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Publicada porAntonio Salas Vera Modificado hace 8 años
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Biología de la Conservación Métodos para categorizar especies ECOLOGÍA GENERAL 2016
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PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD Por influencia Humana : Desarrollo agrícola, sobrepastoreo, deforestación Degradación por contaminación Prácticas de extracción minera y petrolera Ecoturismo, caza deportiva
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www.iucnredlist.org
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La Lista Roja de UICN: una estimación del riesgo de extinción ¿Cuál es la posibilidad de que una especie se extinga en el futuro cercano, teniendo en cuenta el conocimiento actual sobre su tendencia poblacional, su rango de distribución, y las amenazas recientes o proyectadas? No es una lista de especies que son prioritarias para las acciones de conservación Illustration copyright Bob Diven
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Categorías de la Lista Roja de UICN EXTINTO (EX): Cuando no queda ninguna duda razonable de que el último individuo existente ha muerto. EXTINTO EN ESTADO SILVESTRE (EW): Cuando solo sobrevive en cautiverio, cultivo o fuera de su distribución. EN PELIGRO CRÍTICO (CR): Cuando en un futuro inmediato el riesgo de extinción es extremadamente alto en estado silvestre. EN PELIGRO (EN): Cuando en un futuro cercano presenta un alto riesgo de extinción en estado silvestre. VULNERABLE (VU): Cuando presenta una alta probabilidad de convertirse en especie en peligro de extinción CASI AMENAZADO (NT): Un taxón está Casi Amenazado cuando ha sido evaluado y no satisface, actualmente, los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable, pero está próximo a satisfacer dichos criterios, o posiblemente los satisfaga, en un futuro cercano. PREOCUPACION MENOR (LC): No cumple con los criterios enunciados anteriormente, se incluyen en esta categoría taxones abundantes y de amplia distribución. DATOS INSUFICIENTES (DD): Un taxón se incluye en la categoría cuando no hay información adecuada para hacer una evaluación, directa o indirecta, de su riesgo de extinción.
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Extinto Extinto en estado silvestre En Peligro Critico En Peligro Vulnerable
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Criterios de la Lista Roja
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Método que permite clasificar a las especies en las categorías de conservación que fija la ley Nacional de conservación de la Fauna (N° 22.421/81), por medio de un análisis cuantitativo. S UMIN Modificado
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Categorías según el decreto Nacional 666/97 En peligro de extinción Amenazada Vulnerable No amenazada Insuficientemente conocida EN PELIGRO CRÍTICO (CR) EN PELIGRO (EN) VULNERABLE (VU) DATOS INSUFICIENTES (DD)
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Criterios DICON: distribución continental DINAC: distribución nacional ALMA: amplitud en el uso del hábitat AUEVE: amplitud en el uso del espacio vertical TAM: tamaño corporal POTRE: potencial reproductivo AMTRO: amplitud trófica ABUND: abundancia SINTA: singularidad taxonómica SING: singularidad ACEXT: acciones extractivas PROT: grado de protección de las especies
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Comparaciones con especies de otros paísesSólo ha sido empleado en Argentina Cualquier unidad taxonómicaAnfibios, Reptiles, Aves y Mamíferos Distribución natural, amenazas y tamaño poblacionalCaracterísticas biológicas particulares Acepta estimación, inferencia y proyecciónNo acepta estimación, inferencia y proyección Estimar riesgos de extinción de las especies Aportar un sistema que pueda ser empleado coherentemente por diferentes personas Proporcionar una mejor comprensión de cómo fueron clasificadas las especies en las listas rojas DIFERENCIAS SIMILITUDES
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Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES ) Reglamentar y controlar el comercio internacional de flora y fauna silvestre, con el fin de asegurar la supervivencia de las poblaciones en su hábitat natural. Resolución adoptada en 1973 en una reunión de los miembros de la UICN.1973 Es uno de los mayores acuerdos existentes sobre protección de especies. La participación es voluntaria, y los estados que han acordado firmar este Convenio se conocen como las "Partes". Los acuerdos son de varios grados de protección, y cubren a más de 30.000 especies de animales y plantas. Ninguna de las especies protegidas por la CITES se ha extinguido a consecuencia de su comercio, desde que el Acuerdo entró en vigor en 1975.1975
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Las especies Solo 5000 especies de animales y 28000 de plantas están protegidas por la CITES contra la sobrexplotación a través del comercio internacional. Las especies se agrupan en Apéndices, según la amenaza a la que se encuentre sometida por el comercio internacional. Apéndice I incluye especies amenazadas de extinción. El comercio de individuos de estas especies, se permite solamente en circunstancias excepcionales. Ej.: Ciervo de los pantanos, Taruca, Tortugas Acuáticas, etc… Apéndice II incluye las especies que no necesariamente están amenazadas con la extinción, pero en las que el comercio debe de ser controlado para evitar un uso incompatible con su supervivencia. Ej.: Loro Hablador, tortuga terrestre de patas rojas. Apéndice III contiene las especies que están protegidas al menos en un país, y que han solicitado a otras Partes de la CITES ayude para controlar su comercio. Ej. : Tatú aí (Uruguay ).
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Según CITES “el comercio puede favorecer la conservación de especies y ecosistemas y/o el desarrollo de la población local si se efectúa en niveles que no perjudiquen la supervivencia de las especies concernidas”
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Como ayudar ?????? www.ambiente.gov.arwww.ambiente.gov.ar (secretaria de ambiente y desarrollo sustentable) www.vidasilvestre.org.ar www.avesargentinas.org.ar http://producciontucuman.gob.ar/flora-y-fauna/ Dirección de Flora, Fauna silvestre y suelos de Tucumán : Córdoba 1039, Piso 1° (4000) Tel :(0381) 4218150 / 4210749.
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