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- Audiencia de Formulación de Imputación - Terminación de la Persecución sin y con Formulación de Pretensión Penal - Inicio del Proceso Penal.

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Presentación del tema: "- Audiencia de Formulación de Imputación - Terminación de la Persecución sin y con Formulación de Pretensión Penal - Inicio del Proceso Penal."— Transcripción de la presentación:

1 - Audiencia de Formulación de Imputación - Terminación de la Persecución sin y con Formulación de Pretensión Penal - Inicio del Proceso Penal

2 INVESTIGACIÓN Persecución sin Jurisdicción
PRECLUSIÓN ARCHIVO AFI ACUSACIÓN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

3 I. Audiencia de Formulación de la Imputación
Comunicación de la calidad de imputado al mismo. Solicitud de medida de aseguramiento.

4 Requisitos Cuando de los elementos materiales probatorios, evidencia física o de la información legalmente obtenida, se pueda inferir razonablemente que el imputado es autor o partícipe del delito que se investiga.

5 Formalidades 1. Individualización concreta del imputado, incluyendo su nombre, los datos que sirvan para identificarlo y el domicilio de citaciones. 2. Relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes, en lenguaje comprensible, lo cual no implicará el descubrimiento de los elementos materiales probatorios, evidencia física ni de la información en poder de la Fiscalía, sin perjuicio de lo requerido para solicitar la imposición de medida de aseguramiento. 3. Posibilidad del investigado de allanarse a la imputación y a obtener rebaja de pena de conformidad con el artículo 351. 4. En presencia del imputado y/o su abogado (confianza u oficio)

6 Efectos Interrupción de la Prescripción
Inicio de etapa de preacuerdos. Inicio de posibilidad de Medidas Cautelares Reales y Personales. Las audiencias preliminares requieren presencia de la defensa Término de 30 días para decidir sobre la persecución penal.

7 Terminación de la Persecución sin Formulación de Pretensión Penal

8 INVESTIGACIÓN Persecución sin Jurisdicción
PRECLUSIÓN ARCHIVO AFI ACUSACIÓN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

9 ARCHIVO. Art. 79 CPP Constatación que no existen motivos o circunstancias fácticas que: Permitan su caracterización como delito Indiquen su posible existencia como tal No extingue la “acción” penal Puede reanudarse la actuación ante nuevas evidencias Momento anterior a la Formulación de Imputación

10 INVESTIGACIÓN Persecución sin Jurisdicción
PRECLUSIÓN ARCHIVO AFI ACUSACIÓN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

11 PRECLUSIÓN. Art. 331 y ss. CPP Después de formulada la imputación.
Si no existe mérito para acusar. Solicitud por parte de la Fiscalía al Juez de Conocimiento, que es quien toma la decisión.

12 Causales de ausencia de mérito para acusar
Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal Causal excluyente de responsabilidad Inexistencia o atipicidad del hecho Ausencia de intervención del imputado Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia Vencimiento del término (294 CPP). XX Solicitud por defensa o Ministerio Público

13 Procedimiento Solicitud del Fiscal Audiencia (5 días siguientes)
Exposición del Fiscal (indicación de evidencia que condujo a la imputación y fundamentación de la causal) Víctima, Ministerio Público y defensa se pueden oponer No hay solicitud ni práctica de pruebas (Receso) Decisión motivada oralmente

14 Efectos de la Decisión en firme
Preclusión (sentencia): Cesación de la persecución COSA JUZGADA Revocación de Medidas Cautelares Rechazo solicitud (auto) Devolución a la Fiscalía. No obliga a una acusación Restitución del término El Juez que tomó la decisión queda impedido para el juicio

15 Preclusión en el Juicio
Sobreviene la inexistencia del hecho o la imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción Solicitud de Fiscalía, Ministerio Público o Defensa El mismo juez decide la solicitud

16 Recursos REPOSICIÓN: APELACIÓN: en el efecto suspensivo CASACIÓN?
Auto que rechaza la solicitud de preclusión. Interposición, argumentación y decisión en la misma audiencia. APELACIÓN: en el efecto suspensivo Auto que rechaza la preclusión. Interposición en audiencia. Argumentación y decisión en otra audiencia ante el superior (5 días). Sentencia de Preclusión ( Absolutoria). Interposición en audiencia. Argumentación ante el superior en audiencia de debate oral (10 días). Decisión en otra audiencia de lectura de fallo (10 días). CASACIÓN?

17 INVESTIGACIÓN Persecución sin Jurisdicción
PRECLUSIÓN ARCHIVO AFI ACUSACIÓN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

18 PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Caracterización
Discrecionalidad para Acusar Función Política de la Fiscalía (política criminal) Relación con el principio de legalidad Diferencia con la dogmática y con la función judicial (en especial con la preclusión)

19 I. Consagración Constitucional
Principio general: Obligatoriedad para acusar Modalidades del Principio de oportunidad (suspender, interrumpir, renunciar a la persecución penal) Limitaciones: Legalidad y Política Criminal Control de Legalidad por el Juez de control de Garantías

20 Artículo 250: La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. MOTIVACIÓN JURÍDICA Motivos: Dogmática Circunstancias Fácticas: Probatorio

21 No podrá, en consecuencia, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicación del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual estará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías

22 II. Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004)
Participación de las Víctimas Competencia Procedimiento Control de Legalidad Causales

23 1. Participación de las Víctimas
Previa: Busca proporcionar elementos de análisis para la Fiscalía Posterior: Control de Legalidad Causales 1, 14 y 15. Requieren atención o reparación a las víctimas Suspensión: un ingrediente importante es la reparación a las víctimas

24 Participación Previa Art. 11. Derechos de las Víctimas: f) A que se consideren sus intereses al adoptar una decisión discrecional sobre el ejercicio de la persecución del injusto. Art Derecho a recibir información: A las Víctimas se les debe suministrar información sobre: 11. La posibilidad de dar aplicación al principio de oportunidad y a ser escuchada tanto por la Fiscalía como por el juez de control de garantías, cuando haya lugar a ello. Artículo 328. La participación de las víctimas. En la aplicación del principio de oportunidad el fiscal deberá tener en cuenta los intereses de las víctimas. Para estos efectos deberá oír a las que se hayan hecho presentes en la actuación.

25 Participación Posterior
Art. 11. Derechos de las Víctimas: g) A ser informadas sobre la decisión definitiva relativa a la persecución penal; a acudir, en lo pertinente, ante el juez de control de garantías, y a interponer los recursos ante el juez de conocimiento, cuando a ello hubiere lugar. Art Control Judicial en la Aplicación del Principio de Oportunidad. Las Víctimas tendrán participación en la audiencia.

26 2. Competencia Únicamente la Fiscalía. No es competencia de la policía judicial ni de los Jueces. Fiscal investigador, si se trata de delitos con pena de prisión menor a 6 años. Fiscal General de la Nación o su delegado especial , si se trata de delitos con pena de prisión mayor a 6 años. (Art Parágrafo 2)

27 Resolución 2,3,4,5,9: Fiscal General directamente o delegación particular Las demás: Coordinador unidad delegada ante el Tribunal Unidades Nacionales: Coordinador Unidad delegada CSJ Excepcional: El FGN puede delegar al Fiscal Investigador o asumir directamente

28 3. Procedimiento El Fiscal General deberá expedir un reglamento con el procedimiento interno a seguir, que desarrolle la política criminal del Estado. Art (Res.6657) Debe hacerse mediante decisión motivada. Participación previa de las Víctimas. Momento de aplicación: no está limitado. Antes o después de la imputación e incluso durante el juicio. Control de Legalidad

29 4. Control de Legalidad Automático (dentro de los 5 días siguientes).
No se requiere si no extingue la acción penal. En audiencia preliminar (especial). Participación de las Víctimas y el Ministerio Público. No se trata de un control de conveniencia, sino de legalidad. No sustituye la decisión discrecional, sino la controla formalmente. No debería haber valoraciones dogmáticas ni probatorias. Sólo si está la causal y se siguió el procedimiento.

30 Cuestiones de legalidad a controlar
Procedimiento y competencia: en cuanto a lo definido por la ley. Qué pasa con lo dispuesto en el reglamento interno de la Fiscalía? Causales: que la situación de hecho se enmarque en una de las causales dispuestas en la ley. Delito: que no se encuentre dentro de las prohibiciones legales Mínimo de Prueba

31 Art Control judicial en la aplicación del principio de oportunidad. El juez de control de garantías deberá efectuar el control de legalidad respectivo, dentro de los cinco (5) días siguientes a la determinación de la Fiscalía de dar aplicación al principio de oportunidad, siempre que con ésta se extinga la acción penal. Dicho control será obligatorio y automático y se realizará en audiencia especial en la que la víctima y el ministerio público podrán controvertir la prueba aducida por la Fiscalía General de la Nación para sustentar la decisión. El Juez resolverá de plano y contra esta decisión no procede recurso alguno.

32 La aplicación del principio de oportunidad y los preacuerdos de los posibles imputados y la Fiscalía no podrán comprometer la presunción de inocencia y sólo procederán si hay un mínimo de prueba que permita inferir la autoría o participación en la conducta y su tipicidad.

33 5. Causales Prohibición para violaciones graves al derecho internacional humanitario, crímenes de lesa humanidad o genocidio de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Roma, y delitos de narcotráfico y terrorismo. En principio, no están separadas en cuanto a las modalidades constitucionales. El efecto parece ser el mismo para todas: extinción de la acción penal con efecto de COSA JUZGADA: Art. 77 y 329. Pero no es así. Se puede percibir que lo principal es la renuncia a la persecución penal, pero también hay lugar a la suspensión y la interrupción.

34 5.1. Efectos Suspensión: Genera en el investigado el deber de cumplir con las condiciones impuestas y el plan de reparación, so pena de reanudar la persecución. Y para la Fiscalía el deber de verificación. Interrupción: La persecución penal cesa, pero puede ser reanudada, pues la decisión es revocable. Renuncia: Extinción definitiva de la acción penal, efecto de COSA JUZGADA.

35 5.2. Suspensión Procede en cualquier evento, salvo la prohibición general. Factor Esencial: Reparación. Justicia Restaurativa Imposición de condiciones adicionales

36 Procedimiento Solicitud del Imputado o por la Fiscalía: Plan de reparación, condiciones que está dispuesto a cumplir Fiscal consulta a la víctima y resuelve de inmediato Decisión: Imposición de condiciones Aprobación o modificación del plan de reparación Período de Prueba y Verificación Reanudación / Renuncia a la persecución (archivo definitivo efecto de COSA JUZGADA)

37 Condiciones Recuperación y reparación de las Víctimas.
Sometimiento a Vigilancia Buena conducta, no conducir, no portar armas de fuego, residir en lugar fijo. Tratamientos médicos, sicológicos o de dependencia. Servicio Social. Manifestación pública de arrepentimiento. Dejación de las armas.

38 Reparación Mediación Reparación integral de daños Reparación simbólica
Inmediata o a plazos En el marco de la Justicia Restaurativa y sus principios. Art. 518 y ss CPP.

39 Principios de Justicia Restaurativa
Consentimiento libre, voluntario y retractable de imputado y víctima Acuerdo con obligaciones razonables y proporcionadas con el daño Participación del imputado no es prueba de admisión de responsabilidad Incumplimiento de acuerdos no puede ser fundamento para una condena Facilitadores imparciales y garantes de mutuo respeto entre las partes Derecho de víctima e imputado a consultar abogado

40 5.3. Interrupción 3. Cuando la persona fuere entregada a la Corte Penal Internacional a causa de otra conducta punible. 6. Cuando el imputado sirva como testigo principal de cargo contra los demás intervinientes, y su declaración en la causa contra ellos se haga bajo inmunidad total o parcial. En este caso los efectos de la aplicación del principio de oportunidad serán revocados si la persona beneficiada con el mismo incumple con la obligación que la motivó.

41 5.4. Renuncia Hay 16 causales, agrupadas así:
Puntos de Contacto con el exterior Colaboración eficaz Interés alterno del Estado Cumplimiento de condiciones de suspensión Necesidad de Pena y cuestiones sustanciales

42 Puntos de Contacto con el exterior.
2. Cuando la persona fuere entregada en extradición a causa de la misma conducta punible. 3. Cuando la persona fuere entregada a la Corte Penal Internacional a causa de la misma conducta punible. Tratándose de otra conducta punible sólo procede la suspensión o la interrupción de la persecución penal. 4. Cuando la persona fuere entregada en extradición a causa de otra conducta punible y la sanción a la que pudiera llevar la persecución en Colombia carezca de importancia al lado de la sanción que le hubiera sido impuesta con efectos de cosa juzgada contra él en el extranjero.

43 Colaboración Eficaz 5. Cuando el imputado colabore eficazmente para evitar que continúe el delito o se realicen otros, o aporte información esencial para la desarticulación de bandas de delincuencia organizada.

44 Interés Alterno del Estado
9. Cuando la realización del procedimiento implique riesgo o amenaza graves a la seguridad exterior del Estado. 15. Cuando la persecución penal de un delito comporte problemas sociales más significativos, siempre y cuando exista y se produzca una solución alternativa adecuada a los intereses de las víctimas. 16. Cuando la persecución penal del delito cometido por el imputado, como autor o partícipe, dificulte, obstaculice o impida al titular de la acción orientar sus esfuerzos de investigación hacia hechos delictivos de mayor relevancia o trascendencia para la sociedad, cometidos por él mismo o por otras personas.

45 Cumplimiento de condiciones de suspensión
8. Cuando proceda la suspensión del procedimiento a prueba en el marco de la justicia restaurativa y como consecuencia de éste se cumpla con las condiciones impuestas.

46 Necesidad de Pena y Cuestiones sustanciales
1. Cuando se trate de delito sancionado con pena privativa de la libertad que no exceda en su máximo de seis (6) años y se haya reparado integralmente a la víctima, de conocerse ésta, y además, pueda determinarse de manera objetiva la ausencia o decadencia del interés del Estado en el ejercicio de la correspondiente acción penal.

47 Cuando el imputado haya sufrido, a consecuencia de la conducta culposa, daño físico o moral grave que haga desproporcionada la aplicación de una sanción o implique desconocimiento del principio de humanización de la sanción punitiva. Cuando en atentados contra bienes jurídicos de la administración pública o recta impartición de justicia, la afectación al bien jurídico funcional resulte poco significativa y la infracción al deber funcional tenga o haya tenido como respuesta adecuada el reproche y la sanción disciplinarios. Cuando en delitos contra el patrimonio económico, el objeto material se encuentre en tan alto grado de deterioro respecto de su titular, que la genérica protección brindada por la ley haga más costosa su persecución penal y comporte un reducido y aleatorio beneficio.

48 12. Cuando la imputación subjetiva sea culposa y los factores que la determinan califiquen la conducta como de mermada significación jurídica y social. 13. Cuando el juicio de reproche de culpabilidad sea de tan secundaria consideración que haga de la sanción penal una respuesta innecesaria y sin utilidad social. 14. Cuando se afecten mínimamente bienes colectivos, siempre y cuando se dé la reparación integral y pueda deducirse que el hecho no volverá a presentarse.

49 17. Cuando los condicionamientos fácticos o síquicos de la conducta permitan considerar el exceso en la justificante como representativo de menor valor jurídico o social por explicarse el mismo en la culpa.

50 Terminación de la Investigación con Formulación de la Pretensión Penal

51 INVESTIGACIÓN Persecución sin Jurisdicción
PRECLUSIÓN ARCHIVO AFI ACUSACIÓN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

52 ACUSACIÓN Por Aceptación de cargos o Preacuerdos Acusación Normal

53 ACEPTACIÓN DE CARGOS Admisión de la pretensión formulada* por la Fiscalía. Allanamiento. Renuncia a los derechos a la no autoincriminación y al juicio con debate probatorio Comporta una rebaja automática, es decir, es un derecho del imputado No requiere acuerdo

54 Aceptación de Cargos Oportunidades
Audiencia de imputación (hasta la mitad) 293 y 351 Audiencia Preparatoria (hasta la tercera parte) 356#5 Alegación inicial en el Juicio oral (la sexta parte) 367 No se requiere acta porque es en audiencia El Juez respectivo verifica la voluntariedad y convoca a audiencia de individualización de la pena Las Víctimas pueden proponer el incidente de reparación integral

55 En la Audiencia de Imputación
Las normas han generado diferentes dificultades e interpretaciones La posibilidad de preacuerdos se hace menos real Los errores en la imputación asumen mayor gravedad El retracto ante el Juez de conocimiento dificulta la labor de investigación

56 PREACUERDOS Parte de la base de una aceptación, pero la rebaja es negociada. La ley mezcla y confunde. Es una negociación, un acuerdo de voluntades La negociación puede referirse a: Porción o porcentaje de rebaja Quantum de la pena* Cargos formulados Si hubo incremento patrimonial, debe reintegrar la mitad y asegurar el resto

57 Acuerdo de Voluntades Imputado o acusado Fiscalía Libre e Informado
Siempre con el defensor Prevalece el Imputado (Renuncia del Defensor) Fiscalía Discrecionalidad (puede negarse) Directivas Fiscalía General de la Nación Pautas de Política Criminal

58 Procedimiento El acuerdo hace las veces de acusación o conduce inmediatamente a la verificación y obliga al Juez El Juez de conocimiento verifica voluntad, mínimo de prueba y respeto a garantías fundamentales Cita a audiencia de individualización de pena. El acuerdo no incluye el quantum* ni subrogados o sustitutos Las víctimas pueden acudir al incidente de reparación integral o a las otras vías judiciales

59 Dos Modalidades Negociación de cargos Aceptación de cargos
Rebaja de pena compensatoria La negociación recae sobre Eliminación de agravación Eliminación de cargos Tipificación diferente Aceptación de cargos Antes de la Acusación Rebaja hasta la mitad de la pena La negociación recae sobre la rebaja Después de la acusación Rebaja de la tercera parte Sólo voluntad de la Fiscalía, sin negociación de la rebaja

60 Congruencia: Fáctica o jurídica?
Antes de la acusación Congruencia con la imputación Hechos nuevos: Menor punibilidad: no hay problema Mayor punibilidad: mínimo de prueba Negociación de cargos: Mínimo de prueba Después de la acusación Congruencia con la acusación Pruebas nuevas: Menor punibilidad: no hay problema Mayor punibilidad: congruencia jurídica?, mínimo de prueba Negociación de cargos: Mínimo de prueba

61 Finalidades Humanizar la actuación y la pena
Obtener pronta y cumplida justicia Solucionar los conflictos Propiciar la reparación integral Lograr la participación del implicado en la solución de su caso Sin desprestigiar ni cuestionar la administración de justicia

62 Víctimas Las reparaciones efectivas que pueden resultar, pueden aceptarse por las víctimas (incidente de reparación) Si rehúsa, puede acudir a las vías judiciales pertinentes

63 ACUSACIÓN Escrito Formula la pretensión penal
Inicia el proceso, el juicio De los elementos, evidencia e información, se pueda afirmar, con probabilidad de verdad que la conducta existió y el imputado es responsable

64 Requisitos Individualización del acusado Identificación del abogado
Hechos Jurídicamente relevantes Lenguaje comprensible Relación de bienes afectados (comiso) Descubrimiento de prueba (anexo) Copias para el traslado

65 El Inicio del Proceso Penal (antes del juicio oral)

66 AUDIENCIA DE ACUSACIÓN
Tres días después de recibido el escrito Traslado Debate oral de cuestiones formales Competencia, Impedimentos y recusaciones (conoce el superior y remite al competente) Nulidades Requisitos del escrito de acusación, incluido el descubrimiento de prueba (El juez corrige y aclara estas cuestiones)

67 Audiencia de Acusación
Determinación de víctimas y protección (citación a la Fiscalía, protección de testigos) Formulación de acusación por el Fiscal Fija Fecha para audiencia preparatoria

68 AUDIENCIA PREPARATORIA
Observaciones al descubrimiento de prueba de la Fiscalía. Descubrimiento por la defensa Enunciación de la totalidad de pruebas Estipulaciones probatorias Manifestación respecto de los cargos Fija Audiencia de juicio oral (30 días)

69 DESCUBRIMIENTO DE PRUEBA
Comienza con la acusación La Fiscalía lo completa en la audiencia de acusación La defensa lo debe adelantar en la audiencia preparatoria Lo que no sea descubierto oportunamente no podrá aducirse ni ser prueba en el proceso

70 Descubrimiento en la acusación Documento anexo con:
Hechos que no requieren prueba Pruebas anticipadas que se quieran aducir (que no se puedan practicar en el juicio) Identificación de testigos y peritos de cargo Indicación de documentos y elementos que se quieran aducir (testigos de acreditación) Declaraciones o deposiciones Indicación de testigos y peritos de descargo Elementos favorables al acusado

71 Descubrimiento en la Audiencia de acusación
El juez debe velar porque sea lo más completo posible La defensa puede solicitar el descubrimiento de algún elemento de que tenga conocimiento. El juez lo ordenará (3 días)

72 Descubrimiento en la Audiencia preparatoria
Verificación de que lo solicitado por la defensa se haya hecho completo: de lo contrario se rechaza. La Fiscalía puede pedir a la defensa copia de los elementos materiales, declaraciones y demás. Si la defensa piensa alegar inimputabilidad, debe entregar copia de los exámenes técnicos practicados al acusado

73 Prueba sobreviniente Conocimiento de una prueba que debía ser descubierta, después de la oportunidad procesal Se pone en conocimiento del Juez Traslado a las partes Excepcionalmente el juez la puede admitir, sopesando el perjuicio a: Derecho de Defensa Integridad del Juicio

74 Excepciones al Descubrimiento
Legalmente reservadas o secretas Hechos ajenos a la acusación o que no son objeto de prueba Apuntes o archivos de preparación del caso Se descubren y practican pero fuera de la sala de audiencia e imponiendo reserva, las pruebas que Generen perjuicio a otras investigaciones Afecten la seguridad del Estado

75 SOLICITUD DE PRUEBAS Fiscalía y Defensa. Excepcionalmente, el Ministerio Público. Prohibición de pruebas de oficio Libertad probatoria Testimonio, Prueba pericial, prueba documental, inspección, exhibición de elementos materiales.

76 DECRETO DE PRUEBAS El juez decretará las pertinentes y admisibles
Rechazará por: inadmisible, impertinente, inútil, repetitiva, prohibida, ilegal (exclusión). Debe motivar oralmente y proceden recursos. El decreto incluye el orden en que se practican. En todo caso, primero las de cargo y luego las de descargo. Sólo puede decretar testimonio del acusado a solicitud de la defensa Hasta que no esté en firme esta cuestión, la audiencia no termina.

77 JUICIO ORAL Alegación Inicial Declaración Inicial Práctica de Pruebas
Alegatos de las Partes (Receso) Sentido del Fallo Individualización de la Pena

78 FIN Muchas Gracias!!


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