OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EMPRENDEDORES Ing. Com. Nadia Villena I.
Obligación Tributaria El Artículo 15 del Código Tributario, señala: “Obligación tributaria es el vínculo jurídico personal, existente entre el Estado o las entidades acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de aquellos, en virtud del cual debe satisfacerse una prestación en dinero, especies o servicios apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador previsto por la ley”. Su objetivo principal es financiar el presupuesto general del Estado.
Presupuesto General del Estado
Clasificación de los Tributos Según lo dispuesto en el artículo 1 del Código Tributario, los tributos se clasifican en: • Impuestos; • Tasas; y, • Contribuciones especiales o de mejora.
Impuestos Son aquellos tributos exigidos por el Estado en virtud de su potestad de imperio, sin que exista una contraprestación y que el contribuyente se ve obligado a pagar por encontrarse en el caso previsto por la disposición legal que configura la existencia del tributo.
Impuestos Los principales impuestos del Ecuador son: El Impuesto al valor agregado (IVA): Es un impuesto indirecto que grava valor añadido en cada fase del proceso de producción y distribución y se genera el momento de realizar la transacción de bienes y servicios. El Impuesto a la renta: Un impuesto directo que grava los ingresos o rentas que las personas naturales o sociedades obtienen producto de sus actividades económicas una vez descontados los gastos deducibles, es decir, grava a las utilidades. El Impuesto a los consumos especiales (ICE): Un impuesto sobre consumos específicos, que grava ciertos bienes y servicios nacionales o importados, detallados en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Los impuestos se clasifican en: a) Impuestos Directos e Indirectos. b) Impuestos Reales y Personales. c) Impuestos Internos y Externos. d) Impuestos Ordinarios y Extraordinarios. e) Impuestos Proporcionales y Progresivos.
Clasificación de Impuestos
Clasificación de Impuestos
Clasificación de Impuestos
Los tributos son ingresos públicos obtenidos por el Estado para financiar el presupuesto general del Estado. El artículo 1 del Código Tributario los clasifica en Impuestos, donde no existe una contraprestación para el contribuyente, Tasas, que se generan por la prestación de un servicio efectivo o potencial, dado de manera directa por el Estado y Contribuciones especiales o de mejora que se generan a raíz de la obtención por parte del sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
GRACIAS