¿QUÉ ES UNA FACTURA? Es un comprobante de pago que se emite en operaciones netamente comerciales. ¿QUIENES DEBEN EMITIR FACTURA? Las personas naturales.

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Transcripción de la presentación:

¿QUÉ ES UNA FACTURA? Es un comprobante de pago que se emite en operaciones netamente comerciales. ¿QUIENES DEBEN EMITIR FACTURA? Las personas naturales o jurídicas dedicadas a comercializar productos, producir o prestar servicios, además se encuentren acogidos al Régimen Especial de renta (RER) o Régimen General. ¿A QUIENES SE EMITE LA FACTURA? Las facturas se emiten a los adquirentes o usuarios que posean RUC, salvo en operaciones de exportación y servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en el país(extranjeros).

¿EN QUÉ CASOS SE DEBE EMITIR LA FACTURA ¿EN QUÉ CASOS SE DEBE EMITIR LA FACTURA? Se emitirán en los siguientes casos: a) Cuando la operación se realice con sujetos del IGV (Impuesto General a las Ventas) que tengan derecho al crédito fiscal. b) Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario. c) Cuando el sujeto del RUS (Régimen Único Simplificado) lo solicite a fin de sustentar crédito deducible para efectos del Impuesto a la Renta. d) En otras operaciones señalas en el numeral 1 del artículo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago.

¿CON CUÁNTAS COPIAS SE DEBE EMITIR LA FACTURA ¿CON CUÁNTAS COPIAS SE DEBE EMITIR LA FACTURA? Se deberá emitir en tres copias, la primera denominada "Adquirente o Usuario", la segunda denominada "Emisor" y la tercera "SUNAT". Luego de emitido el comprobante la primera y tercera copia deberá ser entregada al comprador o usuario, quedándose la segunda con la empresa o persona responsable de la venta o prestación del servicio. En las copias se consignará además la leyenda "Copia sin derecho a crédito fiscal del IGV". En los casos de operaciones de exportación, no es obligatorio consignar esta leyenda.

¿SE DEBE ENTREGAR FACTURA CUANDO SE REALIZA UNA VENTA O TRANSFERENCIA GRATUITA? En el caso en que se transfiera mercadería o preste un servicio en forma gratuita, tales como promociones, regalos, donaciones, etc., cuando se done o entregue bienes en forma gratuita irá la leyenda: "Transferencia gratuita"; mientras que por el servicio prestado en forma gratuita irá: "Servicio prestado gratuitamente", y se precisará el valor de venta o el importe del servicio prestado que haya correspondido a cada operación respectivamente y en el importe a pagar el valor nulo o cero (S/. 0.00).

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS El IGV conocido en otros países como el Impuesto al Valor Agregado - IVA, es considerado como un impuesto indirecto, ya que quien soporta su carga económica no es el vendedor de bienes o prestador de los servicios, sino un tercero que es el comprador o consumidor final. El obligado al pago ante el Estado es quien realiza la operación de venta de bienes o servicios afectos al impuesto.

Estructura del IGV Estructura del IGV El IGV está compuesto por : Tasa de impuesto general al consumo del 16% Impuesto de Promoción Municipal equivalente al 2%. Haciendo un total de 18%

Operaciones Gravadas Operaciones Gravadas • Venta en el país de bienes muebles. • Prestación o utilización de servicios en el país. • Contratos de construcción. • Primera venta de bienes inmuebles ubicados en el país. • Importación de bienes

Exoneraciones Están exoneradas la importación y venta de ciertos animales vivos, tubérculos, hortalizas, verduras, frutas, menestras, cereales e insumos para el agro y algún tipo de vehículos usados en el transporte y de misiones, todos contemplados de forma expresa en el apéndice I  del  Texto Único Ordenado-TUO de la ley del IGV

Exoneraciones Inafectaciones -Apéndice I Operaciones de venta e Importación exoneradas. -Apéndice II Servicios exonerados. Inafectaciones -Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles (solo en caso de personas naturales que constituyan Rentas de primera o segunda categorías).                                     -Transferencia de bienes usados que efectúen las personas que no realicen actividad empresarial. -Transferencia de bienes en caso de reorganización de empresas. -Transferencia de bienes, importaciones y prestación de servicios de las  instituciones educativas. -Juegos de azar. -Importación de bienes donados a entidades religiosas.   -Importación de bienes donados en el exterior, etc. -la exportación de bienes y servicios según el artículo 33 del TUO de la ley del IGV. -Otros señalados en el artículo 2º de la TUO de la Ley del IGV.

Aplicación del IGV Aplicación del IGV El IGV grava una serie de operaciones, pero existen ciertos bienes y servicios exonerados, además de las actividades de exportación. Este impuesto se aplica sobre el valor agregado, el cual es obtenido por la diferencia entre las ventas y las compras realizadas durante el periodo.

VALOR El valor es el costo real de un producto, no incluye IGV tenemos dos tipos de valor: VALOR DE COMPRA: que es el valor real que nos cuesta un producto sin incluir el IGV, el valor decompra viene a ser igual al costo de compras. VALOR DE VENTA: es el valor que vendemos un producto, sin incluir el IGV, el valor de ventas es igual al costo de ventas más la utilidad Vv = Cv +Utilidad

PRECIO Es el importe total de un producto el cual incluye el IGV, tenemos dos tipos de precios: PRECIO DE COMPRA: que es el importe total que pagamos por uno o más artículos el cualincluye el IGV. PRECIO DE VENTA: es el importe total en que vendemos uno o más productos el cual incluye el IGV.

MÉTODO PARA HALLAR EL VALOR, EL IGV Y EL PRECIO SI ME DAN EL VALOR: 1ºObtengo el IGV multiplicando el valor por 0.18 ó 18% 100.00*0.18= 18.00 100.00 | VALOR | 18.00 | IGV (18%) | 118.00 | PRECIO |

2º Obtengo el precio multiplicando el valor por 1. 18 ó 118% 2º Obtengo el precio multiplicando el valor por 1.18 ó 118%.También puedo obtener el precio sumando el valor más el IGV que anteriormente sacamos. 100.00*1.18=118.00 Ó 100.00+18.00 (IGV)=118.00 100.00 | VALOR | 18.00 | IGV (18%) | 118.00 | PRECIO |

SI ME DAN EL PRECIO: 1º Obtengo el valor dividiendo el precio entre 1 SI ME DAN EL PRECIO: 1º Obtengo el valor dividiendo el precio entre 1.18 ó 18%. 118.00/1.18=100.00 100.00 | VALOR | | IGV (18%) | 118.00 | PRECIO | 2º Obtengo el IGV multiplicando el Valor por 0.18 ó 18%. También lo puedo obtener restando el precio menos el valor 100.00*0.18=18.00 Ó 118.00-100.00=18.00 100.00 | VALOR | 18.00 | IGV (18%) | 118.00 |PRECIO |