIV. DISPOSICIONES FINALES.

11 GTC 45 DE 2012 GUÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PELIGROS Y LA VALORACIÓN DE LOS RIESGOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

12 DEFINICIONES GTC 45 Accidente de trabajo. Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo.

13 DEFINICIONES GTC 45 Actividad rutinaria. Actividad que forma parte de un proceso de la organización, se ha planificado y es estandarizable. Actividad no rutinaria. Actividad que no se ha planificado ni estandarizado, dentro de un proceso de la organización o actividad que la organización determine como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.

14 DEFINICIONES GTC 45 Análisis del riesgo. Proceso para comprender la naturaleza del riesgo y para determinar el nivel del riesgo Elemento de Protección Personal (EPP). Dispositivo que sirve como barrera entre un peligro y alguna parte del cuerpo de una persona. Medida de control. Medidas implementadas con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes.

15 DEFINICIONES GTC 45 Nivel de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las consecuencias Nivel de deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1) el conjunto de peligros detectados y su relación causal directa con posibles incidentes y (2), con la eficacia de las medidas preventivas existentes en un lugar de trabajo. Nivel de exposición (NE). Situación de exposición a un peligro que se presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral. Nivel de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia por el nivel de exposición Nivel de riesgo. Magnitud de un riesgo resultante del producto del nivel de probabilidad por el nivel de consecuencia

16 Equipos de Trabajo GTC 45 Responsable del Cargo
Empleado más familiarizado Coordinador HSE Jefe Inmediato Experto Técnico

17 GTC 45 CONTENIDO Tabla 2. Determinación del nivel de deficiencia ND
Tabla 3. Determinación del nivel de exposición NE Tabla 4. Determinación del nivel de probabilidad NP Tabla 5. Significado de los diferentes niveles de probabilidad Tabla 6. Determinación del nivel de consecuencias Tabla 7. Determinación del nivel de riesgo Tabla 8. Significado del nivel de riesgo

18 GTC 45 Controles Eliminación: modificar un diseño para eliminar el peligro, por ejemplo, introducir dispositivos mecánicos de alzamiento para eliminar el peligro de manipulación manual. Sustitución: reemplazar por un material menos peligroso o reducir la energía del sistema (por ejemplo, reducir la fuerza, el amperaje, la presión, la temperatura, etc.). Controles de ingeniería: instalar sistemas de ventilación, protección para las máquinas, enclavamiento, cerramientos acústicos, etc. Controles administrativos, señalización, advertencias: instalación de alarmas, procedimientos de seguridad, inspecciones de los equipos, controles de acceso, capacitación del personal. Equipos / elementos de protección personal: gafas de seguridad, protección auditiva, máscaras faciales, sistemas de detención de caídas, respiradores y guantes.

19 GTC 45 ANEXOS ANEXO A – Tabla de Peligros ANEXO B - Matriz de Riesgos
ANEXO C - Determinación cualitativa del nivel de deficiencia de los peligros higiénicos. ANEXO D - Valoración cuantitativa de los peligros higiénicos ANEXO E - Factores de reducción y justificación

20 TALLER 6 Realizar un Panorama de Riesgo identificando mínimo 5 Peligros de las siguientes actividades: Movilización Rig Up o Rig down Perforación Workover Corazonamiento Fracturamiento Hidráulico Cementación Control de Sólidos Fluidos de Perforación Sistema de Bombeo Mantenimiento de equipos

21 Ejemplos Identificación de Riesgos
Matriz de Riesgos de ECP ATS de ECP Matriz IPERDEC

22 SISTEMA GENERAL DE RIESGOS laborales Y SALUD en el trabajo
Ley 1562 de 2012

23 COMPARACIÓN DE LOS SISTEMAS
SGRL COMPARACIÓN DE LOS SISTEMAS Fuente:

24 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SGRL
Afiliación: La afiliación de trabajadores dependientes es obligatoria y la empresa escoge la ARL. La afiliación de trabajadores independientes es obligatoria y el empleado escoge su ARL pero siempre debe ser la misma (Dec 723 de 2013). La cobertura del sistema se inicia el día siguiente al de la afiliación. El pago se hace por anticipado.

25 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SGRL
COTIZACIÓN DETERMINADA POR: La clasificación de la empresa por actividad principal, de acuerdo con tabla relacionada en el Dec de 2002. Tabla de porcentajes de cotización (Art. 13, Dec de 1994):

26 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SGRL
BENEFICIOS-PRESTACIONES ASISTENCIALES: - Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. - Hospitalaria, Odontológica. - A exámenes de laboratorio, de diagnóstico, a prótesis, etc. - A rehabilitación y gastos de traslado

27 OBLIGACIONES Y SANCIONES
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo LA EMPRESA ES RESPONSABLE: Fuente:

28 COPASST El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo es el organismo encargado de vigilar y promocionar las normas, reglamentos y demás disposiciones que tengan que ver con los empleados de la empresa.

29 OBLIGACIONES Y SANCIONES
EL TRABAJADOR SERÁ RESPONSABLE: a. Procurar el cuidado integral de su salud. b. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. c. Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleadores en este decreto. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional de la empresa.

30 OBLIGACIONES Y SANCIONES
EL TRABAJADOR SERÁ RESPONSABLE: e. Participar en la prevención de los riesgos laborales a través de los COPASST, o como vigías. f. Los pensionados por invalidez por riesgos laborales deberán mantener actualizada la información sobre su domicilio, teléfono y demás datos que sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento. g. Los pensionados por invalidez por riesgos laborales deberán informar a la entidad administradora de riesgos laborales correspondiente, del momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión. Nota: El literal b del artículo 91 del Decreto 1295 de 1994 establece como justa causa para despedir a un trabajador el hecho de incumplir las obligaciones o deberes en seguridad y salud en el trabajo.

31 OBLIGACIONES Y SANCIONES
LA ARL SERÁ RESPONSABLE: a) Asesoría técnica básica para el diseño del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en la respectiva empresa. b) Capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios. c) Capacitar miembros de COPASST. De 10 a 49 trabajadores existirá un representante por cada una de las partes; entre 50 y 499 trabajadores, dos; de 500 a 999, tres; y más de mil trabajadores, cuatro representantesNota: Resolución 2013 de 1986 sobre el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. d) Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas.

32 Obligaciones de los Aportantes:
RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. Obligaciones de los Aportantes: Conformar equipo Investigador Investigar todos los incidentes Adoptar una metodología de investigación y formato Implementar las medidas y acciones correctivas Proveer los recursos, elementos bienes y servicios necesarios para implementar las medidas correctivas que resulten de la investigación Implementar registro de seguimiento Remitir a la ARL las investigaciones de los accidentes graves y mortales dentro de los 15 días siguientes

33 RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 Obligaciones de la ARL: Proporcionar asesoría
Desarrollar metodología y suministrarla Analizar las investigaciones remitidas por los aportantes, profundizar o complementar Capacitar al aportante Participar en la investigación cuando se estime necesario Emitir conceptos técnicos Realizar seguimiento a las medidas de control Informar a los aportantes sobre resultado de investigaciones

34 Investigación de un Accidente de ECP
RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 Etapas de la investigación de Accidentes: -Relevamiento del área de ocurrencia del evento -Toma de fotografías y/o diseño de bosquejos gráficos -Identificación clara de los hechos ocurridos -Recopilación de evidencias -Simulación del evento, si es necesario -Entrevistas a los involucrados y testigos -Aseguramiento de la obtención de los reportes de las autoridades y médicos, si es necesario -Determinación de las causas inmediatas, raíces y fallas en el sistema de gestión -Establecimiento de los planes de acción que correspondan Investigación de un Accidente de ECP

35 GUIA RUC 2012 Esta Guía ha sido preparada por el Comité Técnico Operativo del RUC (Registro Uniforme de Evaluación del Sistema de seguridad, salud en el trabajo y Ambiente para Contratistas), integrado por representantes de las compañías operadoras, representantes de las grandes contratantes, por representantes de las empresas contratistas y por el Consejo Colombiano de Seguridad El objetivo de la Guía es brindar información sobre requisitos legales y de gestión para el manejo del sistema de Seguridad, salud en el trabajo y el tema Ambiental al grupo de contratistas que prestan servicios al Sector Hidrocarburos y otros sectores.

36 SISTEMA DE CALIFICACION RUC
ACTUAL NUEVO El Instrumento contempla 365 preguntas para 2968 puntos La escala permite evaluar dos situaciones en forma cuantitativa. Instrumento de calificación cuantitativo con cinco posibles escenarios: - Escenario A: No existe - Escenario B: Existe pero no está implementado los elementos críticos, no está documentado totalmente. - Escenario C: Implementa los elementos críticos definidos pero los demás elementos no se encuentran totalmente implementados. - Escenario D: Totalmente implementado, medido y mejora continua. - Escenario E: Excelencia, supera las expectativas Elementos evaluados: Liderazgo y Compromiso Gerencial / Desarrollo y ejecución del SG SSOA/ Administración del Riesgo /Evaluación y Monitoreo. Se mantienen todos los elementos evaluados. El campo pesa un 60% y la revisión documental un 40% de la gestión total. Se obtienen puntajes independientes del desempeño documental y en campo. Cada escenario evaluara simultáneamente de la gestión documental con la de campo de acuerdo a los requerimientos definidos en cada uno de los escenarios posibles

37 RUC Beneficios para empresas contratantes
Información permanente sobre el desempeño de sus contratistas en seguridad, salud ocupacional y ambiente Administración de sus contratistas en seguridad, salud en el trabajo y ambiente, a través de un tercero confiable y neutral – Consejo Colombiano de Seguridad – Ampliación de su base de oferentes al tener acceso a todos los contratistas del RUC® Identificación y focalización de acciones de mejora que deben emprender sus contratistas en seguridad, salud en el trabajo y ambiente Estandarización de buenas prácticas de la industria.

38 RUC Beneficios para empresas contratistas
Oportunidad de mejoramiento continuo mediante la evaluación del desempeño de la gestión en seguridad, salud en el trabajo y ambiente. Permanencia y oportunidad de crecimiento en el mercado. Igualdad de condiciones en procesos licitatorios, en materia de Seguridad, salud en el trabajo y ambiente. Herramienta para el cumplimiento de las disposiciones legales y de otra índole. Reconocimiento por parte del Consejo Colombiano de Seguridad de acuerdo con: su desempeño en la gestión del riesgo, comportamiento en accidentalidad y resultado de evaluaciones obtenidas en seguridad, salud en el trabajo y ambiente en otros contratos.


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