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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez.

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Presentación del tema: "IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez."— Transcripción de la presentación:

1 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez

2 Rendimientos Actividades Económicas Calificación (Art. 27 - LIRPF) 1. Rendimientos derivados del trabajo por cuenta propia (ordenación de factores de producción por la persona física) Empresarios y Profesionales  Actividades industriales, de fabricación, agrícolas, ganaderas, forestales, comerciales, profesiones liberales, artísticas, arrendamiento de inmuebles….

3 Rendimientos Actividades Económicas Elementos Patrimoniales Afectos 1. Inmuebles donde se desarrolla actividad. 2. Bienes destinados a servicios económicos y socioculturales del personal. 3. Cualquier otro necesario 4. No afectos: a) Utilización simultanea necesidades privadas b) No contabilizados c) Elementos parciales indivisibles

4 Rendimientos Actividades Económicas  Regímenes de determinación (Art. 16 – LIRPF) Estimación Directa (general)  Normal  Simplificada Estimación Objetiva (voluntario)  (Módulos e Índices) Incompatibilidad entre métodos

5 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Ámbito de aplicación 1. Cuando el importe neto de la cifra de negocios del año anterior, correspondiente al conjunto de todas las actividades desarrolladas por el contribuyente, supere 600.000 euros anuales. 2. Cuando el contribuyente haya renunciado en relación con alguna actividad a la modalidad simplificada.

6 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Obligaciones formales 1. Los empresarios deberán guardar los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones y llevar contabilidad ajustada al Código de Comercio 2. Los profesionales deberán guardar los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones y llevar los siguientes libros:  Libros de Ingresos  Libros de Gastos  Libros de bienes de inversión  Libro de provisiones de fondos

7 Rendimientos de Actividades Económicas Estimación Directa Normal – Art. 28 y 32 Rendimientos Íntegros (menos) Gastos Deducibles Rendimiento Neto (menos) Reducciones Rendimiento Neto Reducido

8 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Rendimientos Íntegros – Art. 28 y 30 1. Los ingresos contabilizados como tales con arreglo a las normas del Código de Comercio y a la normativa del IS aplicándose las siguientes especialidades:  Se consideran ingresos, por su valor de mercado, las cesiones gratuitas de bienes y servicios y los autoconsumos.  No se incluirán las Ganancias y Pérdidas patrimoniales derivadas de elementos afectos.

9 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Rendimientos Íntegros  Ingresos de Explotación  Autoconsumo de bienes y servicios  Subvenciones Corrientes y Capital No computa como ingresos el IVA repercutido, ni prestaciones (tributan en trabajo)

10 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Gastos Deducibles Art. 28 y 30  Los gastos contabilizados como tales según normas del Código de Comercio y normativa del IS con las siguientes especialidades: 1. Las primas de seguro de enfermedad que cubran al contribuyente, cónyuge e hijos, límite 500 euros por c/u. 2. Las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguro concertados con mutualidades alternativas a SS. 3. Las retribuciones al cónyuge e hijos en cuanto no excedan del valor de mercado 4. Contraprestaciones al cónyuge e hijos por la cesión de bienes y derechos afectos (Exclusivamente: hijos menores y bienes privativos)

11 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Gastos Deducibles  Consumo de Explotación (adq. Materia prima, mercadería…)  Gastos de Personal  Arrendamientos y cánones  Reparación y Conservación  Suministros  Servicios Exteriores  Tributos  Gastos Financieros  Amortizaciones  Provisiones y deterioros de valor (solo en normal)

12 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Reducciones Art. 32 1. 30 por 100:  Rendimientos generados en más de dos años  Rendimientos irregulares según el artículo 25 RIRPF (indemnizaciones por cese de actividad, subvenciones de capital para bienes no amortizables, premio literarios, artísticos o científico…) No se aplicará esta reducción cuando procedan del ejercicio de una actividad económica que de forma regular o habitual obtenga este tipo de rendimientos

13 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Reducciones Art. 32  Trabajadores Autónomos Asimilados a Trabajo General: 2.000€ Adicional:  Equivalente a la reducción de Trabajo (RN > 14.450 No aplica)  Resto de Trabajadores Autónomos Requisito: Rentas no exentas < 12.000€ Reducción: 1.620€ Rentas ≤ 8.000€ : 1.620€ - 0,405 * (Renta no exenta – 8.000) si Renta > 8.000€ y ≤ 12.000€

14 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Normal Reducciones Art. 32  Requisitos (Art. 32.2 LIRPF y 26 RIRPF) Deben cumplirse las obligaciones formales No deben percibirse Rendimientos de Trabajo (Trabajo por cuenta ajena) Las entregas de bienes o prestaciones deben efectuarse a una sola persona física o jurídica no vinculada. Gasto Deducible no pueden superar el 30% de los Rendimientos Íntegros declarados. Al menos el 70% de los ingresos deben estar sujetos a retención o ingreso a cuenta.

15 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Simplificada Ámbito de aplicación  Se aplica a personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas, cuando todos sus miembros sean personas físicas, cuando la cifra de negocios no haya excedido 600.000 euros  Se podrá renunciar a la modalidad simplificada el mes de diciembre del año anterior. Surte efectos por un mínimo de tres años

16 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Simplificada Obligaciones formales 1. Los empresarios deberán guardar los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones y llevar los siguientes libros  Libros de ventas e ingresos  Libro de compras y gastos  Libro de registro de bienes de inversión 2. Los profesionales deberán guardar los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones y llevar los siguientes libros:  Libros de Ingresos  Libros de Gastos  Libros de bienes de inversión  Libro de provisiones de fondos

17 Rendimientos de Actividades Económicas Estimación Directa Simplificada Rendimientos Íntegros (menos) Gastos Deducibles Rendimiento Neto Previo (menos) 5% Rendimiento neto previo (Limite: 2.000€) Rendimiento Neto (menos) Reducciones Rendimiento Neto Reducido

18 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Simplificada Rendimientos Íntegros 1. Igual que en Estimación Directa Normal

19 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Simplificada Gastos Deducibles 1. Igual que en Estimación Directa Normal Tabla Amortización

20 Rendimientos Actividades Económicas: Estimación Directa Simplificada Reducciones  Del 30% por Renta Irregular  Por similitud con los Rendimientos del Trabajo

21 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales 1. Calificación (Art. 33 – LIRPF)  Son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se producen por alteraciones en su composición, salvo que se califiquen como rendimientos.  Alteración en la composición del patrimonio.  Que como consecuencia de la alteración se produzca una variación en el valor del patrimonio.  Que la propia Ley del IRPF no califique como rendimiento Ej: Venta Inmueble, traspaso de local de negocio, venta acciones, premio…

22 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales 1. Calificación (Art. 33.2 – LIRPF) Supuestos de no sujeción:  División de la cosa común  Disolución de la sociedad de gananciales  Disolución de comunidades de bienes Reducciones de capital que supongan amortización de valores o aportaciones. Transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente. Transmisiones lucrativas de empresas o participaciones al cónyuge, descendientes o adoptados. Extinción régimen matrimonial de separación de bienes. No alteración en la Composición del Patrimonio

23 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Ejemplo: D. José y Dª María, casados en régimen de sociedad de gananciales, adquirieron un piso por valor de 50.000 €. Tres años después venden el piso por 100.000 €. Más aún, tres meses más tarde el matrimonio se separa, procediéndose a la disolución de gananciales, adjudicándose a D. José un apartamento de playa valorado en 200.000 € y a Dª María un chalé por valor de 200.000 €. ¿Se han generado ganancia o pérdidas patrimonial? Por la venta: alteración patrimonial  GyP Patrimonial Adjudicaciones:  Disolución de sociedades: no alteración patrimonial  D. José incorpora a su patrimonio apto. Playa por su valor  Dª María incorpora a su patrimonio el chalé

24 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales 1. Calificación (Art. 33.4 – LIRPF) Supuestos de exención: Donaciones entregadas a entidades previstas en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de ENL, así como Fundaciones y Asociaciones declaradas de Utilidad Publica. Transmisión de vivienda habitual por personas > 65 años. Pago de Deudas tributarias con bienes del patrimonio histórico español.

25 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales 1. Calificación (Art. 33.5 – LIRPF) No se integrarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de las siguientes situaciones:  Las no justificadas  Las debidas al consumo  Las debidas a transmisiones lucrativas por actos inter vivos  Las debidas a liberalidades (acto sin sentido)  Las debidas a pérdidas de juego  Las que se correspondan a elementos que se vuelvan a adquirir en el plazo de un año desde la transmisión (acciones con cotización dos meses posteriores o anteriores)

26 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales 2. Cuantificación (Art. 34 a 37 – LIRPF) Por transmisiones de elementos patrimoniales  Transmisiones de carácter Oneroso (contraprestación)  Transmisiones de carácter Lucrativo (no contraprestación) Por los premios Reglas especiales Régimen General

27 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Transmisiones de Elementos – Cuantificación  Régimen General (Art. 34-35-36): G/P = Valor de Transmisión – Valor de Adquisición Valor de Transmisión  Importe de la transmisión (no inferior a mercado) – Gastos de transmisión Valor de Adquisición  Importe de la Adquisición + Gastos de la Adq. + Mejoras – Amortizaciones Actualización del valor de adquisición: Se aplican coeficientes de actualización a cada uno de los componentes del Valor de adquisición (aprobados en LPGE)

28 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Premios – Cuantificación Dinero: El importe recibido.  Retención = 19% del importe del premio Especie: El valor de mercado más el ingreso a cuenta  Ingreso a cuenta = 19% x Valor de Mercado  Valor de Mercado = Coste de adquisición + 20% coste de adquisición Los premios inferiores a 300 euros no llevan retención

29 Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Exención reinversión en Vivienda Habitual (Art. 38 LIRPF): Total Importe Vivienda Nueva > Importe obtenido transmisión Antigua VT – Gastos - Principal Pendiente pago Parcial Importe Vivienda Nueva < Importe obtenido transmisión Antigua Importe Obtenido --------- Ganancia de Patrimonio Valor nueva adq. ---------- Ganancia de Patrimonio Exenta (?) Ganancia no Exenta = Ganancia Patrim. – Ganancia Patrim. Exenta


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