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TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO

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Presentación del tema: "TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO"— Transcripción de la presentación:

1 TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO
MERMAS Y DESMEDROS TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO

2 MERMAS Según el diccionario de la real academia española, la palabra Merma significa porción de algo que se consume naturalmente o se sustrae. Según las normas tributarias vigentes se define como la pérdida física en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionadas por causa inherentes a su propia naturaleza o al proceso productivo. Se entiende por merma a la disminución o rebaja de un bien, en su comercialización o en su proceso productivo, debido a la pérdida física que afecta a su constitución y naturaleza corpórea, así como a su pérdida cuantitativa por estar relacionada a cantidades , , ,

3 CLASES DE MERMAS Las mermas de las existencias se producen en el proceso de comercialización o en el proceso productivo. En la evolución de estos procesos se incurren en el transporte, almacenamiento, distribución, producción y venta de estos bienes que afecta su naturaleza y constitución física convirtiéndose en pérdida cuantitativa, es decir estas pérdidas se pueden contar, medir y expresar en unidades.

4 En el proceso comercial por ejemplo
1. La pérdida de peso en kilos del ganado, debido al tiempo que se mantiene encerrado en un medio de transporte en el traslado de una ciudad a otra, que puede comprender muchos kilómetros de distancia. 2. La pérdida en galones o litros por la evaporación de los combustibles, que ocurre en el transporte, depósito y distribución, pérdida que se produce por la naturaleza del bien, que se concreta en la disminución del volumen de este bien que se puede cuantificar. 3. La pérdida en cantidad de litros o mililitros de alcohol, thiner, aguarrás, benzina y otros productos que se evaporan, debido a la manipulación en su distribución y venta por los comerciantes.

5 La pérdida en unidades que se ocasiona por el almacenamiento, trans porte y venta de menajes de vidrios, cristales y otros productos de similar naturaleza. b) En el proceso productivo 1. La disminución en miligramos o kilos de los productos marinos, en el proceso que comprende en el desmembramiento, cercenado y desmenuzado de vísceras, cabezas y aletas, en la industria de conservas de pescado. 2. Las pérdidas en litros y unidades de tinta, papel y otros suministros en el proceso de impresión, compaginación y empastado de libros y revistas, en la industria editorial. 3. La pérdida de cuero, cuerina, badana y gamuza y otros materiales, en la elaboración ción de zapatos, casacas y otras prendas de vestir, en la in dustria del calzado yconfecciones. 4. La pérdida en kilos y unidades de las frutas por descomposición o deterioro que se produce por efecto del tiempo o en el proceso productivo, en la industria de conservas.

6 En el proceso productivo, por ejemplo:
- Las disminución de los productos marinos, en el desmembramiento, cercenado y desmenuzado de vísceras, cabezas y aletas, en la industria de conservas de pescado. - La pérdida de tinta y papel en la elaboración de libros y revistas, en la industria editorial. - La pérdida de cuero y badana, en la elaboración de zapatos para caballeros, en la industria del calzado. - La pérdida por descomposición o deterioro de frutas que se produce por efecto del tiempo o en el proceso productivo, en la industria de las conservas.

7 TRATAMIENTO TRIBUTARIO
El segundo párrafo del inciso c) del artículo 21º del Reglamento de la LIR establece que cuando SUNAT lo requiera, las mermas deben ser acreditadas mediante informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado o por el organismo técnico competente. El informe debe contener por lo menos la metodología empleada y las pruebas realizadas. En caso contrario no se admitirá la deducción

8 ASIENTO CONTABLE ________X_______________ 69 COSTO DE VENTAS XXXX
695 Desvalorización de Existencias 29 DESVALORIZACIÓN DE XXXX EXISTENCIAS 291 Mercaderías x/x Por la desvalorización de existencias del Ejercicio

9 ASIENTO CONTABLE 29 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS XXXX
291 Mercaderías 20 MERCADERÍAS 201 Mercaderías XXXX x/x Por las mermas deducibles como gasto

10 DESMEDROS De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, la palabra desmedro significa estropear, menoscabar, poner en inferior condición algo, significa también disminuir algo, quitándole una parte, acortando, reducirlo, de- teriorar o deslustrar algo, quitándole parte de la estimación o lucimiento que antes tenía

11 Las normas tributarias definen al concepto de desmedro como deterioro o pérdida del bien de manera definitiva, así como a su pérdida cualitativa, es decir a la pérdida de lo que es, en propiedad, carácter y calidad, impidiendo de esta forma su uso, ya sea por obsoleto, tecnológico, cuestión de moda u otros. Esta pérdida es de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados.

12 Por ejemplo Las máquinas de escribir, con la aparición de las computadoras quedaron en desuso, perdiendo el valor que inicialmente tenían. - Las conservas de frutas cuya fecha de vencimiento por efecto del tiempo han sido prescritas. - Los discos «Long Play» quedaron en desuso con la aparición de los nuevos equipos electrónicos que utilizan nuevos dispositivos de información musical, como es el caso de los CD y los MP3 - Las medicinas que tengan sus fechas de vencimiento prescritas. - Las prendas de vestir de damas y caballeros que por el tiempo hayan pasado de moda. - Los disquetes quedaron en desuso ante la aparición de los CD en el mercado; y posteriormente, este último fue superado por la aparición del USB

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14 TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS DESMEDROS
Para que estos desmedros sean considerados como gastos, la autoridad tributaria aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquel, siempre que se comunique previamente a la autoridad en un plazo no menor de seis (6) días hábiles anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes.

15 La autoridad tributaria podrá designar a un funcionario para presenciar dicho acto; también podrá establecer procedimientos alternativos o complementarios a los indicados, toman-do en consideración la naturaleza de las existencias o la actividad de la empresa.

16 CASO PRACTICO La empresa ‘’ GRANOS DE LOS ANDES’’  dedicada a la venta de maíz para la industria panificadora, en el mes de Enero 2016 realizo compra de mercadería por un valor de S/.50, 000 más IGV. Ingresando la existencia al almacén de la empresa. Luego la mercadería fue enviada a otro establecimiento anexo, pero durante el trayecto esta fue dañada debido a la fuerte humedad y lluvias que había al momento del traslado, siendo desechada durante el trayecto, el monto de la perdida es S/.10,000 Cual seria el tratamiento contable y tributario?

17 El inciso c) del artículo 21º del Reglamento de la referida ley, define a las mermas y desmedros de existencias de la siguiente manera: Merma: Pérdida física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo. Desmedro: Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados. Respecto a las mermas, tributariamente deberán encontrarse acreditadas mediante un informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado o por el organismo técnico competente, el mismo que deberá contener la metodología y las pruebas realizadas; de lo contrario la administración no admitirá la dicha deducción. En lo que respecta a los desmedros, la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de Paz, previa comunicación a dicha entidad en un plazo no menor de seis días hábiles anteriores a la fecha en que llevará el dicho acto.

18 Contabilizacion ————————————–x————————————————- 20 Mercaderías 50,000
60 Compras 50,000 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar 9,000 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV – Cuenta propia 42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros 59,000 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas X/x Por la compra de la mercadería adquirida ————————————–x————————————————- 20 Mercaderías 50,000 201 Mercaderías manufacturadas 2011 20111 Costo 61 Variación de existencias 611 6111 X/x Por el ingreso al almacén de la empresa. ————————————-x————————————————–

19 65 Otros gastos de gestión 10,000 659 6593 Mermas anormales 20 Mercaderías 201 Mercaderías manufacturadas 2011 20111 Costo X/x Por la merma anormal sufrida en la mercadería adquirida. ——————————————-x——————————————-

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21 DESECHO ES AQUEL RESIDUO DE MATERIAL RESULTANTE DE CIERTAS OPERACIONES DE FABRICACION, QUE SI TIENE UN VALOR MESURABLE DE RECUPERACION, AUNQUE RELATIVAMENTE REDUCIDO. POR EJM. EL ASERRIN Y PEDAZOS DE MADERA, EN LA INDUSTRIA DEL MUEBLE.

22 Desechos: Corresponde al residuo incidental procedente de ciertos tipos de fabricación, de pequeña cantidad y de un valor relativamente mínimo, susceptible de recuperarse sin que requiera ningún proceso o trabajo adicional. Dicho de otra forma consiste también en los fragmentos o los remanentes del material que quedan después de efectuar ciertas operaciones de fabricación o de haberse terminado algunos tratamientos solo que a diferencia del anterior, tienen un valor monetario o de uso (puede venderse en el mercado, puede utilizarse como material en las operaciones de fabricación o puede usarse como suministro en algunos departamentos de la fábrica).

23 DESPERDICIO ES EL MATERIAL QUE SE PIERDE, EVAPORA O MERMA EN UNA PROCESO DE FABRICACION, O QUE CONSTITUYE UN RESIDUO SIN NINGUN VALOR MESURABLE DE RECUPERACION, POR EJEMPLO LOS GASES, EL POLVO, EL HUMO Y LOS RESIDUOS INVENDIBLES.

24 Desperdicio: Corresponde a la porción o trozos de la materia prima básica que se pierde en la fabricación de un producto, y que no tiene ningún valor de recuperación. Es importante destacar que se generan por el proceso productivo mismo o por su naturaleza, siendo por lo general inevitables (en forma de vapor, polvo, humo, gas, recortes, virutas, etc.). Esto es lo que se conoce normalmente con el nombre de merma. Toda vez que estas no tienen uso adicional ni valor de reventa el efecto del desperdicio en los costos es el de aumentar el costo unitario de producción, ya que el costo total se distribuye entre un número menor de unidades producidas, lo que significa la absorción en el costo de las unidades de productos terminados de todo el material. En opinión de Polimeni, Fabozzi y Adeberg (47), los desperdicios que exceden lo normal deben investigarse por parte de la gerencia, puesto que ello indica posibles ineficiencias en alguna parte del proceso de producción.

25 SUBPRODUCTOS Productos recuperados del material descartado en un proceso principal con un valor bajo. Corresponde a los productos recuperados del material descartado en un proceso principal o procedentes de la fabricación de un producto, que tiene un valor económico aunque es producido incidentalmente en adición al producto principal


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