L EY N° 29733, L EY DE P ROTECCIÓN DE D ATOS P ERSONALES Objeto de la Ley Tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos.

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Transcripción de la presentación:

L EY N° 29733, L EY DE P ROTECCIÓN DE D ATOS P ERSONALES Objeto de la Ley Tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen. Ámbito de aplicación: La presente Ley es de aplicación a los datos personales contenidos o destinados a ser contenidos en bancos de datos personales de administración pública y de administración privada, cuyo tratamiento se realiza en el territorio nacional. Son objeto de especial protección los datos sensibles. (Art. 3 LPDP)

¿QUÉ SON LOS DATOS PERSONALES? Los datos personales permiten identificar a una persona. Es aquella información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a las personas naturales que las identifica o las hace identificables a través de medios que puedan ser razonablemente utilizados. NOMBRE, HUELLA DIGITAL, IMAGEN, DIRECCIONES, NÚMERO TELEFÓNICO, GRUPO SANGUÍNEO, ESTADO DE SALUD, INGRESOS ECONÓMICOS, ORIGEN ÉTNICO, ETC.

DATOS SENSIBLES Los datos sensibles están constituidos por:  Los datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular.  Datos referidos al origen racial y étnico.  Ingresos económicos.  Opiniones o convicciones políticas, religiosas filosóficas o morales; afiliación sindical.  Información relacionada a la salud o a la vida sexual. (Art. 2 numeral 5 de LPDP)

¿Q UÉ ES EL TRATAMIENTO DE D ATOS PERSONALES ? recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento Cualquier operación o procedimiento técnico, registro o no, que permite la recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los datos personales. (Art. 2 numeral 17).

A LCANCES SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Los datos personales solo pueden ser objeto de tratamiento con consentimiento de su titular, salvo ley autoritativa al respecto. El consentimiento debe ser previo, informado, expreso e inequívoco. En el caso de datos sensibles, el consentimiento para efectos de su tratamiento, además, debe efectuarse por escrito. Aun cuando no mediara el consentimiento del titular, el tratamiento de datos sensibles puede efectuarse cuando la ley lo autorice, siempre que ello atienda a motivos importantes de interés público.