La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Definiciones: Imputar: es atribuir una acción a un hombre como su autor. Imputación: es el juicio por el que atribuimos algo a alguien.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Definiciones: Imputar: es atribuir una acción a un hombre como su autor. Imputación: es el juicio por el que atribuimos algo a alguien."— Transcripción de la presentación:

1 La integridad psicológica de la acción voluntaria y su imputabilidad moral

2 Definiciones: Imputar: es atribuir una acción a un hombre como su autor. Imputación: es el juicio por el que atribuimos algo a alguien

3 Imputabilidad moral Se habla de imputabilidad moral cuando la acción puede ser atribuida como mérito o culpa moral. A la imputabilidad jurídica puede no corresponder una imputabilidad moral. Esto se da cuando en el daño causado no ha habido voluntariedad.

4 Circunstancias que modifican la imputabilidad moral
Son condiciones o circunstancias de diverso origen que inciden directa o indirectamente sobre al menos uno de los elementos esenciales del acto libre: conocimiento formal del fin y voluntariedad, disminuyendo o incluso anulando la libertad y por tanto la imputabilidad.

5 Elementos que modifican la imputabilidad de la acción moral:
1. ADVERTENCIA La advertencia es el acto mental por el que la persona se da cuenta de lo que va hacer o de lo que está haciendo y de la moralidad de su acción.

6 Tipos de advertencia A. Advertencia plena: La persona puede advertir plenamente lo que hace. La acción es plenamente imputable B. Ausencia de advertencia: puede no advertirlo en absoluto. La acción no es imputable C. Advertencia semiplena: puede advertirlo de modo imperfecto. La acción es imperfectamente voluntario, entonces es imperfectamente imputable. ACCIONES IMPERFECTAMENTE VOLUNTARIAS.

7 2. IGNORANCIA: No se trata de que haya un obstáculo que impida el acto de conocimiento, sino de que el conocimiento de las circunstancias de la acción – y sobre todo de su moralidad- es erróneo, es decir que se considera buena la acción mala, o viceversa.

8 Ignorancia sobre la norma (ignorantia iuris) Ej
Ignorancia sobre la norma (ignorantia iuris) Ej. No se sabe que hay una ley que manda a denunciar a los que cometen ciertos crímenes. Ignorancia sobre el hecho (ignorantia facti) Ej. Quien no se da cuenta de que la acción que ha visto es un crimen de ese tipo.

9 Tipos de ignorancia: A. VENCIBLE:
es aquella que se puede advertir y superar, pero permanece porque no ha habido suficiente interés por superarla, o porque ha faltado diligencia para hacerlo. La ignorancia es vencible cuando surgen dudas sobre la verdad de la propia opinión (intranquilidad de conciencia) y disponiendo de los medios para descubrir la verdad, no se emplean por pereza, malicia,etc.

10 La ignorancia vencible es consecuente, es decir que procede de una o varios actos de nuestra voluntad: no haber querido comprender o informarse sobre una determinada cuestión, desprecio habitual de los aspectos morales del propio trabajo profesional, actitud cerrada ante las exigencias éticas, etc.

11 La ignorancia vencible no suprime la voluntariedad y la imputabilidad moral de la acción, aunque a veces puede atenuarla. Hay que valorar si esa ignorancia presupone en el sujeto una culpa grave o una culpa leve, si responde a una voluntad expresa de ignorar para poder satisfacer los propios deseos sin trabas, si responde a una leve negligencia cometida hace mucho tiempo.

12 B. INVENCIBLE 1. cuando la persona ni siquiera sospecha que su opinión es equivocada y que por tanto debe ser abandonada. 2. Cuando a pesar de haber reflexionado, estudiando y preguntando a personas prudentes y experimentados sobre un determinado problema, se llega sinceramente a una solución que objetivamente es errónea, aunque el sujeto no es en absoluto consciente de ello.

13 La ignorancia es invencible en la medida en que es antecedente, es decir no es causada ni directa ni indirectamente por nuestra voluntad. La ignorancia invencible suprime la voluntariedad y la imputabilidad moral de la acción en la misma medida en que se extiende la ignorancia. Ej. Quien dispara a una persona a lo lejos sin saber que se trataba de su padre, es culpable de homicidio, pero no de parricidio

14 3. LAS PASIONES También las pasiones pueden modificar la voluntariedad y la imputabilidad moral. El influjo de las pasiones sobre la voluntad solo tiene lugar ordinariamente, si la persona lo consiente o no lo obstaculiza, por lo que casi siempre la pasión es consecuente con la voluntad, bien porque es directamente querida, bien porque se ha descuidado la educación de la afectividad

15 Normalmente la afectividad constituye un factor motivacional que la persona secunda voluntariamente. No obstante, en algunos casos pueden desencadenarse con gran rapidez pasiones muy violentas (terror ante un terremoto, ira ante una ofensa grave, etc.) que impiden completa o parcialmente el uso de la razón y el ejercicio de la libertad, por lo cual anulan o reducen (según el caso) la imputabilidad moral.

16 Las pasiones que, sin impedir ni atenuar el uso de la razón, fuesen verdaderamente antecedentes a la voluntad, atenúan la responsabilidad moral, pero no hasta el punto de impedir la culpa grave; de hecho muchas culpas graves son cometidas por debilidad, aunque esas mismas culpas serían más graves si hubiesen sido realizadas por pura malicia, odio al prójimo, etc.

17 4. INFLUJO DE LOS HÁBITOS MORALES
El hábito moral – sea virtud o vicio- es de suyo el principio de una elección propiamente dicha, por eso las malas acciones cometidas por hábito implican malicia. De modo que el hábito moral, en cuanto tal, no atenúa la imputabilidad moral de la acción a la que el hábito inclina.

18 En algunos casos una componente de habituación física, fisiológica, o psicopatológica (alcoholismo, uso de drogas, etc.) puede atenuar, según las circunstancias, la imputabilidad de las acciones malas de quien tiene el firme propósito moral de superar tal vicio y está haciendo lo posible por superarlo (recaída).

19 No son moralmente imputables las acciones imperadas externas debidas completamente a la coacción o violencia física. Siempre se ha pensado que los actos elícitos de la voluntad no pueden ser directamente producidos por una causa violenta exterior. Las técnicas actuales de tortura psicológica o psiquiátrica obligan a matizar esta tesis.

20 Aun en el caso en que sea posible modificar – bajo tortura- el querer, lo que no es posible es que tal querer modificado sea autónomo, es decir expresión auténtica, espontánea y sincera del centro más íntimo de la personalidad.

21 Ciertas enfermedades mentales pueden anular o atenuar en diversos grados la voluntariedad y la imputabilidad moral. Esto le corresponde advertir al médico. Desde el punto de vista filosófico lo que está claro que hay una notable distancia entre la libertad disminuida y la completa ausencia de libertad. Hay una psicopatología de la vida cotidiana de diversa magnitud que no puede considerarse incompatible con la imputabilidad moral (plena o atenuada) de las acciones.


Descargar ppt "Definiciones: Imputar: es atribuir una acción a un hombre como su autor. Imputación: es el juicio por el que atribuimos algo a alguien."

Presentaciones similares


Anuncios Google