Prof. Dr. Miguel Rodríguez Blanco

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Transcripción de la presentación:

Prof. Dr. Miguel Rodríguez Blanco RECONOCIMIENTO Y TUTELA DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN EN EL MARCO NORMATIVO ESPAÑOL Prof. Dr. Miguel Rodríguez Blanco I Congreso de Derechos Humanos del Consell de l’Advocacia Catalana Granollers, 23 de octubre de 2015

LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN ÍNDICE Cuestiones introductorias El reconocimiento del derecho a la libertad religiosa en la Constitución Española La Ley Orgánica de Libertad religiosa y la normativa dictada en su desarrollo Los acuerdos entre los poderes públicos y las confesiones religiosas La normativa autonómica y local Conclusiones Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

CUESTIONES INTRODUCTORIAS La Constitución de 1978 como norma de referencia La elaboración de un modelo de libertad religiosa a partir de un sistema de confesionalidad católica Un modelo basado en acuerdos de cooperación entre los poderes públicos y las confesiones religiosas: la tradición concordataria Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

EL DERECHO DE LIBERTAD RELIGIOSA EN LA CONSTITUCIÓN Artículo 16 de la Constitución: Libertad ideológica, religiosa y de culto No confesionalidad y cooperación Artículo 14 de la Constitución: prohibición de discriminación Principios informadores: Libertad religiosa No discriminación No confesionalidad o laicidad Cooperación La protección internacional de la libertad religiosa El Derecho de la Unión Europea Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

LA LEY ORGÁNICA DE LIBERTAD RELIGIOSA Ley 7/1980, de 5 de julio: desarrollo art. 16 de la Constitución. Manifestaciones de la libertad religiosa (art. 2). Límites (art. 3.1). Personalidad jurídica civil de los grupos religiosos: Registro de Entidades Religiosas (art. 5). Autonomía confesiones religiosas (art. 6.1). Acuerdos de cooperación: notorio arraigo (art. 7). Comisión Asesora de Libertad Religiosa (art. 8). Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

ACUERDOS ENTRE PODERES PÚBLICOS Y CONFESIONES RELIGIOSAS A) IGLESIA CATÓLICA: Acuerdo 5 abril 1962 Acuerdo 28 julio 1976 Acuerdos 3 enero 1979: Asuntos Jurídicos, Asuntos Económicos, Enseñanza y Asuntos Culturales, Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas y Servicio Militar de Clérigos y Religiosos B) ACUERDOS CON LAS MINORÍAS RELIGIOSAS: Acuerdo con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE): Ley 24/1992, de 10 de noviembre Acuerdo con la Federación de Comunidades Israelitas de España (FCI): Ley 25/1992, de 10 de noviembre Acuerdo con la Comisión Islámica de España (CIE): Ley 26/1992, de 10 de noviembre Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

ACUERDOS ENTRE PODERES PÚBLICOS Y CONFESIONES RELIGIOSAS A) IGLESIA CATÓLICA: Firmados antes de la promulgación de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa Tratados internacionales Desarrollo mediante convenios específicos B) ACUERDOS CON LAS MINORÍAS RELIGIOSAS: Confesiones con notorio arraigo en España por su ámbito y número de creyentes Leyes parlamentarias Identidad de contenido Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

NORMATIVA AUTONÓMICA Y LOCAL Silencio en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa respecto a competencias autonómicas y locales Materias de competencia autonómica y local: patrimonio cultural, asistencia religiosa, lugares de culto o cementerios Vacíos normativos / fragmentación de la regulación Alcance de las “condiciones básicas” del artículo 149.1.1ª de la Constitución Sentencia 207/2013: el papel de los acuerdos de cooperación en la dimensión prestacional de la libertad religiosa Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

CONCLUSIONES Un modelo de libertad con pleno respeto a todas las manifestaciones de religiosidad Necesidad de introducir ajustes en el modelo de acuerdos Necesidad de establecer una regulación uniforme a nivel estatal en las materias relativas al ejercicio del derecho de libertad religiosa Libertad de conciencia y de religión (23 octubre 2015)

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN