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Publicada porÁlvaro Murillo Ortiz Modificado hace 8 años
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A igual trabajo, igual retribución
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A) Complementos Personales ¿Realidad? ¿Leyenda urbana?
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¿Qué son? Art. 26 del E.T. distingue tres grupos de complementos:
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1)Complementos que atienden a condiciones personales del trabajador y que suponen un plus sobre las circunstancias necesarias para ostentar una categoría profesional: experiencia, conocimientos especiales, titulaciones, antigüedad y otros de naturaleza semejante.
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2) Los que tienen en cuenta las circunstancias relacionadas con el trabajo realizado: complementos de puesto de trabajo y por cantidad y calidad de trabajo. Complementos que retribuyen una prolongación de la prestación, los que hacen más penoso el trabajo o introducen algún elemento de riesgo en su ejecución.
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3)Complementos referidos a la situación y resultados de la empresa. Productividad y resultados económicos de la empresa.
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En nuestro Convenio: ¿Coincide con los definidos en ET?
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En nuestro Convenio: Aparecen en ANEXO 1 cuantías de: Salario Base. Complemento de antigüedad. Complemento de dirección. Complemento de homologación. Complemento de categoría e indemnización por desgaste de vestuario.
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¿Qué C. Personales tenemos aparte de los de antigüedad? ¿Existen otros cuya cuantía no viene reflejada en Convenio como se rumorea? ¿Quiénes lo cobran? ¿Cuál es su cuantía?¿Cuál es su naturaleza?
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Los Complementos personales pueden llegar a generar tratos desiguales no razonables, y en ocasiones, éstos no obedecen a ningún fundamento objetivo que se encuentre conectado con el trabajo o la relación profesional del trabajador. Los Complementos personales pueden llegar a generar tratos desiguales no razonables, y en ocasiones, éstos no obedecen a ningún fundamento objetivo que se encuentre conectado con el trabajo o la relación profesional del trabajador.
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¿Existen en nuestra Universidad este tipo de Complementos que dependen de la valoración unilateral, subjetiva y discrecional de las condiciones personales del trabajador? Es intención de CSI-F el llegar al fondo de la cuestión para que no existan agravios o para desterrar este rumor para siempre.
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B) Categoría ¿Por qué se contrata constantemente a Técnicos Auxiliares para sustituir a T. Especialistas? ¿Realizan otro trabajo? ¿En cuántos Servicios existe personal realizando las mismas tareas que compañeros que cobran más y no por razones de antigüedad?
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C) Gratificación por servicios extraordinarios.
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¿Se está gratificando al Personal de forma adecuada? Es intención de CSI-F llevar un control exhaustivo de las gratificaciones otorgadas y proponer y luchar para que se gratifique al Personal que por méritos merezca tal incentivo.
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Gracias por la atención. Esperamos vuestras sugerencias y quejas al respecto. Visita nuestra WEB: http://www.uca.es/sindicato/csi-csif http://www.uca.es/sindicato/csi-csif
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