1 REINDUSTRIALIZACIÓN EN ZONAS AFECTADAS POR LA DESLOCALIZACIÓN O AJUSTE EN LOS SECTORES TEXTIL-CONFECCIÓN, CALZADO, JUGUETES Y MUEBLES.

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Transcripción de la presentación:

1 REINDUSTRIALIZACIÓN EN ZONAS AFECTADAS POR LA DESLOCALIZACIÓN O AJUSTE EN LOS SECTORES TEXTIL-CONFECCIÓN, CALZADO, JUGUETES Y MUEBLES

2 Indice 1. Introducción. 2. Ámbito jurídico. 3. Ámbito geográfico. 4. Partidas objeto de la ayuda. 5. Beneficiarios. 6. Intensidad de las ayudas. 7. Presupuesto. PROGRAMA DE REINDUSTRIALIZACIÓN 8. Plazo de presentación. 9. Formalización. 10. Criterios de evaluación. 11. Trámite de audiencia, solicitud de pago anticipado y constitución de garantía. 12. Resolución. 13. Justificación. 14. Reembolso de los préstamos.

3 1. INTRODUCCIÓN  EFECTO DE LA GLOBALIZACIÓN, COMPETENCIA E INTERNACIONALIZACIÓN  DESLOCALIZACIÓN  POTENCIAR, REGENERAR O CREAR EL TEJIDO INDUSTRIAL

4 2. ÁMBITO JURÍDICO  ORDEN ITC/1014/2005, de 12 de abril ( BOE de 19 de abril de 2005) por la que se establecen las bases reguladoras para actuaciones de reindustrialización.  RESOLUCIÓN de….de 2005, por la que se efectúa la convocatoria del año 2006, para la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en los sectores textil-confección, calzado, juguetes y mueble.

5 3. ÁMBITO GEOGRÁFICO  Zonas geográficas susceptibles de ayuda regional de acuerdo con las letras a) o c) del artículo 87 del Tratado de la Comunidad Europea.  Y que estén afectadas por procesos de deslocalización comprendidos en los sectores: textil- confección, calzado, juguete y mueble.

6 4. PARTIDAS OBJETO DE AYUDA.  A.1) ÁREA DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA. (No se considera A.2) Infraestructura de servicios)  Infraestructuras técnicas e industriales de uso común o compartido.  B) ÁREA DE INDUSTRIA.  Iniciativas industriales que eviten la pérdida de empleo.  Actúen como fuerza motriz del desarrollo del sector productivo

7 4. PARTIDAS OBJETO DE AYUDA.  ÁREA DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA  Inversiones en activos fijos.  Costes necesarios para el desarrollo de la actuación. (Gastos de personal, materiales, colaboraciones externas, y otros gastos).  ÁREA DE INDUSTRIA.  Inversiones en activos fijos (terrenos, edificios, bienes de equipo) relacionadas con: –Creación de un nuevo establecimiento. –Ampliación de un establecimiento existente. –Lanzamiento de una nueva actividad.  Inversiones inmateriales. MANTENIMIENTO DE LA INVERSIÓN COMO MÍNIMO DE CINCO AÑOS.

8 5. BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS ÁREA DE INFRAESTRUCTURA.  Entidades públicas.  Empresas públicas dependientes de entidades publicas.  Instituciones sin animo de lucro.  Asociaciones de empresas que tengan por finalidad proporcionar servicios de uso común o compartidos ÁREA DE INDUSTRIA.  Empresas públicas y privadas  Asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial.

9 7. INTENSIDAD MÁXIMA DE LAS AYUDAS.  ÁREA DE INFRAESTRUCTURA.  Subvenciones hasta el 50% del presupuesto financiable  Préstamo reembolsable sin intereses hasta el 75% del presupuesto financiable.  AREA DE INDUSTRIA.  Préstamo reembolsable sin intereses hasta el 50% del presupuesto financiable: Tipo de interés 0% Duración máxima 15 años (10 años de amortización más 5 años de carencia). (Compatibles con la normativa de la UE)

10 8. PRESUPUESTO MÁXIMO.  Subvención: euros  Préstamos reembolsables: euros 9. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.  30 días naturales desde el día siguiente al de publicación de la resolución

FORMALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:  Modelo anexo I de la Orden ITC/1014/  Dirigido al Director General de Desarrollo Industrial.  Presentación de solicitudes en el registro general del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio o en los lugares señalados en el art. 384 de la ley 30/1992.  Alternativamente en el registro telemático del MITYC (firma electrónica)

12 La solicitud (Anexo I), irá acompañada de la siguiente documentación: Cuestionario electrónico (Anexo II) Memoria del proyecto de actuación y capacidades específicas de la entidad. Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud Declaración de si el solicitante está en periodo de reestructuración según decisión de la Comisión Europea de autorización de ayuda de reestructuración como empresa en crisis.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Adecuación a las prioridades establecidas en el apartado tercero de la Orden (Ámbito geográfico) Calidad y viabilidad técnica, económica y financiera Adaptación a las necesidades y potencialidades de la zona Utilización de una tecnología adecuada a la naturaleza del proyecto Evitación de la pérdida de empleo en la zona

TRÁMITE DE AUDIENCIA, SOLICITUD DE PAGO ANTICIPADO Y CONSTITUCION DE GARANTIA El Director General de Desarrollo Industrial u órgano en quien delegue, formulará una propuesta de resolución provisional debidamente motivada. Dicha propuesta será notificada a los interesados teniendo estos diez días hábiles para presentar alegaciones o aceptarla plenamente. Si la aceptación se efectúa sin alegaciones implica una resolución definitiva Si se presentan alegaciones estas serán estudiadas por el comité de gestión implicando una propuesta definitiva que será notificada y en un plazo de diez días desde su recepción, deberá ser aceptada plenamente. En caso contrario se entenderá que se desiste de la solicitud.

15 Para el reembolso anticipado de los créditos es condición necesaria la constitución de garantía. La garantía se constituirá en la caja general de depósitos en alguna de las modalidades previstas en la normativa de dicha caja. El importe de la garantía será el importe del préstamo más los intereses de demora desde el momento de la concesión del anticipo hasta la finalización del plazo máximo de justificación de la actuación. La liberalización de las garantías será por tramos a medida que se produzcan los reembolsos. Los intereses de demora cuando se acredite la realización del proyecto.

RESOLUCIÓN: PLAZO Y NOTIFICACIÓN La resolución motivada pone fin a la vía administrativa. El plazo máximo para resolver es de seis meses contados desde el día en que surta efectos la presente resolución. El silencio administrativo implica desestimación de la solicitud

JUSTIFICACION. Las inversiones y gastos, o compromisos de gastos deben realizarse desde el día 1 de enero al 31 de diciembre del año de concesión de la ayuda. La justificación del pago puede efectuarse desde el 1 de enero del año siguiente hasta el 1 de octubre. Documentación para la justificación:  Acreditación de realización de la actividad (justificantes de gasto y pagos).  Informe técnico de descripción de la realización del proyecto.

REEMBOLSO DE LOS PRÉSTAMOS. Anualidades constantes venciendo la primera como máximo, al quinto año a partir del de su concesión. El número máximo de anualidades serán diez, sin contar las cinco de carencia. Existe la posibilidad de prórrogas en casos justificados y previo informe del Comité de Gestión y Coordinación. Las cantidades a reembolsar serán consideradas deudas no tributarias de derecho público, y se ingresarán directamente en el Tesoro Público.