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EJE 3 DEL PLAN DE SALUD TERRITORIAL SALUD PUBLICA -

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Presentación del tema: "EJE 3 DEL PLAN DE SALUD TERRITORIAL SALUD PUBLICA -"— Transcripción de la presentación:

1 EJE 3 DEL PLAN DE SALUD TERRITORIAL SALUD PUBLICA -

2 MARCO LEGALESPECIFICO :
Políticas Nacionales y Departamentales Decreto 3039 de 2007 Resolución 425 de 2008 Decreto 3518 de 2006 Circular 005 de 2012 Circular 017 de 2012

3 Intervenciones Colectivas Intervenciones Individuales EPS S- C
EJE SALUD PÚBLICA Intervenciones Colectivas MUNICIPIO- DLS Intervenciones Individuales EPS S- C

4 PLAN DE SALUD PUBLICA INTERVENCIONES COLECTIVAS
Es el conjunto de intervenciones, procedimientos y actividades a cargo del Estado, dirigidas a promover la salud y la calidad de vida, la prevención y el control de los riesgos y los daños en salud, hace parte del Plan de Salud Territorial y son complementarias a las acciones de promoción, prevención y atención previstas en los Planes Obligatorios de Salud.

5 ARTICULACION (Ley art. 11 ) Las acciones de salud pública y promoción y prevención, serán ejecutadas en el marco de la Estrategia de Atención Primaria en Salud, de acuerdo con el Plan Territorial de Salud y se contrataran y ejecutaran de forma articulada .

6 PRIORIDADES NACIONALES EN SALUD /3039 Salud Infantil
Salud Sexual Reproductiva Salud Oral Salud Mental y Lesiones Violentas Evitables Enfermedades Transmisibles y Zoonosis Enfermedades Crónicas No Transmisibles Nutrición Seguridad Sanitaria y Ambiental Seguridad del trabajo y enfermedad de origen laboral Gestión para el desarrollo operativo y funcional del Plan

7 ARTICULACION DE LOS EJES
ASEGURAMIENTO PROMOCION SOCIAL PRESTACION DE SERVICIOS EMERGENCIAS Y DESASTRES SALUD PÚBLICA RIESGOS PROFESIONALES

8 LINEAS A TRABAJAR (Decreto 3039)
Promoción de la salud y calidad de vida Prevención de los riesgos en salud Vigilancia en salud y gestión del conocimiento * Gestión integral para el desarrollo del PSP DETERMINANTES PRIMERA INFANCIA Socioculturales INFANCIA ADOLESCENCIA Ambientales ADULTO Económicos ADULTO MAYOR ESTRATÉGIAS (APS, IEC, Investigación)

9 LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACION, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO AL EJE SALUD PUBLICA - PLAN DE SALUD PUBLICA DE INTERVENCIONES COLECTIVAS (PIC) 2012

10 LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DEL EJE DE SALUD PUBLICA - PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS:
PLANEACIÓN: Incorporar la Atención Primaria en Salud como estrategia central del Sistema de Salud en nuestro país. Sustentarse en una efectiva participación social. Las intervenciones, relaciones y trabajo en red deben realizarse en el marco de la intersectorialidad. Asumir como medida de cumplimiento y protección de los grupos étnicos el concepto de consulta previa y trabajo intercultural.

11 FORMULACION Definición de recursos disponibles para la ejecución del Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas según CONPES 148 de 2012 El análisis y evaluación de cumplimiento de los objetivos, metas y estrategias del POAI del año 2011. Definición proyectos teniendo en cuenta las prioridades establecidas en la Resolución 425 de 2008.  La formulación y evaluación de los respectivos POA y POAI son responsabilidad de cada Dirección Local de Salud; en ningún caso podrá ser delegada a la institución contratada para su ejecución y desarrollo (ESE Hospital).

12 ENFOQUES La Ley 1438 de 2011 establece que en el proceso de construcción y operativización del Plan de Salud Pública debe considerar los enfoques de: Derechos Poblacional Determinantes Sociales Diferencial (ciclo de vida, género, étnico, situación de discapacidad, desplazamiento, victimas, diversidad sexual).

13 FINANCIACIÓN El Fondo Local de Salud de la entidad territorial-Subcuenta Salud Pública reglamentado en la Resoluciones 3042 de 2007 y 0991 de 2009. El PIC se financia con : Recursos del Sistema General de Participaciones - SGP Salud Pública Recursos de transferencias o aportes del Departamento o la Nación a través del Ministerio de Salud y Protección Social. Recursos del balance de SGP - Salud Pública. Recursos propios del municipio. Regalías. Otros recursos que pueden ser gestionados por cofinanciación, cooperación internacional o con organizaciones no gubernamentales. Rendimientos Financieros de la subcuenta de Salud Pública.

14 EJECUCIÓN La Dirección Local como ente rector de la salud en el municipio, debe velar porque la ejecución de las acciones de Promoción de la salud, Prevención de riesgos (protección específica y detección temprana) y Vigilancia en salud pública, establecidas tanto en el PIC y como en el Plan Obligatorio de Salud, se desarrollen de manera articulada y complementaria en el marco de la Estrategia de Atención Primaria en Salud.

15 CONTRATACIÓN Su ejecución se realiza a través de contratación con la IPS (Empresas Sociales del Estado - ESE Hospitales), que cuente con servicios de promoción y prevención habilitados y de acuerdo a su capacidad técnica y operativa. Son objeto de contratación: Acciones de promoción de la salud y calidad de vida. Acciones de prevención de los riesgos (biológicos, sociales, comportamentales, ambientales y sanitarios). Acciones de vigilancia epidemiológica y las acciones de vigilancia en salud en el entorno laboral (sector informal de la economía).

16 En ningún caso la ESE Hospital podrá contratar los servicios con un tercero, toda vez que la función de los prestadores según el artículo 185 de la Ley 100 de 1993 es la de prestar los servicios de salud en el nivel de atención correspondiente, no la de ser contratantes de los servicios de salud, pues el prestador de los servicios de salud debe realizar directamente la labor para la cual fue contratada y no contratar a otro para que realice sus funciones. Llas acciones de vigilancia y control de los actores del SGSSS, no podrán ser contratadas

17 Teniendo en cuenta lo definido en el artículo 74 de la Ley Anticorrupción 1474 de 2011 las entidades del Estado, a más tardar el 31 de enero deberán publicar en la página web de la institución el Plan de Acción del año correspondiente en el cual se especifiquen objetivos, metas, estrategias, responsables, plan general de compra, distribución presupuestal de recursos, así como los indicadores de gestión

18 INTERVENTORÍA El Ente Territorial conforme al artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, está obligado a través de un supervisor o un interventor, vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado para el desarrollo del PIC.

19 SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PLAN
Ley 715 de 2001 y el Decreto 028 de 2008 responsabilidad del ente territorial DLS La entidad municipal definirá la estrategia de monitoreo, seguimiento y control Cumplimiento de las metas, Ejecución de los recursos invertidos Impacto en la salud individual y colectiva de la población.

20 RECEPCION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN SEMANAL POR UPGDS Y MUNICIPIOS, ANTIOQUIA 2012

21 NOTIFICACIÓN SEMANAL POR UPGDS Y MUNICIPIOS, ANTIOQUIA 2012
CUMPLIMIENTO DEPARTAMENTAL A LA SEMANA 6 : 97% PROMEDIO DE UPGD EN EL DEPARATEMNTO : 500 SEMANA EPIDEMIOLOGICA 1 2 3 4 5 6 Nº de upgd sin reporte 56 27 20 23 28 % de upgd sin reporte 11,2 5,4 4,0 4,6 5,6

22 SALUD PÚBLICA RESPONSABILIDAD DE TODOS
GRACIAS.


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