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Publicada porMariano Peralta de la Cruz Modificado hace 9 años
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ADUANAS Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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ADUANAS La aduana es una oficina pública gubernamental, aparte de ser una constitución fiscal, situada en puntos estratégicos, por lo general en costas, fronteras o terminales internacionales de transporte de mercancía o personas como aeropuertos o terminales ferroviales, siendo esta oficina la encargada del control de operaciones de comercio exterior, con el objetivo de registrar el tráfico internacional de mercancías que se importan y exportan desde un país concreto, y cobrar los impuestos que establezcan las aduanas, se podría afirmar que las aduanas fueron creadas para recaudar dicho tributo, y por otro lado regular mercancías cuya naturaleza pudiera afectar la producción nacional, la salud publica, la paz o la seguridad de una nación. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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HISTORIA Y EVOLUCIÓN DE ADUANAS A NIVEL MUNDIAL
Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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ETIMOLOGÍA DE ADUANA La palabra “aduana” procede del árabe “adayuán” que significa "registro o libro de cuentas«. Otros hacen derivar de la palabra árabe “al diovan”, "casa o lugar donde se reunían los administradores de finanzas para la percepción de derechos o impuestos". Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Las referencias más antiguas las encontramos en el V milenio antes de Cristo, según el tratadista Salvador Oria, en los pueblos del Sumer, a lo que agrega Pesagno, la India es el primer pueblo que adoptó el régimen de derechos aduaneros, donde al parecer existía una tal percepción a la entrada y a la salida de mercancía en su territorio. La llegada de Alejandro Magno a sus fronteras le permitió conocer de la existencia de tal impuesto: Poco después, fue establecido en Grecia bajo el tipo único de 2% sobre el valor de las mercancías. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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En Roma que se estableció un verdadero impuesto sobre el comercio exterior con la finalidad de obtener fondos para el “erarium”. Comenzaron a percibirse en el puerto Ostia bajo la denominación de “portorium”, extendiéndose posteriormente su aplicación a medida que se ampliaba el territorio romano. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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En la Edad Media se vuelve a los impuestos personales (directos), no existiendo en sus principios Hacienda Pública, ni verdaderos impuestos. Los señores feudales imponían a sus vasallos capitaciones e impuestos territoriales y cobraban ciertos derechos por la circulación de las personas y de las cosas (peaje, portaje, puntazgo, barcaje) y sobre las transmisiones de la propiedad y las sucesiones. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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A fines del siglo XVIII y principios del XIX, los países europeos concluyen por abolir las aduanas interiores (Francia en 1790 y Alemania en 1819 con la unión aduanera entre sus diversos estados). Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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A lo largo de la historia ha existido un gran interés de los estados en la búsqueda de un lenguaje común para la clasificación de las mercancías objeto de comercio internacional, y con el desarrollo de las sociedades industrializadas cobró gran importancia saber el nivel de tal comercio aún cuando no se aplicaran impuestos o peajes. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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BREVE RESEÑA HISTÓRICA DE LA ADUANA EN EL PERÚ
Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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La Oficina de Aduanas es una de las más antiguas instituciones públicas en la historia del Perú, que se remonta a la época de la consolidación económica y política del virreinato español; cuya administración tenía el principal objetivo de obtener mayores recursos financieros para la Corona. El impuesto pagado sobre las mercancías que entran o salen del reino se llamaba «almojarifazgo». Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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El almojarifazgo era un impuesto del 10% sobre todos los tipos de productos importados, y el importe se calcula sobre el valor de las mercancías en las Indias y no en el precio de estos tendrían en el puerto original de embarque. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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A medida que el puerto del Callao ganado en importancia, con el tiempo se convirtió en el eje fundamental de todo el comercio de América del Sur, la recaudación de impuestos provenientes de este flujo económico también se convirtió cada vez más importante Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Así, a través de una Real Orden expedida el 15 de noviembre de 1770, la Real Aduana fue creado por el virrey Manuel Amat y Juniet. Aunque los términos de esta resolución fueron lo suficientemente amplia y clara, sobre todo en la transferencia de la responsabilidad de la recolección de los impuestos especiales y las oficinas de almojarifazgo de la Real Aduana, las operaciones de la nueva institución requiere regulaciones precisas. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Al comienzo del siglo 20, las actividades aduaneras fueron practicadas por la Superintendencia de Aduanas, posteriormente consolidada en 1947 con la creación del Consejo Nacional de Comercio Exterior y el Consejo Superior de Aduanas. Estas fueron creadas durante el gobierno del presidente José Luis Bustamante y Rivero, como instituciones responsables de supervisar el flujo del comercio exterior y de divisas, y entre otras medidas de no permitir la importación o exportación de mercancías sin presentación previa y autorización. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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El proceso de modernización iniciado en 1992, con una secuencia de mejoras administrativas y de procedimiento, se destacó durante el año 1996, cuando la intendencia operativa descentralizada comenzó el intercambio de información comercial en línea. Modernización siguiente: Se trata de un proceso de mejora continua, la comprensión de que la facilitación del comercio internacional va de la mano con el mundo de avances tecnológicos. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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La necesidad de consolidar y mantener los niveles alcanzados en el proceso de modernización, hizo el Gobierno dará una nueva Ley de Aduanas en 1996. Esta Ley de Aduanas establece claramente en su artículo 3 º, que "para la prestación de los servicios aduaneros, la Administración de Aduanas tendrá que ajustar su sistema de calidad a las demandas de la Garantía de Calidad Normas Internacionales". Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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DERECHO ADUANERO Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Definición El Derecho aduanero es una rama del Derecho administrativo, del Derecho tributario y del Derecho comercial que se encarga de regular el tráfico de mercancías ya sea tratándose de importación o exportación, además de imponer sanciones a los particulares que incurran en infracciones hacia estas regulaciones. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Conjunto de normas legales y reglamentarias que determinan el régimen fiscal al cual deben someterse los importadores, exportadores, agentes marítimos, despachantes de aduanas y en general, quienes realicen operaciones con mercaderías a través de las fronteras de la República, por vías marítimas, aéreas, terrestres y postales Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO ADUANERO
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Principio de facilitación del comercio exterior
Los servicios aduaneros son esenciales y están destinados de facilitar el comercio exterior, a contribuir con el desarrollo nacional y a velar por el control aduanero y el interés fiscal. Participación de agentes económicos Gestión de la calidad y uso de estándares internacionales Publicidad Cooperación e intercambio de información Procurar eliminar barreras arancelarias, restricciones y prohibiciones Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Principio de Buena fe y presunción de veracidad Por le principio de la buena fe, la autoridad aduanera acepta como verdaderos los datos consignados en las declaraciones y por el principio de la presunción de veracidad acepta como verdaderos los documentos aduaneros. En ambos principios no se limita la función fiscalizadora de la autoridad aduanera. Son base para todo trámite y procedimiento administrativo aduanero de comercio exterior. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Principio de Legalidad
Supone el cumplimiento de la Ley en materia aduanera. Art. 74° Constitución Política del Perú: «Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establecen exoneraciones exclusivamente por Ley» Este principio se plasma el la Ley General de Aduanas, cuyo cumplimiento está dirigido a toda persona, mercancía y medio de transporte que crucen las fronteras aduaneras. Elementos Espacio Tiempo Publicidad Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Principio de Fiscalización
Comprobar declaraciones, mercancías, hechos y personas que participan, directa o indirectamente en operaciones de comercio exterior, con el objetivo de lograr el cumplimiento voluntario de normas aduaneras. Control Ingreso Personas Permanencia Mercancías Traslado Transportes Salida Allí podemos recordar la aplicación de los canales aduaneros a la mercancía; cuya aplicación se traduce en el reconocimiento físico y la revisión documentaria. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Principio de Control CLASIFICACION
Acciones de Control Ordinario Aquellas que corresponden adoptarse para el trámite aduanero de ingreso, salida y destinación de mercancías: Reconocimiento físico y Revisión documentaria. Son acciones que son parte del proceso de despacho aduanero. Acciones de Control Extraordinario Son acciones que dispone la autoridad aduanera de manera adicional a las ordinarias; como por ejemplo los operativos inusitados. La realización de estas acciones no operan de manera formal ante un trámite aduanero regular; se disponen antes, durante o después del trámite de despacho Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Principio de Responsabilidad
Es la capacidad existente en todo sujeto activo de un derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente. En materia aduanera los operadores de comercio exterior que intervienen en los procedimientos aduaneros son responsables, administrativa, tributaria, civil y penalmente del incumplimiento de sus obligaciones; responden ante la aplicación de sanciones, pago de tributos, daños y perjuicios y en su caso restricciones de su libertad personal. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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LEY GENERAL DE ADUANAS Decreto Legislativo Nº 1053
Es la institución pública que se encarga de administrar, controlar y fiscalizar el tráfico internacional de mercancías que se importan o exportan desde un país en concreto; así mismo se encarga de recaudar los derechos e impuestos que se aplican a la importación, a la exportación dentro del marco de la Ley y dentro del territorio aduanero. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Funciones de Aduanas Administrar Recaudación Control Fiscalización
La Ley General de Aduanas tiene por objeto regular la relación jurídica que se establece entre la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y las personas naturales y jurídicas que intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías hacia y desde el territorio aduanero. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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PRINCIPIOS GENERALES - LGA
Facilitación del comercio exterior. Cooperación e intercambio de información. Participación de agentes económicos. Gestión de la calidad y uso de estándares internacionales. Buena fe y presunción de veracidad. Publicidad. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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CONCEPTOS GENERALES Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Administración Aduanera
Órgano de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria competente para aplicar la legislación aduanera, recaudar los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo así como los recargos de corresponder, aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los regímenes aduaneros, y ejercer la potestad aduanera. El término también designa una parte cualquiera de la Administración Aduanera, un servicio o una oficina de ésta. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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La Administración Aduanera se encarga de la administración, recaudación, control y fiscalización aduanera del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Potestad Aduanera Facultad de Aduanas para aplicar las normas legales y reglamentarias, que regulan las actividades aduaneras y el paso de personas, medios de transporte y mercancías por el territorio aduanero, así como exigir su cumplimiento. La ADUANA es el organismo, que controla el ingreso y salida de mercancías por nuestro territorio, ésta facultad es dada por Ley. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Jurisdicción Aduanera
Capacidad de ejercer la potestad aduanera dentro de un territorio determinado. (territorio aduanero) Intendencias de ADUANAS (21 a nivel nacional) Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Territorio Aduanero Parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y aéreo, dentro del cual es aplicable la legislación aduanera. Las fronteras del territorio aduanero coinciden con las del territorio nacional. La circunscripción territorial sometida a la jurisdicción de cada Administración Aduanera se divide en zona primaria y zona secundaria. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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Destinación Aduanera Manifestación de voluntad del dueño o consignatario de una mercancía, indica el régimen aduanero que debe darse a la mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera. Lic. Eduardo Jiménez Bustamante
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