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Universidad Autónoma del Carmen. Temas: 2.1 Conceptos básicos Persona física Persona moral 2.2 Actividades Empresariales 2.3 Impuestos

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Presentación del tema: "Universidad Autónoma del Carmen. Temas: 2.1 Conceptos básicos Persona física Persona moral 2.2 Actividades Empresariales 2.3 Impuestos"— Transcripción de la presentación:

1 Universidad Autónoma del Carmen

2 Temas: 2.1 Conceptos básicos 2.1.1 Persona física 2.1.2 Persona moral 2.2 Actividades Empresariales 2.3 Impuestos 2.3.1 Impuestos al valor agregado (IVA) 2.3.2 Impuestos sobre la renta 2.4 Perdida Fiscal

3 La empresa es una organización social un conjunto de actividades y utiliza una que realiza gran variedad de recursos (financieros, materiales, tecnológicos y humanos) para lograr determinados objetivos, como la satisfacción de una necesidad o deseo de su mercado.En un mundo globalizado el mundo de las empresas debe de diseñar una serie de medidas que le permita lograr un desarrollo económico mejor y expandirse de gran manera. Para ello necesito algunos requisitos que cumplir.

4  Están ligados al sistema tributario en vigencia del país que sea. Estos aspectos se tienen en cuenta la Contabilidad de una empresa, en su Balance Contable que es Histórico y en el Balance Impositivo que se actualiza acorde a los coeficientes e índices de inflación de cada país. Dado por El Ministro de Economía, o fijado como ley. ASPECTOS FISCALES

5 PERSONA FISICA Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos. PARA LAS PERSONAS FISICAS EXISTEN 5 TIPOS DE REGÍMENES DIFERENTES: ASALARIADO. PROFESIONISTAS. ARRENDADOR. EMPRESARIO.

6 RÉGIMEN DE ASALARIADO Son las personas que perciben salarios y demás prestaciones, procedentes de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, su declaración solo es anual. Estas personas del Régimen de Asalariados tienen diversas obligaciones ante el SAT, las cuales son los siguientes puntos: Deberán iniciar el proceso con la inscripción en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes). Mantener siempre actualizada la información en el RFC. Deberán hacer su declaración anual. Entregar al patrón tu acta de nacimiento para que te inscriba en el RFC, si ya estas inscrito, deberás de proporcionar tu RFC. Informar a tu patrón antes de que te haga el primer pago si tienes otro trabajo, esto con el fin de que no se aplique nuevamente el subsidio al empleo.

7 RÉGIMEN DE HONORARIOS (SERVICIOS PROFESIONALES). En este régimen se registran las personas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas en general, por ejemplo: contadores, arquitectos, abogados, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros.

8 RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES. A este régimen se registraran las personas que obtienen ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casa habitación, departamento habitacional, edificios, locales comerciales, bodegas entre otros. Las declaraciones para este régimen son mensuales, anuales e informativas. Si eres participe del Impuesto al Valor Agregado (IVA) debes presentar mensualmente la información de tus operaciones con tus proveedores de bienes y servicios mediante el programa Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

9 RÉGIMEN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES. Son quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos). Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.

10 PERSONAS MORALES Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos como: Personas morales del régimen general Personas morales con fines no lucrativos

11 OBLIGACIONES FISCALES Inscripción o alta en el RFC. Presentar declaraciones y pagos mensuales y Declaración Anual. Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Presentar Declaraciones informativas anuales. Mantener actualizados sus datos en el RFC. PERSONAS MORALES DEL RÉGIMEN GENERAL Las personas que pueden aplicar en el régimen general son aquellas que tienen una sociedad mercantil ; asociación civil, instituciones de seguros y finanzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y fideicomisos con actividades empresariales, entre otras, que realicen actividades lucrativas.

12 PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS Son aquellas personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia económica o lucro, por ejemplo: sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos, cámaras de comercio e industria, colegios de profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia, asociaciones civiles sin fines de lucro. OBLIGACIONES Inscribirse o darte de alta en RFC. Presentar declaraciones mensuales y de claraciones informativas. Mantener actualizados tus datos en el RFC.

13 Actividades empresariales

14  Nombre del Negocio La elección del nombre apropiado para el negocio es muy importante. Para ello se deberá tomar en cuenta:  Preferentemente, el nombre comercial debe relacionarse con el giro del negocio.  El nombre identificará al establecimiento.  Debe ser de fácil comprensión, sencillo de deletrear y pronunciar para ser aprendido y recordado por los clientes sin dificultad, y prestarse para publicidad y promociones creativas.  El logotipo puede ser un recurso adicional que ayude a los clientes a recordar el nombre y giro del comercio.  Si el nombre empieza con las primeras letras del alfabeto, se tendrá la ventaja de aparecer en los primeros lugares en los directorios telefónicos y selecciones de anuncios de periódicos y revistas en que se promueva.  Si piensa constituirse como sociedad anónima será conveniente contar con varias alternativas de nombre, ya que, al realizar el trámite de registro, estos no deberán coincidir con los nombres de sociedades ya registradas.  Si no se va a formar una sociedad anónima, habrá de revisar en nuestra localidad los nombres existentes para evitar repeticiones innecesarias y confusiones a los clientes. Asimismo, hay que tener cuidado de no adoptar nombres comerciales que no estén constituidos como marcas y protegidos por la legislación correspondiente.

15 ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES  Están obligadas al pago del impuesto las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales.  los ingresos se consideran acumulables en el momento en que sean efectivamente percibidos.  Los ingresos se consideran efectivamente percibidos cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllos correspondan a anticipos, a depósitos, Cuando se perciban en cheque, se considerará percibido el ingreso en la fecha de cobro del mismo.

16 Comprobante Fiscal Digital a través de Internet ( factura digital) Los CFDI deberán cumplir con:  RFC del Contribuyente  Régimen Fiscal en que tributen  Deberá señalar el domicilio del local o establecimiento  Número de folio  Sello digital  Lugar y fecha de expedición.  Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.  Valor unitario consignado en número  Importe total  Impuestos trasladados

17 El impuesto tiene su origen en el término latino impositus. Es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

18  El IVA es un impuesto indirecto, sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es aquel que no es percibido por el fisco directamente del tributario.  El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transaccion comercial (transferencia de bienes o servicios ).  Tambien llamado Valor agregado o impuesto sobre el valor añadido.

19 Ejemplos países con IVA. PaísesPorcentaje (IVA) Egipto10% Sudáfrica 14% Canadá 7% Nicaragua15% México16% Colombia16% Puerto Rico7% Venezuela12% Japón5% PaísesPorcentaje (IVA) Georgia18% Israel15.5% Pakistán16% Tailandia7% Republica Popular China 17% Indonesia10% Irán3% Paraguay10% Ecuador12%

20 Características  Es un impuesto indirecto, ya que grava los consumos que son manifestaciones mediatas de riquezas o exteriorización de la capacidad contributiva.  Es un impuesto real, ya que no toma en atención las condiciones subjetivas del contribuyente, tales como sexo, nacionalidad, domicilio. Desventajas  Deben tenerse también presentes los riesgos de elevación de precios e incremento de la inflación que la introducción del IVA suele ocasionar.

21 ¿Qué es el ISR? Impuesto Sobre la Renta Es el impuesto que grava la utilidad obtenida producto de realizar una actividad, es decir, en un sentido muy amplio le llama RENTA a la Utilidad que se obtenga

22  El ISR es el impuesto que, como su nombre lo indica, recae sobre las rentas o ganancias de cualquier actividad económica que se realice en el territorio nacional.

23 generalidades 31 de Diciembre de 1995 Base Constitucional ¿A quien aplica? Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

24 COMO PAGA UN TRABAJADOR EL ISR A principio de cada año, o al iniciar la relación laboral, el trabajador debe presentar al empleador una declaración jurada por los ingresos que perciba, producto de su trabajo. Esta declaración se hace en un formulario, en el que deberá constar lo siguiente: Nombres y apellidos completos. Domicilio fiscal (donde vive el trabajador). Número de Identificación Tributaria, NIT. Si no lo tiene, lo debe obtener en cualquier oficina tributaria de la SAT. Monto de los sueldos o salarios que recibirá durante el año. Crédito estimado por el IVA.

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26 Pérdida fiscal es la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) correspondientes al mismo ejercicio; siempre que el monto de las deducciones sea superior a los ingresos.

27 Definición de pérdida fiscal Es la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)correspondientes al mismo ejercicio; siempre que el monto de las deducciones sea superior a los ingresos.

28 Origen de las pérdidas fiscales De acuerdo con el artículo 61 de la LISR, la pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por dicha Ley, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos. El resultado obtenido se incrementará, en su caso, con la PTU pagada en el ejercicio en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

29 Una vez analizados los diversos aspectos de los estímulos fiscales, podemos concluir que éstos son un beneficio que otorga el Estado a fin de promover ciertos sectores o actividades mediante la disminución de su carga fiscal. La finalidad de los estímulos fiscales es la de un no pago del impuesto, como acontece con los subsidios. Estos beneficios fiscales son un medio eficaz e inmediato que tiene el Estado para ayudar a los contribuyentes en tiempos de crisis y en las afectaciones que hubieran sufrido por actos del hombre o de la naturaleza.


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