Declaracion de Muerte presunta

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Transcripción de la presentación:

Declaracion de Muerte presunta Abg. Alexander Joao Peñaloza M

Declaracion de Muerte Presunta Tambien denominada declaracion de fallecimiento, se apoya en la probabilidad de la muerte del desaparecido Se realiza cuando dicha probabilidad prepondera sobre la que este vivo, no excluyendose dicha situacion Constituye una presuncion iuris tantum

Definicion Situacion juridica creada por medio de una resolucion judicial, en virtud de la cual se califica a una persona desaparecida como fallecida, expresando la fecha a partir de la cual se considera ocurrida la muerte y procediendose a la apertura de la sucesion correspondiente (DIEZ – PICASO)

Finalidad Solucionar situaciones inciertas respecto de la vida o fallecimiento de una persona que no se encuentra presente, que se haya desaparecida del lugar de su domicilio durante un tiempo prolongado Tiene por objeto tutelar el interes de la persona desaparecida, el interes de terceros, principalmente el de aquellos que tengan derechos eventuales en la sucesion del desaparecido, y el interes general de la sociedad de que no haya bienes y derechos abandonados

Requisitos Que la persona se encuentre fuera del lugar de su domicilio y que no se tenga noticias de ella Que el lapso de la ausencia se ajuste a los plazos establecidos, o que existiendo certeza de muerte, el cadaver haya sido encontrado o reconocido Que haya una resolucion que declare la muerte presunta

Supuestos de la declaracion de muerte presunta Procede la declaracion de muerte presunta, sin que sea indispensable la de ausencia, a solicitud de cualquier interesado o del Ministerio Publico en los siguientes casos: 1. Cuando hayan transcurrido 10 años desde las ultimas noticias del desaparecido o 5 si este tuviera mas de 80 años de edad 2. Cuando hayan transcurrido 2 años si la desaparicion se produjo en circunstancias constitutivas de peligro de muerte. El plazo corre a partir de la cesacion del evento peligroso Cuando exista certeza de la muerte, sin que el cadaver sea encontrado o reconocido

Disolucion del vinculo matrimonial Disolucion del matrimonio por muerte presunta, la misma que debe inscribirse en el registro de defunciones (registro de estado civil) y en el registro publico personal del presunto fallecido Por merito a la declaracion de muerte presunta el conyuge superstite puede contraer nuevas nupcias, sin que estas puedan ser invalidadas en caso reapareciera el declarado muerto Produce los mismos efectos que la muerte natural El matrimonio quedara disuelto en la fecha probable que se establezca en la sentencia

Contenido de la resolucion de muerte presunta Se indica la fecha probable de muerte, y de ser posible, el lugar de muerte del desaparecido Debiendo tomarse en cuenta el transcurso de los plazos, facultandose al juez el uso de calculos y conjeturas Siendo la consecuencia juridica mas importante de la fijacion del dia presuntivo de la muerte la apertura de la sucesion

Improcedencia de la muerte presunta Cuando no concurren los requisitos y presupuestos establecidos para la declaracion de muerte presunta Cuando el juez considere que las pruebas aportadas son insuficientes para acreditar la muerte de una persona al no haber sido fallecido el cadaver o, de haberse encontrado, no es posible identificarlo de modo indubitable En cuyo caso, el juez podra declarar de oficio la ausencia

Tramite del proceso Se tramita en un proceso no contencioso Contra la sentencia proceden los recursos de apelacion y nulidad, de no mediar ninguna, se debe elevar en consulta el expediente al superior Una vez que la sentencia que quedado ejecutoriada se procede a la inscripcion en los registros correspondientes

Reconocimiento de existencia La existencia de la persona cuya muerte hubiera sido judicialmente declarada, puede ser reconocida a solicitud de ella, de cualquier interesado, o del Ministerio Publico, la pretension se tramita como proceso no contencioso, con citacion de quienes solicitaron la declaracion de muerte presunta

Reconocimiento de existencia La misma que debe acreditarse a efecto de readquirir formalmente su categoria de sujeto de derechos La declaracion de existencia debe ser requerida ante el Juez que declaro la muerte presunta y tramitada dentro del mismo proceso, debiendo citarse aquellas personas que solicitaron la declaracion de muerte presunta

Reividicacion de bienes El reconocimiento de existencia faculta a la persona declarada existente, a reivindicar sus bienes en el estado en que se encuentran en el momento en que se produce tal declaracion, no afectando los actos realizados por los herederos El Juez debera apreciar la buena o mala fe con que hubiesen actuado los poseedores del bienes

Reivindicacion de bienes Si se hubiese procedido de buena fe, el declarado existente no podra reclamar la restitucion de bienes enajenados o de sumas pagadas para obtener la extincion de obligaciones o de cualquier otro acto que implique la disminucion del patrimonio Los actos de disposicion y de gestion practicados por los herederos son firmes, aunque el declarado existente este en capacidad de sustituirse en las relaciones constituidas durante el tiempo de su desaparicion

Reivindicacion de bienes Tiene derecho a reclamar el precio pendiente de pago de bienes que hubieran sido vendidos, o el obtenido por la enejenacion de sus bienes Tambien puede reivindicar aquellos bienes adquiridos con el producto de la venta de los que le pertenecian Puede exigir el cumplimiento de obligaciones consideradas extinguidas a raiz de la declaracion de su muerte

Reivindicación de bienes No se podra exigir la restitucion de las rentas, frutos ni productos obtenidos, sino desde el dia de su presencia o del reconocimiento judicial Tampoco podra reivindicar los bienes enajenados o montos dinerarios que hubieran sido destinados al cumplimiento de obligaciones