Comercio y Medio Ambiente en el Sistema Multilateral del Comercio

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Transcripción de la presentación:

Comercio y Medio Ambiente en el Sistema Multilateral del Comercio Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo Comercio y Medio Ambiente en el Sistema Multilateral del Comercio UNCTAD Módulo 2

Antecedentes Un número de disposiciones del GATT/OMC vienen directamente al caso con temas ambientales relacionadas con el comercio Una de los cuestiones de particular pertinencia para los países en desarrollo es examinar como los derechos y obligaciones de los Miembros en el marco de los Acuerdos vigentes de la OMC les permite respaldar y actuar para la promoción del desarrollo sostenible a la vez que protegen sus intereses comerciales de las medidas ambientales y que salvaguardar un sistema multilateral de comercio abierto y no discriminatorio . El programa de trabajo aprobado en Doha (Noviembre 2001) incluye negociaciones en algunos temas de comercio y medio ambiente. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Objetivos del módulo 2 Asistir a los grupos destinatarios a: Aumentar el conocimiento y la comprensión de las cuestiones específicas del comercio y el medio ambiente en las disposiciones pertinentes del GATT/OMC Participar de manera eficaz en los debates y en las futuras negociaciones sobre comercio y medio ambiente en la OMC Estimular la forumulación de políticas y la coordinación de las cuestiones de comercio y medio ambiente en el ámbito nacional Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Visión General de la Presentación Desarrollos Recientes Disposiciones ambientales relacionadas con el comercio dentro del contexto del GATT/OMC El mandato y la labor del CCMA Debates específicos sobre comercio y ambiente discutidos en la OMC Disputas ambientales relacionadas con el comercio examinadas por el Mecanismo de Solución de Diferencias Temas para Discutir Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Desarrollos Recientes Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

No es un tema nuevo El tema del medio ambiente no es tema nuevo dentro de la OMC Los objetivos del desarrollo sostenible y la protection del medio ambiente están enunciados en el Preámbulo del Acuerdo que establece la OMC Durante la Ronda Uruguay se abordaron las cuestiones ambientales relacionadas con el comercio y se introdujeron varias disposiciones al respecto en algunos Acuerdoss de la Ronda Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Los Acuerdos de la Ronda Uruguay Durante la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, se introdujeron disposiciones referentes al medio ambiente en los siguientes Acuerdos: Agricultura Obstáculos Técnicos al Comercio Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionadas con el Comercio Subvencionexs y Medidas Compensatorias Servicios Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Comité de Comercio y Medio Ambiente Establecido en abril de 1994 de conformidad con la Decisión Ministerial sobre Comercio y Medio Ambiente adoptada cuando la Ronda Uruguay llegaba a su fin. Mandato: Fijar la relación entre medidad comerciales y medidas ambientales con miras a promover un desarrollo sostenible; y de Hacer las recomendaciones oportunas acerca de cualesquiera modificaciones de las disposiciones del sistema multilateral de comercio que fueran necesarias. El Comité abarca todas las aréas del sistema multilateral de comercio incluyendo, bienes, servicios y propiedad intelectual. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Solución de Diferencias Un número de casos en torno al medio ambiente relacionados con el comercio han sido examinados en el GATT/OMC Algunos opinan que los Grupos Especiales y el Órgano de Apelación se han vuelto más conscientes de la dimensión ambiental de sus argumentos Existe cierta preocupación en torno a las implicaciones del desarrollo de jurisprudencia (activismo legal) Las decisiones legales determinadas a través del mecanismo de solución de diferencias no toman en cuenta necesariamente las mismas consideraciones que se debaten dentro del contexto de la agenda balanceada del CCMA y pueden no reflejar las opiniones de todos los Miembros Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Cuarta Conferencia Ministerial en Doha Los Ministros acordardaron negociar algunos temas sobre comercio y medio ambiente Los Ministrost también decidieron continuar con la labor del CCMA en torno a todos los puntos de su agenda, en particular: La identificación de cualquier necesidad de aclarar las normas pertinentes de la OMC El Comité presentará un informe al quinto período de sesiones de la Conferencia Ministerial y formulará recomendaciones, según proceda, con respecto a la acción futura, incluida la conveniencia de celebrar negociaciones. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial [1] Párrafo 6 Reafirma el compromiso con el objetivo del desarrollo sostenible, enunciado en el preámbulo del Acuerdo de Marrakech. Los objetivos de respaldar y salvaguardar un sistema multilateral de comercio abierto y no discriminatorio y de actuar para la protección del medio ambiente y la promoción del desarrollo sostenible pueden y deben apoyarse mutuamente. http://www-chil.wto-ministerial.org/english/thewto_e/minist_e/min01_e/mindecl_e.htm Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Párrafo 6… [2] Los Ministros tomaron nota de los esfuerzos de los Miembros por realizar, sobre una base voluntaria, evaluaciones ambientales a nivel nacional de las políticas comerciales. Los Ministros acogen favorablemente la continuación de la cooperación con el PNUMA y otras organizaciones intergubernamentales que se ocupan del medio ambiente. Los Ministros apoyan los esfuerzos destinados a promover la cooperación entre la OMC y las organizaciones internacionales pertinentes que se ocupan del medio ambiente y del desarrollo. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Negociaciones sobre algunos temas [1] La relación entre las normas vigentes de la OMC y las obligaciones comerciales específicas establecidas en los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente (AMUMA). El ámbito de las negociaciones se limitará a: La aplicabilidad de esas normas vigentes de la OMC entre las partes en el AMUMA de que se trate; y Las negociaciones se harán sin perjuicio de los derechos que corresponden en el marco de la OMC a todo Miembro que no sea parte en ese AMUMA. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Negociaciones sobre algunos temas [2] Procedimientos para el intercambio regular de información entre las secretarías de los AMUMA y los Comités pertinentes de la OMC, y los criterios para conceder la condición de observador. La reducción o, según proceda, la eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios ecológicos. Las subvenciones a la pesca forman parte de las negociaciones previstas en el párrafo 28. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial (CCMA, párrafo 32) [1] Encomendamos al CCMA que, al proseguir la labor sobre todos los puntos de su orden del día en el marco de su mandato actual, preste particular atención a lo siguiente: el efecto de las medidas medioambientales en el acceso a los mercados, especialmente en relación con los países en desarrollo y en particular los menos adelantados, y aquellas situaciones en que la eliminación o reducción de las restricciones y distorsiones del comercio pueda beneficiar al comercio, al medio ambiente y al desarrollo; las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio; y las prescripciones relativas al etiquetado para fines medioambientales. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial (CCMA, párrafo 32) [2] La labor sobre estas cuestiones deberá incluir la identificación de cualquier necesidad de aclarar las normas pertinentes de la OMC. El Comité presentará un informe al quinto período de sesiones de la Conferencia Ministerial y formulará recomendaciones, según proceda, con respecto a la acción futura, incluida la conveniencia de celebrar negociaciones. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Condiciones Los resultados de esta labor, así como las negociaciones llevadas a cabo de conformidad con el párrafo 31: serán compatibles con el carácter abierto y no discriminatorio del sistema multilateral de comercio, no aumentarán ni disminuirán los derechos y obligaciones de los Miembros en el marco de los Acuerdos vigentes de la OMC, en particular el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, no alterarán el equilibrio de estos derechos y obligaciones; y tendrán en cuenta las necesidades de los países en desarrollo y menos adelantados. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial, asistencia técnica Los Ministros también: Reconocieron la importancia de la asistencia técnica y la creación de capacidad en la esfera del comercio y el medio ambiente para los países en desarrollo, en particular los menos adelantados (Párrafo 33). Propugnaron que se compartan los conocimientos técnicos y la experiencia con los Miembros que deseen llevar a cabo exámenes medioambientales a nivel nacional (Párrafo 6). Decidieron que se preparará un informe sobre estas actividades para el quinto período de sesiones. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Otro mandato del CCMA Párrafo 51: El Comité de Comercio y Desarrollo y el Comité de Comercio y Medio Ambiente actuarán, cada uno en el marco de su respectivo mandato, como foro para identificar y debatir los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, a fin de contribuir al logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de manera adecuada el desarrollo sostenible. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Principios Fundamentales de la OMC Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

No-discriminación Trato General de la Nación Más Favorecida (NMF) (Artículo I del GATT) según el cual los Miembros de la OMC están obligados a dar a los productos de otros Miembros un trato no menos favorable que el dado a los productos de cualquier otro país. Trato Nacional (Artículo III del GATT) establece que una vez importados en el territorio de otro Estado miembro, los productos no deberán de recibir un trato menos favorable que el concedido a los porductos similares de origen nacional. Las políticas nacionales de protección al medio ambiente no se adiptan con miras a discriminar arbitrariamente entre los productos extranjeros y los productos semejantes producidos en el país, o entre productos semejantes importandos de distintos socios comerciales. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Transparencia - notificaciones Miembros de la OMC deberán de aportar la mayor cantidad de información posible acerca de las políticas ambientales o medidas que pudiesen tomar, cuando éstas tengan una repercusión significativa sobre el comercio. Esta tarea no debe ser más engorrosa de lo que normalmente se require para otras notificaciones que afecten el comercio. La secretaría de la OMC se encargará de compilar en su Registro Central de Notificaciones toda la información que los Miembros han presentado sobre las medidas ambientales relacionadas con el comercio. Esas informaciones se introducirán en una base de datos única a la que todos los Miembros de la OMC puedan tener acceso. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Eliminación General de Restricciones Cuantitativas El Artículo XI del GATT, versa sobre la supresión de las restricciones que los países imponen o mantienen en relación con la importación o exportación de productos. Esto significa que las restricciones cuantitativas para fines ambientales normalemente se considerarían incompatibles con las normas del GATT. (Las excepciones bajo el Artículo XX serán abordadas más adelante en esta presentación) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Acuerdos Pertinentes de la OMC con disposiciones medioambientales Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Acuerdo sobre Agricultura (AoA) El Preámbulo destaca el compromiso de los Miembros de la OMC de reformar el comercio de productos agrícolas teniendo en cuenta inter alia la necesidad de proteger el medio ambiente Políticas de “compartimento verde” (medidas nacionales de apoyo con repercusiones mínimas en el comercio) quedan excluidas de los compromisos de reducción Estos incluyen los gastos en programas gubernamentales ambientales o de conservación claramente definidos y dependerá del cumplimiento de condiciones específicas establecidas en el programa gubernamental, con inclusión de condiciones relacionadas con los métodos de producción o los insumos. La cuantía del pago se limitará a los gastos extraordinarios o pérdidas de ingresos que conlleve el cumplimiento del programa gubernamental. (Anexo II, para. 12) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

AoA: Preocupaciones no comerciales El Artícle 20(c) estipula que el proceso de reforma fundamental del AoA debe de tener en cuenta las preocupaciones no comerciales, el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo Miembros y el objetivo de establecer un sistema agropecuario equitativo y orientado al mercado, así como los demás objetivos y preocupaciones mencionadas en el preámbulo del Acuerdo. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio Busca garantizar que ni las especificaciones de productos (reglamentos técnicos y normas) de aplicación obligatoria o voluntaria, ni los procedimientos de evaluación de la conformidad para determinar si dichas especificaciones se cumplen creen obstáculos innecesarios para el comercio internacional. El Preámbulo del Acuerdo reconoce que no debe impedirse a ningún país que adopte las medidas necesarias para “la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales, o para la protección del medio ambiente...” Ver módulo 3 Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Acuerdo sobre la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Preámbulo: No debe impedirse a ningún Miembro adoptar ni aplicar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales, a condición de que esas medidas no se apliquen de manera que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los Miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restriccion encubierta al comercio internacional El Artículo 2.1 contiene el mismo lenguaje Ver Módulo 3 Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Acuerdo ADPIC: Exclusiones de [1] Patentabilidad Al Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) hace referencia explícita al medio ambiente en la sección 5 sobre Patentes El Artículo 27.2 estipula que los Miembros podrán excluir de la patentabilidad las invenciones cuya explotación comercial en su territorio deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moralidad, inclusive para proteger la salud o la vida de las personas o animales o para preservar los vegetales, o para evitar daños graves al medio ambiente Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Acuerdo ADPIC: Exclusiones de [2] Patentabilidad El Artículo 27.3 (b) estipula que los Miembros podrán excluir asimismo de la patentabilidad: ... las plantas y los animales excepto los microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos. Sin embargo, los Miembros otorgarán protección a todas las obtenciones vegetales mediante patentes, mediante un sistema eficaz sui generis o mediante una combinación de aquéllas y éste. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial, Doha: Acuerdo ADPIC y la Salud Pública Adoptó una declaración relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública: Cada disposición del Acuerdo sobre los ADPIC se leerá a la luz del objeto y fin del Acuerdo Cada Miembro tiene el derecho de determinar lo que pueda representar una emergencia nacional u otras circunstancias de extrema urgencia Cada Miembro tiene el derecho de conceder licencias obligatorias y la libertad de determinar las bases sobre las cuales se conceden tales licencias Los Miembros de la OMC cuyas capacidades de fabricación en el sector farmacéutico son insuficientes o inexistentes podrían tropezar con dificultades para hacer un uso efectivo de las licencias obligatorias con arreglo al Acuerdo sobre los ADPIC. Por ello, se le encomienda al Consejo de los ADPIC que encuentre una pronta solución a este problema y que informe al respecto al Consejo General antes del fin de 2002. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial, Doha: Acuerdo ADPIC Se decidió negociar el establecimiento de un sistema multilateral de notificación y registro de las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas para el quinto período de sesiones de la Conferencia Ministerial. Las cuestiones relativas a la extensión de la protección de las indicaciones geográficas prevista en el artículo 23 a productos distintos de los vinos y las bebidas espirituosas se abordarán en el Consejo de los ADPIC. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Acuerdo Sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias “Subvenciones no recurribles” incluyen aquellas subvenciones utilizadas para promover la adaptación de instalaciones existentes a nuevas exigencias ambientales Artículo 8(2)(c) Según lo estipulado en el Artículo 31, el Comité examinará el funcionamiento de dichas disposiciones “con el fin de determinar si su aplicación debe prorrogarse por un nuevo período, en su forma actual o modificadas.” Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Comité de Comerico y Medio Ambiente (CCMA) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Antecedentes de la labor del CCMA La competencia de la OMC se limita a las políticas comerciales y a aquellos aspectos de las políticas ambientales relacionadas con el comercio que puedan tener repercusiones significativas en el comercio. La OMC no es un organismo de protección ambiental. Cualquier recomendación que resulte de los debates dentro del seno del Comité tiene que ser compatible con los principios de la OMC . Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Puntos de la Agenda del CCMA [1] Políticas ambientales y el sistema multialteral de comercio (punto 2) Medidas ambientales (punto 3) (a) Cargas e impuestos con fines ambientales (b) Normas y reglamentos técnicos, embalaje, etiquetado y reciclado Transparencia de las medidas comerciales utilizadas con fines ambientales (punto 4) Acceso a los mercados (punto 6) (a) Medidas ambientales y acceso a los mercados (b) Beneficios resultantes de la eliminación de restricciones y distorsiones del comercio Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Puntos de la agenda del CCMA [2] Relación entre las normas del sistema multilateral de comercio y medidas comerciales adoptadas en aplicación de los AMUMAS, y entre sus mecanismos de solución de diferencias (puntos 1 y 5) ADPIC y el medio ambiente (punto 8) La cuestión de la exportación de mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen (punto 7) Decisión sobre Comercio de Servicios y el Medio Ambiente (punto 9) Relaciones con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales (punto 10) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Temas Específicos Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Temas Agricultura y medio ambiente Servicios y medio ambiente El Acuerdo ADPIC y el medio ambiente El Acuerdo ADPIC y la Convención de Biodiversidad (CBD) El Principio Precautorio Organismos Genéticamente Modificados (OGMs) Mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen El concepto de “producto similar”   Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Agricultura y Medio Ambiente [1] La protección ambiental es un argumento que se utiliza tanto a favor como en contra de la liberalización del sector agropecuario Distorsiones Comerciales Las distorsiones comerciales en el sector agrícola pueden resultar en la degradación ambiental Situaciones de “ doble beneficio” se presentan cuando la eliminación de las restricciones y distorsiones del comercio tienen la posibilidad de generar beneficios tanto para el sistema multilateral de comercio como para el medio ambiente. Grupo CAIRNS y otros Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Agricultura y Medio Ambiente [2] Preocupaciones no Comerciales Varios Miembros argumentan que algunas políticas de ayuda interna pueden justificarse por razones ambientales El concepto de “Multi-funcionalidad”: Apoyado por la CE, Noruega, Suiza, Islandia y Corea del Sur Estados Unidos y “like-minded countries” apoyanan las preocupaciones no comerciales en particular con respecto al desarrollo rural y la seguridad alimentaria (dichas medidas, sin embargo tienen que ser transparentes y compatibles con el sistema multialteral de comercio y no deben distorsionar ni a la produccion ni al comercio) La CE quiere introducir el Principio Precautorio dentro del contexto del tema de seguridad alimentaria Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Servicios y Medio Ambiente Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS), negociado en la Ronada Uruguay: Aumento progresivo de la liberalización del comercio de servicios, asegurando una mayor participación de los países en desarrollo. Los Miembros tienen derecho a reglamentar el suministro de servicios en su territorio y a establecer nuevas reglamentaciones al respecto, con el fín de realizar los objectivos de su política nacional. La especial necesidad de los países en desarrollo de ejercer este derecho, dadas las asimetrías existentes en cuanto al grado de desarrollo de las reglamentaciones sobre servicios en los distintos países. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) Consiste en: Un marco de obligaciones y disciplinas generales Anexos sobre las condiciones especiales de diferentes sectores individuales Compromisos específicos de liberalización del comercio de servicios y subsectores especificados en las Listas de cada Miembro Excepciones Generales Los Miembros pueden aplicar medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y de los animales o para preservar los vegetales (Artículo XIV(b) del GATS). Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Sectores del Comercio de Servicios La Secretaria de la OMC ha dividido el sector de servicios en 12 categorías y 155 sub-categorias, que incluyen inter alia: Servicios Ambientales Servicios de aguas inmundas Servicios de deshechos y desperdicios Servicios sanitarios y similares Otros Servicios de salud Servicios de turismo Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Protección en el sector de servicios El sector de los servicios está protegido principalmente por reglamentaciones nacionales sobre es are protected mainly by national domestic regulations on foreign direct investment and the participation of foreign service suppliers in domestic industries La sociedad Civil y algunos países en desarrollo han mostrado su preocupación con el contenido del Art. VI:4 sobre reglamentaciones nacionales que requiere que los Miembros elaboren las disciplinas necesarias que tendrán la finalidad de garantizar que esas prescripciones no sean más gravosas de lo necesario para asegurar la calidad del servicio Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

ADPIC y el medio ambiente Objetivos del ADPIC: contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de la tecnología, en beneficio recíproco de los productores y de los usuarios de conocimientos tecnológicos y de modo que favorezcan el bienestar social y económico y el equilibrio de derechos y obligaciones (Artículo 7). En el Consejo, Cuba, República Dominicana, Honduras y Nicaragua presentron una propuesta sobre circunstancias bajo las cuales los Miembros deberían de tener derecho a utilizar licencias obligatorias tales como el interés público, incluyendo la salud pública y el medio ambiente. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica [1] Debiera de existir complementaridad entre el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Acuerdo ADPIC Vario Países en desarrollo argumentan que: El Acuerdo de los ADPIC debiera apoyar las disposiciones del Convenio sobre la Diversidad Biológica con respecto a: los recursos biológicos sistemas de conociemientos tradicionales Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica [2] El Acuerdo ADPIC no menciona los principios del Convenio sobre la Diversidad Biológica, incluyendo: Soberanía Consentimiento fundamentado previo Distribución equitativa de los beneficios Protección de los derechos de las comunidades, los granjeros y la población autóctona El Convenio sobre la Diversidad Biológica reconoce que el Acuerdo ADPIC puede afectar sus objetivos. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica: Temas Claves Existe un conflicto entre el Acuerdo ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica? Estos dos Acuerdos se complementan mutuamente? Cuestiones éticas, económicas, ambientales y sociales con respecto a la patentabilidad de determinados recursos biológicos. Varias propuestas de Países en Desarrollo. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial, párrafo 19 [1] Encomendamos al Consejo de los ADPIC que, al llevar adelante su programa de trabajo, incluso en el marco del examen previsto en el párrafo 3 b) del artículo 27, del examen de la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC previsto en el párrafo 1 del artículo 71 y de la labor prevista en cumplimiento del párrafo 12 de la presente Declaración, examine, entre otras cosas, la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la protección de los conocimientos tradicionales y el folclore, y otros nuevos acontecimientos pertinentes señalados por los Miembros de conformidad con el párrafo 1 del artículo 71. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Declaración Ministerial, párrafo 19 [2] Al realizar esta labor, el Consejo de los ADPIC se regirá por los objetivos y principios enunciados en los artículos 7 y 8 del Acuerdo sobre los ADPIC y tendrá plenamente en cuenta la dimensión de desarrollo. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Principio de Precaución [1] La falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente (Principio 15 de la Declaración de Rio) El enfoque de precaución es considerado como un principio reconocido dentro del campo del derecho ambiental nacional e internacional Protocolo de Bioseguridad (módulo 5) Existen opiniones divergentes sobre si la OMC debería de permitir el uso más amplio del principio de precaución Es necesario evitar el posible abuso del principio de precaución con fines protccionistas. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Principio de Precaución [2] El principio 15 de la Declaración de Río expresa lo siguiente: “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.” Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Principio de Precaución [3] Opionión del Organo de Apelación de la OMC sobre el estatus del principio de precaución en el derecho internacional: “Algunos consideran que se ha cristalizado en un principio general del derecho internacional consuetudinario del medio ambiente. Si ha sido aceptado por todos los Miembros......no esta claro... Observamos que.... el principio de precaución, por lo menos, fuera del campo del derecho ambiental, aún no consta con una formulación autoritativa.” Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias De acuerdo con el Artículo 5.1 del Acuerdo, las medidas sanitarias y fitosanitarias de los Miembros deben basarse en testimonios científicos existentes y deben tener en cuenta las técnicas de evaluación del riesgo elaboradas por las organizaciones internacionales competentes. Un Miembro puede adoptar de manera provisional medidas sanitarias y fitosanitarias cuando los testimonios científicos pertinentes sean insuficientes (Artículo 5.7, ver filmina siguiente) Caso Carne/hormonas Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Artículo 5.7 del Acuerdo MSF “En los casos en que la evidencia científica pertinente sea insuficiente, un Miembro puede adoptar de manera provisional medidas sanitarias y fitosanitarias sobre la base de la información pertinente disponible... En tales circunstancias, los Miembros procurarán obtener la información necesaria para realizar una evaluación más objetivos del riesgo y examinar las medidas sanitarias o fitosanitarias como corresponde, dentro de un período de tiempo razonable.” (esto último es un tema controversial)   Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Posición de la Comunidad Europea El Principio de Precaución no está mencionado explícitamente en el Tratado CE, salvo en lo que respecta al medio ambiente. Sin embargo la CE estima que este principio tiene un alcance que va mucho mas allá del exclusivo ámbito del medio ambiente y que también es válido para la protección de la salud de las personas, los animales y las plantas. La CE tiene como objetivo clarificar y establecer directrices sobre la aplicación del Principio de Precaución dentro del marco de la OMC en particular, en el aréa de la seguridad alimentaria. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

CE: Las medidas basadas en el Principio de Precaución deben ser:       Proporcionadas al nivel de protección optado No-discriminatorias en su aplicación y Del mismo tenor que otras medidas similares ya adoptadas Basadas en un examen de los costes y beneficios potenciales de la acción o inacción, Objeto de revisión a la luz de los nuevos datos cietíficos, por lo cual habrán de mantenerse mientras los datos científicos sigan siendo incompletos, imprecisos o no conluyentes y se considere que existe un riesgo demasiado elevado para la sociedad (carga de la prueba) Comunidades Europeas, Comunicación sobre el uso del Principio de Precaución, Febrero 2000 Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

CE: El principio de Precaución y Gestión de riesgo       El principio de precaución forma parte de un enfoque estructurado del análisis del riesgo y que también es pertinente en términos de gestión del riesgo: Análisis de riesgo, Gestión de riesgo, Comunicación del riesgo El Principio de Precaución es pertinente, en particular, en términos de gestión de riesgo La determinación de cuál es el nivel aceptable de riesgo para la Unión Europea constituye una responsabilidad política. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen [1] Mercancías cuya venta en los países que las exportan han sido o bien prohibidas o fuertemente restringidas por razones de salud y proteccioón al medio ambiente en ocasiones se exportan a los países en desarrollo Los Países en desarrollo, no tienen la capacidad necesaria para supervisar y controlar la importación de mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen [2] Se han logrado avanzes en el diseño de acuerdos multilaterales y de instrumentos para regular el comercio de mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen La Convención de Rotterdam sobre el Consentimiento Fundamentado Previo Convention on Persistent Organic Pollutants (POPS), La Convención de Basilea   Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen [3] Sin embargo, aún existe un vacio normativo, por ejemplo con respecto a los productos de consumo Han surgido nuevas preocupaciones con respecto a la enfermedad de “la vaca loca”, se le ha propuesto al CCMA que mantenga esta cuestión bajo estudio En la Decisión Ministerial sobre comercio y medio ambiente de 1994 se acordó un sistema de notificaciones sobre mercancías cuya venta estaba prohibida en el país de origen, este sistema de notificación pese al hecho de que sigue en vigor no ha tenido éxito  Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El concepto de “producto similar” [1] OMC: los productos son considerados como “productos similares” sobre la base de sus características finales. Por consiguiente, tal vez no se puedan distinguir los productos sobre la base de sus procesos y métodos de producción, a menos que ellos tengan un efecto sobre las características finales del producto. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El concepto de “producto similar” [2] Desde un punto de vista ambiental algunos consideran que sería pertinente tomar en cuenta los factores ambientales externos de un producto durante su producción. Por ejemplo, a algunos consumidores podría preocuparles: si la madera o los productos de madera proceden o no de bosques con una gestión sostenible? si el atún se ha capturado sin la muerte incidental de delfines? si la pesca del camaron afecta a las tortugas? Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

El concepto de “producto similar” [3] Preocupaciones: si los productos se distinguen sobre la base de si fueron procesados y producidos o no de manera ecológicamente racional, existe la posibilidadello de que se creen graves obstáculos en cuanto a oportunidades de acceso a mercados para estos productos de exportación efectos secundarios que esto podría crear en cuanto a abrir puertas para consideraciones futuras, incluidas normas de trabajo en la determinación del concepto de “producto similar”? Desarrollos Recientes Camaron/tortuga Amianto Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Mecanismo de Solución de Diferencias Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Artículo XX del GATT: Excepciones Generales Permite que los Miembros de la OMC, bajo condiciones específicas apliquen medidas que normalmente son consideradas incompatibles con los principios del sistema multilateral de comercio Preámbulo del Artículo XX: "a reserva de que no se apliquen las medidas enumeradas a continuación en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los países en que prevalezcan las mismas condiciones , o una restricción encubierta al comercio internacional, ……. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Artículo XX del GATT: Excepciones Generales Apartados b) y g) del Artículo XX del GATT: ... b) “necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales; …g) relativas a la conservación de los recursos naturales agotables, a condición de que tales medidas se apliquen conjuntamente con restricciones a la producción o el consumo nacionales;” Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Disputas Ambientales relacionadas con el Comercio [1] GATT Estados Unidos – Prohibición de las importaciones de atún y productos de atún, 1982 Canadá – Medidas que afectan las exportaciones del arenque y salmón sin elaborar, 1988 Tailandia – Restricciones a la importación de cigarrillos e impuestos internos sobre cigarrillos, 1990 Estados Unidos – Restricciones a la importación de atún, 1991 Estados Unidos – Restricciones a la importación de atún, 1994 Impuestos aplicados a los automóviles , 1994 Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Disputas Ambientales relacionadas con el Comercio [2] OMC Estados Unidos - Pautas para la gasolina reformada y convencional, 1996 Comunidades Europeas- Medidas que afectan a la carne y los productos cárnicos (hormonas), 1998 Estados Unidos - Prohibición de las importaciones de determinados camarones y productos del camarón, 1998 Comunidades Europeas- Medidas que afectan al amianto y a los productos que contienen amianto, 2000 Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Fallos “en contra del medio ambiente” Cigarrillos (1990): medidas consideradas no “necesarias” dentro del significado del Artículo XX (b) Atún (1991): medida no justificada bajo el Artículo XX(b) ni bajo el Artículo XX(g) Atún (1994): medida no justificada bajo el Artículo XX(b) ni bajo el Artículo XX(g) Carnes y Productos Cárnicos (1998): medidas consideradas no “necesarias” dentro del significado del Artículo XX (b) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Evolución… Gasolina Reformulada y Camaron-Tortuga: en los dos casos, el Orgáno de Apelación anuló la interpretación de los Grupos Especiales (Paneles) y determinó que las medidas aplicadas cumplian con las condiciones del Artículo XX(g), sin embargo no respetaban las condiciones enumeradas en el Preámbulo del Artículo XX. Amianto: el Orgáno de Apelación confirmó que la prohibición de las importaciones de Francia sobre el amianto eran consistenes con los Artículos XX (b) y (g) del GATT y que respetaban las condiciones enumeradas en el Preámbulo del Artículo XX. Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Temas discutidos en materia de Solución de Diferencias Transparencia Preocupación en países en desarrollo, ONGs Transparencia ha mejorado, por ejemplo se ha eliminando el carácter confidencial de muchos documetos y se hacen públicos en el sitio de la red de la OMC una vez que han sido distribuidos entre los Miembros de la OMC Balance Existe la preocupación de que los países en desarrollo consideran muy costoso y complicado recurrir al mecanismo de solución de Diferencias Creación del Centro de Asesoría Jurídica sobre OMC (Ginebra) Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Cuestiones relacionadas con el medio ambiente Cuál es deber dentro de su mandato del Órgano de Apelación en su interpretación de los principios del GATT/OMC? Resúmenes no solicitados o Amicus curae de ONGs (por ejemplo en el caso “camaron-tortuga”) Influencia de informes ambientales a los grupos especiales (Paneles) y Organo de Apelación Deberían de jugar un papel las ONGs y los grupos de intereses privados en las controversias intergubernamentales? Las ONGs de los países desarrollados tienen mas capacidad técnica y financiera para presentar resúmenes no solicitados Cuestiones ambientales relacionadas con el examen encomendado del Entendimiento sobre Solución de Diferencias Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

La Contribución del CBTF de UNCTAD/UNEP y posibles actividades de seguimiento Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Como puede contribuir el CBTF? A nivel nacional y regional Asistir a los grupos destinatarios a: Aumentar su conocimiento sobre cuestiones específicas del comercio y el medio ambiente discutidas y/o negociadas en la OMC, por ejemplo a través de estudios y programas de capacitación Estimular la formulación de políticas y la coordinación de las cuestiones de comercio y medio ambiente en al ámbito nacional entre los diferentes interesados, por ejemplo, a través de diálogos de políticas //www.unep-unctad.org/cbtf Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Participación Eficaz en la OMC Participación Directa en el marco de las discusiones y de las negociaciones en la OMC Proyectos dentro del marco del CBTF pueden estimular la participación eficaz de los países en desarrollo por ejemplo en las discusiones del CCMA Reflejar las preocupaciones de los países en desarrollo Los resultados de varias reuniones y proyectos de la UNCTAD y del PNUMA han sido expuestos en el CCMA y en otros Comités de la OMC El CBTF puede continuar a promover este proceso Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Temas para Debatir Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Cuales son las prioridades para Cuba? Cuales son los posibles beneficios y riesgos resultantes de las negociaciones sobre comercio y medio ambiente en la OMC? Cuales son las prioridades para Cuba? Cuales son los temas claves? Como deben ser tratados en Cuba? Cuales son los Comités de la OMC de mayor importancia para Cuba? Cómo puede el CBTFcontribuir de manera más eficaz? Programas de Capacitación? Dialogos de Políticas? Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo

Muchas Gracias Capacitación en materia de comercio: Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo