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2ª Reunión Ordinaria del Grupo de Trabajo de Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA “Salud ambiental. Criterio.

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1 2ª Reunión Ordinaria del Grupo de Trabajo de Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 “Salud ambiental. Criterio para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto al dióxido de azufre (SO 2 ). Valor normado para la concentración de dióxido de azufre (SO 2 ) en el aire ambiente, como medida de protección a la salud de la población” 14 de septiembre, 2016

2 ORDEN DEL DÍA 1.Registro de asistencia. 2.Firma de las reglas de operación. 3.Seguimiento de los acuerdos tomados en la sesión pasada (aprobación de la actualización de propuesta de calendario de reuniones). 4.Lectura y firma de la minuta de la 1ra. Sesión Ordinaria. 5.Avances en la conformación del grupo de trabajo (oficios de acreditación). 6.Revisión de los numerales de la NOM: 0. Introducción 1. Objetivo y campo de aplicación 2. Referencias 3. Definiciones 7. Asuntos Generales.

3 Reglas Básicas de Operación del GT 1.La COFEPRIS, estará a cargo de la Coordinación Técnica y Secretaría Técnica a través de la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgo (CEMAR). 2.Las reuniones tendrán lugar en las instalaciones de la COFEPRIS, de acuerdo con el calendario aprobado por el GT para tal fin. 3.Todos los integrantes del GT deberán ser designados de manera oficial por la institución u organización que representen, mediante oficio de acreditación para el titular y suplente(s), quienes serán las únicas personas que podrán participar en el GT, con voz y voto único por dependencia. 4.En caso de modificación del titular o suplente designado, ésta deberá de ser notificada a la Coordinación Técnica del GT de manera oficial. 5.Toda la información, avisos, documentos, minutas, comentarios se efectuarán a través del Blog de la NOM, la cual estará disponible de manera oportuna. 6.La revisión del documento de trabajo base, se hará por dependencia, se sugiere que las organizaciones, cámaras y/o asociaciones lo hagan con sus agremiados. Los comentarios al documento base se realizarán en el formato correspondiente y serán enviados a través del Blog de manera previa a la siguiente reunión. 7. Sólo se considerarán las propuestas enviadas, en los plazos establecidos y con el sustento técnico correspondiente.

4 Reglas básicas de operación del GT (continuación) 8.Las propuestas del documento base deberán redactarse como se desea que quede en el Anteproyecto. Para tal fin se deberá utilizar el formato Dice / Debe decir / Justificación, disponible en el Blog de la NOM. 9.Las sesiones del GT serán únicamente para discutir comentarios y alcanzar acuerdos. 10.Los puntos a tratar en cada sesión del GT se apegarán al calendario de trabajo aprobado 11. En caso de ausencia de algún representante a la reunión se entenderá la aceptación de los acuerdos asentados. No se considerará ausencia si hay aviso previo o envío de comentarios. 12.Se dará una tolerancia de 15 minutos, transcurridos éstos se iniciara la sesión. 13.Para determinar el acuerdo, éste se obtendrá conforme al principio de mayoría absoluta mediante voto abierto. 14.Una vez discutido un punto y llegado a un acuerdo no se volverá a discutir. 15.En cada sesión se levantará una Minuta de acuerdos, que será difundida a través del Blog y firmada por los asistentes en la siguiente reunión de trabajo. 16.Los participantes del GT firmarán de común acuerdo las presentes reglas de operación, así como el Anteproyecto final de la modificación de la NOM. 17.Cualquier otra acordada en el GT.

5 Seguimiento de acuerdos de la 1ª Reunión Ordinaria del Grupo de Trabajo del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 No.AcuerdoResponsable Fecha compromiso 1.1 La 2da. Reunión del GT se realizará el próximo miércoles 14 de septiembre de 2016 a las 12:00 hrs. en las instalaciones de la COFEPRIS. COFEPRIS14-sep-2016 1.2 El INECC enviará a los administrados de calidad del aire la información del Blog para difusión de información al GT INECC07-sep-2016 1.3Se ingresará al Blog la propuesta de los límites.COFEPRIS05-sep-2016 1.4 Los participantes enviarán sus comentarios al calendario de reuniones para la revisión de la norma: 3 ª REUNIÓN DEL GT 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (12:00 h) 4 ª REUNIÓN DEL GT 12 DE OCTUBRE DE 2016 (12:00 h) GT13-sep-2016 1.5 Se podrá contar con un titular y dos suplentes para la acreditación en el grupo de trabajo GT31-ago-2016 1.6 Toda información que se requiera subir al blog o comentarios será enviada al correo-electrónico: aroman@cofepris.gob.mxaroman@cofepris.gob.mx COFEPRISPermanente

6 Resumen del calendario de reuniones ReunionesFechaActividad P RIMERA REUNIÓN DEL GT MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016 (Y A REALIZADA )  Instauración del Grupo de Trabajo (GT).  Aprobación de las Reglas de Operación.  Aprobación del Calendario de reuniones  Solicitud de acreditación de representante de la institución (formato de firmas y antefirma (rúbrica)).  Inducción al blog de la Norma.  Antecedentes de la Norma vigente: NOM-022-SSA1-2010.  Anteproyecto de Norma.  Bibliografía de apoyo. S EGUNDA REUNIÓN DEL GT MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (12:00 h)  Lectura y firma de minuta de la reunión pasada.  Revisión del documento de trabajo de la Norma.  Revisión de los numerales: 0. Introducción. 1. Objetivo y campo de aplicación. 2. Referencias. 3. Definiciones. T ERCERA REUNIÓN DEL GT M IÉRCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (12:00 h)  Lectura y firma de minuta de la reunión pasada.  Revisión de los numerales: 4. Especificaciones. - Definición de los indicadores de calidad del aire. - Límites máximos permisibles de concentraciones propuestas. - Manejo de datos. C UARTA REUNIÓN DEL GT MIÉRCOLES 12 DE OCTUBRE DE 2016 (12:00 h)  Lectura y firma de minuta de la reunión pasada.  Revisión Integral del Anteproyecto de Norma.  Firma del Anteproyecto de NOM.  Firma del formato de reconocimiento de firmas.

7 Minuta de la 1ra. Sesión Ordinaria

8 Avances en la conformación del grupo de trabajo ( oficios de acreditación) Fecha de última actualización: 15 de septiembre de 2016

9 Revisión de los numerales de la Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 Dice NOM-022-SSA1-2010 Debe decir: Justificación NORMA Oficial Mexicana NOM-022-SSA1- 2010, Salud ambiental. Criterio para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto al dióxido de azufre (SO 2 ). Valor normado para la concentración de dióxido de azufre (SO 2 ) en el aire ambiente, como medida de protección a la salud de la población. Proyecto de Modificación NORMA Oficial Mexicana NOM-022-SSA1- 2016, Salud ambiental. Criterio para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto al dióxido de azufre (SO 2 ). Valores normados para la concentración de dióxido de azufre (SO 2 ) en el aire ambiente, como medida de protección a la salud de la población. Redacción más clara Título

10 Revisión de los numerales de la Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 Dice NOM-022-SSA1-2010 Debe decir: Proyecto de Modificación NOM-022-SSA1-2010 Justificac ión La contaminación atmosférica a mediados del siglo XX e inicios del XXI ha sido producto del proceso de la industrialización, así como de las grandes concentraciones urbanas, primordialmente por la emisión de humos, polvos y gases provenientes de los automotores y de las industrias, principalmente…. ….Los valores criterio de la calidad del aire, establecen límites sobre concentraciones de diversos contaminantes, con base en la protección de la salud de la población, considerando a la más susceptible, además de que son parámetros de vigilancia de la calidad del aire ambiente, establecen la referencia para la formulación de programas de control y evaluación de los mismos. 1 ½ Cuartilla 15 párrafos 989 palabras Para la actualización de la introducción se crean dos subgrupos de trabajo: a. Subgrupo de salud coordinado por el INSP: Dra. Leticia Cadena Fecha de reunión: 22-sep-2016 a las 12:30 h en la COFEPRIS. e-mail:lhcadena@insp.mxlhcadena@insp.mx b. Subgrupo de ambiente coordinado por el INECC: Dr. Víctor Hugo Páramo e- mails: victor.paramo@inecc.gob.mx guadalupe.tzintzun@inecc.gob.mx Fecha de reunión: 22-sep-2016 a las 12:30 h en la COFEPRIS Fecha límite para incorporarse a los subgrupos: 21 de septiembre de 2016 Trabajar este numeral paralelamente a la revisión de la NOM. En cada subgrupo habrá un coordinador 0. Introducción

11 Revisión de los numerales de la Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 Dice NOM-022-SSA1-2010 Debe decir: Proyecto de Modificación NOM-022-SSA1-2010 Justificación 1.1 Objetivo Esta Norma Oficial Mexicana establece los valores límites permisibles de concentración de dióxido de azufre (SO 2 ) en el aire ambiente para la protección de la salud humana. 1.2 Campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional. 1.1 Esta Norma tiene por objeto establecer los valores límite permisibles de concentración de dióxido de azufre en el aire ambiente como medida para la protección a la salud humana; así como los criterios para su evaluación. 1.2 Esta Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para las autoridades en sus diferentes órdenes de gobierno que tengan a su cargo la vigilancia y evaluación de la calidad del aire, las cuales deberán tomar como referencia los valores e indicadores establecidos en esta Norma, para efectos de proteger la salud de la población. Redacción más clara y armonizada con la NOM 020 ozono y 025 partículas suspendidas 1. Objetivo y campo de aplicación

12 Revisión de los numerales de la Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 2. Referencias Dice NOM-022-SSA1-2010 Debe decir: Proyecto de Modificación NOM-022-SSA1-2010 Justificación La presente norma se complementa con la siguiente norma oficial mexicana o la que la sustituya: NOM-038-SEMARNAT-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de azufre en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición. Para la correcta aplicación de esta Norma es necesario consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas o las que la sustituyan: 2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-038- SEMARNAT-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de azufre en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición. 2.2 Norma Oficial Mexicana NOM-156- SEMARNAT-2012, Establecimiento y operación de sistemas de monitoreo de la calidad del aire. Mejor redacción y complementa ción de la NOM

13 Revisión de los numerales de la Revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-2010 3. Definiciones Dice NOM-022-SSA1-2010 Debe decir: Proyecto de Modificación NOM-022-SSA1-2010 Justificación Para los efectos de esta Norma Oficial Mexicana se entiende por: 3.1 ppm. Partes por millón 3.2 μg/m 3. Microgramo por metro cúbico. 3.3 Aire ambiente. 3.4 Contaminante atmosférico. 3.5 Control de exposición. 3.6 Emisión. 3.7 Epidemiología. 3.8 Exposición. 3.9 Exposición aguda. 3.10 Exposición crónica. 3.11 Población expuesta al riesgo. 3.12 Prevalencia. 3.13 Vigilancia epidemiológica. Para los efectos de esta Norma Oficial Mexicana se consideran las definiciones contenidas en la Ley General de Salud, Reglamento de la COFEPRIS y las siguientes: 3.1 Aire ambiente: a la mezcla de elementos y compuestos gaseosos, líquidos y sólidos, orgánicos e inorgánicos, presentes en la atmósfera. 3.2 Año calendario: al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de un mismo año. 3.3 Concentración diaria: al valor máximo de las concentraciones horarias o de las concentraciones de los promedios móviles de 8 horas de cada día. 3.4 Concentración horaria, dato horario o promedio horario: al promedio o media aritmética de las concentraciones registradas en el intervalo de tiempo de 60 minutos delimitado por los minutos 0 y 59 de la hora. Para efectos del manejo de datos se considerará válido, cuando se calcule con al menos el 75% de las concentraciones registradas en la hora. 3.5 Microgramo por metro cúbico (  g/m 3 ): a la expresión de concentración en masa del contaminante (en microgramos) en un volumen de aire (metro cúbico) a 25ºC (298.16 o K) de temperatura y con una atmósfera (101.3 kPa).de presión. 3.6 Partes por millón (ppm): a la expresión de la concentración en unidades de volumen del gas contaminante relacionado con el volumen de aire ambiente. Para el dióxido de azufre su equivalente en unidades de peso por volumen es igual a 2620  g/m 3, a 25ºC de temperatura y con una atmósfera de presión. 3.7 Promedio: a la media aritmética de un conjunto de datos. 3.8 Sitio de monitoreo: al lugar determinado para medir continuamente las concentraciones ambientales de SO 2 con el objetivo de determinar la exposición de la población a este contaminante. 3.9 Valor límite: al nivel fijado con base en conocimientos científicos con el fin de evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana, en un periodo determinado y que no debe excederse. En la NOM vigente contiene definiciones que ya están en otros instrumentos jurídicos y sólo se mencionan los estrictamente necesarios para su aplicación

14 Acuerdos 1.La 3ra. Reunión del GT se realizará el próximo 28 de septiembre de 2016 a las 12:00 h en la COFEPRIS. 2.COFEPRIS emitirá los lineamientos para la elaboración de la introducción de la NOM. Responsable COFEPRIS Fecha de cumplimiento: 15 de septiembre de 2016. 3.Para la actualización de la introducción se crean dos subgrupos de trabajo: Subgrupo de salud coordinado por el INSP: Dra. Leticia Hernández Cadena. Fecha de reunión: 22-sep-2016 a las 12:30 h en la COFEPRIS. e-mail: lhcadena@insp.mxlhcadena@insp.mx Subgrupo de ambiente coordinado por el INECC: Dr. Víctor Hugo Páramo Fecha de reunión: 22-sep-2016 a las 12:30 h en la COFEPRIS e-mails: victor.paramo@inecc.gob.mx y guadalupe.tzintzun@inecc.gob.mxvictor.paramo@inecc.gob.mxguadalupe.tzintzun@inecc.gob.mx 4.Fecha límite para incorporarse a los subgrupos: 21 de septiembre de 2016. 5.Toda información que se requiera subir al blog o comentarios será enviada al correo-electrónico: aroman@cofepris.gob.mxaroman@cofepris.gob.mx

15 14 de septiembre, 2016 Somos COFEPRIS, somos ARN


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