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Publicada porMariano Romero Pereyra Modificado hace 9 años
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Responsabilidad Jurídica y Gestión Deportiva Alejandro López Sánchez Abogado – Master Derecho de Montaña Técnico EGAM
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PARTE 1- responsabilidad
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El deporte como actividad de riesgo
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Teoría de la Asunción del Riesgo 1.- Voluntariedad consciente en la realización de la actividad. 2.- Sometimiento a un riesgo normal. 3.- El riesgo no haya derivado de una conducta dolosa o negligente del organizador responsable o de un tercero.
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Artículo 1902 CC: - El responsable - El Accidente - La Diligencia Debida -Carga de la prueba
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La Responsabilidad Civil -Contractual y extracontractual: requisitos -Concurrencia de culpas -Artículo 1105 y 1903 CC
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PARTE 2 – Los sujetos
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Montañero Terreno de juego Turismo Activo Guías - TD Material Clube s Federacione s Rescate Seguros Refugios Menores Admón. Publicas
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El organizador y el sistema de Desarrollo de la actividad
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Responsabilidad del propio Deportista: asunción del riesgo y Guía benévolo. Sentencia Barrancos
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Empresas, guías y turismo activo
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PARTE 3 – Turismo Activo
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Actividades en la naturaleza
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Las normas de turismo activo como pauta de conducta
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Se entiende por empresas de turismo activo, aquellas que tengan por objeto fundamental la realización de actividades turístico-deportivas y de ocio, que se practiquen sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio que se desarrollen, sea éste aéreo, terrestre de superficie o subterráneo o acuático y a las que es inherente cierto grado de esfuerzo físico o de destreza. Se consideran empresas de turismo activo aquellas dedicadas a proporcionar, de forma habitual y profesional, mediante precio, actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura que se practican sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio en que se desarrollan, sea éste aéreo, terrestre de superficie, subterráneo o acuático, y a las que es inherente el factor riesgo o cierto grado de destreza para su práctica (Aragón 2008).
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Las titulaciones: TD (empresa y club)
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PARTE 4 - Actividades
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ACTIVIDADES Responsabilidad del organizador. Titular instalación. Actuaciones de sus dependientes. Concurrencia de culpas. EVENTOS
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Accidentes de deportistas -Responsabilidad propia -Responsabilidad del club -¿Acciones judiciales? -¿Asunción del riesgo? -“Lance del juego”
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Los espectadores y los terceros -Asunción del riesgo. -Diligencia y concurrencia de culpas. -La permisividad de la organización.
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Eventos y competiciones deportivas -Responsabilidad: organizador, titular, federación, liga. -Teoría del riesgo. Diligencia debida. - INSTALACIONES DEPORTIVAS (normativas sectoriales UNE, CEN, reglamentos deportivos…) - ¿Quién responde? - Medioambiente
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PARTE 5 - Prácticas
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Atxarte AP Bizkaia 15 marzo 1999
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Caso práctico 1 En el mes de abril de 2004, el demandado XXX, escalador experimentado, llevó a escalar a dos de sus amigos a una importante escuela de escalada del Pais Vasco. Frente a la inexperiencia de los otros dos quienes eran la primera vez que escalaban, se trasladan a uno de los montes de Atxarte, y cuando tras ascender, la víctima estaba descendiendo, siendo ayudado y dirigido por XXX, se produce el fatal desenlace, cuya causa se encuentra, tal y como relata éste a los pocos días de ocurrido el siniestro ante la policía.” El atestado policial que recoge la declaración de XXX señala que “yo me encontraba asegurando y “la víctima” bajando cuando se acabó la cuerda y se salió del ocho, esto es un aparato con el que asegura. La vía que estábamos haciendo sería de grado 5+ ó 6 A, esto no influye para lo que nos encontrábamos haciendo ya que se trataba de bajarle. Al llegar a una especie de repisa, a la cual se sube para iniciar el ascenso o se llega en la bajada, y que tiene acceso a pie, me venció el peso y al quedar poca cuerda, tenía 55 metros, se escapó del aparato y con las manos no pude bloquearla ».
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GREDOS Sentencia AP Cuenca Rec AP 64/2010
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Caso práctico 2 “El objeto del presente pleito no es otro que la reclamación, por la parte actora y aquí apelante, de una indemnización en virtud de las lesiones que sufrió el 12 de marzo de 2006, y que según alega en la demanda, tras inscribirse, siguiendo instrucciones del coordinador, en el curso de alpinismo Nivel II, siendo que aquel día, sin ningún elemento de seguridad y sin que el profesor le diera las instrucciones precisas ni adoptara medidas en aras a evitar un posible accidente, al momento de parar en el ascenso al Pico de Almanzor (Sierra de Gredos) a unos 100 metros de altitud, al ir a posar su cuerpo sobre una piedra bastante grande, cayó al suelo resbalándose por la pendiente, con una caída de 100 metros y 50 grados de inclinación, hasta llegar a la base donde se había iniciado el ascenso.
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Caso práctico 2 “Para ello demandó a la Federación de Deportes de XXX (entidad que organizó el curso), a D. XXX (monitor del curso), y a su compañía de seguros XXX; ejercitando en la demanda rectora acción por culpa contractual (así manifiesta que el justificante de pago del curso "acredita la relación contractual entre las partes", "entre las partes litigantes existe una relación contractual derivada de una prestación de servicios que se realiza a cambio de un precio determinado", y con respecto a la acción dirigida contra D. XXX”.
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Sierra Nevada AP Granada Rec. Ap 417/2004
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Recomendaciones: -Seguros. -Consentimiento informado. -Información: concentraciones, actividades… -Cumplir con normativa específica.
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PARTE 6 - Responsabilidad
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Responsabilidad Patrimonial Culpa in vigilando Culpa in eligendo Mantenimiento Contratación
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Responsabilidad Penal Tipos La culpa Menores Atestados Instrucción
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Responsabilidad Mercantil -Tipos de sociedades -Administradores -Normas sectoriales -Concursal
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MUCHAS GRACIAS a.lopez@campoiv.es
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