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Publicada porMaría Rosario Ramírez Rico Modificado hace 9 años
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PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO Crédito Productivo Individual
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Programa de Financiamiento Productivo El Programa de Financiamiento Productivo se constituye en el primer producto del Banco de Desarrollo Productivo SAM Dentro del Programa existen dos tipos de créditos: Crédito Productivo Individual : Para emprendedores y micro y pequeñas unidades productivas, hasta un monto de Bs 80.000. Crédito Productivo Asociativo: Para montos mayores a Bs 80.000 para organizaciones productivas con proyectos específicos.
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Programa de Financiamiento Productivo Para otorgar los créditos a nivel nacional, el BDP SAM ha contratado los servicios de tres entidades financieras que son: Banco Unión S.A. Banco Mercantil Santa Cruz S.A. y Prodem FFP S.A.
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CONDICIONES FINANCIERAS PARA CREDITOS INDIVIDUALES Y ASOCIATIVOS TASA DE INTERÉS : 6% anual fija. 0.5% mensual PLAZO: Hasta 12 años En función al flujo de caja de la actividad objeto del financiamiento PERIODOS DE GRACIA: Hasta 24 meses En función al destino del crédito y ciclo productivo de la actividad. SERVICIO DE LA DEUDA: Mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, semestral y estacionalizado o personalizado, de acuerdo al ciclo productivo de la actividad objeto del financiamiento. A capital máx anuales y a intereses máx semestrales
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO CONDICIONES FINANCIERAS DESTINO DEL CRÉDITO : El crédito podrá destinarse al financiamiento de capital de inversión y capital de operaciones. De acuerdo al objetivo del crédito, se podría otorgar financiamiento para capital de inversión y capital de operaciones simultáneamente. MONEDA: Los créditos individuales serán otorgados en Bolivianos
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD GENERALES Ser productor con experiencia en cualquier rubro productivo como textiles, alimentos, cueros, madera, turismo, metalmecánica, cerámica, artesanía, ladrillería, orfebrería. También se financian actividades de turismo (comunitario y ligado a la transformación productiva). Se podrá otorgar créditos a todos aquellos productores que hayan accedido o que tengan créditos vigentes de los programas del Gobierno (TCP-ALBA y otros) siempre y cuando no estén en mora y demuestren tener una adecuada capacidad de pago.
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO Quienes pueden acceder ? Micro y pequeñas unidades productivas tienen al menos un año de experiencia como propietarios de sus unidades productivas y se encuentran por debajo de los siguientes criterios: Activos: Hasta Bs. 400.000 Ventas Anuales: Hasta Bs. 800.000 Emprendedores tienen mínimamente 6 meses de experiencia (por lo menos como empleados dependientes de otra unidad productiva) y requieren el financiamiento para iniciarse como propietario.
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO CRITERIOS ESPECIFICOS El deudor y conyugue no deben tener créditos en el sistema regulado o no regulado exceptuando el crédito de vivienda que debe estar vigente (es decir con pagos al día). El deudor y conyugue no deben tener antecedentes de créditos directos castigados en el sistema financiero regulado y no regulado. (Créditos indirectos se analizarán caso por caso) El deudor debe tener entre 18 y 60 años cumplidos. Si el cónyuge del solicitante se encuentra fuera del país también se puede acceder al financiamiento. El deudor y su cónyuge deben tener nacionalidad boliviana.
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO CONDICIONES FINANCIERAS MONTOS: El monto del crédito se determina en función a la experiencia productiva del solicitante, el destino del crédito, y el flujo de caja del solicitante. Los montos máximos son: Hasta Bs. 80.000 para micro y pequeñas unidades productivas (con al menos 1 año de experiencia como propietarios) Hasta Bs. 24.000 para emprendedores (mínimo 6 meses de experiencia al menos como empleado dependiente).
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CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO REQUISITOS Y DOCUMENTACION
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El garante personal y su conyugue deberán cumplir las siguientes condiciones: No tener antecedentes de créditos castigados en el sistema financiero, pero si pueden tener deudas vigentes. (Créditos indirectos se analizarán caso por caso) Pueden ser integrantes de la familia del deudor (padre, madre hijos y hermanos hábiles por derecho) siempre y cuando no conformen la misma unidad productiva y tengan un flujo de ingresos propios, separados y estables. Entre 18 y 60 años de edad. Vivir lo más cerca posible de los deudores a fin de facilitar las visitas de supervisión de las entidades financieras. No hay posibilidad de otorgar garantías cruzadas, pero si se aceptan garantías personales en cadena. El garante y su cónyuge (*) deben tener nacionalidad boliviana y en caso de ser extranjeros deben acreditar radicatoria permanente. CREDITO INDIVIDUAL PRODUCTIVO GARANTES PERSONALES
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CREDITO PRODUCTIVO ASOCIATIVO
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IDENTIFICACIÓN DEL SEGMENTO META Pueden acceder al crédito todas las asociaciones productivas emprendedoras y en actividad[1], legalmente constituidas[2] con estructuras organizativas definidas y vida orgánica activa[3].[1][2][3] [1] [1] Asociación en actividad es aquella que se encuentre en funcionamiento y que acredite haber realizado al menos una actividad productiva de manera común o asociada o que la mayor parte de sus asociados cuente con experiencia relacionada con el proyecto a financiar, [2][2] Las asociaciones legalmente constituidas son aquellas que acrediten la personería y personalidad jurídica. [3][3] Las asociaciones con estructura organizativa definida con vida orgánica activa son aquellas que cuentan con directiva formalmente constituida y funcional, comités de administración y vigilancia que realizan reuniones periódicas de directorio y asambleas de socios, respaldadas con actas.
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CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD CRITERIOS GENERALES: Que la actividad a financiar se encuentre en el sector productivo, en las etapas de producción primaria, transformación con valor agregado comercialización y servicios de turismo. Que la actividad productiva se encuentre dentro de cualquier rubro productivo excepto los sectores estratégicos (hidrocarburos, minería y energía). Las asociaciones que hayan accedido a créditos de otros programas gubernamentales podrán acceder al crédito productivo, siempre y cuando las obligaciones contraídas estén vigentes y se demuestre su capacidad de pago.
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CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD CRITERIOS ESPECÍFICOS: Que la mayor parte de los miembros cuenten con permanencia en la zona y experiencia en la actividad asociada. Que la asociación tenga una estructura organizativa definida. Que la mayor parte de los miembros de la asociación se dediquen a la misma actividad principal productiva que será objeto del financiamiento. Que al momento de solicitar el crédito la asociación no tenga deudas en el sistema financiero nacional. En el sector agrícola se podrá financiar, la producción de varios productos de forma simultánea.
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IDENTIFICACIÓN DEL SEGMENTO META TIPOS DE ASOCIACIONES: Organizaciones Consolidadas: Cuentan con una experiencia productiva asociativa de operaciones comunes en cualquiera de las etapas de producción y que además tienen mercado y clientes garantizados. Organizaciones en Desarrollo: Cuentan con una experiencia asociativa productiva de al menos una operación común y tienen mercado y clientes identificados. organizaciones Emprendedoras: Son las que aún sin tener experiencia de trabajo productivo asociativo, al menos el 50 % de sus asociados cuentan con experiencia demostrada en la actividad a financiar.
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DOCUMENTACION LEGAL REQUERIDA Escritura de protocolización de los documentos relativos a la Personalidad Jurídica de la Asociación y otras formas legales de organización (Acta de Fundación, Acta de Elección y Posesión del Directorio inicial, Estatutos, Reglamento y otros). Cédula de Identidad vigente de los miembros del Directorio u órgano equivalente, representante legales y de todos los asociados cuando corresponda. Poder notariado especial y bastante que autorice a los representantes legales contraer préstamo y otorgar garantías reales a favor del BDP SAM, mismo que debe ser conferido por la instancia correspondiente de acuerdo a la normativa interna de la entidad. Acta de Asamblea General u órgano máximo equivalente donde se autoriza la contratación del financiamiento y el otorgamiento de garantías. Acta de Elección y Posesión del actual Directorio u órgano equivalente. Fotocopia del registro NIT (si corresponde). Tarjeta Empresarial (si corresponde). Acreditación e inscripción en el ente que las agrupa (si corresponde). Se requiere cualquiera de los siguientes documentos plan de negocios, perfil de proyecto o proyecto.
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En el caso de las Organizaciones Consolidadas y en Desarrollo se requiere la presentación de un proyecto o un plan de negocios. En el caso de organizaciones emprendedoras se requiere mínimamente la presentación de un perfil de proyecto. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
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CREDITO PRODUCTIVO ASOCIATIVO EL DESTINO DEL CRÉDITO: El crédito podrá destinarse al financiamiento de capital de inversión y capital de operaciones, para actividades de producción, beneficiado, transformación, comercialización ligados a la actividad productiva y servicios turisticos. Capital de Inversión: Inversiones de carácter social que favorezcan al desarrollo y fortalecimiento de la asociación en su conjunto y a los asociados de manera individual para la compra de infraestructura productiva, maquinaria y equipos, herramientas y otros. Capital de Operaciones: Destinado a financiar capital de trabajo, para la compra de insumos, materia prima, comercialización y otros. De acuerdo al proyecto, se podría otorgar financiamiento para capital de inversión y capital de operaciones simultáneamente. Línea de Financiamiento: Destinada a financiar capital de operaciones para acopio, almacenamiento, transporte, pre-embarque y post-embarque a organizaciones de productores que completan el circuito productivo con ventas nacionales o al exterior del país. Estas Líneas de Financiamiento para capital operativo no podrán exceder los tres años de plazo, pudiendo dentro de la línea efectuarse una o más operaciones crediticias. (Línea Revolvente).
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APORTE PROPIO: El aporte propio de la asociación en el proyecto no tiene como objetivo principal el apalancamiento de la operación, sino representa el compromiso de la asociación con el proyecto a financiar. Cuando se trate de capital de inversiones, se exigirá aporte propio mínimo del 10% sobre el valor de financiamiento. Se podrá considerar las inversiones existente. Cuando se trate de financiamiento de capital de operaciones, se podrá considerar el capital de operaciones como aporte propio, se exigirá aporte propio mínimo del 20%. CREDITO PRODUCTIVO ASOCIATIVO Capital de Operación Capital de Inversión 20%10%
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CREDITO PRODUCTIVO ASOCIATIVO MONEDA: Los créditos asociativos serán otorgados en Bolivianos (Bs.) MONTOS: Entre Bs. 80.001. como monto mínimo y un máximo de Bs. 4.000.000. Para la determinación del monto a ser financiado se considerará: destino del crédito, capacidad de pago, garantías de respaldo, mecanismos de aseguramiento de pago y consistencia de la solicitud de crédito. Los montos, a financiar a las asociaciones, serán determinados tomando en cuenta los siguientes criterios: CONSOLIDADOS:Hasta 4.000.000 EN DESARROLLO:Hasta 2.000.000 EMPRENDEDORAS:Hasta 500.000
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CREDITO ASOCIATIVO PRODUCTIVO LA TASA DE INTERÉS: Es el 6% fija anual (0.5% mensual) al prestatario final. LA TASA DE INTERÉS PENAL: Será aplicada a los prestatarios que incumplan con el pago de sus cuotas pactadas a partir del día siguiente del vencimiento de su cuota. De acuerdo a lo establecido por la normativa emitida por la SBEF y las disposiciones legales en vigencia. EL PLAZO: La determinación del plazo a otorgarse se efectuara, en función a la generación de ingresos de la asociación que estará reflejada en el flujo de caja generado por la actividad financiada. Los plazos máximos serán los siguientes: Capital de InversiónHasta doce (12) años Capital de Operación Hasta dos (2) años
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LOS PERIODOS DE GRACIA: Para otorgar periodo de gracia se deberá analizar el destino del crédito y flujo de caja de la actividad económica a financiar, se establece que el periodo de gracia en ningún caso podrá ser mayor a 24 meses, debiendo pagar los intereses en forma mensual, bimestral, trimestral y como máximo semestral. Se tomará en cuenta los siguientes criterios: Capital de Inversión Hasta 24 Meses Capital de Operación Hasta 12 Meses EL SERVICIO DE LA DEUDA: Estará en función al flujo de caja y al ciclo productivo de la actividad financiada, pudiendo aceptarse amortizaciones desde mensuales hasta anuales, o personalizadas. Se aceptarán pagos anuales en los casos en que el ciclo productivo así lo requiera, en cuyo caso el pago de intereses será semestral. CREDITO ASOCIATIVO PRODUCTIVO
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LAS GARANTÍAS: Para fines de este programa, las garantías se constituyen en la fuente alternativa de pago de las obligaciones contraídas por el prestatario. La cobertura de las mismas estará en función al monto del crédito y al análisis de riesgo de la operación. PARA CAPITAL DE INVERSIÓN: Las garantías a constituirse deberán ser reales, pudiendo utilizarse los bienes adquiridos con el financiamiento. PARA CAPITAL DE OPERACIONES: Se podrán considerar mecanismos de aseguramiento de pago si la organización no cuenta con garantías reales. Con el objeto de disponer de un conjunto de normas reglamentaria, que contienen los requisitos necesarios para la constitución y perfeccionamiento de los diferentes tipos o modalidades de garantías (reales, personales y mixtas) y disposiciones legales en vigencia, de forma previa al otorgamiento de créditos productivos asociativos del FDP, asimismo. Sobre los principios de apoyo y control social que coadyuven a la recuperación de los créditos productivos asociativos del FDP deberán referirse al Reglamento de Garantías.
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Gracias
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