Décima Quinta Reunión GNC 24 de Junio de 2010

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Transcripción de la presentación:

Décima Quinta Reunión GNC 24 de Junio de 2010 Plan Nacional de Implementación para la Gestión de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Chile Fase II: 2011 – 2015 Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes Décima Quinta Reunión GNC 24 de Junio de 2010

Contenidos 1. Directrices Generales para la Fase II Evaluación Plan de Acción RETC Fase I Objetivos de la Fase II Incorporación de PCBs Actualización periódica del Inventario Nacional de Dioxinas y Furanos Incorporación de plaguicidas caducos y nuevos plaguicidas incorporados al convenio Complementar información de sitios contaminados Incorporación de otras capacidades relevantes al RETC Conclusiones

1. Directrices Generales para la Fase II La Fase II debe considerar las actividades de la Fase I, que se encuentran pendientes o que no han experimentado avances. Para la Fase II, no se contará con financiamiento internacional para realizar las actividades. En el caso del RETC, no fue solicitado presupuesto específico el año 2011, para el desarrollo de nuevas actividades a ser incorporadas en la Fase II. De acuerdo a lo señalado por PNUMA, no hay protocolo o directrices respecto a cómo incorporar el Convenio de Estocolmo a los RETC, por lo cual la experiencia de Chile, será considerada en las lecciones aprendidas. Se debe optar por un esquema obligatorio para obtener la información, ya que el esquema voluntariado aplicado hasta el momento, ha proporcionado información limitada. Se requiere el compromiso institucional del MINSAL, SAG y SEC para su implementación. Para ello se recomienda que el PNI COPs Fase II, sea aprobado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

2. Evaluación RETC Fase I La Fase I del PNI de COPs en Chile, incluyó un Plan de Acción específico para la creación de un RETC en Chile, cuyo objetivo principal correspondía a: “Implementar un sistema de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, incluyendo a los COPs para dar cumplimiento a las obligaciones de registro, intercambio de información y conocimiento público establecidas en el Convenio de Estocolmo.” Por su parte, el plan de acción incluía un conjunto de actividades tendientes a: Desarrollar los aspectos normativos que permitan la implementación y gestión del RETC en Chile: 6 Actividades. Consolidar las bases de datos y desarrollar un mecanismo que permita el intercambio de información entre los principales actores nacionales e internacionales: 5 Actividades. Desarrollar un procedimiento de difusión y publicación de la información contenida en el RETC: 2 Actividades.

2. Evaluación RETC Fase I Del total de actividades programadas en la Fase I, y que serán desarrolladas con financiamiento GEF para los COPs: Manual Uso del RETC para la industria. Manual Uso del RETC para la prensa. Manual Uso del RETC para el gobierno. Estimación de COPs al agua y al suelo. Sitio web RETC en inglés. También resta por ejecutar, aquellas que dicen relación con el diseño y desarrollo de la ventanilla única del RETC: Diseño de una ventanilla única de reporte Actualmente el diseño de la ventanilla única, se encuentra en proceso de licitación a través del PNUD. Dictación del Reglamento del RETC (2012)

3. Objetivos para la fase II Consolidar las capacidades del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes para dar cumplimento al Articulo 10 punto 5 del Convenio de Estocolmo, relativa al registro de liberaciones y transferencias para la reunión y difusión de información sobre estimaciones de las cantidades anuales de productos químicos incluidos en los anexos A, B o C que se liberan o eliminan.

Objetivos Específicos para la Fase II Consolidar las capacidades del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes para dar cumplimento al Artículo 9, respecto al intercambio de información. Consolidar las capacidades del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes para dar cumplimento al Artículo 15, respecto presentación de informes.

4. Incorporación de PCBs Considerar en la ventanilla única del RETC requerimientos de información específicos para la declaración de transformadores y condensadores en forma obligatoria (existencias en equipos dieléctricos) , que permita obtener la información necesaria para el seguimiento de las medidas en este sector. Generar en el RETC una línea base de PCBs en base a los estudios disponible a la fecha. El sistema de PCBs debiera contener información de caracterización, manejo y eliminación. Incorporar al RETC estadísticas de existencia y transferencia ( on site (en el país) y off site (fuera del país) de PCBs desde nivel de establecimiento a nivel agregado por división territorial. Con respecto a otros productos que contienen PCBs, estos debieran ser incluidos a la ventanilla única en una siguiente fase y mejorar las descripciones en las partidas aduaneras.

5. Actualización periódica del Inventario Nacional de Dioxinas y Furanos Complementar las rubros, actividades o tipos de fuentes consideradas en el D.S 138/2005 MINSAL: incineración de residuos hospitalarios, instalaciones asociadas a desecado de biomasa, ahumaderos, limpieza en seco, instalaciones asociadas a compostado y tratamiento de desechos de aceites (vías de liberación: productos). Incorporar al RETC una línea base de emisiones de dioxinas y furanos en base a los estudios disponibles. Incorporar al RETC disposición de residuos sólidos en rellenos, vertederos, basurales. La SISS debiera informar sobre caudal asociado a tratamiento de efluentes y vertidos de aguas superficiales (Vías de liberación: agua, residuos). Generar capacidades: metodologías top down, infraestructura, y convenios de traspaso de información para incorporar al RETC estimaciones de: combustión domiciliaria (biomasa y combustibles fósiles), incendios forestales, quemas agrícolas e incendios en viviendas y vehículos, consumo de tabaco.

5. Actualización periódica del Inventario Nacional de Dioxinas y Furanos Complementar la calculadora de emisiones WEB, y considerar en la nueva infraestructura para fuente difusas, emisiones al agua, residuos, suelo y productos. Considerar en la línea base y en las actualizaciones del inventario de emisiones de dioxinas y furanos los inventarios actualmente disponibles en el RETC para fuentes fijas provenientes del D.S. 138 y de emisiones asociadas al transporte. Aclarando que para estas fuentes ya se utilizan los Factores de Emisión del Instrumental. Para las categorías de fuentes que actualmente son comunes entre el instrumental y el D.S 138, efectuar un cruce de información con el objeto de hacer los resultados comparables permitiendo una actualización periódica de las estimaciones en base al D.S.138 (armonización del enfoque top down con el bottom up).

6. Incorporación de plaguicidas caducos y nuevos plaguicidas incorporados al convenio Generar la obligación de declarar electrónicamente los plaguicidas caducos por parte del SAG. Generar en el RETC una línea base de plaguicidas en base a los estudios disponible a la fecha, más nuevos estudios que mejoren la línea base existente. Considerar en la ventanilla única del RETC, requerimientos de información específicos para la declaración de existencias y eliminaciones de plaguicidas caducos y nuevos plaguicidas incorporados al convenio. Incorporar al RETC estadísticas de existencia y transferencia de plaguicidas desde nivel de establecimiento a nivel agregado por división territorial.

7. Complementar información de sitios contaminados Actualizar el sistema de evaluación de potenciales sitios contaminados, con las mejoras a ser incorporadas en la ficha de evaluación de riesgo. Complementar el sistema actual de sitios contaminados, de tal forma que permita incorporar las etapas siguientes de la gestión de sitios contaminados: confirmación, remediación, etc. Incorporar al RETC estadísticas de sitios contaminados.

8. Incorporación de otras capacidades relevantes al RETC Incorporación de Indicadores de seguimiento a los planes de acción de COPs, relacionadas con el RETC. Declaración obligatoria a través de la ventanilla única del RETC Generación línea de base Cuantificar la Eliminación o Transferencia Comunicado al Secretariado

9. Conclusiones En el RETC deberá apoyar el desarrollo de catastros de existencias y eliminaciones COPs. ES decir, el RETC debiera dar cuenta de las existencias y cómo evoluciona su eliminación. El RETC debiera estar basado en declaraciones obligatorias. El RETC será el instrumento para hacer el seguimiento del cumplimiento del Convenio de Estocolmo. La ventanilla única del RETC debiera concentrar todos los requerimientos de declaración de COPs. En la actualidad no existen indicadores de seguimientos de los planes de acción de COPs, por tanto deberían incorporarse en esta fase. La infraestructura de fuentes industriales es ampliable a los requerimientos de los inventarios de dioxinas y furanos, en cuanto a categorías de fuentes, así como a estimación de liberaciones a otros medios.

9. Conclusiones En fuentes difusas es necesario desarrollar nuevas capacidades para incorporar en forma periódica estas emisiones al RETC. Armonizar los datos existentes para preparar las comunicaciones.