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Publicada porBeatriz Pérez Ortiz de Zárate Modificado hace 9 años
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Maribel Rivera Robles Prof. Dennis Soto
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Una mujer soltera llamada Jane Roe vivía en la ciudad de Dallas, esta se encontraba embarazada y deseaba un aborto, hecho por un médico competente y licenciado bajo condiciones seguras. Esto trajo consigo una acción de clase para impugnar la constitucionalidad de las leyes de aborto criminal de Texas, que proscriben el reclutamiento o se intenta un aborto excepto bajo supervisión médica con el fin de salvar la vida de la madre.
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La controversia del caso es la violación del derecho constitucional de la intimidad de la mujer. En este se enfatiza el derecho de una mujer a decidir sobre su propio cuerpo.
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En este caso se aplica los artículos 1191 a 1194 del Código Penal estatal. Esto fue por que sólo permitían el aborto cuando resultaba necesario salvar la vida de la madre.
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El concepto “persona”, según utilizado constitucionalmente, no aplica en situaciones prenatales, por lo que no se puede reclamar una protección del debido proceso de ley para la vida de un no nacido. El estado tiene un interés en proteger un vida potencial, pero también tiene interés en proteger la intimidad de la mujer, por lo que debe balancear ambos intereses. La controversia sobre cuándo realmente comienza la vida, es una que no ha alcanzado una respuesta definitiva por la filosofía, la teología o la ciencia, por lo que no debe ser el proceder del tribunal especular sobre la respuesta a esta interrogante. Los intereses aquí en pugna, alcanzan niveles de prioridad según el estado del embarazo. Antes del primer trimestre, la prioridad deberá ser para el derecho a la intimidad de la mujer, pero luego, cuando el feto ha alcanzado un nivel de viabilidad fuera del vientre de la madre, la prioridad será para la vida potencial en aquellos casos donde no esté en peligro la vida de la mujer embarazada.
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Esta fue una decisión 7-2, afirmando la legalidad del derecho de la mujer a tener un aborto bajo la decimocuarta enmienda a la Constitución. Esta decisión obligo a modificar todas las leyes federales y estatales que proscribían o restringían el aborto.
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El propósito del tribunal fue que el derecho de la mujer al aborto estaba comprendido en el derecho a la intimidad protegida por la Decimocuarta Enmienda.
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Este caso trae consigo muchas contradicciones en cuanto a los derechos civiles. Además tiene un impacto muy grande. Por ejemplo están los derechos humanos y los derechos constitucionales.
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En mi opinión esta decisión de permitir el aborto viola los derechos humanos en el que se enfatiza el derecho a la vida. Aunque podemos ver muchos casos en que podría ser justificable, ya sea que estos son producto de una violación o de incesto. Es por esto que no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal.
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A mi entender yo cambiaría a que solo las mujeres que han sufrido de violación o incesto pueden utilizar este procedimiento. Porque si se les aprueba a toda aquella mujer que por el simple hecho de que no desea el embarazo, entonces se les estaría violando el derecho a la vida de un ser humano que aun no nace. Entiendo que todo ser humano tiene el derecho a la vida.
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http://www.tomhoganlaw.com/es/ley-de-familia-de- california/Derechos Reproductivos/Aborto/El-Impacto-del-Caso-Roe-Vs-Wade http://www.popjuris.com/bibliotecaresumen-de-roe-v-wade-410-us-113-1973- brief-en-español
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