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DE / FROM:TRIANA, URIBE & MICHELSEN PARA / TO:NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS / OUR CLIENTS AND FRIENDS REFERENCIA / REFERENCE:NUEVOS CONTROLES DE ADUANA PARA.

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Presentación del tema: "DE / FROM:TRIANA, URIBE & MICHELSEN PARA / TO:NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS / OUR CLIENTS AND FRIENDS REFERENCIA / REFERENCE:NUEVOS CONTROLES DE ADUANA PARA."— Transcripción de la presentación:

1 DE / FROM:TRIANA, URIBE & MICHELSEN PARA / TO:NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS / OUR CLIENTS AND FRIENDS REFERENCIA / REFERENCE:NUEVOS CONTROLES DE ADUANA PARA PROTEGER LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA / NEW CUSTOMS CONTROLS ARE IMPLEMENTED IN COLOMBIA TO PROTECT THE INTELLECTUAL PROPERTY Desde el 26 de enero de 2007 rige en la República de Colombia el Decreto 4540 de 2006, por medio del cual se adoptan controles en aduana para proteger la Propiedad Intelectual; los cuales aseguran una más eficaz y segura protección de los derechos de propiedad intelectual de sus legítimos titulares en Colombia. En TRIANA, URIBE & MICHELSEN, Firma especializada en Propiedad Intelectual, velamos por los derechos de nuestros clientes. Por lo tanto, además de poner el presente decreto en su conocimiento, es nuestro interés recordarles la invitación extendida por la DIAN a colaborar en su campaña antipiratería, la cual toma como principal herramienta de protección marcaria, la de las Medidas en Frontera, reguladas por la Decisión 486 de la Comunidad Andina. La DIAN está creando un directorio conformado por los propietarios de los registro de las principales marcas en Colombia y en el mundo. Decree 4540 of 2006, which implements a number of customs border measures to protect intellectual property, came into force in Colombia on January 26 2007. The measures contained on said decree assure a more efficient and certain protection of the Intellectual Property rights of its titleholders, in Colombia. In TRIANA, URIBE & MICHELSEN, Law Firm specialized on Intellectual Property, we look after our clients´ rights. In view of the foregoing, additional to informing you of the alter Decree, we want to remind you of the invitation of the Colombian customs authority, the National Direction of Taxes and Customs (DIAN) has extended to join its antipiracy campaign, which takes as its main tool for trademark protection, the Border Measures, ruled by Decision 486 of the Andean Community. The DIAN is creating a database including pertinent information of trademark owners, to facilitate their contact in case of a border infringement. Once these trademarks are included in the DIAN´s database, said entity may enforce ex officio Decree 4540 of 2006, with which the clients´ trademarks will be duly protected. Subsequently, you may find a brief summary of said decree.

2 Lo anterior, con el fin de contactarse rápidamente con el propietario del registro marcario y con su apoderado, en el caso de encontrarse una infracción marcaria en fronteras. Una vez queden registradas las marcas de los clientes en el directorio de la DIAN, dicha entidad puede proceder a aplicar el Decreto 4540 de 2006 de oficio, con lo cual sus derechos marcarios quedan debidamente protegidos. A continuación encontrará un esbozo de dicho decreto. El Decreto 4540 de 2006 establece la intervención de la Autoridad Aduanera en relación con las mercancías supuestamente piratas o portadoras de una marca falsa, vinculadas a una operación de Importación, de Exportación o de Tránsito. Igualmente, la norma en mención faculta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para suspender provisionalmente la Importación, Exportación o Tránsito de mercancías supuestamente piratas o con marca falsa, mientras la autoridad competente resuelve sobre la existencia o no de tal circunstancia. Decree 4540 of 2006 empowers the DIAN to suspend provisionally the import, export or transit of supposedly counterfeit merchandise while the competent authority decides as to whether the products are indeed counterfeit. IP rights owners can initiate the new procedure with a petition to DIAN, requesting the provisional suspension of the import, export or transit of goods which the IP rights owner suspects of infringing its rights. Parallel to this, the IP rights owner must file a criminal complaint or a civil action for infringement to the relevant authority. The petition for provisional suspension must be filed by the owner of the right or by its legal representative. Among other things, the petition must contain:  the name of the owner of the IP right, including its company name and the address of the authorized user of the IP right in Colombia;  documentary proof of the IP right itself (ie, a certificate of registration, in the case of a trademark); and  a detailed description of the genuine product covered by the IP right at issue and its place of manufacture.

3 El procedimiento se inicia con la solicitud por parte del titular de un Derecho de Propiedad Intelectual vinculado a mercancías objeto de Importación, Exportación o Tránsito, a la Administración de Aduanas de la suspensión provisional de dicha operación. Paralelamente, el solicitante deberá interponer denuncia o demanda civil por la usurpación del derecho de autor y de propiedad industrial, la cual será resuelta por la autoridad judicial competente. La presentación de la solicitud tiene como consecuencia la suspensión del término de almacenamiento o la imposibilidad de obtener la entrega directa de la mercancía, evento en el cual se ordenará el traslado de la misma a un depósito. Cuando la decisión de la autoridad competente declare la piratería o la falsedad marcaria, la autoridad aduanera rechazará el levante, la autorización de embarque o el Tránsito de la mercancía, la cual quedará a disposición de la autoridad competente. Por otro lado, si se concluye que no existe piratería o falsedad marcaria, la operación aduanera podrá continuar normalmente. Mientras la autoridad competente resuelve sobre el fondo del asunto, las mercancías permanecerán retenidas en el depósito o zona franca a disposición de la Aduana. The DIAN will admit or reject a petition by means of a writ. If the petition is admitted, the writ will:  order the suspension of the import, export or transit of the suspect goods;  order the IP rights owner to post a bond;  provide notification to the relevant warehouse; and  authorize the IP rights owner to examine the merchandise, in the presence of Customs. During the infringement investigation, the goods will remain in a warehouse or free trade zone, and the DIAN will be in charge of their administration and safe- keeping. If the merchandise is found not to be counterfeit, the goods will be released. On the other hand, if they are found to be counterfeit, the DIAN will not deliver them up directly to the IP rights owner, instead it will continue to keep them in storage in a warehouse pending further procedures. For further information regarding Decree 4540 of 2006, please do not hesitate to contact us: tum@tumnet.com. Telephone (571) 601-9660. Fax: (571) 611- 4209. tum@tumnet.com

4 Así las cosas, el Decreto 4540 de 2006, y el Directorio marcario de la DIAN, conformado por los propietarios de registros marcarios en Colombia y en el mundo, proveen una mayor protección a los titulares de un Derecho de Propiedad Intelectual, puesto que tras presentarse una denuncia o demanda civil por usurpación de derechos de propiedad industrial o del derecho de autor y la solicitud de suspensión provisional de Importación, de Exportación o de Tránsito de mercancías supuestamente piratas o de marca falsa, la Autoridad Aduanera queda facultada para suspender la operación aduanera en las mercancías provisionalmente mientras la autoridad competente resuelve sobre la existencia o no de tal circunstancia. Para más información sobre el Decreto 4540 de 2006, por favor no dude en ponerse en contacto con nosotros a: tum@tumnet.com. Teléfono: (571) 601-9660. Fax: (571) 611-4209. tum@tumnet.com


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