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Portada. Procedimiento probatorio  Son todas aquellas actividades procesales relacionadas con la prueba en las distintas etapas de un conflicto jurisdiccional,

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Presentación del tema: "Portada. Procedimiento probatorio  Son todas aquellas actividades procesales relacionadas con la prueba en las distintas etapas de un conflicto jurisdiccional,"— Transcripción de la presentación:

1 Portada

2 Procedimiento probatorio  Son todas aquellas actividades procesales relacionadas con la prueba en las distintas etapas de un conflicto jurisdiccional, en consecuencia es procedimiento probatorio la investigación, la proposición, la admisión, la practica y la valoración de los diversos medios, que la ley ordena. El procedimiento probatorio comprende desde el ofrecimiento hasta la valoración de pruebas.

3 Reconstitución de la prueba  Las pruebas dentro de un proceso judicial tienen por objeto comprobar la existencia o inexistencia de un hecho, materia del proceso y las circunstancias en que se produjo. En general las pruebas se producen en un momento especial del juicio denominado apertura a prueba. Sin embargo, muchas veces se deben tomar ciertos recaudos para que hechos relevantes que pueden perderse o no estar los testigos para acreditarse, deban ser “preconstituidos” y queden acreditados o plasmados certificadamente antes de iniciarse la causa.

4 Prueba Constituyente  Es la que se produce en momentos posteriores al inicio del proceso. *Prueba Testimonial. Dentro de este tipo de prueba pueden ser colocados los hechos que tienen en su favor una presunción legal, los hechos probados, los confesados y los admitidos. Termino y plazo son palabras muy diferentes, en el sentido de que el primero es un momento determinado fijo, y el segundo es un lapso o sucesión de momentos, o sea, un espacio dentro del cual válidamente puede ser realizado un acto procesal. El plazo nos interesa como el lapso dentro del cual válidamente pueden desarrollarse o desenvolverse diligencias procesales. Es el primero de los cuatro momentos en que se desenvuelve la etapa probatoria, los otros tres consecutivos son: *La admisión. *La preparación. *El desahogo.

5 Términos y plazos probatorios  Son palabras muy diferentes, en el sentido de que el primero es un momento determinado fijo, y el segundo es un lapso o sucesión de momentos, o sea, un espacio dentro del cual válidamente puede ser realizado un acto procesal. El plazo nos interesa como el lapso dentro del cual válidamente pueden desarrollarse o desenvolverse diligencias procesales

6 Prorroga La ampliación de un plazo o tiempo para el ejercicio de un determinado derecho. Tiene importancia en el campo hipotecaria, ya que afecta al asiento de presentación y supone una ampliación del plazo de su vigencia con repercusión en otros asientos contradictorios o conexos.

7 Ofrecimiento de pruebas Acto procesal mediante el cual las partes declaran cuáles serán las pruebas de que harán uso a fin de fundamentar sus pretensiones

8 Pruebas de Supervivientes Hechos posteriores que carecen del carácter de. si la prueba aportada, con la pretensión de ser superveniente, se refiere a hechos acaecidos con posterioridad a la presentación de la demanda, ya que las lesiones que los ofendidos declararon haber recibido de manos de su padre ocurrieron con posterioridad a los que formaron parte de la litis natural; y si el ad que los hubiera tomado en cuenta para resolver la apelación.

9 Admisión de prueba  En este momento de la etapa probatoria, el Juez califica la procedencia de las pruebas ofrecidas, aquí se debe de tomar en cuenta la utilidad de los medios ofrecidos, así como el hecho de que se hayan ofrecido en el plazo indicado.

10 Forma, lugar y modo de desahogo de las pruebas Este momento se da cuando ya se han ofrecido y admitido las pruebas presentadas, según el medio de prueba del que se trate así será el trámite y la naturaleza de los actos: preguntas a partes y testigos, cuestionarios realizados a peritos y respuesta de estos; así como visita del Juez a lugares mencionados en las pruebas; el artículo 266 y 267 del C.P.C.O. establecen que el Juez puede mandar desahogar las pruebas que considere competentes para el avance del proceso, de igual forma el artículo 287 nos establece un período de 30 días para el desahogo de las pruebas.

11 Gracias por su atención!!


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