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TEMARIO ANTECEDENTES MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.

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1 TEMARIO ANTECEDENTES MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO COLECTIVO. MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL CONFLICTO AMBIENTAL PODER PUBLICO Y AUTORIDADES AMBIENTALES.

2 ANTECEDENTES Aproximadamente 50 artículos regulan directa o indirectamente el tema ambiental. RETOMA PRINCIPIOS AMBIENTALES DE TRATADOS INTERNACIONALES. MEDIO AMBIENTE se eleva a la calidad de DERECHO COLECTIVO. DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE. COMPETENCIAS EN MATERIA AMBIENTAL A ORGANOS DEL PODER. PROHIBICIONES: Tendientes a prevenir daño ambiental, Ej. Introducción de Desechos Peligrosos. PARTICIPACION CIUDADANA: Amplía la gama de mecanismos de participación e instrumentos para su protección (Acción de Tutela, Cumplimiento, Popular, etc.).

3 ANTECEDENTES Reconocimiento de mecanismos de protección a los INTERESES DIFUSOS = Derechos Colectivos o de Tercera Generación – Tendencia Universal en la segunda mitad del siglo XX. La Constitución Política Colombiana los materializa en el capitulo de los Derechos Colectivos y del Ambiente. El reconocimiento de los Derechos Colectivos se relaciona con la concepciòn del ESTADO SOCIAL DE DERECHO – Garantìas mìnimas sociales para los habitantes del paìs = vida digna

4 ANTECEDENTES ESTADO SOCIAL DEL DERECHO: “Hace relación a la forma de organización política que tiene como uno de sus objetivos combatir las penurias económicas o sociales y las desventajas de diversos sectores, grupos o personas de la población, prestándoles asistencia y protección …. Vista la tensiòn individuo comunidad, el Estado social tiene como fundamento asegurar la convivencia, la cooperación entre las personas y la efectividad de los derechos”. Corte Constitucional Sentencia T-126 de 1992 – concepción jurisprudencial reiterada – Relación con la concepción en el derecho Internacional – Johannesburgo.

5 ANTECEDENTES La Constitución Política de 1991 es llamada la Constitución Ecológica. Es fruto de la sensibilización de la Asamblea Nacional Constituyente de acuerdo a las tendencias marcadas por el Derecho Internacional – Se concibe en 1991 cuando estaban en reuniones preparatorias a la Convención de Río de Janeiro. Necesidad de incorporar en el marco constitucional el concepto de Desarrollo Humano Sostenible, dar al Derecho a un Medio Ambiente Sano la categoría de Derecho Colectivo e incorporar la concepción de la Función Ecológica de la Propiedad Privada, entre otras.

6 INTERESES COLECTIVOS O DIFUSOS
“Surgen de la lucha de grupos sociales más vulnerables del desarrollo capitalista por la superación de esquemas económicos y jurídicos liberal burgueses, según los cuales el interés de la clase dominante en obtener el beneficio propio coincide con el interés de la comunidad en su conjunto” – SGUBBI Filippo. Corte Constitucional Sentencia T-008 de 1992 “ Los derechos colectivos se diferencian de los fundamentales o de primera generación en cuanto persiguen garantías para la humanidad considerada globalmente …. Promoción de la dignidad de la especie humana en conjunto” .

7 DERECHOS COLECTIVOS Derecho a gozar de un medio ambiente sano.
Protección a Consumidores Protección de minorías étnicas Protección al patrimonio histórico. Prevención y atención de desastres (Conexa al medio ambiente sano)

8 El interés colectivo o difuso puede ser:
DERECHOS COLECTIVOS El interés colectivo o difuso puede ser: De grupo determinado o determinable De grupo indeterminado De acuerdo a la identificación del (los) sujeto(s) pasivo(s) así mismo se determina el mecanismo de protección.

9 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 8o. C.P.: Obligación conjunta y mancomunada entre el Estado y los particulares de proteger las riquezas culturales y naturales de la nación, por lo cual tanto el Estado se encuentra obligado, a través de sus diferentes órganos, a establecer políticas encaminadas a proteger el medio ambiente y garantizar a través de mecanismos legales una adecuada protección al mismo, como también los particulares están en la obligación de cumplir con la normatividad ambiental en todas sus actividades.

10 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 49o.C.P.: Obligación del Estado en atender los servicios públicos de salud y saneamiento ambiental, dejando en cabeza del Estado la organización, dirección y reglamentación de la prestación de los servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

11 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 58o.Inciso 2o.C.P: Función social con implicaciones ecológicas de la propiedad privada, por medio de la cual al particular se le otorga el derecho de acceder a la misma pero a su vez se le impone la obligación de que en el ejercicio del derecho de propiedad proteja el medio ambiente. Este concepto tiene íntima relación con la teoría del Desarrollo Sostenible, en la cual se le brinda a la persona el derecho de evolucionar pero con la obligación de preservar los recursos naturales en general.

12 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 63o.C.P: Se le da a los bienes de uso público, a los parques naturales, las tierras comunales de los grupos étnicos, las tierras de resguardo, al patrimonio arqueológico de la nación, la calidad de inalienables, imprescriptibles e inembargables, lo que hace que estos bienes gocen de una protección legal más efectiva.

13 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Articulo 64o.C.P.: Se le brinda a los trabajadores agrarios mayor protección Estatal para elevar su calidad de vida. Artículo 65o.C.P.: Protección especial por parte del Estado a las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Artículo 66o.C.P.: Para la reglamentación de medidas crediticias de carácter agropecuario, se deben tener en cuenta los ciclos de las cosechas y de los precios, como los riesgos propios de la actividad y las calamidades ambientales.

14 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 67o.C.P.: La educación debe de tener como objetivo la formación integral del Colombiano, dentro del mismo debe incluirse la protección del medio ambiente. Artículo 79o.C.P.: Se consagra el Derecho colectivo a gozar de un medio ambiente sano y se le brinda a la comunidad la posibilidad de participar en todas aquellas actuaciones que puedan comprometerlo o afectarlo. De igual forma se establece la obligación en cabeza del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, como también de conservar las áreas de especial importancia ecológica apoyándose en el fomento de la educación ambiental.

15 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 80o.C.P.: Se establece el principio de Desarrollo Sostenible, por medio del cual el Estado deberá delimitar el aprovechamiento y manejo de los recursos naturales sin llegar a agotarlos o comprometerlos. Igualmente deberá de implementar y aplicar mecanismos de sanción y control a quienes atenten contra los mismos persiguiendo la conservación, reparación o sustitución de lo perjudicado; también se compromete al Estado Colombiano con la comunidad internacional en la protección de ecosistemas situados en zonas fronterizas.

16 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 81o.C.P.: Prohibición del ingreso, fabricación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, como del ingreso de desechos tóxicos y residuos nucleares. Artículo 82o.C.P.: Protección de la integridad del espacio público por parte del Estado, en cuyo uso deberá predominar su destinación al interés común, esto incluye la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano.

17 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 95o., numeral 8o.C.P.: Deber de toda persona y ciudadano Colombiano de proteger los recursos naturales del país y velar por la conservación de un medio ambiente sano; como garantía al cumplimiento de este deber se han establecido diferentes mecanismos legales dentro del ordenamiento jurídico nacional. Artículo 101o.C.P.: Se describe en forma detallada los límites del Estado Colombiano, con el fin de conocer el área del ejercicio de los derechos tendientes a proteger la integridad nacional.

18 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 118o.C.P.: Funciones del Ministerio Público encaminadas a la protección del medio ambiente. Artículo 215o.C.P.: Se faculta al Presidente de la República, para que con la firma de todos sus ministros, decrete el Estado de Emergencia Ecológica, cuando quiera que existan hechos que afecten el orden ecológico del país o que constituyan grave calamidad pública.

19 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 226o.C.P.: Se consagra la internacionalización de las relaciones ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional; con lo cual se da cumplimiento a principios establecidos en tratados internacionales como la Declaración de Estocolmo y la Declaración de Río, en las cuales se pide la cooperación entre los estados para la conservación del medio ambiente. Artículo 267o.inciso 3o.C.P.: Se relacionan las funciones de la contraloría general de la República, referenciadas entre otras variables, en la valoración de costos ambientales

20 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 268o. numeral 7o.C.P.: Establece entre las funciones del Contralor General de la República la de presentar ante el Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los Recursos Naturales y del Ambiente. Artículo 277o. numeral 4o.C.P.: Se regulan entre las funciones del Procurador General de la Nación, directamente o por medio de sus delegados, la de defender los intereses colectivos y del medio ambiente, para este efecto se han creado las Procuradurías Agrarias a nivel Departamental y a nivel Municipal los personeros que también hacen parte del Ministerio Público.

21 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 289o.C.P.: Se regula la obligación de cooperación de Estados fronterizos en la protección internacional del medio ambiente. Artículo 300.numeral 2o.: Se establece entre las funciones de las Asambleas Departamentales, la de expedir disposiciones relacionadas con el medio ambiente. Artículo 302o.C.P.: Delegación legal en los departamentos, de funciones tendientes a mejorar la administración y los servicios públicos de acuerdo entre otros aspectos a las circunstancias ecológicas.

22 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 310o.C.P.: Protección dirigida a preservar la identidad cultural de comunidades nativas y así conservar el medio ambiente y los recursos naturales del departamento archipiélago de San Andrés y Providencia mediante la limitación del ejercicio del derecho de circulación y residencia, el control a la densidad poblacional y la regulación del uso del suelo y el ejercicio del derecho de propiedad en bienes inmuebles. Artículo 313o.numeral 9o.C.P.: Se determinan dentro de las funciones de los Concejos Municipales como autoridades administrativas, la de dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

23 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 317o.C.P.: Le otorga a los municipios la facultad de gravar la propiedad inmueble y un porcentaje de este aporte la ley lo destinará a las entidades encargadas del manejo y conservación del medio ambiente y de los recursos naturales renovables. Artículo 330o. numeral 5o.C.P.: Se establece entre las funciones de los territorios indígenas la de velar por la preservación de los recursos naturales.

24 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 331o.C.P.: Se crea la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, la cual se encarga de la recuperación, navegación, actividad portuaria, adecuación y conservación de tierras , generación y distribución de energía y el aprovechamiento y preservación del ambiente , los recursos ictiológicos y demás recursos naturales renovables. Artículo 332o. C.P.: Dentro del régimen económico y de la hacienda pública, se establece en cabeza del Estado la propiedad de del subsuelo y de los recursos naturales no renovables.

25 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 333o.C.P: Se normatiza la intervención del Estado, en la explotación de los recursos naturales, el uso del suelo, la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes , y en los servicios públicos y privados , para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un medio ambiente sano. Lo anterior es fruto de los postulados que ofrece la teoría del desarrollo sostenible, en la cual se brinda la oportunidad de disfrutar de los recursos naturales, pero a su vez se impone la carga de conservarlos y no agotarlos.

26 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 339o.C.P.: Dentro de los planes de desarrollo, deberán de establecerse las metas y prioridades de la acción estatal y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que se adoptarán por el gobierno nacional. Artículo 340o.C.P.: Se consagra la participación de los sectores ecológicos dentro

27 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 360o.C.P.: Se otorgan regalías en favor del Estado, cuando se vaya a explotar un recurso natural no renovable, así como la participación en el mismo sentido de los departamentos y municipios en cuyo territorio se vaya a llevar a cabo dicha explotación.

28 MEDIO AMBIENTE Y CONSTITUCION POLITICA.
Artículo 366o.C.P.: El Estado tiene a su cargo a título de finalidad social, la de velar por el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Dentro de sus objetivos de dicha actividad se encuentran la solución de necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y agua potable. Para el cumplimiento de lo anterior, se deberá de preferir dentro de los planes y presupuestos de la Nación y de la Entidades Territoriales , el gasto público social sobre cualquier otra asignación.

29 MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO COLECTIVO.
Se encuentra consagrado en el Artículo 79 de la Constitución Política. Se brindan garantías a los ciudadanos para participar en los procedimientos ambientales – Título X artículos 69 y siguientes de la Ley 99 de 1993. Sus mecanismos de protección judicial se encuentran específicamente consagrados: Acción Popular y Acciones de Grupo – Artículo 88 de la Constitución Política y Ley 472 de 1998.

30 MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL
Opera por excepción cuando con una acción u omisión se vulnera un derecho colectivo y por conectividad uno fundamental. Requisitos: a. Principio de Hecho- Gozar de un ambiente sano es condición esencial para una vida digna y saludable. Principio de Derecho- Art. 79 de la constitución política. c. Principio de ponderación – Nexo causal entre el derecho colectivo y el derecho fundamental (vida, salud, integridad, etc.). Mecanismo de protección : ACCION DE TUTELA .

31 PODER PUBLICO Y AUTORIDADES AMBIENTALES
PODER PUBLICO = TRES RAMAS RAMA LEGISLATIVA = Congreso de la República – Comisión Quinta RAMA EJECUTIVA : Presidente y Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial constituyen Gobierno para decisiones. RAMA JUDICIAL: Corte Constitucional; Consejo de Estado; Corte Suprema de Justicia (Ordinaria: Penal, Civil, Laboral, Agrario, Familia), Jueces. Fiscalía General de la Nación. ORGANOS DE CONTROL: Contraloría General de la República – Cuentas Ambientales; Procuraduría General de la Nación – Delegada ante el medio ambiente; Personerías Municipales

32 SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL
ORGANISMOS, NORMAS, PRINCIPIOS, POLITICAS, ETC Ministerio Del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Consejo Nacional Ambiental: Dllo Económico Vs. Dllo Ambiental Entidades Científicas Adscritas Y Vinculadas Al MMA: Inst. de Investigaciones Marinas y Costeras - INVEMAR. Instituto de Investigación de Recursos Biol. Alexander Von Humbolt. Instituto Amazónico de Investigaciones Ambientales - SINCHI- CAR’s GRANDES CENTROS URBANOS. DEPARTAMENTOS. MUNICIPIOS - DISTRITOS. ENTIDADES TERRITORIALES INDIGENAS. NO EXISTEN JERARQUÌAS ENTRE ELLOS – NO CONTROL DE TUTELA NI CONTROL JERARQUICO SOBRE SUS ACTOS

33 MUCHAS GRACIAS! DIOS LOS BENDIGA! Diana Lorena Vanegas Cajiao


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