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Publicada porLorenzo Contreras Blanco Modificado hace 8 años
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EL MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Segovia Jornada informativa para autónomos www.camaradesegovia.es C/ San Francisco, 32 -40001- Segovia 921 432 300 02 de junio de 2016 Emilio Barroso, Gonzalo Ruiz, Carlos Besteiro Comisión de Mediación Concursal Cámara de Segovia Asociación Intersectorial de Autónomos de la Provincia de Segovia (CEAT-Segovia) ORGANIZAN COLABORA Ilustre Colegio de Abogados de Segovia
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INDICE 1. Exposición de motivos 2. Que es el MSO 3. Quien puede acogerse 4. Síntesis del proceso 5. Los pasos a seguir 6. Detalle de los pasos www.camaradesegovia.es Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Segovia Asociación Intersectorial de Autónomos de la Provincia de Segovia (CEAT-Segovia) ORGANIZAN COLABORA Ilustre Colegio de Abogados de Segovia Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia 0. Introducción
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0. INTRODUCCIÓN El objetivo de esta presentación es poner a disposición de los autónomos información básica sobre el acceso al mecanismo de segunda oportunidad y su aplicación práctica. Es recomendable que la casuística jurídica aplicable a cada caso no recogida en una presentación de estas características sea estudiada con un profesional jurídico experto en la materia Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia
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ANTES DE CONTINUAR, DESEAMOS INFORMAR QUE … La Cámara esta actuando ya en la aplicación del MSO tal y como recoge la Ley Estamos atendiendo las solicitudes de autónomos Estamos actuando como mediadores concursales Estamos presentando los concursos de acreedores Estamos administrando los concursos consecutivos Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Sí Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia
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Se reconoce que existen muchas situaciones de insolvencia debidas a factores que escapan del control del deudor de buena fe. 1. EXPOSICION DE MOTIVOS MODULAR LA RESPONSABILIDAD ILIMITADA DE LAS PERSONAS FÍSICAS El ordenamiento jurídico debe ofrecer salidas razonables a deudores que, por una alteración totalmente sobrevenida e imprevista de sus circunstancias, no pueden cumplir con los compromisos contraídos. Debe compatibilizarse siempre con la legítima protección de los derechos del acreedor, así como con una premisa difícilmente discutible, como es que el deudor que cumple siempre debe ser de mejor condición que el que no lo hace. Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia
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Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. 2. QUÉ ES EL MSO Es una disposición transversal puesto que modifica una gran número de leyes. En total, 24 leyes afectadas. El objetivo que persigue es permitir que aquél que lo ha perdido todo por haber apostado su patrimonio en favor de sus acreedores comerciales, pueda verse liberado de la mayor parte de las deudas pendientes tras una liquidación ordenada de sus bienes. Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia
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3. QUIÉN PUEDE ACOGERSE Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia Persona física empresaria, autónomo. Estimación inicial del pasivo < 5 mm de euros Que esté o vaya a estar en situación de insolvencia inminente Que acredite ser un deudor de buena fe Dispuesto a un concurso de acreedores, llegado el caso Que presente la solicitud de exoneración de pasivo insatisfecho Que abone los aranceles del proceso de AEP QUE SE ENTIENDE POR BUENA FE No haber sido condenado por delitos socio económicos en los 10 años anteriores a la declaración de concurso Haber celebrado o, al menos, intentado un acuerdo extrajudicial de pagos, y no haberlo hecho ya en los 5 años anteriores No haberse beneficiado ya de este mecanismo en los 10 años anteriores Que no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores.
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4. SÍNTESIS DEL PROCESO 1 2 3 INTENTO DE ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS CONCURSO DE ACREEDORES DEL DEUDOR EXONERACION DE DEUDAS INSATISFECHAS EN EL CONCURSO Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia
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Persona física empresaria en situación de insolvencia o insolvencia inminente Emisión por el juez auto conclusión del concurso Concurso para liquidación ordenada de bienes y derechos 123 5 4 Solicitud a la Cámara de Segovia del inicio del procedimiento de AEP y aceptación del mismo Presentación a acreedores de una propuesta de plan de pagos Reunión con acreedores HAY ACUERDO FIN NO HAY ACUERDO Presentación del concurso de acreedores 5. LOS PASOS A SEGUIR 6 7 SOLICITUD DE LA EXONERACION Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia Solicitud dentro del plazo de audiencia previa Inicio plazo de audiencia A
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1 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia SITUACION DE PARTIDA Autónomo que desea iniciar el proceso de la segunda oportunidad acude a la Cámara de Segovia Las personas físicas no empresarias que deseen iniciar el proceso, deben acudir a un notario, no a la Cámara Aclaración importante
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2 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia SOLICITUD DE INTENTO DE AEP Presenta solicitud a la Cámara mediante formulario normalizado suscrito por el deudor que incluirá: Datos identificativos del deudor Chequeo de las condiciones de acceso al procedimiento Inventario de bienes y derechos de que sea titular y los ingresos regulares previstos Lista detallada de acreedores especificando su identidad, domicilio y dirección electrónica, con expresión de la cuantía y vencimiento de los respectivos créditos, en la que se incluirán una relación de los contratos vigentes y una relación de gastos mensuales previstos. ¿Cumple los requisitos? La Cámara acepta la solicitud
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3 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia PROPUESTA PLAN DE PAGOS Con el consentimiento del deudor, la Cámara remitirá a los acreedores propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos sobre los créditos pendientes de pago a la fecha de la solicitud. La propuesta podrá contener cualquiera de las siguientes medidas: a)Esperas por un plazo no superior a diez años. b)Quitas. c)Cesión de bienes o derechos a los acreedores en pago o para pago de totalidad o parte de sus créditos.
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4 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia REUNION CON ACREEDORES Necesarias unas mayorías cualificadas, calculadas sobre la totalidad del pasivo que pueda resultar afectado por el acuerdo: a)Si hubiera votado a favor del mismo el 60%, a destacar que las quitas no pueden superar el 25% del importe de los créditos b)Si hubiera votado a favor del mismo el 75%, las quitas pueden superar el 25% PARA VALIDAR EL AEP El acuerdo se elevará inmediatamente a escritura pública Aclaración importante Los acreedores públicos no concurren a la reunión porque las deudas publicas NO SON EXONERABLES
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5 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia COMUNICACION DE CONCURSO SI NO HAY ACUERDO Si en la reunión con acreedores la propuesta no fuera aceptada, y el deudor continuara incurso en insolvencia, el mediador concursal (la Cámara) solicitará inmediatamente del juez competente la declaración de concurso consecutivo
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6 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia CONCURSO DE ACREEDORES El juez nombra un administrador concursal que procede a la liquidación y distribución ordenada de la totalidad de los bienes y derechos del deudor
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7 Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia AUTO DE CONCLUSION Plazo de audiencia concedido a las partes para formular una posible oposición a la conclusión del concurso y la solicitud de exoneración PLAZO DE AUDIENCIA PREVIO AUTO DE CONCLUSION Si no existen incidencias, el juez dictará auto declarando la conclusión del concurso por el fin de la fase de liquidación A
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Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia SOLICITUD DE LA EXONERACION El deudor deberá presentar su solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho ante el juez del concurso dentro del plazo de audiencia previa al auto de conclusión que se concede al deudor y los acreedores ¿la exoneración es definitiva? NO
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Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia Incumplir la obligación de pago de las deudas no exoneradas conforme al plan de pagos Mejora sustancial de la situación económica del deudor por herencia, legado, donación o premio en juego de azar A instancia de cualquier acreedor si se constata que existen ingresos, bienes o derechos del deudor que ha ocultado LA EXONERACION TIENE CARÁCTER DEFINITIVO A LOS 5 AÑOS Durante ese plazo se puede revocar por diferentes hechos
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GRACIAS POR SU ATENCION Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Segovia www.camaradesegovia.es Carlos Besteiro Rivas DG Cámara de Segovia PARA MÁS INFORMACIÓN 921 43 23 00 www.camaradesegovia.es COMISION DE MEDIACION CONCURSAL Emilio Barroso Gonzalo Ruiz Carlos Besteiro
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