La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Proceso de certificación en materia de IVA e IEPS para empresas con programa IMMEX o que introduzcan mercancías a otros regímenes aduaneros.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Proceso de certificación en materia de IVA e IEPS para empresas con programa IMMEX o que introduzcan mercancías a otros regímenes aduaneros."— Transcripción de la presentación:

1 Proceso de certificación en materia de IVA e IEPS para empresas con programa IMMEX o que introduzcan mercancías a otros regímenes aduaneros

2 Contenido 2 Reformas Fiscales en Materia Aduanera © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. I.Antecedentes. II.Requisitos para el registro en la nueva certificación. III.Beneficios (modalidad A, AA y AAA). IV.Calendario de solicitud de certificación.

3 Antecedentes 3 © 2013 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

4 Antecedentes 4 Reformas Fiscales en Materia Aduanera El pasado 01 de Enero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 (RCGMCE), mediante la cual se adicionan 5 reglas, las cuales establecen el procedimiento, requisitos y condiciones de la certificación que permitirá, entre otros beneficios, evitar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), en la importación temporal realizada por empresas con programa IMMEX, así como en la introducción de mercancías a los regímenes aduaneros de depósito fiscal para industria automotriz, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y recinto fiscalizado estratégico. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

5 Sexta Resolución de Modificaciones a las RCGMCE 5 © 2013 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

6 Sexta Resolución de Modificaciones a las RCGMCE De conformidad con las reglas publicadas el 1 de enero del 2014 por el SAT, se elimina el tratamiento exento de IVA para los siguientes regímenes aduaneros de transformación: Importaciones temporales para la elaboración, transformación o reparación de empresas maquiladoras o IMMEX. Introducción a depósito fiscal para industria automotriz. Recinto fiscalizado de elaboración, transformación o ensamble. Recinto fiscalizado estratégico. Es decir, a partir de esta fecha, estaremos en un proceso de transición (1 año) en el que continuaremos sin pagar el IVA en operaciones de importación temporal, sin embargo, deberá obtenerse una certificación señalada en las nuevas reglas publicadas en la sexta resolución de modificaciones a las RCGMCE 2013; de lo contrario se tendrá que pagar el IVA en dichas operaciones o en su caso, garantizar dicho impuesto mediante fianza otorgada a partir del año 2015. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

7 Sexta Resolución de Modificaciones a las RCGMCE Obtener la certificación contenida en la nueva regla 5.2.13, bajo alguna de las modalidades establecidas, pudiendo ser A, AA o AAA. Lo anterior, para poder gozar de una serie de beneficios y facilidades, dentro de los que destaca el crédito fiscal en las operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación. (no pago del IVA) Esto implica cumplir con los requisitos establecidos en la citada regla mediante un procedimiento de registro y llenar el instructivo de registro de empresas certificadas en materia de IVA e IEPS. (este ultimo, próximo a publicarse en el DOF-40 días-) Implicaciones. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

8 Certificación del SAT 10 Reforma Fiscal 2014 - De la aprobación a la aplicación. © 2013 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

9 Certificación del SAT ¿Cómo se obtiene la Certificación? 9 Reformas Fiscales en Materia Aduanera Existirán tres modalidades para la certificación (A, AA y AAA) basadas en el nivel de cumplimiento dentro del proceso de registro. De igual forma, habrá una calendarización para someter el tramite de registro de las empresas, según sea la ubicación geográfica de su domicilio fiscal y considerando la circunscripción de la ARACE. La ACALCE resolverá la solicitud de certificación en un término de 40 días contados a partir del día siguiente a la fecha asentada en el acuse de recepción generado por el sistema electrónico aduanero. (aplica negativa ficta) 15 días para solventar requerimientos de información o documentación faltante, previo requerimiento vía electrónica por única ocasión. En caso de que se determine derivado de la inspección que la contribuyente no cuenta con los controles necesarios para llevar a cabo sus procesos productivos o de servicios, no podrá efectuarse una nueva solicitud durante los siguientes seis meses a la emisión de la resolución respectiva. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

10 Certificación del SAT 10Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? Empresas Modalidad “A” (Todas las empresas): –Llenar la Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS en VUCEM. –Contar con Anexo 24 –Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales de la solicitante y de los socios y accionistas. –No aparecer en la lista de contribuyentes incumplidos publicada en la pagina del SAT al ingresar la solicitud. –Certificados de sellos digitales vigentes. (evitar nuevos supuestos del articulo 17-H, fracción X del CFF) –Constancias de la totalidad de personal registrado en el IMSS y el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de por lo menos 10 empleados a través de línea de captura del último bimestre del ejercicio inmediato anterior (SIPARE). En caso de subcontrataciones, las empresas deberán contar con la opinión positiva de cumplimiento citada líneas arriba. –Documentos que acrediten la inversión en México. –Nombre y dirección de clientes y proveedores en el extranjero. –Permitir el acceso al personal de la AGACE a la visita de inspección inicial, a las de supervisión de cumplimiento. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

11 Certificación del SAT 10Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? Para empresas IMMEX: –Programa vigente, registrados ante el SAT todos los domicilios o establecimientos, contar con infraestructura necesaria para realizar la operación, acreditar que en los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período, acreditar que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles (1 año mínimo), descripción de los procesos productivos, (anexar fotografías), contar con contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios. Para empresas IMMEX del ramo textil y calzado; deposito fiscal para ensamble y fabricación de vehículos; y RFE, deberán cumplir con requisitos adicionales. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

12 Certificación del SAT 12Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? Empresas Modalidad “A” (Todas las empresas) –Crédito fiscal en sus operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de RFE de conformidad con el Anexo 22. Obtener la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 20 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud respectiva. ¿Cuál es la vigencia? Empresa Modalidad “A” (Todas las empresas) –La vigencia de la certificación será por 1 año. –Tratándose de renovación, el aviso de renovación, deberá presentarse dentro de los 30 días anteriores a que venza el plazo de vigencia. –Cuando no sea automática la renovación, el plazo será de 20 días para resolver. (aplica positiva ficta) –15 días para solventar información y documentación faltante. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

13 Certificación del SAT 13Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? Empresas Modalidad “AA”: –Además de todos los señalados en la Modalidad “A” –Que al menos el 40% del valor de sus operaciones realizadas en territorio nacional vinculadas a su actividad preponderante del ejercicio inmediato anterior se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, emitida en los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud; y que estos cuenten con certificados de sellos digitales vigentes. (evitar nuevos supuestos del articulo 17-H, fracción X del CFF.) –Que durante los últimos cinco años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS, o que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS, o que su maquinaria y equipo es superior a los 50,000,000 de pesos. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

14 Certificación del SAT Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? Empresas Modalidad “AA”: –Que no se les haya determinado ningún crédito por parte del SAT en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, o en su caso acrediten que están al amparo del procedimiento previsto en el antepenúltimo párrafo de la regla 5.2.13., o que efectuaron el pago del mismo. –Que no se les haya emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 14

15 Certificación del SAT 15Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? Empresas Modalidad “AA” - Adicionales a los beneficios de la Modalidad “A”: –Obtendrá la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 15 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud respectiva. –Previo al ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad, el contribuyente acude ante la ACALCE y presenta un escrito libre en el que describa irregularidades detectadas, y en su caso, realice la determinación de las contribuciones o aprovechamientos omitidos, dicha autoridad otorgará un plazo de 30 días para que corrija su situación conforme al artículo 73 del CFF, concluido dicho plazo sin que el contribuyente hubiera ejercido dicho derecho, la autoridad procederá de conformidad con sus facultades de comprobación. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

16 Certificación del SAT 16Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? –Cuando la autoridad aduanera previo al inicio de las facultades de comprobación, detecte la presunta omisión de contribuciones y aprovechamientos derivados de operaciones de comercio exterior, podrá hacerlas del conocimiento del contribuyente a través de una carta invitación. En caso de que el contribuyente no atienda la carta invitación o no subsane la totalidad de las irregularidades señaladas en el plazo que se le conceda dicha autoridad podrá iniciar en cualquier momento el ejercicio de facultades de comprobación. –En el supuesto de que la autoridad aduanera advierta la actualización de las causales de suspensión en el padrón de importadores y padrón de exportadores específicos previstas en la regla 1.3.3., se deberá de seguir el procedimiento respectivo, independientemente de la fracción de que se trate. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

17 Certificación del SAT 17Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuál es la vigencia? Empresas Modalidad “AA”: –La vigencia de la certificación será por 2 años. –Tratándose de renovación, será automática, siempre que se presente el aviso de renovación dentro de los 30 días anteriores a que venza el plazo de vigencia. –Seguir en cumplimiento de la regla 5.2.16. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

18 Certificación del SAT 18Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? Empresas Modalidad “AAA”: - Además de todos los señalados en la Modalidad “A” –Que al menos el 70% del valor de sus operaciones realizadas en territorio nacional vinculadas a su actividad preponderante del ejercicio inmediato anterior se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, emitida en los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como que éstos no se encuentren a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del CFF. –Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS, o que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 2,500 empleados registrados ante el IMSS, o que su maquinaria y equipo es superior a los 100,000,000 de pesos. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

19 Certificación del SAT 19Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los requisitos? –Que no se les haya determinado ningún crédito por parte del SAT en los últimos 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o acrediten que están al amparo del procedimiento previsto en el antepenúltimo párrafo de la regla 5.2.13., o en su caso, hayan efectuado el pago. –Que no se les haya emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente. NOTA: Para las empresas que soliciten registro en la Modalidad “AA” y “AAA”, que cuenten con créditos fiscales pendientes de pago, podrán acceder a la certificación siempre y cuando, soliciten la autorización de pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios sin que dicho plazo exceda de 12 meses a partir de la autorización otorgada por el SAT. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

20 Certificación del SAT 20Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? Empresas Modalidad “AAA” - Adicionales de la modalidad “A” y “AA”: –Crédito fiscal en sus operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de RFE de conformidad con el Anexo 22. –Obtendrá la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 10 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud respectiva. –Previo al ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad, el contribuyente acude ante la ACALCE y presenta un escrito libre en el que describa irregularidades detectadas, y en su caso, realice la determinación de las contribuciones o aprovechamientos omitidos, dicha autoridad otorgará un plazo de 60 días para que corrija su situación conforme al artículo 73 del CFF, concluido dicho plazo sin que el contribuyente hubiera ejercido dicho derecho, la autoridad procederá de conformidad con sus facultades de comprobación. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

21 Certificación del SAT 21Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? –Cuando la autoridad aduanera previo al inicio de las facultades de comprobación, detecte la presunta omisión de contribuciones y aprovechamientos derivados de operaciones de comercio exterior, podrá hacerlas del conocimiento del contribuyente a través de una carta invitación. En caso de que el contribuyente no atienda la carta invitación o no subsane la totalidad de las irregularidades señaladas en el plazo que se le conceda dicha autoridad podrá iniciar en cualquier momento el ejercicio de facultades de comprobación. –En el supuesto de que la autoridad aduanera advierta la actualización de las causales de suspensión en el padrón de importadores y padrón de exportadores específicos previstas en la regla 1.3.3., se deberá de seguir el procedimiento respectivo, independientemente de la fracción de que se trate. –Podrán presentar pedimentos consolidados mensuales. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

22 Certificación del SAT 22Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuáles son los beneficios? –En relación con los artículos 59, fracción I, 185-A y 185-B de la Ley, así como la regla 4.3.2. y el Anexo 24; podrán acreditar que cumplen con dicha obligación, siempre que cuenten con un control de inventarios que refleje el destino, descargos y los saldos de las materias primas, el cual deberá ser transmitido en los términos que establezca el SAT. –Podrán efectuar el despacho aduanero de las mercancías para su importación temporal, sin declarar o transmitir en el pedimento, documento electrónico, en la factura, en el documento de embarque o en relación anexa, los números de serie, siempre que lleven un registro actualizado de dicha información, en el sistema de control de inventarios el cual genere los reportes automáticos que solicite la autoridad. –Podrán optar por el despacho aduanero de exportación en su domicilio, siempre y cuando se cumplan con los lineamientos que para tal efecto emita la AGA, mismos que se publicarán en el sitio www.aduanas.gob.mx. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

23 Certificación del SAT 23Reformas Fiscales en Materia Aduanera ¿Cuál es la vigencia? Empresas Modalidad “AAA”: –La vigencia de la certificación será por 3 años. –Tratándose de renovación, será automática, siempre que se presente el aviso de renovación dentro de los 30 días anteriores a que venza el plazo de vigencia. –Seguir en cumplimiento de la regla 5.2.16. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

24 Calendario 24Reformas Fiscales en Materia Aduanera ARACEPERIODO Empresas certificadas de conformidad con la Regla 3.8.1., apartado L y empresas que operen bajo el régimen de Depósito Fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos. 1 al 30 de abril Pacífico Norte 15 de abril al 15 de mayo Noreste 3 de junio al 3 de julio Norte Centro 7 de julio al 7 de agosto Centro 7 de agosto al 8 de septiembre Occidente y Sur 22 de septiembre la 22 de octubre © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

25 Calendario 25Reformas Fiscales en Materia Aduanera Pacifico Norte: Baja California, Baja California Sur y Sonora Noreste: Nuevo León y Tamaulipas Norte Centro: Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango y Zacatecas Centro: Hidalgo, Estado de México, Morelos, Querétaro, Guanajuato, Michoacán, San Luis Potosí y Guerrero; y el Distrito Federal Occidente y Sur: Sinaloa, Jalisco, Aguascalientes, Nayarit, Colima, Veracruz, Tlaxcala, Puebla, Chiapas, Oaxaca, Tabasco, Yucatán, Quintana Roo y Campeche Estados de la Republica según su clasificación: © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

26 Calendario 26Reformas Fiscales en Materia Aduanera Si se cuenta con autorización para la elaboración, transformación y reparación en Recinto Fiscalizado y Recintos Fiscalizados Estratégicos, se podrá presentar la solicitud en cualquiera de los 6 periodos. Se podrá presentar la solicitud en otros periodos, sin embargo, el cómputo de los 40 días para emitir la resolución, se contabilizará a partir del 22 de octubre de 2014, salvo que se presente con fecha posterior, en dicho caso se contabilizará a partir de la fecha de presentación. Las empresas que cuenten con la autorización en el registro de empresas certificadas de conformidad con la regla 3.8.1., apartado L (NEEC) y empresas que operen bajo el régimen de Depósito Fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos que no presenten su solicitud en el periodo establecido, podrán solicitarlo en los plazos que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal. ¿Que sucede si no presento la solicitud en el periodo que me corresponde? © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

27 Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro. Deloitte presta servicios profesionales de auditoría, impuestos, consultoría y asesoría financiera, a clientes públicos y privados de diversas industrias. Con una red global de firmas miembro en más de 150 países, Deloitte brinda capacidades de clase mundial y servicio de alta calidad a sus clientes, aportando la experiencia necesaria para hacer frente a los retos más complejos de los negocios. Cuenta con alrededor de 200,000 profesionales, todos comprometidos a ser el modelo de excelencia. Tal y como se usa en este documento, “Deloitte” significa Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C., la cual tiene el derecho legal exclusivo de involucrarse en, y limita sus negocios a, la prestación de servicios de auditoría, consultoría fiscal, asesoría financiera y otros servicios profesionales en México, bajo el nombre de “Deloitte”. Esta publicación sólo contiene información general y ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro, ni ninguna de sus respectivas afiliadas (en conjunto la “Red Deloitte”), presta asesoría o servicios por medio de esta publicación. Antes de tomar cualquier decisión o medida que pueda afectar sus finanzas o negocio, debe consultar a un asesor profesional calificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte, será responsable de pérdidas que pudiera sufrir cualquier persona o entidad que consulte esta publicación. © 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.


Descargar ppt "Proceso de certificación en materia de IVA e IEPS para empresas con programa IMMEX o que introduzcan mercancías a otros regímenes aduaneros."

Presentaciones similares


Anuncios Google