La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Cátedra: Derecho Romano I- 2014/A. Docente:

Presentaciones similares


Presentación del tema: "UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Cátedra: Derecho Romano I- 2014/A. Docente:"— Transcripción de la presentación:

1 UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Cátedra: Derecho Romano I- 2014/A. Docente: Dra. Lorena Collantes Participante: Andrea Mendoza C.I:20.471.341 SAIA Sección “SAIA D”

2 Son las relaciones jurídicas inmediatas entre una persona y una cosa. La figura proviene del Derecho romano ius in re o derecho sobre la cosa (ver Derecho de cosas). Es un término que se utiliza en contraposición a los derechos personales o de crédito. " Es la relación que ejerce directamente la persona sobre la cosa". Características de los Derechos Reales Absolutos: Lo más importante de los derechos reales es que tienen ese carácter de absolutos, carácter erga omnes, pueden hacerse valer por tanto frente al Estado, frente a los particulares, frente a cualquier persona que perturbe el ejercicio del derecho. Preferentes: Son preferentes porque una misma cosa como el caso del inmueble puede ser objeto de varios derechos reales. Se protegen con Acciones Reales: Porque cada uno de esos derechos va a tener sus propias acciones que son los mecanismos, los instrumentos de defensa que tiene el titular del derecho, por ejemplo en el caso de propiedad tendrá la acción de reivindicación, el interdicto, etc, para salvaguardar su derecho de propiedad. Son Prescriptibles: La prescripción es la forma de adquirir un derecho o de extinguirse una obligación por el transcurso del tiempo porque la prescripción puede ser tanto adquisitiva como extintiva. Los derechos reales por ejemplo el derecho de propiedad se puede adquirir con el transcurso del tiempo. En Roma existía lo que nosotros denominamos como prescripción adquisitiva, ellos lo designaban Usucapio, era la forma de adquirir la propiedad de una cosa con el transcurso del tiempo. Se adquieren por los modos legales: En el Derecho Romano por los modos considerados tanto por el Derecho Civil como por el Derecho de Gentes. Son Expresos: Porque la legislación en Roma tanto el Derecho Civil como el Derecho de Gentes, sobre todo el Derecho Civil y el Pretoriano consagraban expresamente cuáles eran esos derechos reales que podían establecerse sobre cosa propia o sobre cosa ajena. Fundamento Surgen ante el estado de necesidad que tienen las personas bien sean naturales o jurídicas de satisfacer una determinada prestación o de realizar un determinado acto, bien fuese de usar, de gozar o de disfrutar y disponer de una cosa.. Clasificación Reales Rústicas Urbanas Personales El usufructo. El cuasi sufructo. El uso. La habitación. Elementos de los Derechos Sujeto Activo: Se denomina Acreedor, puede existir incluso pluralidad de acreedores. Sujeto Pasivo: Se denomina deudor, que está obligado a realizar la prestación a favor del acreedor. Objeto: Es lo que se denomina prestación, es la conducta o el acto que el deudor debe efectuar a favor del acreedor, de acuerdo a ésto la prestación puede adoptar varias modalidades, dar, prestar, hacer y no-hacer que era lo que ellos denominaban como daré, petare, facere o non facere.


Descargar ppt "UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Cátedra: Derecho Romano I- 2014/A. Docente:"

Presentaciones similares


Anuncios Google