V/S Procedimiento Forma racional y metódica en que han de actuar los tribunales para administrar justicia y los particulares para solicitarla y obtener.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL SISTEMA ORAL EN MATERIA LABORAL
Advertisements

EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LEY N° LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Oscar Herrera Giurfa.
EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROCEDIMIENTO TRILATERAL
El administrado y la relación jurídico-administrativa
El trabajo en las Mesas de Entradas
RECURSO DE REPOSICIÓN. CARACTERÍSTICAS Estas son fundamentales: 1.- Se interpone ante el Tribunal que dictó la resolución para que lo resuelva él mismo.
El trabajo en las Mesas de Entradas
Sobre el instrumento. Ursula Rodríguez.
El Proceso Contencioso Administrativo Actuaciones en el Proceso
FUENTES DEL DERECHO NO CONTENIDAS EN EL ARTICULO 38
7: DE LAS INCONFORMIDADES Y DEL PRODECIMIENTO DE CONCILIACION
CONTENIDO DE PETICION:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA de la PROVINCIA DE NEUQUÉN Taller de capacitación a los Oficiales de Justicia Ad-Hoc de la Provincia del Neuquén Disertante:
JUICIO ORAL CIVIL..
ENUNCIACIÓN Y DEFINICIÓN
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
ACTO ADMINISTRATIVO.
LOS PROCESOS LABORALES
El Proceso Contencioso Administrativo Actuaciones en el Proceso
Procesos jurisdiccionales
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y PROCESOS DISCIPLINARIOS
El Recurso de Inconformidad
EL ACTO ADMINISTRATIVO
LA JURISDICCIÓN Modernamente se entiende como la potestad que tienen el Estado en su conjunto para solucionar conflictos particulares a través de la imposición.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL. ACTOS PROCESALES ACTO EMANADO DE LAS PARTES, DE LOS AGENTES DE LA JURISDICCIONO AUN DE LOS TERCEROS LIGADOS AL.
LA EFICACIA, LA EJECUCIÓN E INVALIDACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.
EL PROCEDIMIENTO ANTE ARBITROS. CATEGORIAS Los árbitros, son de tres clases: -de derecho, - arbitradores y -mixtos.
PROCESO DE EJECUCIÓN S.Janett Fernandez G CLASES DE PROCESO De conocimientocautelarDe ejecuciónNo contencioso Proceso ordinario laboral Proceso.
NOTIFICACIÓN Importancia
Etapa Intermedia Titulo 2 Etapa Intermedia
 Consignación es el depósito de la cosa que se debe, hecho a virtud de la repugnancia o no comparecencia del acreedor a recibirla, y con las formalidades.
DISPOSICIONES GENERALES en la Nueva Ley Procesal del Trabajo
Lady Chumbes Villavicencio
MEDIOS DE DEFENSA Los medios de defensa pueden definirse como los mecanismo jurídicos de carácter procesal con los que cuenta el demandado durante el.
INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO administrativo
1 EL SERVICIO COMUN DE ORDENACION DEL PROCEDIMIENTO. SECCION 4, civil y Organos Colegiados de la Audiencia Provincial.
LA COSTUMBRE Observancia repetida constante e inveterada de una regla de conducta, por la generalidad de miembros de una sociedad con la convicción de.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
RECURSO de APELACION (Arts.186 y sgtes.CPC)
APELACIÓN Y QUEJA Acmon Gamarra Miraflores, 03 de marzo de 2014
La prueba instrumental
SISTEMA DE HOMOLOGACION DE RESOLUCIONES JURISDICCIONALES EXTRANJERAS
CÁTEDRA DE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MEDIOS DE IMPUGNACION..
Para el derecho internacional privado, la sentencia o laudo arbitral cuando debe surtir efecto en el extranjero. En las resoluciones de condena que deben.
SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS.
Auxilio Judicial.
EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Licda Iliana Arce Umaña.
Concesión administrativa
TIEMPOS EN LOS ACTOS PROCESALES
Expositor: Renato Espinola Lozano Febrero – 2013
-DILIGENCIAS FINALES- (Sólo en juicio ordinario) Arts. 435 y 436 LEC
DE LOS ACTOS PROCESALES:
El Juicio Autónomo de Reconocimiento venezolano
El acto administrativo. El procedimiento administrativo
La noción formal y material de la función Administrativa.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
FORMACIÓN DEL EXPEDIENTE, CAPACIDAD PARA SER PARTE MATERIAL EN UN PROCESO DR. JOSE HUAMANCAYO BERNEDO.
Profesor Dr. Edinson Lara
Carlos Alfonso Toscano Martínez - marzo de 2012 Algunos aspectos jurídicos del servicio notarial Superintendencia de Notariado y Registro Ministerio de.
Si se declara la sentencia lisa y llana, el incumplimiento de la sentencia se dará si la autoridad nuevamente dicta en cualquier tiempo un acto de igual.
 Es la autoridad máxima del Juzgado.  Ejerze función Jurisdiccional (Art. 1 C.P.C.C.).  Tiene la superintendencia del Juzgado del que es titular.
IV. Los hechos que den motivo a la demanda. V. Las pruebas que ofrezca. En caso de que se ofrezca prueba pericial o testimonial se precisarán los hechos.
Juicio sumario Prof. Edinson Lara. Campo de aplicación 1.- Se aplica, en defecto de otra regla especial, a los casos en que la acción deducida requiera,
PROCESO DE CUMPLIMIENTO PROF. DAVID ANÍBAL ORTIZ GASPAR CETEX 2015-II.
Corte Constitucional Sentencia No. T- 569/94 Derecho A La Educación Deberes De Los Estudiantes Reglamento Educativo Cumplimiento Limites.
COMPETENCIA ES LA APTITUD QUE TIENE UN ÓRGANO JUDICIAL PARA EJERCER LA JURISDICCIÓN. SE TRATA DE UNA LIMITACIÓN A LA JURISDICCIÓN DEL JUEZ. SE JUSTIFICA.
Transcripción de la presentación:

V/S Procedimiento Forma racional y metódica en que han de actuar los tribunales para administrar justicia y los particulares para solicitarla y obtener -Concepto -Couture: Secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver, mediante un juicio de autoridad, el conflicto sometido a su autoridad -Casarino: Conjunto de actuaciones judiciales destinadas a poner en movimiento la actividad jurisdiccional del Estado a favor de los particulares cuando ven lesionados sus derechos -Sentido material (29) “Se formará el proceso con los escritos, documentos y actuaciones de toda especie que se presenten o verifiquen en el juicio” PROSEKO (griego) Atrás ir hacia adelante Obligación Civil Carga Procesal 1. Protege un interés entre las partes 1. Protege un interés propio 2. Frente a su incumplimiento la contra parte puede pedir su ejecución forzada 2. Su cumplimiento no puede ser coaccionado

Naturaleza Jurídica 1.Contrato = Basado en la Litis Contestatio de la antigua Roma, en que un juicio implicaba un acuerdo de voluntades 2.Cuasi contrato = Basado en las fuentes de las obligaciones, era la que más se le asemeja 3.Relación jurídica procesal = Todo vínculo que une a los sujetos del proceso, generando poderes y deberes en relación con los actos procesales 4.Situación jurídica = Es el estado de una persona desde el punto de vista de la sentencia judicial que se espera con arreglo a las normas jurídicas 5.Entidad jurídica compleja = Varias relaciones jurídicas 6.Institución = Complejo de actos 7.Realidad jurídica Características 1.Autónomo 2.Complejo 3.Derecho Público 4.Dinámico Características 1.Objetivo 2.Permanente 3.Jerárquica 4.Su objeto no puede modificarse 5.Adaptable a lar realidad TEORÍAS DEL PROCESO Teoría Separatista Se habla de DIVERSIDAD de procesos, cuando se sostiene que el proceso penal es totalmente diferente del civil Principal diferencia: Principios formativos Teoría Unitaria Prevalece en CHILE Reconocen las diferencias entre ambos procesos, pero estiman que no es determinante Principales elementos comunes: Acción, jurisdicción y proceso

Estructura Básica Discusión DemandaContestaciónRéplicaDúplica Demanda reconvencional Contestación de la demanda reconvencional RéplicaDúplica Prueba Resolución que recibe la causa a prueba Término probatorio Observaciones a la prueba Sentencia Citación a oír sentencia Sentencia Presupuestos procesales -Clasificación 1.Subjetivos 1.Partes 2.Juez 2.Objetivos 1.Conflicto -Elementos de existencia 1.Contienda 2.Partes 3.Tribunal -Elementos de validez 1.Formalidades 2.Competencia 3.Capacidad 1.Demandante o acusador 2.Juez 3.Proceso 4.Demanda 5.Conflicto 1.Demandante o acusador capaz 2.Juez competente 3.Proceso adecuado 4.Demanda conforme a la ley 5.Conflicto jurídico

Formación 1.Carátula 1.Rol 2.Tribunal 3.Juez y Secretario 4.Partes y Representantes 5.Materia 2.Elementos 1.Escritos = Presentaciones que hacen las partes 2.Actuaciones (otra página) 1.Contenido 2.Presentación: Por conducto del secretario (“el meson”) 3.Cargo y Recibo: Fecha y sello autorizando 4.Costura y foliación 5.Copias: Tantas copias como partes 6.Desglose: Nueva foja con indicación del decreto que ordenó su desglose 7.Mantención y custodia: Oficio del secretario 8.Remisión: A costa del peticionario (fotocopia certificada) 9.Reconstitución Sanción: No corre el plazo para la contra parte, si al 3° día no acompaña copias se tiene por no presentado el escrito Excepción: 1.Personerías 2.Rebeldías 3.Apremios 4.Prórrogas 5.Señalamiento de vistas 6.Suspensión 7.Cualquier diligencia de mera tramitación Excepción 1.Imposibilidad de fotocopias 2.Urgencia 3.Cuando el tribunal lo estime 4.Más de 250 fojas

Formación 1.Carátula 1.Rol 2.Tribunal 3.Juez y Secretario 4.Partes y Representantes 5.Materia 2.Elementos 1.Escritos = Presentaciones que hacen las partes (página anterior) 2.Actuaciones Toda resolución, notificación, diligencia o acto de cualquiera especie, que se consigne en un procedimiento judicial, autorizada por el funcionario a quien la ley confiere esta facultad -Requisitos de validez 1.Día y hora hábil 2.Testimonio de ella 3.Autorizado por ministro de fe 4.Por funcionario competente = JUEZ 5.Juramento e intérprete (cuando proceda) Lugar/ día/ hora Formalidades Firma *Excepción 1.Cuando la ley expresamente establece otro Ministro de Fe 2.Cuando existe delegación 3.Cuando se practica fuera del lugar donde se sigue el juicio -Notificaciones: Secretario -Tasación: Peritos -Exhorto (otro apunte) Día hábil No feriados Hora hábil 08:00 a 20:00 Día Inhábil Feriados -Aquellos que la ley declara festivos -Feriado Judicial Excepciones al feriado judicial 1.Asuntos criminales 2.Habilitación de día y hora por causa urgente 3.Jurisdicción voluntaria 4.Juicios posesorios 5.Trabajo 6.Sumario 7.Menores 8.Prejudiciales y Precautorias 9.Protesto de cheques 10.Juicio Ejecutivo 11.Habilitación de días feriados 12.Admisión de demanda para el solo efecto de NOTIFICARSE

Formas de cumplir las actuaciones 1.Con audiencia: Antes de resolver la solicitud respectiva el tribunal debe oir a la otra parte (“traslado”) 2.Con citación: No puede llevarse a efecto sino pasados 3 días después de la notificación de la parte contraria (“como se pide, con citación”) 3.Con conocimiento: Se podrá llevar a efecto la diligencia desde que se ponga en noticia del contendor lo resuelto. Por ejemplo: Medidas para mejor resolver 4.De cumplimiento o ejecución inmediata: El tribunal decreta de plano una actuación, para realizarse antes de la notificación. Por ejemplo: medidas precautorias Formación 1.Carátula 2.Elementos 1.Escritos = Presentaciones que hacen las partes (página anterior) 2.Actuaciones (página anterior)

Medio para que un tribunal practique, a través de otro, actuaciones que deben realizarse fuera de un territorio jurisdiccional Clases 1.Nacionales / Internacionales 2.Comunes / Circulatorios Solicitud Resolución Oficio al exhortante Nacional Contenido: El tribunal exhortante dirige las comunicaciones necesarias Formalidades: Autorización y certificación de funcionario competente SolicitudResoluciónComunicación C. S. Min. Relaciones Exteriores Contenido: nombre del apoderado por la parte para hacer las actuaciones Formalidades: Autorización y certificación de funcionario competente Extranjero EXPEDICIÓN Extranjero RECEPCIÓN Legalización y traducción C. S.Remisión al tribunal Cumplimi ento Devolución

Vínculo jurídico que une a las partes entre sí y a ellas con el tribunal y cuyos efectos principales son el obligar al tribunal a dictar sentencia y a las partes a pasar por lo que éste resuelva en definitiva Sujetos 1.Actos 2.Demandado 3.Juez Requisitos 1.Concurrencia de los presupuestos procesales 2.Trámites válidos hasta el emplazamiento Origen = EMPLAZAMIENTO Notificación en forma legal y el plazo otorgado para contestar Efectos Se constituye el juicio Extinción 1.Sentencia 2.Transacción 3.Desistimiento 4.Abandono 5.Compromiso 6.Conciliación 7.Incompetencia (excepción dilatoria) 8.Transacción y cosa juzgada (excepción perentoria)