Taller Internacional sobre Protección de Datos Personales en El Salvador María Adriana Báez Ricárdez Directora General de Autorregulación 6 y 7 de octubre.

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Taller Internacional sobre Protección de Datos Personales en El Salvador María Adriana Báez Ricárdez Directora General de Autorregulación 6 y 7 de octubre 2014

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Regulado por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (Ley de Transparencia) Sólo reconoce derechos de acceso y rectificación. No reconoce todos los principios rectores del DPDP. No desarrolla las figuras del Responsable y Encargado del tratamiento. Límite del derecho de acceso a la información pública gubernamental. El IFAI cuenta con facultades para: interpretar la ley; resolver recursos de revisión; orientar a particulares; proporcionar apoyo técnico a los sujetos regulados; establecer y criterios y lineamientos para el tratamiento de datos personales; capacitar servidores públicos; elaborar estudios; cooperar con otras autoridades y hacer del conocimiento del Órgano Interno de Control de las infracciones que conozca. Existe registro de sistemas de datos personales. Sector público

Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera indebida información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información o en la difusión de la información a que están obligados conforme a esta Ley. Denegar intencionalmente información no clasificada como reservada o no considerada confidencial conforme a esta Ley. Entregar información considerada como reservada o confidencial conforme a lo dispuesto por esta Ley. Infracciones en el sector público

Resolver recursos de revisión. Emitir criterios de interpretación administrativa de la Ley de Transparencia. Emitir normatividad secundaria. Capacitar a servidores público. Realizar verificaciones y evaluaciones de impacto a la privacidad, sólo en casos relevantes. Estrategia en el sector público

Se regula por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (Ley de Datos Personales). Se reconocen los 4 derechos: acceso, rectificación, cancelación y oposición. Se desarrollan los principios internacionalmente reconocidos: licitud, lealtad, consentimiento, información, finalidad, proporcionalidad, calidad y responsabilidad. Existe un catálogo de infracciones precisas en la materia y de delitos. El IFAI tiene facultades informativas, normativas, verificación, resolutorias, preventivas, sancionadoras, para cooperación nacional e internacional. Sector privado

Desarrollar el marco normativo que derive de la Ley de Datos y su Reglamento. Preparar condiciones para que los responsables y encargados del tratamiento de datos personales cumplan con sus obligaciones: capacitación y desarrollo de herramientas. Poner énfasis en las micros, pequeñas y medianas empresas. Elevar estándares de cumplimiento en las grandes empresas mediante la autorregulación. Firma de convenios con cámaras y asociaciones. Sustancias los procedimientos de protección de derechos, verificación e imposición de sanciones. No existe registro de sistemas de datos personales. Estrategia en el sector privado

¡GRACIAS! María Adriana Báez Ricárdez Directora General de Autorregulación IFAI México