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Publicada porroberto gomez Modificado hace 8 años
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La Administración Pública y los derechos humanos Conceptos relevantes de derechos humanos: La doctrina de los Derechos Humanos debemos entenderla y presentarla como un sistema axiológico, como un repertorio de valores que representan un “mínimum ético exigible” frente a cualquier modo de expresión política.
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Los Derechos Humanos son un conjunto de exigencias éticas que preceden a todo orden legal de cualquier país, un “horizonte de valores humanos” universalizable por encima de creencias, religiones y filosofías.
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Los Derechos Humanos se presentan como una especie de “DERECHOS MORALES” ya que son exigencias éticas, valores que deben ser respetados por todos los seres humanos y que deben ser garantizados por los gobiernos de todos los pueblos. Su fundamento filosófico está recogido al inicio de la Declaración de los Derechos Humanos, y dice así: “Considerando que el respeto a la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y a sus derechos iguales e inalienables constituye el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz del mundo...los pueblos de las Naciones Unidas han proclamado de nuevo su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana”.
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Perez Luño (1989) nos dice que los Derechos Humanos aparecen como un conjunto de facultades e instituciones que concretan, en cada momento histórico, las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales. Visión histórica
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Perspectiva positivista
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Peces-Barba (1979), por su parte, nos dice que los Derechos Humanos, son la facultad que la norma atribuye de protección a la persona en lo referente a su vida, a su libertad, a la igualdad, a su participación política o social, o a cualquier otro aspecto fundamental que afecte a su desarrollo integral como persona en una comunidad de hombres libres, exigiendo el respeto de los demás hombres, de los grupos sociales y del Estado, con posibilidad de poner en marcha el apar ato coactivo del Estado en caso de infracción. Fundamento jusnaturalista
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Toda persona posee ciertos derechos por el hecho de serlo y estos han de ser reconocidos y garantizados por el poder político, sin ningún tipo de discriminación. Estos derechos se encuentran estrechamente vinculados con la dignidad humana y la vigencia de los mismos representa la condición de desarrollo de esa dignidad.
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¨ Declaración inglesa denominada “Bill of Rights” (1689). ¨ Declaración de los Derechos de Virginia de los EE.UU. de América (1776). ¨ Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789 y 1793).
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- Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) en 1948. - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), de 1966. - Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (DADDH) de 1948.
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Igualdad
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- Por su carácter individual y no colectivo. - Porque constituyen principalmente un deber del Estado, que es quien cumple y respeta estos derechos, no haciendo cosa alguna que vaya en su contra y garantizando que los individuos los ejerzan sin coacción. - Porque los derechos civiles son ejercidos por la persona humana en general. - Porque los derechos políticos son ejercidos por los ciudadanos en ejercicio. - Porque pueden reclamarse en todo tiempo y lugar, salvo en situaciones de urgencia o de excepción. Derechos de primera generación
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Derechos de Primera Generación. Derechos y libertades fundamentales. Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica. Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral. Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
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En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país. Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean. Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.
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Derechos Civiles y políticos: Reconocimiento de la personalidad jurídica. Igualdad ante la ley. Derecho a mecanismos de defensa, como el juicio de amparo. Derecho a no ser sujeto de detenciones arbitrarias. Derecho al debido proceso y de acceso a la justicia. Derecho a la presunción de inocencia. A participar en el gobierno. A desempeñar puestos públicos. Derecho al voto.
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Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios Toda persona tiene derecho a la salud física y mental Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita
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Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos Derecho a la autodeterminación Derecho a la independencia económica y política Derecho a la identidad nacional y cultural Derecho a la paz Derecho a la coexistencia pacífica Derecho a el entendimiento y confianza La cooperación internacional y regional La justicia internacional El uso de los avances de las ciencias y la tecnología La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos El medio ambiente El patrimonio común de la humanidad El desarrollo que permita una vida digna
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