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Publicada porLolita Ozuna Modificado hace 11 años
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LAS 200 MILLAS MARÍTIMAS Estudiante: Gianella Ariana Veas Salazar
Profesora: Miriam Díaz Marín I.E.P.N.P: Neptali Valderrama Ampuero Grado y sección: 6to «B» de primaria Arequipa 2012
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La tesis de las 200 millas marítimas
Concepto: El mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Según la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. De acuerdo a los datos tomados de las Naciones Unidas,[1] los siguientes países reclaman mares territoriales de más de 12 millas náuticas: Benín, República del Congo, República del Ecuador (sólo entre las islas Galápagos y el continente), República de El Salvador, República de Liberia, República del Perú y Somalia, todos estos países reclaman un mar territorial de 200 millas náuticas. Togo reclama 30 millas y la República de las Filipinas un rectángulo de más de 12 millas en torno al archipiélago.
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Antecedentes A inicios del siglo XVII, basado en principios de derecho romano, Hugo Grocio postuló la "doctrina del mar libre" en su obra Mare Liberum (Mar Libre), según la cual los mares no podía ser sujetos de apropiación, porque no eran susceptibles de ocupación, como las tierras, y por ello debían ser libres para todos ("libertad de los mares"). Sin embargo, en el siglo XVIII Cornelius van Bynkershoek logró sentar el principio según el cual el mar adyacente a las costas de un país quedaba bajo su soberanía. La extensión de esta franja marina cercana al borde costero quedó entregada, en general, a la capacidad de control que el Estado podía ejercer sobre ella. Por ello, el criterio utilizado para fijar su anchura fue la posibilidad de control desde la costa, que permitió el surgimiento de la norma de las tres millas marinas, basada en la tesis de la "bala de cañón" (de Galiani). En el siglo XX muchos Estados expresaron la necesidad de extender el mar territorial, con el fin de proteger los recursos pesqueros y mineros y aplicar medidas de control y fiscalización para evitar contaminación del área. Esta situación fue reconocida por la Sociedad de Naciones y por la Conferencia de La Haya sobre Codificación del Derecho Internacional de En esta conferencia no se logró ningún acuerdo para establecer la anchura para el mar territorial, aunque se reconoció la existencia de una zona contigua, de una extensión máxima de 12 millas marinas. A mediados del siglo XX, en el ámbito latinoamericano surge la tesis de las 200 millas marinas que se vio precedida, entre otras, por la Declaración de Panamá de 1939, cuyo objeto era, atendidos los potenciales peligros que la guerra mundial podía generar en las aguas americanas, el establecimiento de una zona de protección alrededor del continente americano, cuya extensión variaba entre 300 y 1200 millas; la Resolución VIII sobre Extensión del mar territorial, de la Segunda Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores de La Habana en 1940; la recomendación del Comité Jurídico Interamericano de 1941 de extender el mar territorial hasta las 12 millas marinas y las declaraciones de 1945 del Presidente de Estados Unidos Harry Truman sobre Plataforma Continental
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Las declaraciones del Presidente Truman constituyeron un detonante para diversas declaraciones unilaterales latinoamericanas, emitidas al concluir la Segunda Guerra Mundial, que terminaron por decantar en la tesis de una zona económica exclusiva de 200 millas de extensión, reconocida en la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1982. Según las tesis latinoamericanas (propiciadas por Chile, Ecuador y Perú) anteriores a la Convención, más allá del mar territorial, el Estado ejerce ciertas competencias con fines específicos de protección, conservación, explotación y exploración de los recursos naturales, vivos y no vivos, situados en el lecho del mar, el subsuelo o las aguas suprayacentes, hasta una distancia de 200 millas marinas (370,4 km). Chile fue el primer país en efectuar la Declaración de Soberanía sobre la zona de 200 millas, como respuesta a las explotaciones abusivas de los recursos en el mar por parte de las grandes potencias y porque además carece de una plataforma continental extensa, lo que motivó a declarar soberanía sobre los recursos del mar superyacente al lecho marino. Finalmente en la Convención del Mar se estableció que todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas, medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con la misma Convención y una zona económica exclusiva, de una extensión máxima de 200 millas, medidas desde las líneas de base según las cuales se mide la anchura del mar territorial donde el Estado ejerce ciertas competencias específicas señaladas en la misma Convención.
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Régimen jurídico El mar territorial es el territorio sumergido del Estado y la soberanía sobre el mismo es un corolario de aquella que se posee sobre el territorio terrestre. La razón determinante de este reconocimiento de soberanía estatal sobre el mar adyacente a sus costas consiste en que ello es indispensable a su seguridad y a la protección de sus legítimos intereses. Sin embargo, existen limitaciones establecidas por el Derecho internacional a la soberanía que posee el Estado respecto a su mar territorial y la más importante de ellas es el derecho de paso inocente que por esas aguas tienen los barcos de los demás Estados. El mar territorial se asemeja a las aguas interiores en que está sujeto a la soberanía del Estado ribereño, pero difiere de ellas en que esta soberanía se halla limitada por el derecho de tránsito inocuo de pabellones extranjeros. La anchura del mar territorial se establece en el artículo 3 del Convención del Mar: “Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base...” Cuando las costas de dos Estados son adyacentes o se hallen situadas frente a frente, ninguno de dichos Estados tiene derecho, salvo acuerdo en contrario, a extender su mar territorial más allá de una línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada uno de dichos Estados. Salvo que por la existencia de derechos históricos o por otras circunstancias especiales, sea necesario delimitar el mar territorial de ambos Estados en otra forma (artículo 15 de la Convención del Mar).
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El diferendo marítimo entre Perú y Chile
La controversia de delimitación marítima entre Chile y el Perú es un diferendo planteado por la República del Perú a la República de Chile sobre la soberanía de una zona marítima de aproximadamente km² en el océano Pacífico. El diferendo se refiere al área marítima comprendida entre el paralelo que cruza el punto donde termina la frontera terrestre entre Chile y el Perú en la línea de la Concordia (el «Hito n.º 1» según Chile y el «Punto Concordia» según el Perú) y la línea bisectriz a las perpendiculares a las costas chilenas y peruanas, formada por la superposición de las líneas de base de ambos países que son sucesiones de puntos que determinan donde termina el borde costero y, en consecuencia, empieza el mar territorial propiamente, de los cuales unos km² son considerados como soberanos por Chile y respecto de los cuales el Perú pide una división equitativa . Se suma a lo anterior, la disputa sobre un pequeño sector en tierra firme de una superficie de m² o 3,7 ha derivada de la divergencia en relación al punto final de la frontera terrestre, e inicio de los límites marítimos entre ambos países, de acuerdo al Tratado de Lima de 1929, que según el Perú se encuentra en la costa, en la orilla del mar («Punto Concordia» según el Tratado de Lima del 3 de junio de 1929), y que Chile considera que se encuentra 182,3 metros tierra adentro («Hito n.º 1» y «Orilla del mar» según el Acta de Lima del 5 de agosto 1930). Los antecedentes de esta controversia se remontan a mediados de los años En 1985, el entonces ministro de Relaciones Exteriores del Perú Allan Wagner habría sido el primero en abordar formalmente este asunto, con el ministro de Relaciones Exteriores de Chile de la época, Jaime del Valle; al año siguiente, el embajador peruano Juan Miguel Bákula Patiño sostuvo una entrevista con el canciller chileno Jaime del Valle sobre esta materia, de la cual surgió una nota diplomática, fechada el 23 de mayo de Mediante la nota antes señalada, entregada por la embajada peruana en Santiago de Chile, el Perú manifestó a Chile su posición en torno a la necesidad de suscribir un tratado de límites marítimo, bajo la premisa que era preciso alcanzar una delimitación formal y definitiva de los espacios marinos, que complementan la vecindad geográficos entre el Perú y Chile; la respuesta chilena fue de estudiar el problema. Chile ratificó la Convención sobre el Derecho del Mar en 1997 y, de conformidad a sus normas, en septiembre del 2000, depositó ante las Naciones Unidas sus cartas náuticas donde indicaba el paralelo como frontera marítima entre los dos países; ante ello el Perú formalizó su posición sobre el tema, mediante una nota enviada a las Naciones Unidas el 7 de enero de 2001, en la cual no reconoce la línea del paralelo como límite marítimo entre los dos países. La discusión pública sobre este tema se reactivó en 2005, cuando el Congreso del Perú comenzó a tramitar un proyecto de ley sobre determinación de las líneas de base de dominio marítimo, estableciendo la anchura del dominio marítimo del Perú hasta la distancia de 200 millas marinas, utilizando una línea bisectriz en la zona sur, limítrofe con Chile; dicha ley fue aprobada y promulgada el 3 de noviembre de El 16 de enero de 2008 el gobierno del Perú inició en la Corte Internacional de Justicia el "Caso concerniente a la delimitación marítima entre la República del Perú y la República de Chile"
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Tesis de Chile y de Perú Chile afirma que el limite marítimo parte desde el Hito # 1 mientras que el Perú afirma que el limite parte desde el Punto de la Concordia, y los peruanos para no tener una posterior guerra accedieron a un acuerdo (dividir el territorio por la mitad) a lo que Chile no accedió y lo que se discute en la Haya es si Chile se quedará con el territorio o se dividirá entre los dos países.
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Veamos todo en unos grafismos:
El Perú por no quitar las islas a Ecuador, la primeria línea de las millas es recta, mientras que las otras empiezan a inclinarse por la posición del Perú.
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Los peruanos pusimos el Hito # 1 en tierra para que no se llevara nuestro poste el agua y bueno los chilenos dicen que les pertenece desde el Hito # 1 en línea recta; los peruanos no vamos nuestro territorio marítimo , lo que hemos acordado es en dar desde le Punto de la Concordia y partir a la mitad el territorio.
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Chile quiere nuestro territorio gracias a que en Ecuador hace demasiado calor y en Chile demasiado frio y por lo tanto no hay mucha actividad pesquera; mientras que en Perú chocan las dos corrientes y tenemos un agua templada y gracias a ello tenemos bastante ( actividad pesquera) riqueza marina
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Gracias
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