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EL NUEVO PROCEDIMIENTO DE DESCUELGUE DE CONVENIOS COLECTIVOS.

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Presentación del tema: "EL NUEVO PROCEDIMIENTO DE DESCUELGUE DE CONVENIOS COLECTIVOS."— Transcripción de la presentación:

1 EL NUEVO PROCEDIMIENTO DE DESCUELGUE DE CONVENIOS COLECTIVOS

2 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO DESACUERDO (se presume la concurrencia de causa) (notificación a La CP y a la AL)

3 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? DESACUERDO (se presume la concurrencia de causa) (notificación a La CP y a la AL)

4 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO (se presume la concurrencia de causa) (notificación a La CP y a la AL)

5 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO (se presume la concurrencia de causa) ¿cabe la modificación `posterior del acuerdo? ¿cuál será en tal caso el procedimiento a seguir? ¿Artículo 41 ET, o un nuevo procedimiento de descuelgue? (notificación a La CP y a la AL)

6 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO COMISIÓN PARITARIA Procedimiento -establecido en convenio (forma parte de su contenido mínimo) Desacuerdos: -procedimientos voluntarios (Preco) (forma parte de su contenido mínimo) (a instancias de cualquiera de las partes) (se presume la concurrencia de causa) ¿cabe la modificación `posterior del acuerdo? ¿cuál será en tal caso el procedimiento a seguir? ¿Artículo 41 ET, o un nuevo procedimiento de descuelgue? (notificación a La CP y a la AL)

7 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO COMISIÓN PARITARIA Procedimiento -establecido en convenio (forma parte de su contenido mínimo) Desacuerdos: -procedimientos voluntarios (Preco) (forma parte de su contenido mínimo) (a instancias de cualquiera de las partes) (se presume la concurrencia de causa) PROCEDIMIENTOS VOLUNTARIOS (PRECO) -establecidos en convenio (forma parte de su contenido mínimo) (las partes podrán) -Acuerdo (¿cuál es el régimen de Impugnación?) -Laudo arbitral: Existen normas complementarias del Preco para la tramitación de arbitrajes establecidos en convenio (¿se presume que concurren las causas, como en el acuerdo directo?) (¿cuál es el régimen de Impugnación: LJS 65.4. o 163?) ¿cabe la modificación `posterior del acuerdo? ¿cuál será en tal caso el procedimiento a seguir? ¿Artículo 41 ET, o un nuevo procedimiento de descuelgue? (notificación a La CP y a la AL)

8 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO COMISIÓN PARITARIA Procedimiento -establecido en convenio (forma parte de su contenido mínimo) Desacuerdos: -procedimientos voluntarios (Preco) (forma parte de su contenido mínimo) (a instancias de cualquiera de las partes) (se presume la concurrencia de causa) PROCEDIMIENTOS VOLUNTARIOS (PRECO) -establecidos en convenio (forma parte de su contenido mínimo) (las partes podrán) -Acuerdo (¿cuál es el régimen de Impugnación?) -Laudo arbitral: Existen normas complementarias del Preco para la tramitación de arbitrajes establecidos en convenio (¿se presume que concurren las causas, como en el acuerdo directo?) (¿cuál es el régimen de Impugnación: LJS 65.4. o 163?) INTERVENCIÓN DE LA COMISIÓN CONSULTIVA NACIONAL DE CONVENIOS COLECTIVOS U ¿ÓRGANO CORRESPONDIENTE DE CA? (a instancias de cualquiera de las partes) -pendiente de desarrollo normativo. (se ha incumplido el plazo establecido en el RDLey 3/2012) ¿cabe la modificación `posterior del acuerdo? ¿cuál será en tal caso el procedimiento a seguir? ¿Artículo 41 ET, o un nuevo procedimiento de descuelgue? (notificación a La CP y a la AL)

9 DESCUELGUES Unificados: -jornada -horarios -salarios: cuantía y sistema -sistema de trabajo y rendimiento.funciones -mejoras voluntarias Causas: -económica (parcialmente objetivada) -técnica: afectación a los medios -organizativa: afectación a los procesos -productiva: afectación a la demanda de productos ¿cualquier afectación? Periodo de consultas: 15 días ACUERDO ¿IMPUGNACIÓN? Sujetos: -trabajadores Individuales: no existe cauce específico de impugnación -Impugnación por sujetos colectivos (pacto de empresa Art. 153.1 LJS) Motivos: -dolo -coacción -fraude -abuso de derecho Procedimiento: -procedimiento de conflicto colectivo -¿cabría la impugnación del acto aplicativo por el/los trabajadores afectados? Plazo. Asimilación a proceso de conflicto colectivo -¿inexistencia de plazo? -¿plazo ordinario de prescripción para acciones Individuales? La impugnación del acuerdo suscita numerosos interrogantes, y parece muy complicada en la práctica La hipótesis de acuerdos de empresa suscritos por esta vía con representantes “ad hoc”,se aproxima de hecho a la del convenio colectivo de empresa que desplaza durante su vigencia al convenio sectorial vigente DESACUERDO COMISIÓN PARITARIA Procedimiento -establecido en convenio (forma parte de su contenido mínimo) Desacuerdos: -procedimientos voluntarios (Preco) (forma parte de su contenido mínimo) (a instancias de cualquiera de las partes) (se presume la concurrencia de causa) PROCEDIMIENTOS VOLUNTARIOS (PRECO) -establecidos en convenio (forma parte de su contenido mínimo) (las partes podrán) -Acuerdo (¿cuál es el régimen de Impugnación?) -Laudo arbitral: Existen normas complementarias del Preco para la tramitación de arbitrajes establecidos en convenio (¿se presume que concurren las causas, como en el acuerdo directo?) (¿cuál es el régimen de Impugnación: LJS 65.4. o 163?) INTERVENCIÓN DE LA COMISIÓN CONSULTIVA NACIONAL DE CONVENIOS COLECTIVOS U ¿ÓRGANO CORRESPONDIENTE DE CA? (a instancias de cualquiera de las partes) -pendiente de desarrollo normativo. (se ha incumplido el plazo establecido en el RDLey 3/2012) Curiosamente, de acuerdo con la disposición final 2ª del RDLey 7/2011, que no ha sido derogada, las funciones de la comisión debían pasar, antes del 31/XII/2011, al Consejo de Relaciones Laborales y de Negociación Colectiva de ámbito estatal (Hasta la fecha, no se ha promulgado la correspondiente disposición Reguladora) ¿cabe la modificación `posterior del acuerdo? ¿cuál será en tal caso el procedimiento a seguir? ¿Artículo 41 ET, o un nuevo procedimiento de descuelgue? (notificación a La CP y a la AL)


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