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Consejo Consultivo Bogotá, Junio de 2013. AGENDA Verificación de Quórum. Presentación propuesta de criterios y mecanismos de elección Consejo Consultivo.

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1 Consejo Consultivo Bogotá, Junio de 2013

2 AGENDA Verificación de Quórum. Presentación propuesta de criterios y mecanismos de elección Consejo Consultivo LGBT Varios.

3 CRITERIOS Y MECANISMOS DE ELECCIÓN Curules faltantes Consejo Consultivo LGBT 2013

4 ELECCIONES 2013: CURULES FALTANTES CONSEJO CONSULTIVO LGBT MUJERES LESBIANAS PERSONAS BISEXUALES DERECHOS A LA SALUD, TRABAJO Y VIDA Y SEGURIDAD

5 ¿QUIEN PUEDE VOTAR Y COMO DEBE INSCRIBIRSE?

6 Votarán las personas de los sectores LGBT que se inscriban en el periodo establecido para ello. Una vez cerrado el plazo para la inscripción de las personas de los sectores LGBT interesadas en votar, el IDPAC divulgará el listado con las personas inscritas señalando, si es el caso, cuáles fueron las inhabilitadas para votar y las razones de su inhabilidad. Luego de la publicación dará un plazo para que las personas de los sectores LGBT inhabilitadas realicen las apelaciones o subsanaciones a las que haya lugar. El IDPAC divulgará con cinco (5) días de anterioridad al de las elecciones la lista de las personas de los sectores LGBT inscritas y habilitadas para votar. Las personas de los sectores LGBT inscritas podrán votar una sola vez por una (1) de las dos (2) circunscripciones por identidades vacantes para esta elección: una representante de las mujeres lesbianas y una o un representante de las personas bisexuales. Las personas de los sectores LGBT inscritas también podrán votar una sola vez por una (1) de las tres (3) circunscripciones de las actividades sociales relacionadas con los derechos a la Salud, el Trabajo y Vida y seguridad.

7 ¿QUIEN PUEDE POSTULARSE Y COMO DEBE HACERLO?

8 Para las circunscripciones por identidades en estas elecciones se podrán postular ciudadanas y ciudadanos de las siguientes identidades: mujeres lesbianas, mujeres y hombres bisexuales. Para las circunscripciones de las actividades asociadas a los derechos de Salud, Trabajo y Vida y seguridad, se podrán postular personas delegadas por organizaciones, grupos, mesas o redes que tengan trabajo en el ámbito de los derechos de las personas de los sectores LGBTI. Las organizaciones, grupos, redes, o mesas que hagan estas delegaciones deberán tener mínimo un (1) año de trabajo interrumpido; de tener menos de un (1) año de constituidas, deberán presentar una carta de una institución pública que dé cuenta del tiempo y tipo de trabajo que ha desarrollado. En ningún caso se reconocerá como postulante una organización, grupo, red, o mesa de menos de 6 meses de conformación. Las postulaciones deberán estipular una identidad de género, orientación sexual o actividad social asociada a un derecho en concreto. Las organizaciones, grupos, mesas y redes podrán presentar una candidatura por las actividades sociales relacionadas con los derechos.

9 Los candidatos y candidatas deberán presentar: –Descripción (en una cuartilla) de su trayectoria de trabajo por los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas, o intersexuales –Propuesta del plan de trabajo que desarrollaría como consejerx consultivx (máximo dos cuartillas). –Manifestación por escrito de su compromiso de mantener interlocución permanente con los sectores LGBTI para concertar, dialogar y recoger las propuestas de quienes representa y de los sectores en general, presentar informes de gestión periódicos a la Alianza, así como participar en los espacios establecidos por la Administración para la articulación con la ciudadanía. –En el caso de las circunscripciones que se elegirán en estas elecciones, es decir las curules vacías de actividades asociadas a los derechos de vida y seguridad y derecho a la salud y derecho al trabajo, deberán adjuntar una carta de la organización que lxs postula firmada por el representante legal, coordinador (a), vocerx o quien hagas sus veces.

10 Las postulaciones deberán presentarse en las fechas previstas en el calendario del proceso electoral y revisadas por un comité de acreditación elegido por el IDPAC. La fecha de cierre de la inscripción de las postulaciones será la misma para el cierre de la inscripción de votantes. No se recibirán postulaciones después de la fecha fijada. El IDPAC divulgará oportunamente el calendario del proceso electoral. Este calendario contemplará un período para la realización de debates públicos con lxs candidatxs al Consejo Consultivo LGBT. Quien asuma una postulación para la representación en el Espacio Autónomo del Consejo Consultivo LGBT: –Tener una trayectoria de trabajo por la reivindicación de los derechos de los sectores LGBTI. –Tener un conocimiento académico o empírico sobre la orientación sexual, identidad de género, o derecho que va a representar. –Ser un líder o lideresa capaz de hacer interlocución con la Administración y con otros actores o actoras sociales de manera crítica, propositiva, analítica y contundente. –Contar con un perfil para concertar, dialogar y recoger las propuestas del sector que representa, así como de los sectores LGBTI en general. –Disponer del tiempo necesario para participar de las reuniones a las que se le convoque y de las instancias a las cuales se delegue.

11 No se podrán postular servidores o servidoras públicas de ninguna entidad pública Distrital o de instituciones adscritas al Distrito, en cuyo objeto contractual o funciones se establezcan responsabilidades en la formulación, implementación, seguimiento o evaluación de la Política Pública para la Garantía Plena de Derechos de Personas LGBT. Esta incompatibilidad será aplicable durante el período de funcionamiento como consejeros o consejeras consultivas LGBT. Si bien lxs candidatxs para las circunscripciones de actividades asociadas a los derechos son avalados por una organización, grupo, mesa o red para poderse postular; en caso de ser elegidos o elegidas representarán a los sectores o actividades sociales para las cuales fueron elegidos o elegidas, no a las organizaciones, grupos o redes que avalaron su candidatura.

12 MECANISMOS DE ELECCIÓN Y OTRAS DISPOSICIONES

13 El IDPAC dará a conocer cinco días antes de las elecciones los nombres de las personas de los sectores LGBTI habilitadas para votar y los nombres de lxs candidatxs inscritxs. El IDPAC garantizará que quienes se postulen den a conocer a la ciudadanía su propuesta de Plan de Trabajo como consejerx consultivx, la discutan y afinen junto con el IDPAC y la Secretaría Técnica del CCLGBT. Las adhesiones o declinaciones deberán informarse luego de la presentación de lxs candidatxs inscritxs y con cinco días de anterioridad a las elecciones. Las personas elegidas como consejerxs consultivxs deberán presentar informes de gestión periódicos a la Alianza, así como participar en los espacios establecidos por la Administración para la articulación con la ciudadanía. Las eventuales renuncias de lxs consejerxs consultivxs deberán presentarse en una sesión de la Alianza por la Ciudadanía Plena de las Personas de los Sectores LGBTI y se dispondrán las inhabilidades que derivan de ese acto.

14 La Alianza creará un instrumento de seguimiento al que hacer de lxs delegadxs del EA en el CCLGBT. En dicho instrumento se incluirán las sanciones a que hubiere lugar. La votación se llevará a cabo mediante dos tarjetones físicos numerados, que deberán ser depositados en una urna destinada para tal fin. Un tarjetón incluirá la información de lxs candidatxs de las circunscripciones por identidades y otro tarjetón con la información de lxs candidatxs de las circunscripciones de las actividades sociales relacionadas con los derechos de Salud, Trabajo y Vida y seguridad, en esta oportunidad. Al finalizar la votación la comisión delegada para el escrutinio de este proceso contará los votos y anunciará públicamente los resultados del proceso electoral. En caso de empate se realizará una segunda votación para elegir entre lxs candidatxs empatadxs, respetando el censo electoral. En caso de segundo empate, se realizará un sorteo con el acompañamiento de la Personería y de la Veeduría Distrital. De existir reclamaciones luego del conteo, estas serán resueltas inmediatamente por el jurado de votación. De haber lugar a apelaciones, estas serán resueltas por el IDPAC en los términos que se pacten dentro de la Alianza.

15 ¿DONDE DEBEN INSCRIBIRSE LOS Y LAS VOTANTES? En todas las Casas de Igualdad para las mujeres y en el Centro de cuidadanía LGBT de Teusaquillo.

16 ¿EN QUE LUGARES SE PUEDE VOTAR? Casa de Igualdad de Oportunidades de Kennedy Centro de cuidadanía LGBT Casa de Igualdad de Oportunidades Usaquén.

17 CRONOGRAMA ELECTORAL Sábado 22 de junio: Alianza por la ciudadanía plena. Socialización de Criterios y mecanismos de elección. Lunes 24 de junio al viernes 12 de julio: Inscripción de candidatos, candidatas y votantes. Miércoles 10 de julio: Publicación del censo electoral y los candidaturas preliminares. (Análisis posibles apelaciones). Martes 16 de julio al viernes 19 de julio: Apelaciones y subsanaciones de inscritos. Miércoles 17 de julio y sábado 27 de julio: Foros con candidatos y candidatas organizados por el IDPAC. Lunes 29 de julio: Publicación del listado DEFINITIVO de personas de los sectores LGBT habilitadaspara votar y de lxs candidatxs inscritxs. Sábado 3 de agosto: Elecciones consejo consultivo.

18 Varios


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